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Manejo correcto de RPBI, bases de bioquímica
Tipo: Monografías, Ensayos
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INTRODUCCIÓN El presente manual tiene como finalidad indicar al personal involucrado en alguna de las fases del manejo de los residuos peligrosos biológico infeccioso cómo reducir o eliminar los riesgos asociados a su manejo. Para ello, el manual integra los procedimientos para el desarrollo de las diferentes actividades involucradas en las fases de manejo de los residuos peligrosos (CRETIB), con base a las disposiciones contenidas en la norma NOM- 087 - SEMARNAT-SSA1- 2002 que establece las responsabilidades que debe asumir el personal que genera directamente estos residuos y que son realizadas en las diferentes etapas de manejo interno y externo como la recolección, tratamiento y destino final. La Escuela Preparatoria “Lic. Ermilo Sandoval Campos” es un microgenerador de los Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos (RPBI), sin embargo, los residuos peligrosos en cualquier estado físico por sus características (CRETIB) y por su forma de manejo, pueden representar un riesgo para el ambiente y la salud de los educandos, docentes, personal de intendencia y del laboratorio principalmente. Se considera como manejo de RPBI todas las acciones técnicas y los procedimientos necesarios para colocarlos en los contenedores indicados para llevarlos a su destino final. El manual se sustenta principalmente en la siguiente Ley y Norma Oficial Mexicana: La Ley General del Equilibrio y Protección al Ambiente en su Artículo 3, del Capítulo I de Normas preliminares, considera como residuo peligroso: “Todos aquellos que posean alguna de las características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad o que contengan agentes infecciosos que le confieran peligrosidad, así como envases, recipientes, embalajes y suelos que hayan sido contaminados cuando se transfieran a otro sitio y por tanto, representan un peligro al equilibrio ecológico o el ambiente”. La NORMA Oficial Mexicana NOM- 052 - SEMARNAT-2005, Que establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos, define como CRETIB con el acrónimo de clasificación de las características a identificar en los residuos peligrosos y que significa: corrosivo, reactivo, explosivo, tóxico ambiental, inflamable y biológico-infeccioso. La Norma Oficial Mexicana NOM- 087 - SEMARNAT- SSA1- 2002 define los residuos peligrosos biológico-infecciosos (RPBI’s) como aquellos materiales generados durante los servicios de atención médica que contienen agentes biológico-infecciosos y pueden causar efectos nocivos a la salud y al ambiente, así mismo los clasifica en sangre, cultivos y cepas de agentes infecciosos, patológicos, residuos no anatómicos y objetos punzocortantes.
Anexo II: Diagrama del Proceso de Gestión de Residuos Peligrosos Biológicos – Infecciosos.
I. OBJETIVO GENERAL. Contar con un instrumento que especifique los lineamientos y tareas que se deben aplicar en el plantel para el desarrollo de los trabajos de separación y manejo correcto de residuos peligrosos biológico infecciosos, en apego a lo estipulado por la normatividad aplicable, la NOM- 087 - SEMARNAT-SSA1-2002, para reducir los riesgos asociados a un manejo inadecuado. II. Objetivo Específico. Proporcionar información a la comunidad estudiantil, administrativa y académica del plantel sobre la técnica adecuada del manejo de residuos peligrosos biológicos infecciosos en las diferentes etapas: recolección, tratamiento y destino final. II. MARCO JURÍDICO En la actualidad se cuenta con Leyes, Normas y Reglamentos de carácter oficial que proporcionan los elementos de información para poder plantear las estrategias y lograr un mejor manejo de los residuos peligrosos. La normatividad aplicable al personal relacionado con los laboratorios de docencia y/o investigación en la Universidad Autónoma de Campeche son las siguientes: Leyes.
1.4.2. La(s) persona(s) encargada(s) de la recolección de RP deberá(n) utilizar el equipo de protección adecuada según el caso como: bata, guantes de látex, lentes de seguridad y cubre boca. 1.4.3. Es responsabilidad del generador de los RPBI, la identificación, clasificación, etiquetado, envasado y almacenamiento temporal de los mismos, conforme a la normatividad vigente. 1.4.4. Es obligación del(os) responsable(s) del área de laboratorio, conocer y brindar información sobre el plan de contingencia de RP a todo el personal a su cargo. 1.4.5. Toda área o laboratorio del plantel deberá contar con los documentos que apliquen para el manejo de los RP que generen. 1.4.6. Deberán existir bitácoras de los RP generados en el plantel. 1.4.7. El personal que maneje RP se apegará a las políticas establecidas para su manejo. IV. CLASIFICACIÓN DE LOS RESIDUOS. Fines, criterios y bases generales. En la clasificación de los Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos (RPBI), para efectos de la NOM- 087 - SEMARNAT-SSA1-2002, considera como residuo peligroso biológico-infeccioso lo siguiente: Figura 2. Diagrama para identificación de Residuos Peligrosos (RP).
1. PUNZOCORTANTES. Se considera un Residuo Peligroso Biológico-Infeccioso (RPBI): (NOM- 087 - SEMARNAT-SSA1-2002). Los objetos punzocortantes, los que han estado en contacto con humanos o animales o sus muestras biológicas durante el diagnóstico y tratamiento, únicamente: tubos capilares, navajas, lancetas, agujas de jeringas desechables, agujas hipodérmicas, de sutura, de acupuntura y para tatuaje, bisturís y
estiletes de catéter, excepto todo material de vidrio roto utilizado en el laboratorio, el cual deberá desinfectar o esterilizar antes de ser dispuesto como residuo municipal. 1.1 OBJETIVO ESPECÍFICO. Describir las actividades que se deben realizar para el manejo adecuado de residuos punzocortantes, desde la selección de insumos necesarios para el envasado de los residuos hasta la preparación para su disposición final. 1.2 MANEJO DE RESIDUOS PUNZOCORTANTES. El personal responsable del Comité Laboratorios y personal del módulo de enfermería de la Escuela llenará las bitácoras correspondientes, y orientará la toma de decisiones basada en criterios de riesgo y en el manejo de los mismos. Según la normatividad la clasificación del RPBI deberá atender a la necesidad de: I. Proporcionar a los generadores o a quienes manejan o disponen finalmente de los residuos, indicaciones acerca del estado físico, propiedades o características inherentes, que permitan anticipar su comportamiento en el ambiente. II. Dar a conocer la relación existente entre las características físicas, químicas o biológicas inherentes al RPBI, y la posibilidad de que ocasionen o puedan ocasionar efectos adversos a la salud, al ambiente o a los bienes, en función de sus volúmenes, sus formas de manejo y la exposición que de éste se derive. Para tal efecto, se considerará la presencia en los residuos biológico-infecciosos, durante su manejo y disposición final, así como la vulnerabilidad de los seres humanos o de los ecosistemas que puedan verse expuestos a ellos. III. Identificar las fuentes generadoras de RPBI, así como los distintos materiales que lo constituyen para orientar a los responsables del manejo integral de estos. IV. Con objeto de prevenir y reducir los riesgos a la salud y al ambiente, asociados a la generación y manejo integral de residuos peligrosos, se deberán considerar cuando menos alguno de los siguientes factores que contribuyan a que los residuos peligrosos constituyan un riesgo:
Figura 3. Recipiente de los residuos peligrosos punzocortantes. Imágenes tomadas de http://catalogohospitalar.com.br/lanceta-esteril.html,https://mx.depositphotos.com/vector-images/jeringa.html, http://www.directindustry.es/prod/corning-life-sciences/product- 98133 - 974643.html, https://definicion.de/rpbi/ Tabla 2. Características del envase para el envasado y símbolo universal de los punzocortantes (RPBI). Tipo de residuo Estado Físico Característica del envase Punzocortantes Sólido Contenedores rígidos de polipropileno de color rojo, con un contenido de metales pesados de no más de una parte por millón y libres de cloro que permitan verificar el volumen ocupado en él mismo, resistentes a fracturas y pérdidas del contenido al caerse, destruirse por métodos físicos, tener separador de agujas y abertura para depósito, con tapa de ensamble seguro y cierre permanente, deberán contar con la leyenda que indique “Residuos Peligrosos Biológico Infecciosos” y marcados con el símbolo universal de riesgo biológico. Símbolo Universal Tomado de: https://seguridadbiologica.blogspot.mx/2010/07/el- desarrollo-del-simbolo-de-riesgo.html Color naranja intenso, uno de los colores elegidos en la exploración ártica, para ser más visibles bajo la mayoría de las condiciones. Contiene tres lados en caso de que una caja que contuvieran materiales de riesgo biológico fuera cambiada de posición o sea transportado, 1.5. ALMACENAMIENTO. Se deberá destinar un área para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos biológico- infecciosos. Los residuos peligrosos biológico-infecciosos envasados deberán almacenarse en contenedores metálicos o de plástico con tapa y ser rotulados con el símbolo universal de riesgo biológico, con la leyenda "RESIDUOS PELIGROSOS BIOLOGICO-INFECCIOSOS". El periodo de almacenamiento temporal no estará sujeto al tipo de establecimiento generador Niveles I,II y III, sino a consideración de lo dispuesto por el Sistema de Gestión Universitario dado que la producción de RPBI es mínima y no cumple con las cantidades generadas mínimas en la Norma Oficial Mexicana Requisitos para el Almacenamiento Temporal. Una vez realizada la recolección interna por el personal encargado, se deberán transportar los residuos al área específica denominada almacén temporal. Esta área sirve para el acopio y almacenamiento de los residuos, mismos que serán almacenados dentro de los carros de recolección y deberán estar rotulados con el símbolo universal de riesgo biológico, con la leyenda “RESIDUOS PELIGROSOS BIOLÓGICO-INFECCIOSOS”.
El área de almacenamiento temporal de residuos peligrosos biológico-infecciosos debe: a) Estar separada de las áreas de alumnos, docentes, administrativos, comedores, instalaciones sanitarias, sitios de reunión, áreas de esparcimiento y cubículos. b) Contar con señalamientos y letreros alusivos a la peligrosidad de los mismos, en lugares y formas visibles, el acceso a esta área sólo se permitirá al personal responsable de estas actividades. 1.6 RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE EXTERNO. La recolección y el transporte de los residuos peligrosos biológico-infecciosos referidos en esta Norma Oficial Mexicana, deberá realizarse conforme a lo dispuesto en los ordenamientos jurídicos aplicables y cumplir lo siguiente: a) Sólo podrán recolectarse los residuos que cumplan con el envasado, embalado y etiquetado o rotulado como lo establece esta Norma Oficial Mexicana. b) Los residuos peligrosos biológico-infecciosos no deben ser compactados durante su recolección y transporte. c) Los contenedores deben ser desinfectados y lavados después de cada ciclo de recolección. d) Los vehículos recolectores deben ser de caja cerrada y hermética, contar con sistemas de captación de escurrimientos, y operar con sistemas de enfriamiento para mantener los residuos a una temperatura máxima de 4°C (cuatro grados Celsius). e) Durante su transporte, los residuos peligrosos biológico-infecciosos sin tratamiento no deberán mezclarse con ningún otro tipo de residuos municipales o de origen industrial. Para la recolección y transporte de residuos peligrosos biológico-infecciosos se requiere la autorización por parte de la SEMARNAT. Dicho transporte deberá dar cumplimiento con los incisos a), b), d) y e) del numeral 6.4.1 de esta Norma Oficial Mexicana. 1 .7 FASES DE MANEJO.
1.8. TRATAMIENTO. Los residuos peligrosos biológico-infecciosos deben ser tratados por métodos físicos o químicos que garanticen la eliminación de microorganismos patógenos y deben hacerse irreconocibles para su disposición final en los sitios autorizados. 1.9. DISPOSICIÓN FINAL. Los Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos tratados e irreconocibles, podrán disponerse como residuos no peligrosos en sitios autorizados por las autoridades competentes. En el caso de la generación de residuos peligrosos considerados como biológico-infecciosos, la Escuela respetará lo dispuesto por la Coordinación General de Gestión Ambiental para la Sustentabilidad Yum Kaax, quien determina y regula su manejo y disposición final según lo establece en los manuales de gestión de residuos peligrosos y de manejo de seguro de CRETIB. En apego a la NOM- 087 - SEMARNAT-SSA1-2002, (que refiere a la Protección ambiental-Salud ambiental-Residuos peligrosos biológico-infecciosos-Clasificación y especificaciones de manejo; y cuyo objetivo es establecer la clasificación de estos residuos, así como las especificaciones para su manejo, misma que es de observancia obligatoria para los establecimientos que generen dichos residuos y los prestadores de servicios que tengan relación directa con los mismos), se definirán las responsabilidades que tiene cada uno de los participantes del programa de manejo de RPBI en el plantel. El plantel al no contar con un almacenamiento temporal, utiliza contenedores plásticos o metálicos para tal fin. Figura 6. Modelo de Sistema Integrado de Gestión Ambiental Ruta RPBI - EPESC.
2. RESIDUOS PELIGROSOS QUÍMICOS. GENERALIDADES Y DEFINICIONES De acuerdo con la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), los residuos peligrosos son “aquellos que posean alguna de las características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad, o que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad, así como envases, recipientes, embalajes y suelos que hayan sido contaminados cuando se transfieran a otro sitio”. Para su manejo, los residuos peligrosos generalmente se dividen en tres grandes grupos: químicos, biológicos y radioactivos. Los residuos peligrosos químicos incluyen una amplia gama de materiales como productos químicos comerciales que son desechados, los residuos de proceso y las aguas residuales. Algunas sustancias químicas y mezclas de éstas son consideradas como residuos peligrosos si presentan al menos una de las siguientes características, bajo las condiciones señaladas en la Norma Oficial Mexicana NOM- 052 - SEMARNAT- 20051 1. Corrosividad. 2. Reactividad. 3. Explosividad. 4. Toxicidad Ambiental. 5. Inflamabilidad. 6. Biológico-Infecciosa. Estas características definen los criterios que hacen que un residuo sea considerado peligroso, sin olvidar que hay sustancias o residuos químicos que puede implicar riesgos a la salud y al ambiente aunque que no se establezcan en las reglas y normas. Esto se tendrá presente en las actividades de laboratorio o al disponer de un residuo. Se considera un Residuo Corrosivo: (NOM- 052 - SEMARNAT-2005) Es un líquido acuoso y presenta un pH menor o igual a 2.0 o mayor o igual a 12.5 de conformidad con el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente. Es un sólido que cuando se mezcla con agua destilada presenta un pH menor o igual a 2.0 o mayor o igual a 12.5 según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente. Es un líquido no acuoso capaz de corroer el acero al carbón, tipo SAE 1020, a una velocidad de 6. milímetros o más por año a una temperatura de 328 K (55°C), según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente. Se considera un Residuo Reactivo: (NOM- 052 - SEMARNAT-2005) Es un líquido o sólido que después de ponerse en contacto con el aire se inflama en un tiempo menor a cinco minutos sin que exista una fuente externa de ignición, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente. Cuando se pone en contacto con agua reacciona espontáneamente y genera gases inflamables en una cantidad mayor de 1 litro por kilogramo del residuo por hora, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente. Es un residuo que en contacto con el aire y sin una fuente de energía suplementaria genera calor, según el procedimiento que se establece en la Norma Mexicana correspondiente.
La NFPA ( National Fire Protection Association ) es una organización creada en Estados Unidos, encargada de crear y mantener las normas y requisitos mínimos para la prevención contra incendio, capacitación, instalación y uso de medios de protección contra incendio, utilizados tanto por bomberos, como por el personal encargado de la seguridad. Sus estándares conocidos como National Fire Codes recomiendan las prácticas seguras desarrolladas por personal experto en el control de incendios. NFPA 704 es el código que explica el “ diamante o rombo de materiales peligrosos ” establecido por la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego (inglés: National Fire Protection Association ), utilizado para comunicar los riesgos de los materiales peligrosos. Es importante para ayudar a mantener el uso seguro de productos químicos. Se emplea para el almacenamiento, no en el transporte. Está representado por una figura en forma de diamante que tiene 4 divisiones, cada una con un color: Amarillo, Blanco, Azul o Rojo. Igualmente se clasifican por número, siendo 4 el más alto y 0 el más bajo. En alguno de los cuadros aparecen otros símbolos que representan ciertas propiedades de las sustancias. Figura 8. Guía de explicaciones de las clasificaciones de la NFPA. (http://www.compliancesigns.com/media//ZOOM/NFPA-Chart_2_Spanish_600.gif). El Rombo y sus colores se explican de la siguiente manera (Tomado de https://seguridadindustrialgt.wordpress.com/2012/08/02/entiendes-el-rombo-de-nfpa/)