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La práctica de una junta de administración en una empresa dedicada a la construcción y gestión de infraestructuras públicas llamada mercurio, s.a. El documento detalla la composición del consejo de administración, las funciones de cada miembro, las cuestiones discutidas en las reuniones y las posibles implicaciones legales. El documento puede resultar útil para estudiantes de derecho mercantil, especialmente aquellos que están aprendiendo sobre el órgano de administración y su función en una sociedad anónima.
Tipo: Apuntes
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Victor Martinez Alarte Derecho Mercantil. PRÁCTICA TEMA 8: ELÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN -GRADO EN DERECHO: GRUPO E- Sara, María, Juan, Andrés y ARTEMISA, S. L. son los miembros del Consejo de Administración de MERCURIO, S. A., una compañía dedicada a la construcción y gestión de infraestructuras públicas que cuenta con la siguiente estructura de capital:
El nombramiento de Sara y María se produjo en la Junta General celebrada el 15 de junio de 2009, incorporándose los otros tres consejeros tres años después, el 18 de junio de 2012. ARTEMISA, S. L., quien también actúa como consejero delegado, designó a Emilio como representante. Andrés actúa como presidente del Consejo y usted como secretario. El 15 de febrero de 2016, Andrés convocó el Consejo de Administración correspondiente al segundo trimestre, que debía celebrarse el 16 de marzo del mismo año. En dicho Consejo, debían ser debatidas diversas cuestiones: a) establecimiento de una hipoteca sobre varias naves industriales (de un valor total de 150 millones de euros) de la sociedad en garantía de un préstamo sindicado; b) modificación del modo y cuantías de la retribución; c) sustitución de Juan, por razón de enfermedad, por María Dolores Galindo; d) decisión sobre la salida a Bolsa de MERCURIO, S. A. y aumento de capital; e) autorización de compra de una partida de bajantes a la sociedad TODOPLÁSTICOS, S. L., de la que es socia mayoritaria la esposa de Emilio.
El 20 de mayo de 2016 se convocó una Junta General que debía tener lugar, en primera convocatoria, el 27 de junio de 2016 y donde se pretendía aprobar las cuentas anuales, tomar una decisión sobre el resultado obtenido por la sociedad y censurar la gestión social y otras cuestiones. En la Junta General se aprobaron todos los puntos del orden 2 del día, de entre ellos, la salida a Bolsa de MERCURIO, S. A. y un aumento de capital que supone incrementar el capital actual en un 10%.
En el articulo 249 bis se establecen las facultades indelegables del consejo de administracion. En lo relativo a los modos de la retribución, en la letra i) dice que tienen la facultad de decidir la remuneración de los consejeros, dentro del marco estatutario, y en su caso de la política de remuneraciones aprobada por la junta general.
También tienen la facultad de nombramiento y destitución de consejeros delegados de la sociedad, y como el establecimiento de las condiciones de su contrato, y de aquellos que tengan dependencia directa del consejo o de alguno de sus miembros. Situado en la letras g) y h) del articulo 249 bis LSC.
No podrá impugnarse por que no tiene un 1% del capital social. Se podría invalidar la salida a bolsa, por no tener la competencia suficiente.
Se produce un perjuicio en el valor de las acciones, se tendrá que realizar una acción individual 241 LSC.