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Demanda Laboral por Despido Injustificado durante el Embarazo de la Esposa del Trabajador, Ejercicios de Derecho Laboral

MODELO DE DEMANDA LABORAL COLOMBIA

Tipo: Ejercicios

2021/2022

Subido el 25/09/2023

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Tunja, 10 de octubre de 2022
Señor
JUEZ LABORAL DEL CIRCUITO DE TUNJA - REPARTO
E.S. D.
REF: DEMANDA LABORAL
DEMANDANTE: ALEXANDER OSPINA
DEMANDADO: ORTIZ IMPORTACIONES LTDA
Respetado señor Juez,
Tania Alejandra Botia Espitia, abogada titulada y en ejercicio, identificada con
cedula de ciudadanía Nº 1.000.163.175 de Bogota D.C, con tarjeta profesional
52648 del Consejo Superior de la Judicatura, actuando conforme al poder
conferido por ALEXANDER OSPINA, mayor de edad, identificado con CC
79.165.423 expedida en Tunja, Boyacá presentó ante su honorable despacho
Demanda Laboral por causa de los siguientes:
HECHOS
PRIMERO: ALEXANDER OSPINA es un trabajador que labora como cuidador en
la finca “SABANA DE COLOMBIA” propiedad de la empresa ORTIZ
IMPORTACIONES LTDA, representada legalmente por el señor PABLO ORTIZ, la
empresa se encuentra ubicada en Tunja, y el demandante trabaja allí desde el día
04 de marzo de 2019,
SEGUNDO: El demandante trabaja 2 días a la semana en el horario de 8 AM a 5
PM, con una hora de almuerzo, con una remuneración de $64.000 COP por el día.
TERCERO: El 10 de julio de 2022, la empresa ORTIZ IMPORTACIONES LTDA le
informa que debe prescindir de sus servicios pues se ha vendido la finca y la
empresa desarrollará una nueva actividad en la ciudad de Medellín, siendo el
nuevo propietario el señor MARCO OLAGO, manteniendo la finca en iguales
condiciones y actividades productivas que su dueño original.
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¡Descarga Demanda Laboral por Despido Injustificado durante el Embarazo de la Esposa del Trabajador y más Ejercicios en PDF de Derecho Laboral solo en Docsity!

Tunja, 10 de octubre de 2022 Señor JUEZ LABORAL DEL CIRCUITO DE TUNJA - REPARTO E.S. D. REF: DEMANDA LABORAL DEMANDANTE: ALEXANDER OSPINA DEMANDADO: ORTIZ IMPORTACIONES LTDA Respetado señor Juez, Tania Alejandra Botia Espitia, abogada titulada y en ejercicio, identificada con cedula de ciudadanía Nº 1.000.163.175 de Bogota D.C, con tarjeta profesional Nº 52648 del Consejo Superior de la Judicatura, actuando conforme al poder conferido por ALEXANDER OSPINA, mayor de edad, identificado con CC Nº 79.165.423 expedida en Tunja, Boyacá presentó ante su honorable despacho Demanda Laboral por causa de los siguientes: HECHOS PRIMERO: ALEXANDER OSPINA es un trabajador que labora como cuidador en la finca “SABANA DE COLOMBIA” propiedad de la empresa ORTIZ IMPORTACIONES LTDA, representada legalmente por el señor PABLO ORTIZ, la empresa se encuentra ubicada en Tunja, y el demandante trabaja allí desde el día 04 de marzo de 2019, SEGUNDO: El demandante trabaja 2 días a la semana en el horario de 8 AM a 5 PM, con una hora de almuerzo, con una remuneración de $64.000 COP por el día. TERCERO: El 10 de julio de 2022, la empresa ORTIZ IMPORTACIONES LTDA le informa que debe prescindir de sus servicios pues se ha vendido la finca y la empresa desarrollará una nueva actividad en la ciudad de Medellín, siendo el nuevo propietario el señor MARCO OLAGO, manteniendo la finca en iguales condiciones y actividades productivas que su dueño original.

CUARTO: El 09 de julio de 2022, el señor ALEXANDER había informado vía WhatsApp a PABLO ORTIZ que su esposa MARIA estaba embarazada de 3 meses de gestación; MARIA no cuenta con un empleo formal, pues ALEXANDER responde por el hogar y MARIA a veces lo apoya vendiendo dulces en la calle. QUINTO: El demandante tenía 59 años de edad al momento del retiro, contando en su historial pensional con tan solo 980 semanas en el fondo privado PORVENIR. PRETENSIONES Por los anteriores hechos, respetuosamente solicito: A. DECLARATORIAS

  1. Que se declare la INEFICACIA de la terminación unilateral del contrato por parte de la empresa ORTIZ IMPORTACIONES LTDA, en cabeza del representante legal, el señor PABLO ORTÍZ por omitir las restricciones legales en cuanto a la prohibición del despido en épocas en que la cónyuge del trabajador se encuentra embarazada.
  2. Que se declare el REINTEGRO del señor demandante a la empresa ORTÍZ IMPORTACIONES LTDA, o en su defecto que los nuevos propietarios de la finca empleen al demandante mientras se cumple el periodo de embarazo de la señora MARÍA. B. CONDENATORIAS
  3. Que, como consecuencia del quebrantamiento al ordenamiento legal laboral se condene a la sociedad ORTÍZ IMPORTACIONES LTDA al pago de una INDEMNIZACIÓN de los salarios y prestaciones dejadas de percibir con ocasión del despido por parte del representante legal de la empresa demandada, el señor PABLO ORTÍZ. FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES, LEGALES Y REGLAMENTARIOS En virtud de un reciente fallo de la Honorable Corte Constitucional, específicamente la sentencia C-005 de 2017, se pudo establecer que, la norma protege a las mujeres embarazadas o incluso en periodo de lactancia, extendiendo dicha protección a los padres, así se encuentre casado o no con la madre de sus

Testimonios: Respetuosamente solicito que se cite a DORA ALICIA RINCON CASILLAS quien declarará en calidad de psicóloga clínica el estado de salud mental de la esposa del demandante. El testigo puede ser citado en la Clínica de la Paz sede Tunja, Calle 60 transversal 54 – este. PROCESO Y COMPETENCIA De conformidad con el artículo 241 del Código Sustantivo del Trabajo, el juez laboral es competente para conocer de los procesos de despido en medio de los periodos de embarazo y lactancia, de mayor/menor cuantía, como el presente. Por la naturaleza del asunto y el domicilio común de las partes es usted competente señor Juez para conocer de este proceso. ANEXOS

  1. Poder con el que actúo.
  2. Copia de la demanda y sus anexos para el juzgado.
  3. Copia de la demanda y sus anexos para el traslado.
  4. Copia de la demanda para el Ministerio del Trabajo.
  5. CD con copia digital de la demanda para el juzgado.
  6. CD con copia digital de la demanda para el traslado.
  7. Los documentos relacionados en el acápite de pruebas. NOTIFICACIONES El señor: ALEXANDER OSPINA recibirá notificaciones en Calle 54 # 45 – 77, Tunja, Boyacá y en la dirección de correo electrónico: [email protected] La suscrita apoderada recibirá notificaciones en Calle 1E # 7ª – 24 en Bogotá D.C, Del señor Juez, atentamente.

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TANIA ALEJANDRA BOTIA ESPITIA

C.C. No. 1000.163.175, de Bogotá DC T, P. No. 52648 del C. S. J.

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TANIA ALEJANDRA BOTIA ESPITIA

C.C. No 52.879.625 de Bogotá D.C T. P. Nº 52648 del C. S. J.