Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


operaciones de comercio exterior, Resúmenes de Negocios Internacionales

operaciones de comercio exterior

Tipo: Resúmenes

2018/2019

Subido el 29/06/2019

nathaly-julio-penaranda-estudiante
nathaly-julio-penaranda-estudiante 🇨🇴

4 documentos

1 / 11

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Operaciones de comercio exterior para el comercio internacional de
mercancías: Importación, Exportación y Tránsito
Negocios Internacionales
Jorge A. Vélez Zárate
Docente
Daniel f. Guzmán Rodríguez
Nathaly Julio Peñaranda
Kris Martínez Espitia
Maykel A. Rondón Valiente
Jesus Damian Meza
Saliy Velásquez
Yariseth López Martínez
Salim Sahir Bedran Pimienta
Estudiantes
Grupo 4
Programa de Administración de Empresas
Facultad de Ciencias Económicas
Universidad de Cartagena
Cartagena de Indias
2019
pf3
pf4
pf5
pf8
pf9
pfa

Vista previa parcial del texto

¡Descarga operaciones de comercio exterior y más Resúmenes en PDF de Negocios Internacionales solo en Docsity!

Operaciones de comercio exterior para el comercio internacional de mercancías: Importación, Exportación y Tránsito Negocios Internacionales

Jorge A. Vélez Zárate

Docente

Daniel f. Guzmán Rodríguez Nathaly Julio Peñaranda

Kris Martínez Espitia Maykel A. Rondón Valiente

Jesus Damian Meza Saliy Velásquez

Yariseth López Martínez Salim Sahir Bedran Pimienta

Estudiantes Grupo 4

Programa de Administración de Empresas Facultad de Ciencias Económicas Universidad de Cartagena Cartagena de Indias 2019

Operaciones de comercio exterior para el comercio internacional de mercancías: Importación, Exportación y Tránsito

Los Regímenes del Comercio Exterior en Colombia:

Los regímenes aduaneros son el tratamiento aplicable a las mercancías sometidas al control y vigilancia de la autoridad aduanera –DIAN- mediante el cual se le asigna un destino específico dentro del comercio internacional y conforme con las normas aduaneras vigentes al momento de la operación, y como tal los regímenes son:

  • Régimen de Importación
  • (^) Régimen de Exportación
  • Régimen de Tránsito Aduanero

RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN

Régimen de Importación (Ingreso de Mercancías al Territorio Aduanero Nacional)

  • (^) Las importaciones son el conjunto de bienes y servicios comprados por un país en territorio extranjero para su utilización en territorio nacional.
  • Es la introducción de mercancías de procedencia extranjera al territorio aduanero nacional. También se considera importación la introducción de mercancías procedentes de Zona Franca Industrial de Bienes y de Servicios, al resto del territorio aduanero nacional. (Art. 1° Decreto 2685 de 1999).

Los trámites de importación ante la DIAN, solamente pueden ser realizados por los usuarios habilitados en el Sistema Informático Aduanero, que corresponden a las Agencias de Aduana (antes Sociedades de Intermediación Aduanera), y a los Usuarios Aduaneros Permanente -UAP-.

Modalidades de Importación

De acuerdo con la destinación que se dará a los bienes, el régimen tributario a aplicar y otras situaciones específicas, las mercancías pueden ser sometidas a alguna de las siguientes Modalidades:

  • Importación ordinaria: Es la modalidad de importación más utilizada. A través de ella, el importador en Colombia recibe la mercancía para su libre disposición una vez cumplidas todas las obligaciones aduaneras. Las obligaciones incluyen la declaración de la mercancía en los formatos

Exportadores - ALTEX y autorizadas por la autoridad aduanera (DIAN). La disposición de los bienes estará restringida.

  • Importación temporal en desarrollo de Sistemas Especiales de Importación- Exportación
  • Importación para transformación o ensamble
  • Importación por tráfico postal y envíos urgentes
  • Entregas urgentes
  • (^) Viajeros.

Leasing internacional La figura de leasing internacional puede ser aplicada para la financiación de importaciones temporales a largo plazo de bienes de capital, los cuales pueden permanecer en el Territorio Aduanero Nacional por más de cinco (5) años. Bajo esta figura una empresa extranjera (proveedor extranjero, entidad financiera del exterior o compañía de leasing), otorga el derecho de uso de un bien de capital importado en Colombia, a un residente colombiano a cambio del pago de unos cánones o pagos periódicos por parte de éste. Los pagos deben realizarse obligatoriamente a través de los mecanismos autorizados por el Régimen Cambiario y siguiendo el procedimiento contemplado para las operaciones de endeudamiento externo pasivo, dado que la operación es considerada como una importación financiada. En este caso los tributos aduaneros se causan semestralmente. El plazo máximo para diferirlos será de cinco (5) años, no obstante que la permanencia en el país pueda ser superior a dicho término.

Tipos de Control: Son aplicables a las mercancías que ingresan al Territorio Aduanero Nacional (TAN)

■ Control Previo: Se realiza desde la llegada de la mercancía y hasta el momento de su nacionalización. Comprende la zona primaria (lugares de arribo, depósitos públicos y privados.

■ Control Simultáneo: Se efectúa al momento de la nacionalización de las mercancías.

■ Control Posterior: Opera cuando las mercancías se encuentra en zona secundaria (Carreteras, almacenes, establecimientos abiertos al público, etc.)

Documentos Soporte de la Declaración de Importación

  • Registro o licencia de importación
  • Factura comercial y Lista de empaque
  • Documento de transporte
  • Certificado de origen (R7468-06 Dian)
  • Certificado de sanidad y demás exigidos por normas especiales
  • Mandato, cuando no exista endoso (SIA)
  • Declaración Andina de Valor y sus documentos soporte
  • Declaración de exportación o el que acredite la operación de exportación ante la autoridad aduanera del país de procedencia de la mercancía.
  • Documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal, si es el caso.
  • Las autorizaciones previas establecidas por la DIAN para la importación de determinadas mercancías.
  • En la Declaración De Importación Anticipadas: Deberán obtenerse previamente a la inspección física o documental o a la determinación del levante automático de las mercancías.

Así mismo, el cumplimiento de todos, o algunos de los pasos depende de factores como:

■ El momento en que se presente la Solicitud de Autorización de Embarque (SAE): Antes o después de su ingreso al Lugar Habilitado.

■ El Lugar de Destino final de la Mercancía: Fuera del TAN o una Zona Franca o un Depósito Franco o de provisiones de a bordo para consumo y para llevar.

■ El Modo de Transporte: Marítimo, Aéreo, carretero o por instalaciones fijas o en aguas interiores.

■ El lugar donde se va a realizar la inspección de la mercancía: Zona Secundaria, lugar de embarque, depósito habilitado, Zona Franca o en el lugar de embarque de la aduana de salida (Únicamente para el caso de exportaciones en tránsito aéreo).

Autorización de Embarque

La autorización de embarque procede cuando ocurra uno de los siguientes eventos:

■ Embarque directo a través de los servicios informáticos electrónicos.

■ Practicada la inspección aduanera se establezca conformidad entre lo declarado y la información contenida en los documentos soporte y lo inspeccionado.

Certificación de Embarque

Realizado el embarque de la mercancía, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes, el transportador deberá presentar a través de los servicios informáticos electrónicos, la información del manifiesto de carga que relacione las mercancías a bordo del medio de transporte.

En el evento en que se presenten inconsistencias, frente a lo amparado en la solicitud de autorización de embarque y la carga embarcada, el transportador deberá corregir dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al reporte de inconsistencias.

Se exceptúan de este trámite:

■ Exportaciones con destino a zona franca o depósito franco.

■ Exportaciones de energía, gas u otros.

Modalidades de Exportación

■ Exportación Definitiva (Decreto 2685 de 1999)

■ Exportación Temporal para Perfeccionamiento Pasivo (Art. 289)

■ Exportación temporal para reimportación en el mismo estado (Art. 297)

■ Reexportación (Art. 303)

■ Exportación por tráfico postal y envíos urgentes (Art. 310)

■ Exportación de muestras sin valor comercial (Art. 318)

■ Exportaciones temporales realizadas por viajeros (Art. 322)

■ Reembarque (Art. 306)

■ Exportación de Menajes (Art. 326)

Modificación de la Declaración de Exportación

Procederá en los siguientes eventos:

■ Cambiar la modalidad de exportación temporal a definitiva.

■ Sustitución del exportador para el caso de exportaciones temporales.

Debe presentarse dentro del término para la terminación de la modalidad de exportación temporal que corresponda.

El tránsito aduanero será autorizado por la aduana si la carga se encuentra debidamente sellada y precintada desde el país de procedencia, de forma tal que garantice que la mercancía no pueda ser extraída de ellas, ni puedan introducirse otras, sin romperse los precintos colocados en el puerto de embarque.

Para las mercancías sometidas a la modalidad de tránsito aduanero, no habrá inspección aduanera en la aduana de partida, salvo cuando la autoridad aduanera observe que la carga se encuentra en malas condiciones exteriores, presenten diferencia de peso frente a lo señalado en el documento de transporte, o se observen signos de violación de los sellos o precintos de seguridad, en cuyo caso, deberá efectuarse la inspección física correspondiente y se dejará constancia del resultado de la diligencia.

La autoridad aduanera determinará la duración de la modalidad de tránsito de acuerdo con la distancia que separe la aduana de partida de la de destino. Dicho término se contará a partir de la fecha de autorización del régimen y se consignará en la declaración de tránsito aduanero. Para la ejecución de la operación de tránsito aduanero, los medios de transporte deberán utilizar las rutas más directas entre la aduana de partida y la de destino.

¿Cómo se finaliza la operación de tránsito aduanero?

La modalidad de tránsito aduanero finaliza con la entrega de la carga al depósito o al usuario operador de la zona franca, según corresponda, quien recibirá del transportador la declaración de tránsito aduanero, ordenará el descargue y confrontará la cantidad, el peso y el estado de la carga con lo consignado en dicho documento. Si existiere conformidad registrará la información en el sistema informático de la aduana.

Si se presentan inconsistencias entre los datos consignados en la declaración de tránsito aduanero y la mercancía recibida, o si se detectan posibles adulteraciones en dicho documento, o irregularidades en los empaques, embalajes y precintos aduaneros de la mercancía que es objeto de entrega, o ésta se produce por fuera de los términos autorizados por la aduana de partida, el depósito o el usuario operador de la zona franca elaborará y remitirá a la aduana el acta correspondiente, la cual deberá ser firmada por el transportador e informará de inmediato a las autoridades aduaneras a través del sistema informático aduanero.

BIBLIOGRAFÍA

■ Banco de la república: http://www.banrep.gov.co/es

■ Consultorio de comercio exterior