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Mapa Conceptual Articulo 123, Esquemas y mapas conceptuales de Medicina Legal

Mapa conceptual del articulo 123

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2021/2022

Subido el 19/09/2022

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Articulo 123
Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil;
al efecto se promoverá la creación de empleos y la
organización social de trabajo, conforme a la ley
Apartado A
Todo lo que tenga que ver con el sector privado
La duración de la jornada máxima será de ocho horas.
Jornada máxima de trabajo nocturno será de 7 h.
Prohibido: las labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro
trabajo después de las diez de la noche, de los menores de dieciséis años
Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de quince años. Los mayores de
esta edad y menores de dieciséis tendrán como jornada máxima la de seis horas .
Fracción I.
Fracción
II.
Fracción
III.
Fracción
IV.
Fracción V.
Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de descanso, cuando
menos.
Las mujeres durante el embarazo no realizaran trabajos que exijan un esfuerzo
considerable y signifiquen un peligro para la salud con la gestación.
Gozaran forzosamente un descanso de 6 sem anteriores y posteriores al parto (FPP),
debiendo percibir su salario integro y empleo.
En el periodo de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día de media hora.
Fracción
VI.
Los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales. El salario
mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su
naturaleza.
Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de
familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Los
salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades
económicas.
Los salarios mínimos se fijarán por una comisión nacional integrada por representantes de los trabajadores,
de los patrones y del gobierno, la que podrá auxiliarse de las comisiones especiales de carácter consultivo que
considere indispensables para el mejor desempeño de sus funciones
Equipo 1:
Alba Chavarría Fernanda
Bernal García Isaac de Jesús
Castillo Castillo Paloma Lucero
Castillo Rodríguez Luis Eduardo
Cruz Dublán Alicia Itzel
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Articulo 123

Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto se promoverá la creación de empleos y la^ organización social de trabajo, conforme a la ley

Apartado A

Todo lo que tenga que ver con el sector privado La duración de la jornada máxima será de ocho horas. Jornada máxima de trabajo nocturno será de 7 h. Prohibido: las labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo después de las diez de la noche, de los menores de dieciséis años Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de quince años. Los mayores de esta edad y menores de dieciséis tendrán como jornada máxima la de seis horas.

Fracción I.

Fracción

II.

Fracción

III.

Fracción

IV.

Fracción V.

Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de descanso, cuando menos. Las mujeres durante el embarazo no realizaran trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para la salud con la gestación. Gozaran forzosamente un descanso de 6 sem anteriores y posteriores al parto (FPP), debiendo percibir su salario integro y empleo. En el periodo de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día de media hora.

Fracción

VI.

Los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales. El salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza. Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. Los salarios mínimos profesionales se fijarán considerando, además, las condiciones de las distintas actividades económicas. Los salarios mínimos se fijarán por una comisión nacional integrada por representantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno, la que podrá auxiliarse de las comisiones especiales de carácter consultivo que considere indispensables para el mejor desempeño de sus funciones

Equipo 1:

Alba Chavarría Fernanda

Bernal García Isaac de Jesús

Castillo Castillo Paloma Lucero

Castillo Rodríguez Luis Eduardo

Cruz Dublán Alicia Itzel

Articulo 123

Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto se promoverá la creación de empleos y la^ organización social de trabajo, conforme a la ley

Apartado A

Todo lo que tenga que ver con el sector privado Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad. El salario mínimo quedará exceptuado de embargo, compensación o descuento. Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de las empresas, regulada de conformidad con las siguientes normas:

Fracción

VII

Fracción

VIII

Fracción

I

X

A) Una Comisión Nacional, integrada con representantes de los trabajadores, de los patronos y del Gobierno, fijará el porcentaje de utilidades que deba repartirse entre los trabajadores B) La Comisión Nacional practicará las investigaciones y realizará los estudios necesarios y apropiados para conocer las condiciones generales de la economía nacional. C) La misma Comisión podrá revisar el porcentaje fijado cuando existan nuevos estudios e investigaciones que los justifiquen. D) La Ley podrá exceptuar de la obligación de repartir utilidades a las empresas de nueva creación durante un número determinado y limitado de años, a los trabajos de exploración y a otras actividades

E) Para determinar el monto de las utilidades de cada empresa se

tomará como base la renta gravable de conformidad con las

disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

F) El derecho de los trabajadores a participar en las utilidades no

implica la facultad de intervenir en la dirección o administración

de las empresas

Articulo 123

Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto se promoverá la creación de empleos y la^ organización social de trabajo, conforme a la ley

Apartado A

Todo lo que tenga que ver con el sector privado El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas. Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales, etc. Las leyes reconocerán como un derecho de los obreros y de los patronos, las huelgas y los paros.

Fracción

XV.

Fracción

XVI

Fracción

XVII

Fracción

XVIII

Fracción

XIX

Las huelgas serán lícitas cuando tengan por objeto conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital. En los servicios públicos será obligatorio para los trabajadores dar aviso, con diez días de anticipación, a los tribunales laborales, de la fecha señalada para la suspensión del trabajo. Las huelgas serán consideradas como ilícitas únicamente cuando la mayoría de los huelguistas ejerciera actos violentos contra las personas o las propiedades, o en caso de guerra, cuando aquéllos pertenezcan a los establecimientos y servicios que dependan del Gobierno. Los paros serán lícitos únicamente cuando el exceso de producción haga necesario suspender el trabajo para mantener los precios en un límite costeable, previa aprobación de los tribunales laborales.

Fracción

XX.

La resolución de las diferencias o los conflictos entre trabajadores y patrones estará a cargo de los tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación o de las entidades federativas Antes de acudir a los tribunales laborales, los trabajadores y patrones deberán asistir a la instancia conciliatoria correspondiente Dichos centros tendrán personalidad jurídica y patrimonio propios. Contarán con plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión Se regirá por los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y publicidad. Su integración y funcionamiento se determinará en la ley de la materia

Articulo 123

Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto se promoverá la creación de empleos y la^ organización social de trabajo, conforme a la ley

Apartado A

Todo lo que tenga que ver con el sector privado

Si el patrono se negare a someter sus diferencias al arbitraje o a cumplir con la resolución, se dará

por terminado el contrato de trabajo y quedará obligado a indemnizar al obrero con el importe de

tres meses de salario, además de la responsabilidad que le resulte del conflicto

El patrono que despida a un obrero sin

causa justificada o por haber ingresado a

una asociación o sindicato, o por haber

tomado parte en una huelga lícita, estará

obligado, a elección del trabajador, a

cumplir el contrato o a indemnizarlo con

el importe de tres meses de salario.

Los créditos en favor de los trabajadores por salario o sueldos devengados en el último año, y por

indemnizaciones, tendrán preferencia sobre cualquiera otros en los casos de concurso o de

quiebra.

Fracción

XXI

Fracción

XXII

Fracción

XXIV

De las deudas contraídas por los trabajadores a favor de sus patronos, de sus asociados, familiares

o dependientes, sólo será responsable el mismo trabajador, y en ningún caso y por ningún motivo

se podrá exigir a los miembros de su familia, ni serán exigibles dichas deudas por la cantidad

excedente del sueldo del trabajador en un mes

Fracción

XXV

El servicio para la colocación de los trabajadores será gratuito para éstos, ya se efectúe por

oficinas municipales, bolsas de trabajo o por cualquier otra institución oficial o particular.

En la prestación de este servicio se tomará en cuenta la demanda de trabajo y, en igualdad de

condiciones, tendrán prioridad quienes representen la única fuente de ingresos en su familia.

Fracción

XXIII

Bis. Los procedimientos y requisitos que

establezca la ley para asegurar la libertad de

negociación colectiva y los legítimos intereses

de trabajadores y patrones, deberán garantizar,

entre otros, los siguientes principios:

a) Representatividad de las organizaciones

sindicales

b) Certeza en la firma, registro y depósito de los

contratos colectivos de trabajo

Fracción

XXVI

Todo contrato de trabajo celebrado entre un mexicano y un empresario extranjero, deberá ser

legalizado por la autoridad municipal competente y visado por el Cónsul de la Nación a donde el

trabajador tenga que ir, en el concepto de que además de las cláusulas ordinarias, se especificará

claramente que los gastos de repatriación quedan a cargo del empresario contratante.

Ramas industriales y servicios Empresas^ Materias

Textil Aceites y grasas

vegetales

Aquellas que sean administradas en forma directa o

descentralizada del gobierno federal.

El registro de todos los contratos colectivos de trabajo y

las organizaciones sindicales, así como todos los

procesos administrativos relacionados;

Eléctrica Productora de

alimentos

Aquellas que actúen en virtud de un contrato o concesión

federal y las industrias que les sean conexas

La aplicación de las disposiciones de trabajo en los

asuntos relativos a conflictos que afecten a dos o más

entidades federativas;

Cinematografica Elaboradora de

bebidas

Aquellas que ejecuten trabajos en zonas federales o que

se encuentren bajo jurisdicción federal en las aguas

territoriales o en las comprendidas en la zona exclusiva

de la nación.

Contratos colectivos que hayan sido declarados

obligatorios en más de una entidad federativa;

Hulera Ferrocalirela Obligaciones patronales en materia educativa, en los

términos de ley, y

Azucarera Maderería básica Obligaciones de los patrones en materia de capacitación

y adiestramiento de sus trabajadores, así como de

seguridad e higiene en los centros de trabajo, para lo

cual, las autoridades federales contarán con el auxilio de

las estatales, cuando se trate de ramas o actividades de

jurisdicción local, en los términos de la ley

correspondiente

Minera Vidriera

Metalúrgica y

siderúrgica

Tabacalera

Hidrocarburos Automotriz

Petroquímica Química

Cementera

Celulosa o papel

Calera Servicios de banco o

crédito

Articulo 123

Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto se promoverá la creación de empleos y la^ organización social de trabajo, conforme a la ley

Apartado

B

Todo lo que tenga que ver con el sector publico La jornada diaria máxima de trabajo diurna y nocturna será de ocho y siete horas respectivamente. Las que excedan serán extraordinarias y se pagarán con un ciento por ciento más de la remuneración fijada para el servicio ordinario. En ningún caso el trabajo extraordinario podrá exceder de tres horas diarias ni de tres veces consecutivas Por cada seis días de trabajo, disfrutará el trabajador de un día de descanso, cuando menos, con goce de salario íntegro. Los trabajadores gozarán de vacaciones que nunca serán menores de veinte días al año.

Fracción I

Fracción II

Fracción IV

Los salarios serán fijados en los presupuestos respectivos sin que su cuantía pueda ser disminuida durante la vigencia de éstos, sujetándose a lo dispuesto en el artículo 127 de esta Constitución y en la ley. En ningún caso los salarios podrán ser inferiores al mínimo para los trabajadores en general en las entidades federativas.

Fracción V A trabajo igual corresponderá salario igual, sin tener en cuenta el sexo

Fracción

III

Fracción VI

Sólo podrán hacerse retenciones, descuentos, deducciones o embargos al salario, en los casos previstos en las leyes;

Fracción

VII

La designación del personal se hará mediante sistemas que permitan apreciar los conocimientos y aptitudes de los aspirantes. El Estado organizará escuelas de Administración Pública

Fracción

VIII

Los trabajadores gozarán de derechos de escalafón a fin de que los ascensos se otorguen en función de los conocimientos, aptitudes y antigüedad. En igualdad de condiciones, tendrá prioridad quien represente la única fuente de ingreso en su familia