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Mapa conceptual nif b4, objetivo, alcance, normas de presentacion, normas de valuacion y vigencia
Tipo: Esquemas y mapas conceptuales
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Periodos por los que debe presentarse el estado de cambios en el capital contable
Independientemente de lo requerido por otras NIF particulares en relación con el capital contable, la entidad debe revelar en notas a los estados financieros:
Con base en el párrafo 10 de la NIF A-7, Presentación y revelación, para cumplir con las NIF, una entidad lucrativa debe presentar los estados financieros básicos establecidos en la NIF A-3: estado de situación financiera, estado de resultado integral (ya sea en uno o en dos estados), estado de cambios en el capital contable y estado de flujos de efectivo, dado que este paquete de información responde a las necesidades comunes del usuario de la información financiera.
El estado de cambios en el capital contable debe mostrar una conciliación entre los saldos iniciales y finales del periodo, de cada uno de los rubros que forman parte del capital contable. En términos generales y no limitativos, los principales rubros que integran el capital contable son:
a. del capital contribuido, que se conforma por las aportaciones de los propietarios de la entidad: capital social, aportaciones para futuros aumentos de capital, prima pagada en colocación de acciones; y
b. del capital ganado, que se conforma por las utilidades y pérdidas generadas por la operación de la entidad: resultados integrales acumulados y reservas.
En este renglón, la entidad debe mostrar los valores en libros de cada uno de los rubros del capital contable con los que la entidad inició cada periodo por el que se presenta el estado de cambios en el capital contable.
El importe que debe mostrarse en este renglón es el que corresponde a los ajustes derivados de la aplicación retrospectiva establecida en la NIF B-1, Cambios contables y correcciones de errores.
Los saldos iniciales ajustados resultan de la suma algebraica de los saldos iniciales del capital contable y los ajustes por aplicación retrospectiva a cada rubro en lo individual.
En estos renglones deben mostrarse los movimientos que llevan a cabo los propietarios de una entidad en relación con su inversión en dicha entidad.
La entidad debe mostrar en este renglón, los importes que representan aumentos o disminuciones a las reservas de capital.
En un único renglón, la entidad debe presentar el resultado integral desglosado en los siguientes componentes:
a. utilidad o pérdida neta; b. otros resultados integrales (ORI) (agrupados o segregados, según se opte); y c. la participación en los ORI de otras entidades (tales como asociadas o inversiones conjuntas).
Los saldos finales del capital contable se determinan por la suma algebraica de los saldos iniciales ajustados de cada uno de los rubros del capital contable más los movimientos de propietarios, los movimientos de reservas y el resultado integral.
Con base en la NIF A-7, el estado de cambios en el capital contable debe emitirse, en congruencia con el estado de resultado integral, por lo menos una vez al año, abarcando un periodo anual, a menos que se trate del primer periodo de operaciones de una entidad, en cuyo caso, dicho periodo puede ser menor a un año.
También con base en la NIF A-7, los estados financieros, incluyendo el estado de cambios en el capital contable, deben presentarse en forma comparativa por lo menos con el periodo anterior.
Para la emisión de estados de cambios en el capital contable a fechas intermedias, es decir, por periodos menores a un año, la entidad debe atender a lo establecido en la NIF B-9, Información financiera a fechas intermedias.
a. el importe de dividendos distribuidos en el periodo, la forma en la que fueron pagados, así como el dato del dividendo por acción;
b. el motivo de los reembolsos de capital efectuados en el periodo;
c. una descripción de cómo se efectuaron las aportaciones de capital del periodo.
Si dentro del estado de cambios en el capital contable, la entidad presentó en forma agrupada los ORI, deben revelarse los movimientos y saldos finales de cada uno de los componentes de los ORI; por ejemplo, si una entidad generó resultados por conversión de operaciones extranjeras y además, resultados por valuación de instrumentos financieros utilizados como coberturas de flujos de efectivo, y en el cuerpo del estado presentó la suma de ambos como un movimiento neto de ORI en el periodo, en las notas debe segregar los saldos iniciales y finales, así como los movimientos correspondientes; en los casos en que los propietarios se hayan distribuido parte o la totalidad de los ORI, este hecho debe revelarse, indicando el importe correspondiente.
Las disposiciones contenidas en esta NIF entran en vigor para los ejercicios que se inicien a partir del 1º de enero de 2013.