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Opción de Compra-Venta, Ejercicios de Derecho Mercantil

contrato de Opción de Compra-Venta

Tipo: Ejercicios

2022/2023

Subido el 16/01/2023

DeborathO
DeborathO 🇻🇪

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5 documentos

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Entre XXXXXXX, venezolano, mayor de edad, casado, de profesión
Administrador, de este domicilio, titular de la cédula de identidad xxx,
apoderado judicial de su cónyuge, la ciudadana YYY, titular de la cédula de
identidad xxx quien es propietaria del inmueble objeto de la venta del
presente contrato, y que autoriza a su cónyuge por Poder autenticado en la
Notaría Pública del Municipio Plaza, Guarenas, inscrito bajo el Nº 18, tomo 46,
de los libros de autenticaciones de dicha Notaría, a vernder el inmueble
descrito más adelante, en lo sucesivo y para efectos de este contrato
denominado EL VENDEDOR, por una parte, y por la otra DOMINGO
MENDOZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula
de identidad Nº 4.425.034, de profesión Administrador, en lo sucesivo y para
los efectos de este contrato denominado EL COMPRADOR, se ha convenido,
como en efecto se ha celebrado el siguiente contrato de Opción de Compra-
Venta, contenido en las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA: el vendedor es el apoderado judicial para la venta de
un apartamento, el cual en lo sucesivo y para los efectos de este contrato se
denominará EL INMUEBLE, dicho inmueble está ubicado en la Urbanización
Manuel Martínez Manuel, (hoy Urbanización Trapichito), Bloque 7, Edificio
1, apartamento Nº 0208, Guarenas, Jurisdicción del Municipio Plaza del Estado
Miranda. El apartamento forma parte del edificio comprendido dentro de los
siguientes linderos: PISO: Con el techo del apartamento 0108; TECHO: Con el
piso del apartamento 0308; NORTE: con pared del apartamento 0207 y pasillo
común de circulación; SUR: Con fachada Sur del edificio; ESTE: Con fachada
Este del edificio; OESTE: Con fachada oeste del edificio. El inmueble se
compone de: SALA-COMEDOR, CUATRO DORMITORIOS, COCINA, LAVANDERO
Y BAÑO. Tiene una superficie de OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS
CON SESENTA DECÍMETROS CUADRADOS (88,60m2). El vendedor está
autorizado para vender dicho inmueble según se evidencia de los siguientes
documentos: de Título de Propiedad protocolizado ante la Oficina Subalterna
del Registro del distrito Plaza del Estado Miranda, bajo el Nº 8, folios 41 al 45,
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Entre XXXXXXX , venezolano, mayor de edad, casado, de profesión Administrador, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº xxx, apoderado judicial de su cónyuge, la ciudadana YYY , titular de la cédula de identidad Nº xxx quien es propietaria del inmueble objeto de la venta del presente contrato, y que autoriza a su cónyuge por Poder autenticado en la Notaría Pública del Municipio Plaza, Guarenas, inscrito bajo el Nº 18, tomo 46, de los libros de autenticaciones de dicha Notaría, a vernder el inmueble descrito más adelante, en lo sucesivo y para efectos de este contrato denominado EL VENDEDOR, por una parte, y por la otra DOMINGO MENDOZA , venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 4.425.034, de profesión Administrador, en lo sucesivo y para los efectos de este contrato denominado EL COMPRADOR , se ha convenido, como en efecto se ha celebrado el siguiente contrato de Opción de Compra- Venta , contenido en las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA : el vendedor es el apoderado judicial para la venta de un apartamento, el cual en lo sucesivo y para los efectos de este contrato se denominará EL INMUEBLE , dicho inmueble está ubicado en la Urbanización Manuel Martínez Manuel, (hoy Urbanización Trapichito), Bloque Nº 7, Edificio 1, apartamento Nº 0208, Guarenas, Jurisdicción del Municipio Plaza del Estado Miranda. El apartamento forma parte del edificio comprendido dentro de los siguientes linderos: PISO: Con el techo del apartamento 0108; TECHO: Con el piso del apartamento 0308; NORTE: con pared del apartamento 0207 y pasillo común de circulación; SUR: Con fachada Sur del edificio; ESTE: Con fachada Este del edificio; OESTE: Con fachada oeste del edificio. El inmueble se compone de: SALA-COMEDOR, CUATRO DORMITORIOS, COCINA, LAVANDERO Y BAÑO. Tiene una superficie de OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA DECÍMETROS CUADRADOS (88,60m^2 ). El vendedor está autorizado para vender dicho inmueble según se evidencia de los siguientes documentos: de Título de Propiedad protocolizado ante la Oficina Subalterna del Registro del distrito Plaza del Estado Miranda, bajo el Nº 8, folios 41 al 45, 5 10 15 20 25 30

Protocolo Primero, Tomo 17, en el Primer Trimestre de dos mil _________; Acta de Matrimonio y Poder de su cónyuge autenticado en la Notaría pública del Municipio Plaza, Guarenas, inserto bajo el Nº 18, tomo 46 de los libros de autenticaciones de dicha Notaría. CLÁUSULA SEGUNDA: el vendedor se compromete a vender el inmueble al comprador, y el comprador se compromete a comprarlo a el vendedor. CLÁUSULA TERCERA: El precio de esta transacción ha sido fijado en QUINCE MILLONES DE BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 15.000.000, 00 ) , que el comprador se compromete a pagar al vendedor en la siguiente forma: a) TRES MILLONES DE BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 3.000.000,00) en calidad de arras al momento de firmar este Contrato de Compra-Venta, b) DOCE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 12.000.000, 00 ), en un lapso no mayor (90) días continuos contados a partir de la firma del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: En caso de desistimiento de este compromiso por parte del comprador, éste perderá el cincuenta por ciento (50%) de las arras entregadas al vendedor, o sea, la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.500.000), por concepto de compensación por daños y perjuicios, que tal desistimiento pueda haber ocasionado al VENDEDOR. Por lo tanto el comprador recibirá por concepto de devolución, sólo la mitad de lo que entregó al vendedor, es decir, la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.500.000). CLÁUSULA QUINTA: En caso de desistimiento de este compromiso por parte del VENDEDOR, el VENDEDOR, estará obligado a devolverle al COMPRADOR la totalidad de las arras recibidas más el cincuenta por ciento (50%) por concepto de indemnización por daños y perjuicios que tal desistimiento pudiera ocasionar al comprador. Por lo tanto el comprador recibirá la cantidad de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (4.500.000 Bs.) por concepto de devolución más compensación por daños y perjuicios. 5 10 15 20 25

Declaro que acepto este contrato en los términos antes especificados. Se hacen dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. En Guarenas, a la fecha de su presentación.- El Comprador El vendedor Domingo Mendoza.- C.I. - 4.425.034 José E. Montes R.

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