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Orientación educativa, Apuntes de Psicología Educacional

Docs educación de apoyo para la psicología educativa reglamento

Tipo: Apuntes

2017/2018

Subido el 22/05/2018

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Actualización según la Ley de Inclusión
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Orientaciones para la revisión
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Dirección de Educación General I DEG Ministerio de Educación
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Actualización según la Ley de Inclusión

E S C OLAR

Orientaciones para la revisión

de los Reglamentos de:

Dirección de Educación General I DEG Ministerio de Educación

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“El sistema propenderá a eliminar todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los y las estudiantes. Asimismo, el sistema propiciará que los establecimientos educativos sean un lugar de encuentro entre los y las estudiantes de distintas condiciones socioeconómicas, culturales, étnicas, de género, de nacionalidad o de religión”. (Ley 20.845, o de “Inclusión”, 2015)

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“La Política Nacional de Convivencia Escolar constituye un horizonte ético hacia el cual queremos avanzar en un camino que no se recorre solo con una revisión de tareas por cumplir, sino con la firme creencia que tiene cada comunidad educativa de convertirse en una verdadera comunidad de aprendizaje, con capacidad para mirar sus procesos, pensar la escuela o liceo, llegar a consensos y trabajar en forma conjunta por objetivos comunes”. (MINEDUC, Política de Convivencia Escolar, 2015)

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Presentación________________________________________________________________________________________ 9 ¿De qué hablamos cuando hablamos de convivencia y de una política de convivencia escolar?_________________________________________________________ 13 ¿Desde cuándo el Ministerio ha diseñado políticas de convivencia? ¿En qué contexto se dan estas Orientaciones?____________________________________________________ 15 ¿Qué son los Reglamentos de Convivencia? ¿En qué contexto se dan estas Orientaciones?____________________________________________________ 19 ¿ Por qué es necesario revisar los Reglamentos de Convivencia Escolar? _______________________________________________________________________________ 21 ¿Cuál es la finalidad de estas Orientaciones?______________________________________________________ 29 ¿Con qué enfoques se debieran revisar las normas de convivencia escolar?________________________________________________________________________________ 31 ¿Qué puede tener el Reglamento de Convivencia contenido en el reglamento interno de un establecimiento educacional? sugerecias_______________________________ 36 La “pedagogía de la confianza” como un aporte para la revisión de los Reglamentos de Convivencia________________________________________________________________ 38 Anexo 1______________________________________________________________________________________________ 42 Anexo 2______________________________________________________________________________________________ 56 Anexo 3______________________________________________________________________________________________ 60 1 2 3 4 5 6 7 8 ÍNDICE Orientaciones para la revisión de los Reglamentos de: CONVIVENCIA ESCOLAR

8 I

División de Educación General MInisterio de Educación

10 I

Hoy, a partir de la Reforma Educacional y, en particular de la entrada en vigencia de la Ley de Inclusión (L.20.845) en marzo de 2016, se le plantea al establecimiento educacional la necesidad de revisar su Reglamento de Convivencia para ver si su sentido y contenido se alinean con las nuevas orientaciones emanadas de estos cuerpos legales. De acuerdo con esta Ley, los Reglamentos de Convivencia ahora deben: Asegurar el derecho a la educación de todos/as los estudiantes, resguardando su ingreso y permanencia durante su trayectoria escolar. Eliminar todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el apren- dizaje y participación de los estudiantes. Entre ellas, las que impidan la valo- ración positiva de la diversidad, en un marco de reconocimiento y respeto de los derechos humanos de los estudiantes LGTBI (Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transexuales, Intersexuales), discapacitados, pueblos indígenas y migrantes, entre otros. Establecer programas especiales de apoyo a aquellos estudiantes que pre- senten bajo rendimiento académico y necesidad de apoyo a la convivencia. Reconocer el derecho de asociación de los estudiantes, padres, madres y apo- derados, personal docente y asistentes de la educación. Establecer la regulación de las medidas de expulsión y cancelación de matrí- cula, las que solo podrán adoptarse luego de un procedimiento previo, racio- nal y justo. División de Educación General MInisterio de Educación

I 11

Estos cambios propuestos son profundos y se convierten en desafíos que la ley le plantea a las comunidades educativas respecto de cómo ellas asumen y expresan en sus normas el sentido de la inclusión, el respeto a la dignidad de todos, el re- chazo a toda forma de discriminación arbitraria, así como la aplicación de criterios pedagógicos y formativos frente a las sanciones establecidas, entre otros. Por esta razón, la entrada en vigencia de la nueva Ley de Inclusión es una oportu- nidad para que la comunidad se ponga en disposición de repensar el significado y alcance la convivencia escolar y de revisar los roles que a cada estamento le corresponde jugar en la discusión, aprobación e implementación del reglamento de convivencia del establecimiento. No hay otro modo de hacer más efectivo un reglamento que abrirlo a la participación de todos. Las Orientaciones Técnicas que aquí presentamos tienen ese objetivo: ser un insu- mo para que las comunidades educativas reflexionen sobre el sentido de los Re- glamentos Internos de Convivencia, que en definitiva es formar en una ética de- mocrática e inclusiva, en torno a valores y principios como el respeto, el cuidado a los demás, la participación y la creación de climas adecuados para el aprendizaje. Ley 20.845, artículo 6, letra e: “El Consejo Escolar será consultado en (…) la elabo- ración y modificaciones al reglamento interno del establecimiento, sin perjuicio de la aprobación del mismo, si se le hubiese otorgado esa atribución. Con este objeto, el Consejo organizará una jornada anual de discusión para recabar las observacio- nes e inquietudes de la comunidad escolar respecto de dicha normativa”. Orientaciones para la revisión de los Reglamentos de: CONVIVENCIA ESCOLAR

I 13

¿De qué hablamos cuando hablamos de convivencia y de una política de convivencia escolar? La convivencia escolar consiste en algo más que en cumplir las normas de los re- glamentos de convivencia: es una experiencia que nos abre al aprendizaje sobre los modos de convivir. Desde esta perspectiva, la Política Nacional de Convivencia Escolar le ofrece al sistema escolar un marco conceptual y estratégico que orienta, al interior de los establecimientos educacionales (EE), el desarrollo de acciones que nos ayudan a aprender a vivir juntos y a construir acuerdos sobre cómo queremos vivir en comunidad. La escuela es el primer escenario de lo público, donde los niños, niñas y jóvenes se forman para ser ciudadanos/as. En la convivencia diaria se juegan importantes dilemas éticos: o aprendemos a comportarnos con los demás en forma solidaria e inclusiva frente a las distintas maneras de ser y pensar, o por el contrario, apren- demos a actuar en forma agresiva y discriminatoria. Es por esto que los valores y prácticas que sustentan la convivencia constituyen un soporte ético y un ámbito formativo fundamental de todo lo que se construye en la escuela y en el liceo. En la escuela se aprende a convivir, sea para favorecer la inclusión o alimentar la discriminación. Por lo tanto, las buenas formas de convivencia hay que intencio- narlas en todos los espacios y momentos de la vida escolar, e involucrar en ello a todos los actores de la comunidad educativa (estudiantes, docentes, asistentes de la educación, padres, madres y apoderados). Hay que promover buenas experiencias de convivencia a través de una política orientada a generar condiciones favorables para el buen entendimiento, el diálogo y la superación pacífica de los conflictos. 1

14 I

En la medida que cada comunidad educativa sea consciente del tipo de relaciones interpersonales que se establecen y trabajen por una convivencia inclusiva y de- mocrática, se generan climas más adecuados para enseñar y para aprender. Si bien un buen clima mejora la calidad de los aprendizajes, la convivencia no es solo un requisito para hacer más eficaces los aprendizajes. Es además un elemento clave para la formación del ciudadano/a. De allí surge una doble relación entre convivencia y aprendizaje: los buenos climas de convivencia son un factor crucial para que se desarrollen de mejor manera los aprendizajes y, al mismo tiempo, la formación en convivencia se constituye en un elemento clave para el desarrollo personal y social del estudiante, y por tanto, en un componente esencial de la calidad de la educación. La convivencia no es un concepto únicamente asociado a la eficacia de los aprendizajes, sino un concepto fundante del desarrollo personal y de toda comunidad humana. 1

16 I

El año 2002, el Ministerio de Educación puso a disposición del sistema escolar una primera versión de la Política de Convivencia Escolar, que el 2003 se difunde a todo el sistema como experiencia y expresión de la convivencia social cotidiana, base para construir una democracia sana y sustentable. El 2004 se aprueba el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Gestión Es- colar (SACGE), donde por primera vez aparece la Convivencia Escolar como un área relevante de la gestión de calidad. Este modelo es un antecedente de lo que la Ley 20.529 sobre el Sistema de Aseguramiento de la Calidad aprueba el año 2011, donde el Área de Convivencia se convierte en una dimensión de la calidad del sistema educativo. La ley de Subvención Escolar Preferencial (SEP) del año 2008 institucionaliza este modelo de trabajo para la gestión escolar a través de los Planes de Mejoramiento. También el año 2008 se crea el Portal www.convivenciaescolar.cl Con la promulgación de la Ley sobre Violencia Escolar (año 2011), se actualizó la política de convivencia para satisfacer nuevas demandas que se le hacían a escue- las y liceos, como la creación del encargado de convivencia, la obligación de ge- nerar protocolos y medidas pedagógicas para enfrentar situaciones de violencia, la definición del rol del Consejo Escolar, entre otras. 2

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Con la aprobación de la Ley SAC el 2011 y con la puesta en funcionamiento de la Superintendencia de Educación y de la Agencia de la Calidad de la Educación (2012), cuyas funciones se centran en la evaluación y orientación educativa, se introducen modificaciones para ayudar a las escuelas a responder a las exigencias de control y fiscalización sobre el funcionamiento de los dispositivos creados para ayudar a mejorar la convivencia escolar. En particular, la Agencia evalúa procesos y resultados educativos a partir de dos marcos de referencia: a) dentro de los Otros Indicadores de Calidad, se evalúa el “clima de convivencia escolar” y la “participación y formación ciudadana”; b) y en el marco de los Estándares Indicativos del Desempeño se evalúa la dimensión de “formación y convivencia”. Hoy, la Reforma en curso introduce nuevas demandas a la política de convivencia escolar con el fin de: favorecer la construcción de comunidades educativas más inclusivas que reconozcan y valoren a todos y todas estudiantes y eliminen la discrimina- ción; avanzar en una comprensión de la calidad educativa más integral que in- corpore la dimensión de la convivencia como un eje central de la política de mejoramiento educativo; 2

I 19

El Reglamento de Convivencia, que forma parte de los Reglamentos Internos de los EE, es un instrumento que orienta y regula las maneras de actuar de los miem- bros de una comunidad educativa. Todos los establecimientos educacionales es- tán legalmente obligados a contar con un Reglamento Interno (Ley General de Educación, Art. 46). Los Reglamentos de Convivencia dan forma a los encuadres necesarios para que toda la comunidad se desenvuelva con fluidez y sin poner en riesgo los climas institucionales que aseguran una buena convivencia escolar. La finalidad de los Reglamentos de Convivencia es favorecer el aprendizaje de formas respetuosas de convivir entre personas con distintas maneras de ser y de pensar; o favorecer la construcción de relaciones que promuevan una cultura democrática e inclusiva y la generación de climas propicios para de aprendizaje y la participación de todas y todos. Para lograr altos niveles de cohesión interna, las comunidades educativas requieren contar con marcos de actuación adecuados que regulen las maneras de relacionarse, de apoyarse y de resolver sus conflictos. Contar con normas estables, reglas y procedimientos claros, ajustados a derecho, con carácter formativo, consensuados y conocidos por toda la comunidad educa- tiva, es fundamental para generar buenos climas de convivencia y favorecer los aprendizajes. Los Reglamentos deben contener normas de convivencia, políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de actuación, tipificación de faltas y sancio- nes, todo ello con el propósito de favorecer la generación de buenos climas de ¿Qué son los Reglamentos de Convivencia? ¿En qué contexto se dan estas Orientaciones? 3

20 I

convivencia y de aprender a vivir en comunidad. Los conflictos de por sí no aten- tan contra la convivencia porque son inherentes a toda comunidad humana. Pero cuando ellos no se enfrentan, o se abordan de manera inadecuada, pueden dañar la convivencia. La escuela y el liceo deben generar los espacios y darse los tiem- pos para enfrentar los conflictos de acuerdo con principios formativos y convertir- los en oportunidades para aprender a convivir con quienes son y piensan distinto. Los Reglamentos deben alinearse con los principios de la Reforma, adaptarse a los requerimientos de la nueva Ley de Inclusión contra la discriminación arbitraria y estar en plena sintonía con los valores que promueve el Proyecto Educativo Insti- tucional (PEI) y los Proyecto de Mejoramiento Escolar (PME). 3