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Demanda de Habeas Corpus: Análisis del Art. 89 de la Constitución del Ecuador, Ejercicios de Derecho Constitucional

Habeas Corpus detallado, fácil de hacer

Tipo: Ejercicios

2020/2021

Subido el 11/08/2021

AngieRuano28
AngieRuano28 🇪🇨

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SEÑOR JUEZ DE SANTO DOMINGO
ACCIÓN DE HABEAS CORPUS ART. 89 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA DEL ECUADOR
YO,JUAN CARLOS GONZALEZ DE LA ROA,actualmente detenido en el Centro
de Rehabilitación Social (CRS) Bellavista de Santo Domingo de los Tsháchilas,
ecuatoriano, mayor de edad, comparezco ante su Autoridad.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. Art. 89 de la Constitución de la República del Ecuador.
2. Conforme a la ley, declaro bajo juramento no haber planteado otra garantía
constitucional por los mismo actos u omisiones.
3. En el artículo 22 del Código de la Niñez y Adolescencia, se establece que el
Juez/a, dispondrá el apremio personal hasta por 30 días y la prohibición de
salida del país. En caso de reincidencia el apremio personal se extenderá por 60
días más y hasta por un máximo de 180 días.
FUNDAMENTOS DE HECHO
Es mi caso señor Juez, me encuentro privado de mi libertad desde el 03 de MARZO DEL 2021;
es decir, a la presente fecha me encuentro ilegal y arbitrariamente detenido por mas del
tiempo establecido en la ley, es decir señor juez que he cumplido la pena impuesta y
actualmente con los que voy a demostrar en la presente audiencia de Habeas Corpus donde el
Art. 89 manifiesta que la audiencia se debe realizar en las 24 horas siguientes en la cual se
deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley, las justificaciones de
hecho y de derecho que sustenten la medida, es decir en la presente audiencia voy a
demostrar que me encuentro ya mas del tiempo permitido por la ley y mi boleta ya se
encuentra ya caducada y quien emitió dicha boleta de apremio fue el señor juez del Juzgado de
la FAMILIA, MUJER,NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILA, "...
ORDENA EL APREMIO PERSONAL... POR 30 DÍAS.." en la causa de alimentos N. 17954-2021-
2670, conforme consta en el proceso en dicho juzgado, por lo anteriormente manifestado
señor juez, solicito que se disponga la inmediata libertad al justificar en derecho ya mi
ilegalidad de la detención. Una vez que obtenga mi libertad en el presente recurso de Habeas
Corpus solicito que se oficie a la Policía Judicial para que selimine esta boleta de apremio
personal que pesa en mi contra una vez que obtenga mi libertad.
OFICIOS
Para la audiencia correspondiente, se remitirán los oficios:
Con la calificación de la demanda se notificara a mi casillero judicial N.2054, y a la
misma vez al Centro de Rehabilitación Social (CRS) Bellavista, casillero judicial N.
2244, para contar con mi presencia ya que me encuentro actualmente detenido.
El lugar en donde se le debe notifica a la persona accionada es en el JUZGADO DE LA
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS
TSÁCHILAS, causa N.17954-2021-2670, juzgado que se encuentra ubicado en la
Avenida Abraham Calazacón, piso 3.
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SEÑOR JUEZ DE SANTO DOMINGO

ACCIÓN DE HABEAS CORPUS ART. 89 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA

REPÚBLICA DEL ECUADOR

YO, JUAN CARLOS GONZALEZ DE LA ROA, actualmente detenido en el Centro de Rehabilitación Social (CRS) Bellavista de Santo Domingo de los Tsháchilas, ecuatoriano, mayor de edad, comparezco ante su Autoridad. FUNDAMENTOS DE DERECHO

  1. Art. 89 de la Constitución de la República del Ecuador.
  2. Conforme a la ley, declaro bajo juramento no haber planteado otra garantía constitucional por los mismo actos u omisiones.
  3. En el artículo 22 del Código de la Niñez y Adolescencia, se establece que el Juez/a, dispondrá el apremio personal hasta por 30 días y la prohibición de salida del país. En caso de reincidencia el apremio personal se extenderá por 60 días más y hasta por un máximo de 180 días. FUNDAMENTOS DE HECHO Es mi caso señor Juez, me encuentro privado de mi libertad desde el 03 de MARZO DEL 2021; es decir, a la presente fecha me encuentro ilegal y arbitrariamente detenido por mas del tiempo establecido en la ley, es decir señor juez que he cumplido la pena impuesta y actualmente con los que voy a demostrar en la presente audiencia de Habeas Corpus donde el Art. 89 manifiesta que la audiencia se debe realizar en las 24 horas siguientes en la cual se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley, las justificaciones de hecho y de derecho que sustenten la medida, es decir en la presente audiencia voy a demostrar que me encuentro ya mas del tiempo permitido por la ley y mi boleta ya se encuentra ya caducada y quien emitió dicha boleta de apremio fue el señor juez del Juzgado de la FAMILIA, MUJER,NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILA, "... ORDENA EL APREMIO PERSONAL... POR 30 DÍAS.." en la causa de alimentos N. 17954-2021- 2670, conforme consta en el proceso en dicho juzgado, por lo anteriormente manifestado señor juez, solicito que se disponga la inmediata libertad al justificar en derecho ya mi ilegalidad de la detención. Una vez que obtenga mi libertad en el presente recurso de Habeas Corpus solicito que se oficie a la Policía Judicial para que selimine esta boleta de apremio personal que pesa en mi contra una vez que obtenga mi libertad. OFICIOS Para la audiencia correspondiente, se remitirán los oficios: Con la calificación de la demanda se notificara a mi casillero judicial N.2054, y a la misma vez al Centro de Rehabilitación Social (CRS) Bellavista, casillero judicial N. 2244, para contar con mi presencia ya que me encuentro actualmente detenido. El lugar en donde se le debe notifica a la persona accionada es en el JUZGADO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS, causa N.17954-2021-2670, juzgado que se encuentra ubicado en la Avenida Abraham Calazacón, piso 3.

Nombro como mi Abogada Defensora a la Dra. Angie Katherine Ruano Tuárez, profesional a la que autorizo suscriba cual escrito sea necesario en defensa de mis intereses y señalo casilla judicial N. 2054, pertenenciente a mi Abogada Patrocinadora. Firmo con mi abogada patrocinadora, Dra. Angie Katherine Ruano. MAT. 18-2020-107 Foro Abogados C.C.230021277-