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Plan De Contingencia, Diapositivas de Derecho

Planes De Contingencia ante un accidente

Tipo: Diapositivas

2022/2023

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|Proceso de Apoyo Código GAM-PL-
005
Proceso de Gestión Ambiental
Plan de Contingencia para Manejo de
Derrames de Hidrocarburos Versión 2
PLAN DE CONTINGENCIA PARA MANEJO DE DERRAMES DE
HIDROCARBUROS
Bogotá, D.C.,
2020
La impresión de este documento se considera Copia No Controlada La versión vigente se encuentra en la intranet SISGESTION de la UAERMV
Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Pisos 7-8 CEMSA – C.P. 111321
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Código GAM-PL- 005 Proceso de Gestión Ambiental Plan de Contingencia para Manejo de Derrames de Hidrocarburos Versión 2

PLAN DE CONTINGENCIA PARA MANEJO DE DERRAMES DE

HIDROCARBUROS

Bogotá, D.C., 2020 La impresión de este documento se considera Copia No Controlada La versión vigente se encuentra en la intranet SISGESTION de la UAERMV Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Pisos 7-8 CEMSA – C.P. 111321 Pbx: 3779555 - Información: Línea 195 GAM-PL-

Proceso de Gestión Ambiental

Plan de Contingencia para Manejo de

 - Código GAM-PL- - Versión Derrames de Hidrocarburos 
    1. INTRODUCCIÓN Tabla de Contenido
    1. PLAN ESTRATEGICO...................................................................................................................
    • 1.1. OBJETO
    • 1.2. ALCANCE
    • 1.3 INFORMACIÓN BÁSICA DE LA EMPRESA
    • 1.8 DEPENDECIAS INVOLUCRADAS
    • 1.9 DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA Y/O REFERENCIA
    • 1.10 RESPONSABILIDADES
      • 1.10.2 Gerentes de la UAERMV
      • 1.10.3 Comité de Contingencia.
      • 1.10.4 Brigadas.
      • 1.10.5 Jefe de brigada o Coordinador.
      • 1.10.6 Brigada contra derrames
      • 1.10.7 Brigada contra incendio.
      • 1.10.8 Brigada de primeros auxilios.
      • 1.10.9 Brigada de evacuación
      • 1.10.10 Pautas para el personal en general
      • 1.10.11 Responsabilidades en la atención de la emergencia
      • 1.10.12 Capacitación
    1. PLAN OPERATIVO........................................................................................................................
    • 2.1. DESARROLLO
      • 2.1.1. Cómo identificar la sustancia derramada
      • 2.1.2. Dónde encontrar información técnica sobre la sustancia derramada
    • 2.2. SEGUIMIENTO Y CONTROL
    • HIDROCARBUROS 2.3 ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PARA LA PREVENCIÓN DE DERRAMES POR
    1. PLAN INFORMÁTICO
    • 3.1. PROCEDIMIENTO DE NOTIFICACIÓN
    • 3.2. PLAN DE INFORMACIÓN PÚBLICA
    • AUTORIDADES 3.3. CONTACTO DE CENTROS ASISTENCIALES, INSTITUCIONES, EMPRESAS Y
      1. ANEXOS
  • Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Pisos 7-8 CEMSA – C.P. La impresión de este documento se considera Copia No Controlada La versión vigente se encuentra en la intranet SISGESTION de la UAERMV
  • Pbx: 3779555 - Información: Línea 195 GAM-PL-

Código GAM-PL- 005 Proceso de Gestión Ambiental Plan de Contingencia para Manejo de Derrames de Hidrocarburos Versión 2  Respuesta: Acciones aplicadas e implementadas con el propósito controlar un incidente. Plan Nacional de Contingencia contra Derrames de Hidrocarburos - PNC.  Restauración: Recuperación y adecuación morfológica y ecológica de un área afectada por actividades que hayan introducido modificaciones considerables al paisaje y efectos graves a los recursos naturales renovables y al ambiente. Centro de Documentación MAVDT. NORMATIVIDAD LEY 9 de 1979 CÓDIGO SANITARIO NACIONAL Título III - Salud Ocupacional Título VIII - Desastres. Artículo 501. Cada Comité de Emergencias, deberá elaborar un plan de contingencia para su respectiva jurisdicción con los resultados obtenidos en los análisis de vulnerabilidad. Además, deberán considerarse los diferentes tipos de desastre que puedan presentarse en la comunidad respectiva. El Comité Nacional de Emergencias elaborará, para aprobación del Ministerio de Salud, un modelo con instrucciones que aparecerá en los planes de contingencia. Artículo 502. El Ministerio de Salud coordinará los programas de entrenamiento y capacitación para planes de contingencia en los aspectos sanitarios vinculados a urgencias o desastres. Parágrafo. El Comité Nacional de Emergencias, deberá vigilar y controlar las labores de capacitación y de entrenamiento que se realicen para el correcto funcionamiento de los planes de contingencia.  CONPES 3146/01. Estrategia para consolidar la ejecución del Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres – PNPAD, en el corto y mediano plazo.  RESOLUCIÓN 2400/79 ESTATUTO DE SEGURIDAD INDUSTRIAL “Por el cual se establecen disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en los establecimientos de trabajo” Artículo 2. Todos los empleadores están obligados a Organizar y desarrollar programas permanentes de Medicina Preventiva, Higiene y Seguridad Industrial”  DECRETO 614/ “Por el cual se determinan las bases para la organización de administración de salud ocupacional en el país” Artículo 24. Los empleadores tendrán las siguientes responsabilidades:

  • Responder por la ejecución del programa de Salud Ocupacional  LEY 46 / “Por la cual se crea y organiza el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, se otorga facultades extraordinarias al presidente de la República y se dictan otras disposiciones” Artículo 3. Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres. La impresión de este documento se considera Copia No Controlada La versión vigente se encuentra en la intranet SISGESTION de la UAERMV Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Pisos 7-8 CEMSA – C.P. 111321 Pbx: 3779555 - Información: Línea 195 GAM-PL-

Código GAM-PL- 005 Proceso de Gestión Ambiental Plan de Contingencia para Manejo de Derrames de Hidrocarburos Versión 2 La Oficina Nacional para la Atención de Desastres, elaborará un Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, el cual, una vez aprobado por el Comité Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, será adoptado mediante decreto del Gobierno Nacional. El Plan incluirá y determinará todas las orientaciones, acciones, programas y proyectos, tanto de carácter sectorial como del orden nacional, regional y local que se refieran, entre otros a los siguientes aspectos: a) Las fases de prevención, atención inmediata, reconstrucción y desarrollo en relación a los diferentes tipos de Desastres. b) Los temas de orden técnico, científico, económico, de financiación, comunitario, jurídico e institucional. c) La educación, capacitación y participación comunitaria. d) Los sistemas integrados de información y comunicación a nivel nacional, regional y local. e) La función que corresponde a los medios masivos de comunicación. f) Los recursos humanos y físicos de orden técnico y operativo. g) La coordinación interinstitucional e intersectorial. h) La investigación científica y estudios técnicos necesarios. i) Los sistemas y procedimientos de control y evaluación de los procesos de prevención y atención. LEY 46 / Artículo 14. Plan de Acción Específico para la Atención de Desastre Declarada una situación de desastre de carácter nacional, la Oficina Nacional para la Atención de Desastres, procederá a elaborar, con base en el plan nacional, un plan de acción específico para el manejo de la situación de Desastre declarada, que será de obligatorio cumplimiento por todas las entidades públicas o privadas que deban contribuir a su ejecución, en los términos señalados en el decreto de declaratoria. Cuando se trate de situaciones calificadas como departamentales, intendenciales, comisariales, distritales o municipales, el plan de acción será elaborado y coordinado en su ejecución por el Comité Regional u Operativo Local respectivo, de acuerdo con las orientaciones establecidas en el decreto de declaratoria y con las instrucciones que impartan el Comité Nacional y la Oficina Nacional para la Atención de Desastres. RESOLUCIÓN 1016 / “Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país” Artículo 11. Numeral 18. Organizar y desarrollar un plan de emergencias teniendo en cuenta las siguientes ramas: a) Rama Preventiva: Aplicación de las normas legales y técnicas sobre combustibles, equipos eléctricos, fuentes de calor y sustancias peligrosas propias de la actividad económica de la empresa. La impresión de este documento se considera Copia No Controlada La versión vigente se encuentra en la intranet SISGESTION de la UAERMV Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Pisos 7-8 CEMSA – C.P. 111321 Pbx: 3779555 - Información: Línea 195 GAM-PL-

Código GAM-PL- 005 Proceso de Gestión Ambiental Plan de Contingencia para Manejo de Derrames de Hidrocarburos Versión 2 Artículo 14. Aspectos sanitarios de los planes de contingencia. El Ministerio de Salud coordinará los programas de entrenamiento y capacitación para planes de contingencia en los aspectos de orden sanitaria, bajo la vigilancia y control del Comité Técnico Nacional. DIRECTIVA MINISTERIAL No. 13 / “Responsabilidades del Sistema Educativo como integrante del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres” 2a. Planes de Prevención de Desastres en establecimientos educativos

  1. Planes de Emergencias en escenarios deportivos LEY 100 /93 “Por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral “ Libro III: Sistema General de Riesgos Profesionales DECRETO 1295/ “Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales” Artículo 2. Objetivos del Sistema General de Riesgos Profesionales a) Establecer las actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora, protegiéndola contra los riesgos derivados de la organización del trabajo que puedan afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo tales como los físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, de saneamiento y de seguridad. RESOLUCIÓN 7550 DE 1994 "Por la cual se regulan las actuaciones del Sistema Educativo Nacional en la prevención de emergencias y desastres". Artículo 3. Solicitar a los establecimientos educativos, la creación y desarrollo de un proyecto de prevención y atención de emergencias y desastres, de acuerdo con los lineamientos emanados por el Ministerio de Educación Nacional, el cual hará parte integral del proyecto educativo institucional. Este contemplará como mínimo los siguientes aspectos: a) Creación del comité escolar de prevención y atención de emergencias y desastres como también brigadas escolares b) Análisis escolar de riesgos c) Plan de acción d) Simulacro escolar ante una posible amenaza. LEY 400 /1997 “Por el cual se adoptan normas sobre construcciones sismo resistentes” DECRETO 321 DE 1999 "Por el cual se adopta el Plan Nacional de Contingencia contra derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas”. La impresión de este documento se considera Copia No Controlada La versión vigente se encuentra en la intranet SISGESTION de la UAERMV Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Pisos 7-8 CEMSA – C.P. 111321 Pbx: 3779555 - Información: Línea 195 GAM-PL-

Código GAM-PL- 005 Proceso de Gestión Ambiental Plan de Contingencia para Manejo de Derrames de Hidrocarburos Versión 2 Articulo 1. Adoptase el Plan Nacional de Contingencia contra derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas en aguas marinas, fluviales y lacustres, aprobado mediante Acta número 009 del 5 de junio de 1998 del Comité Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, y por el Consejo Nacional Ambiental, cuyo texto se integra como anexo del presente decreto. Articulo 2. El objeto general del Plan Nacional de Contingencia contra derrames de Hidrocarburos, Derivados y Sustancias Nocivas en aguas marinas, fluviales y lacustres que será conocido con las siglas -PNC- es servir de instrumento rector del diseño y realización de actividades dirigidas a prevenir, mitigar y corregir los daños que éstos puedan ocasionar, y dotar al Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres de una herramienta estratégica, operativa e informática que permita coordinar la prevención, el control y el combate por parte de los sectores público y privado nacional, de los efectos nocivos provenientes de derrames de hidrocarburos, derivados y sustancias nocivas en el territorio nacional, buscando que estas emergencias se atiendan bajo criterios unificados y coordinados. DECRETO No. 3888 / “Por el cual se adopta el Plan Nacional de Emergencias y Contingencia para Eventos de Afluencia Masiva de Público y se conforma la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos y se dictan otras disposiciones” Artículo 2. El objetivo del Plan Nacional de Emergencias y Contingencia para Eventos de Afluencia Masiva de Público es servir como instrumento rector para el diseño y realización de actividades dirigidas a prevenir, mitigar y dotar al Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres de una herramienta que permita coordinar y planear el control y atención de riesgos y sus efectos asociados sobre las personas, el ambiente y las instalaciones en esta clase de eventos. Este Plan se complementará con las disposiciones regionales y locales existentes. Artículo 5. Actualización del Plan. Cuando las circunstancias lo ameriten, el Plan Nacional de Emergencias y Contingencia para Eventos de Afluencia Masiva de Público deberá ser actualizado por el Comité Nacional para la Prevención y Atención de Desastres o por el Comité Técnico Nacional, por delegación que haya recibido de aquél, en todo caso, con la asesoría de la Comisión Nacional Asesora de Programas Masivos creada por este decreto. Artículo 20. Planes institucionales. Los organismos operativos del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres elaborarán sus propios planes institucionales para la atención de los eventos de afluencia masiva de público, los cuales se articularán con los Planes Locales de Emergencias y Contingencia para Eventos de Afluencia Masiva de Público. Decreto 926 de 2010 “Por el cual se establecen los requisitos de carácter técnico y científico para construcciones sismo resistentes NSR-10” La impresión de este documento se considera Copia No Controlada La versión vigente se encuentra en la intranet SISGESTION de la UAERMV Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Pisos 7-8 CEMSA – C.P. 111321 Pbx: 3779555 - Información: Línea 195 GAM-PL-

Código GAM-PL- 005 Proceso de Gestión Ambiental Plan de Contingencia para Manejo de Derrames de Hidrocarburos Versión 2 efecto sea aprobado por la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias de la Secretaria de Gobierno DECRETO 332/ “Por el cual se organiza el régimen y el Sistema para la Prevención y Atención de Emergencias en Bogotá Distrito Capital y se dictan otras disposiciones” Artículo 7- Planes de Emergencias Se adoptarán para cada una de las entidades y comités sectoriales, y establecerán con claridad cuáles son las funciones de respuesta, autoridades responsables de cumplirlos y los recursos que se pueden y deben utilizar. Parágrafo. La adopción de los planes corresponderá por comités sectoriales, al tenor del Decreto 87/03 y a los representantes legales de las entidades en los demás casos. Artículo 8 – Planes de Contingencia Son aquellos que deben adoptarse para el Distrito Capital en su conjunto, sus entidades y sectores, por las mismas autoridades señaladas en el parágrafo del artículo 7 precedente, para responder específicamente a un tipo determinado de situación de calamidad, desastre o emergencia. DECRETO 423/ “Por el cual se adopta el Plan Distrital para la prevención y Atención de Emergencias para Bogotá D.C.” Artículo 18 - Planes de Emergencias. En armonía con el artículo 7º del decreto 332 de 2004 los Planes de Emergencias son instrumentos para la coordinación general y actuación frente a situaciones de calamidad, desastre o emergencia. Definen las funciones y actividades, responsables, procedimientos, organización y recursos aplicables para la atención de las emergencias independientemente de su origen o naturaleza. Artículo 19 – Planes de Contingencia. En armonía con el artículo 8º del Decreto 332 de 2004, los Planes de Contingencia son instrumentos complementarios a los planes de emergencias, que proveen información específica para la atención de desastres o emergencias derivadas de un riesgo o territorio en particular. Un plan de contingencia desarrolla en detalle aspectos pertinentes para la respuesta que solo son propios del riesgo y el territorio al que este referido. Los planes de contingencia se organizan por tipo de riesgo, tales como deslizamientos, inundaciones, incendios forestales, materiales peligrosos y aglomeraciones de público, entre otros. Los planes de continencia pueden ser desarrollados por la Administración Distrital en sus diferentes niveles (central, institucional o local), por el sector privado y por la comunidad. RESOLUCIÓN No. 375 / “Por la cual se establecen las condiciones básicas para las empresas que prestan el servicio de logística en las aglomeraciones de público en el Distrito Capital” Artículo 2. Numeral 3. Capacitación mínima del personal La impresión de este documento se considera Copia No Controlada La versión vigente se encuentra en la intranet SISGESTION de la UAERMV Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Pisos 7-8 CEMSA – C.P. 111321 Pbx: 3779555 - Información: Línea 195 GAM-PL-

Código GAM-PL- 005 Proceso de Gestión Ambiental Plan de Contingencia para Manejo de Derrames de Hidrocarburos Versión 2 DECRETO 633/ “Por el cual se dictan disposiciones en materia de prevención de riesgos en los lugares donde se presenten aglomeraciones de público y se deroga el Decreto 043 de 2006 el cual regulaba antes la materia” Artículo 5- Planes de Contingencia De conformidad con lo previsto en los artículos 8º y 9º del Decreto Extraordinario 919 / y en el artículo 15 del Decreto Distrital 332 /04, todas las entidades o personas públicas o privadas responsables de edificaciones, instalaciones o espacios en los cuales se realicen aglomeraciones de público, deberán preparar y observar planes de contingencia que incluyan los análisis de riesgos y las medidas de prevención, preparación y mitigación, en forma y condiciones que establezca la DPAE (hoy IDIGER). ACUERDO DISTRITAL 341 / “Por el cual se adiciona el acuerdo No. 30 de 2001 y se establece la relación de un simulacro de actuación en caso de un evento de calamidad pública de gran magnitud con la participación de todos los habitantes de la ciudad” Artículo 4. La Administración Distrital promoverá acciones para que todos los patrones con carácter de empresa y domicilio en la ciudad de Bogotá, de acuerdo con las normas en materia de riesgos profesionales y salud ocupacional, y en especial la Resolución 1016 de 1989 del Ministerio de la Protección Social, informe a la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias –DPAE (hoy FOPAE)- sobre la implementación de sus planes de emergencia, para ello contará con un plazo de cuatro meses contados a partir de la aprobación del presente Acuerdo, a través del formulario electrónico que para este fin elabore esta entidad. RESOLUCIÓN No. 004/ “Por la cual se adopta la versión actualizada del Plan de Emergencias de Bogotá, el cual establece los parámetros e instrucciones y se definen políticas, sistemas de organización y procedimientos interinstitucionales para la administración de emergencias en Bogotá D.C.” Deroga las Resoluciones 137/07, 195 y 196 del 2008. Capitulo 2.2. Fortalecimiento de las operaciones de emergencias. DECRETO 1072/ Artículo 2.2.4.6.25. Prevención, preparación y respuesta ante emergencias. El empleador o contratante debe implementar y mantener las disposiciones necesarias en materia de prevención, preparación y respuesta ante emergencias, con cobertura a todos los centros y turnos de trabajo y todos los trabajadores, independiente de su forma de contratación o vinculación, incluidos contratistas y subcontratistas, así como proveedores y visitantes. Parágrafo 1: De acuerdo con la magnitud de las amenazas y la evaluación de la vulnerabilidad tanto interna como en el entorno y la actividad económica de la empresa, el empleador o contratante puede articularse con las instituciones locales o regionales La impresión de este documento se considera Copia No Controlada La versión vigente se encuentra en la intranet SISGESTION de la UAERMV Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Pisos 7-8 CEMSA – C.P. 111321 Pbx: 3779555 - Información: Línea 195 GAM-PL-

Código GAM-PL- 005 Proceso de Gestión Ambiental Plan de Contingencia para Manejo de Derrames de Hidrocarburos Versión 2 Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el Protocolo Facultativo Naciones Unidas en el cual está la convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el Protocolo Facultativo, a la cual le deben dar cumplimiento los estados partes (Colombia firmo en mayo de 2011). http://www.un.org/esa/socdev/enable

1. PLAN ESTRATEGICO 1.1. OBJETO El objeto del presente Plan de Contingencias es establecer los mecanismos necesarios para prevenir, informar y tomar acción ante contingencias ambientales que puedan presentarse en la UAERMV de acuerdo con el Decreto 321 de 1999 y al Decreto 4728 de 2010. 1.2. ALCANCE Este Plan de Contingencia tiene como alcance a todos aquellos eventos que pueden generar emergencias con potencial de daño a personas, ambiente o bienes materiales por efecto de las actividades que se realicen de la operación de la Planta de asfalto, de concreto y la sede operativa de la UAERMV relacionada con el derrame de hidrocarburos 1.3 INFORMACIÓN BÁSICA DE LA EMPRESA Razón Social de la Empresa: UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL “PLANTA LA ESMERALDA” Matricula: 900.127.032- Teléfonos: 7470909 EXT. 53148 Fax: NO REPORTA Localización a Nivel Urbano Departamento: CUNDINAMARCA Ciudad: BOGOTA D.C. Dirección: VEREDA MOCHUELO BAJO Sector: VEREDA MOCHUELO BAJO, SECTOR SAN LUIS – CIUDAD BOLIVAR 1.4 INFORMACIÓN GENERAL DE LA EMPRESA Linderos sectoriales inmediato PUNTO CARDINAL DESCRIPCIÓN NORTE Plantas de Fundición SUR Canteras ORIENTE Procesadoras de ladrillo La impresión de este documento se considera Copia No Controlada La versión vigente se encuentra en la intranet SISGESTION de la UAERMV Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Pisos 7-8 CEMSA – C.P. 111321 Pbx: 3779555 - Información: Línea 195 GAM-PL-

Código GAM-PL- 005 Proceso de Gestión Ambiental Plan de Contingencia para Manejo de Derrames de Hidrocarburos Versión 2 PUNTO CARDINAL DESCRIPCIÓN OCCIDENTE Ciudad Bolívar Carga ocupacional TIPO POBLACIÓN DESCRIPCIÓN ADMINSITRATIVOS 14 OPERATIVOS 100 VISITANTES 20 Horarios de atención TIPO POBLACIÓN LUNES A SABADO LUNES A SABADO PLANTA Y CONTRATO COLECTIVO

6:00 A 14:00 14:00 A 22:

CARACTERÍSTICAS DE LAS INSTALACIONES

CARACTERÍSTICA DESCRIPCIÓN OBSERVACIONES

Aire acondicionado Si Planta de asfalto caucho Ascensores No Sótano No Red Hidráulica No Transformadores Si Dos, planta concreta y planta caliente #1. Planta Eléctrica No Escaleras Si Administración, cuartos de control y 2 manuales. Zonas de parqueo Si Dos Accesos Entrada principal. RACK o Servidor Si Área administrativa, 1 piso. Rampas No Red Contra incendio En construcción Construcción del edificio Área administrativa. Un año de construida. Techos Techo falso, área administrativa. Almacenamiento de combustibles Si Tanques de ACPM de 3.000 galones, dos de 2.000 y 500 galones, GLP, gasolina y acetileno y oxígeno. Alcantarillado No existe Proyecto, planta de tratamiento, para tres La impresión de este documento se considera Copia No Controlada La versión vigente se encuentra en la intranet SISGESTION de la UAERMV Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Pisos 7-8 CEMSA – C.P. 111321 Pbx: 3779555 - Información: Línea 195 GAM-PL-

Código GAM-PL- 005 Proceso de Gestión Ambiental Plan de Contingencia para Manejo de Derrames de Hidrocarburos Versión 2 1.5 Geo-referenciación de la unidad administrativa especial de rehabilitación y mantenimiento vial “planta la esmeralda” Nivel externo

2. DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES La impresión de este documento se considera Copia No Controlada La versión vigente se encuentra en la intranet SISGESTION de la UAERMV Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Pisos 7-8 CEMSA – C.P. 111321 Pbx: 3779555 - Información: Línea 195 GAM-PL- Ilustración 2Ubicación Cantera Ilustración 2 Mapa Político Ciudad Bolívar

Código GAM-PL- 005 Proceso de Gestión Ambiental Plan de Contingencia para Manejo de Derrames de Hidrocarburos Versión 2 De conformidad al Acuerdo No. 761 de 2020 en su artículo 95, Naturaleza jurídica, objeto y funciones básica de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. La Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden distrital del Sector Descentralizado, de carácter técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad. Tiene por objeto programar y ejecutar las obras necesarias para garantizar la rehabilitación y el mantenimiento periódico de la malla vial local, intermedia y rural; así como la atención inmediata de todo el subsistema de la malla vial cuando se presenten situaciones que dificulten la movilidad en el Distrito Capital. 1.6 ANÁLISIS DE RIESGOS Y VULNERABILIDAD 1.6.1 Objetivos Específicos Los objetivos específicos del análisis de riesgos son los siguientes:  Identificar y analizar los diferentes factores de riesgo que involucren peligros potenciales que podrían afectar las condiciones socioambientales de la entidad.  Establecer con fundamento en el análisis de riesgos, las bases para la preparación del Plan de Emergencia y Contingencias. 1.6.2 Metodología Análisis de Riesgos por Colores En forma general y cualitativa permite desarrollar análisis de amenazas y análisis de vulnerabilidad de personas, recursos y sistemas y procesos, con el fin de determinar el nivel de riesgo a través de la combinación de los elementos anteriores, con códigos de colores. Asimismo, es posible identificar una serie de observaciones que se constituirán en la base para formular las acciones de prevención, mitigación y respuesta que contemplan los planes de emergencia. 1.6.3 Análisis de Amenaza Amenaza: condición latente derivada de la posible ocurrencia de un fenómeno físico de origen natural, socio-natural o antrópico no intencional, que puede causar daño a la población y sus bienes, la infraestructura, el ambiente y la economía pública y privada. Dependiendo de la actividad económica de la organización se pueden presentar diferentes amenazas, las cuales se pueden clasificar en: naturales, antrópicas no intencionales o sociales. A continuación, se dan ejemplos de posibles amenazas: La impresión de este documento se considera Copia No Controlada La versión vigente se encuentra en la intranet SISGESTION de la UAERMV Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Pisos 7-8 CEMSA – C.P. 111321 Pbx: 3779555 - Información: Línea 195 GAM-PL-

Código GAM-PL- 005 Proceso de Gestión Ambiental Plan de Contingencia para Manejo de Derrames de Hidrocarburos Versión 2

1. PERSONAS 2. RECURSOS 3. SISTEMAS Y PROCESOS  Gestión organizacional  Capacitación y entrenamiento  Características de seguridad (dotación)  Suministro  Edificación  Equipos  Servicios públicos  Sistemas alternos  Sistemas de recuperación Cada uno de los anteriores aspectos se calificó así: PUNTAJE VALORACIÓN 1.0 SI. Se cuenta con suficientes elementos 0. PARCIAL. Se cuenta parcialmente con los elementos o están en proceso de consecución 0.0 NO. Cuando se carece completamente o no se cuenta con recursos Interpretación de la Vulnerabilidad por cada aspecto Calificación CONDICIÓN Bueno Si el número de respuestas se encuentra dentro el rango 0,68 a 1 Regular Si el número de respuestas se encuentra dentro el rango 0,34 a 0,67. Malo Si el número de respuestas se encuentra dentro el rango 0 a 0,33. Una vez calificado cada uno de los elementos se procedió a sumarlos y determinar el grado de vulnerabilidad tanto en las personas, recursos, sistemas y procesos de la siguiente manera: PUNTAJE INTERPRETACION COLOR 0.0 - 1.0 Alta Rojo 1.1 - 2.0 Media Amarilla 2.1 - 3.0 Baja Verde La impresión de este documento se considera Copia No Controlada La versión vigente se encuentra en la intranet SISGESTION de la UAERMV Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Pisos 7-8 CEMSA – C.P. 111321 Pbx: 3779555 - Información: Línea 195 GAM-PL-

Código GAM-PL- 005 Proceso de Gestión Ambiental Plan de Contingencia para Manejo de Derrames de Hidrocarburos Versión 2 NIVEL DE RIESGO Riesgo : el daño potencial que, sobre la población y sus bienes, la infraestructura, el ambiente y la economía pública y privada, pueda causarse por la ocurrencia de amenazas de origen natural, socio-natural o antrópico no intencional, que se extiende más allá de los espacios privados o actividades particulares de las personas y organizaciones y que por su magnitud, velocidad y contingencia hace necesario un proceso de gestión que involucre al Estado y a la sociedad. Una vez identificadas, descritas y analizadas las amenazas y para cada una, desarrollado el análisis de vulnerabilidad a personas, recursos y sistemas y procesos, se procede a determinar el nivel de riesgo que para esta metodología es la combinación de la amenaza y las vulnerabilidades utilizando el diamante de riesgo que se describe a continuación: Diamante de Riesgo Una vez determinada la vulnerabilidad, se establece el nivel de riesgo^2 , relacionando la amenaza y la vulnerabilidad de los elementos expuestos, esta relación se representó por un diamante de riesgo, el cual posee cuatro cuadrantes. 1.8 DEPENDECIAS INVOLUCRADAS  Gerencia de Gestión Ambiental, Social y de Atención al Usuario.  Gerencia de Producción.  Gerencia de Intervención.

1.8.1 ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

(^2) Riesgo = Amenaza x Vulnerabilidad La impresión de este documento se considera Copia No Controlada La versión vigente se encuentra en la intranet SISGESTION de la UAERMV Calle 26 No. 57-41 Torre 8 Pisos 7-8 CEMSA – C.P. 111321 Pbx: 3779555 - Información: Línea 195 GAM-PL- PERSONAS AMENAZA SISTEMAS Y RECURSOS PROCESOS