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Modelo par efectuar Poder, Ejercicios de Derecho Civil

En la realización de un ejercicio se proyectó Modelo de Poder

Tipo: Ejercicios

2019/2020

Subido el 08/05/2023

pepito-perez-53
pepito-perez-53 🇨🇴

2 documentos

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casado o divorciado con sociedad conyugal vigente o
disuelta y liquidada; b) si es soltero sin unión marital
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al señor.........., también colombiano, mayor de edad y
domiciliado y residente en..........para que en su
nombre y representación ejecute los actos y contratos
relacionados con sus bienes, obligaciones y derechos
que a continuación se especifican:
a)Administración. Administrar, los bienes del
poderdante, muebles e inmuebles, que se discriminan
así: (los muebles por los detalles que los distingan y
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PODER GENERAL

En la ciudad de .......... departamento de .........., República de Colombia, a los ......... del mes de .......... del año .........., ante mí Notario .........., del Círculo de .......... compareció el señor .........., colombiano, mayor de edad, domiciliado y residente en .........., de estado civil ......(Determinar: a) si es casado o divorciado con sociedad conyugal vigente o disuelta y liquidada; b) si es soltero sin unión marital de hecho o con unión marital de hecho) .........., identificado con la cédula de ciudadanía Nº .......... de .......... quien manifestó lo siguiente: PRIMERO. — Que por medio de la presente escritura confiere poder general, amplio y suficiente, al señor .........., también colombiano, mayor de edad y domiciliado y residente en .......... para que en su nombre y representación ejecute los actos y contratos relacionados con sus bienes, obligaciones y derechos que a continuación se especifican: a) Administración. — Administrar, los bienes del poderdante, muebles e inmuebles, que se discriminan así: (los muebles por los detalles que los distingan y

los inmuebles por su ubicación, cabida y linderos). Esta facultad comprende la de recaudar los productos y celebrar los contratos pertinentes a la administración de dichos bienes. b) Venta. — Vender, los bienes inmuebles o muebles de propiedad del poderdante, discriminados en el literal a) de éste documento. c) Ratificación. — Ratificar, en nombre del poderdante, contratos de compraventa o de permuta celebrados por él y que estén relacionados con inmuebles. d) Servidumbres. — Constituir servidumbres, activas o pasivas, a favor o a cargo de los bienes inmuebles del poderdante. e) Garantías. — Asegurar, las obligaciones del poderdante, o las que contraiga en nombre de éste, con hipoteca o prenda, según el caso. f) Remates. — Para que por cuenta de los créditos reconocidos o que se reconozcan a favor del poderdante admita a los deudores, en pago, bienes distintos de los que estén obligados a dar y para que remate tales bienes en proceso. g) Herencias, legados y donaciones. — Aceptar, con o sin beneficio de inventario, las herencias deferidas al poderdante, las repudie, y acepte o repudie los legados o donaciones que se le

complementarias, las controversias susceptibles de transacción relativas a los derechos y obligaciones del poderdante, y para que lo represente donde sea necesario en el proceso o procesos arbitrales. m) Desistimiento. — Desistir de los procesos, reclamaciones o gestiones en que intervenga a nombre del poderdante, de los recursos que en ellos interponga y de los incidentes que promueva. n) Transacción y Conciliación. — Transigir y conciliar todo tipo de controversias y diferencias que ocurran respecto de los derechos y obligaciones del poderdante. o) Manifestación de Afectación a Vivienda Familiar. — Para que en mi nombre y representación haga las manifestaciones de que trata la Ley 258 de 1996 y 854 de 2003. p) Sustitución y Revocación. — Sustituir total o parcialmente el presente poder y revocar sustituciones. q) General. — En general para que asuma la personería del poderdante cuando lo estime conveniente y necesario, de tal modo que en ningún caso quede sin representación en sus negocios. SEGUNDO. — Declaración de Valor Real. Para que en mi nombre y representación manifieste bajo la gravedad de

juramento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 1943 de 2018, que en el caso de compra o venta o declaraciones de construcción de bienes inmuebles, el precio que se incluye en la escritura es el real y que no es objeto de pactos privados en los que se convenga un valor diferente y que no existen sumas que se hayan convenido o facturado por fuera de la misma, a sabiendas que sin estas declaraciones tanto el impuesto sobre la renta , como la ganancia ocasional, impuesto de registro, derechos de registro y derechos notariales serán liquidados sobre una base equivalente a cuatro veces el valor incluido en la escritura, sin perjuicio de la obligación que tiene el notario de reportar las irregularidades a las autoridades de impuestos para lo de su competencia igualmente sin perjuicio de las facultades de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para determinar el valor de la transacción. TERCERO. — Que con relación a los honorarios que recibirá el mandatario, por causa del ejercicio de este mandato, siempre que su actuación sea acorde con las estipulaciones aquí convenidas, se pacta lo siguiente: ........... CUARTO. — Presente el