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Plan Estable, Esquemas y mapas conceptuales de Electrónica

Descuento del 50% en Asistente Smart Iberdrola a partir del mes 5 y durante la duración del contrato, sujeto a disponer de factura electrónica.

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2021/2022

Subido el 10/10/2022

gracia
gracia 🇪🇸

4.5

(81)

74 documentos

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Plan Estable
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN Plan Estable y Asistente Smart:
El Plan a Tu Medida Plan Estable engloba la contratación de:
Plan Estable
Asistente Smart
Descuento del 100% en Asistente Smart Iberdrola durante los cuatro primeros meses.
Descuento del 50% en Asistente Smart Iberdrola a partir del mes 5 y durante la duración del contrato,
sujeto a disponer de factura electrónica.
Promoción de 30 € de descuento válida para nuevos clientes. El descuento se aplicará en la primera
factura emitida pasados 90 días tras la contratación del Plan.
1. Condiciones del Plan Estable
El precio del término de potencia y de los periodos promocionado y no promocionado se mantendrán
fijos durante 60 meses desde la contratación de este Plan, sin perjuicio de su actualización según la
variación correspondiente al IPC (*) el 1 de enero de cada año en que el contrato esté vigente.
Se repercutirán en cada momento las variaciones a la baja o al alza en las tarifas y peajes de acceso,
cánones y en los valores regulados que puedan ser aprobadas por la Administración para su aplicación
durante la duración del Contrato, tomando como base la Circular 3/2020 y el RD 148/2021. En
cumplimiento de lo anterior, en el momento en que se realicen aportaciones al Fondo Nacional para la
Sostenibilidad del Sistema Eléctrico (FNSSE) por las unidades de energía suministradas al Cliente, se
repercutirán los costes indirectos correspondientes.
Para poder aplicar las variaciones de los conceptos regulados sobre los precios del contrato, se usará el
perfil inicial vigente de REE correspondiente a la tarifa de acceso del peaje del suministro, aplicando las
variaciones de conceptos sobre este perfil y aplicándolo en los periodos de precios del contrato.
Si puntualmente no se recibiera de su Distribuidora la curva de carga horaria para un periodo concreto,
se facturará en base al perfil medio publicado por Red Eléctrica de España (REE).
La energía se facturará como el producto del término de energía por el consumo efectuado en el
periodo.
La facturación de potencia será el sumatorio resultante de multiplicar la potencia contratada en cada
período horario por el precio del término de potencia correspondiente. Se prorrateará por el número de
días que comprende el periodo de facturación. Los excesos de potencia, si corresponde, se facturarán
según lo establecido en el artículo 9.4 de la Circular 3/2020.
Iberdrola Clientes, S.A.U. domicilio fiscal C/ Tomás Redondo 1, 28033 Madrid, domicilio social Plaza Euskadi 5, 48009 Bilbao;
inscrita en el Registro Mercantil de Bizkaia, tomo 5448, hoja BI-63981, inscripción 1ª -CIF A95758389
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Plan Estable

CONDICIONES DE CONTRATACIÓN Plan Estable y Asistente Smart: El Plan a Tu Medida Plan Estable engloba la contratación de:

  • Plan Estable
  • Asistente Smart Descuento del 100% en Asistente Smart Iberdrola durante los cuatro primeros meses. Descuento del 50% en Asistente Smart Iberdrola a partir del mes 5 y durante la duración del contrato, sujeto a disponer de factura electrónica. Promoción de 30 € de descuento válida para nuevos clientes. El descuento se aplicará en la primera factura emitida pasados 90 días tras la contratación del Plan.
  1. Condiciones del Plan Estable El precio del término de potencia y de los periodos promocionado y no promocionado se mantendrán fijos durante 60 meses desde la contratación de este Plan, sin perjuicio de su actualización según la variación correspondiente al IPC (*)^ el 1 de enero de cada año en que el contrato esté vigente. Se repercutirán en cada momento las variaciones a la baja o al alza en las tarifas y peajes de acceso, cánones y en los valores regulados que puedan ser aprobadas por la Administración para su aplicación durante la duración del Contrato, tomando como base la Circular 3/2020 y el RD 148/2021. En cumplimiento de lo anterior, en el momento en que se realicen aportaciones al Fondo Nacional para la Sostenibilidad del Sistema Eléctrico (FNSSE) por las unidades de energía suministradas al Cliente, se repercutirán los costes indirectos correspondientes. Para poder aplicar las variaciones de los conceptos regulados sobre los precios del contrato, se usará el perfil inicial vigente de REE correspondiente a la tarifa de acceso del peaje del suministro, aplicando las variaciones de conceptos sobre este perfil y aplicándolo en los periodos de precios del contrato. Si puntualmente no se recibiera de su Distribuidora la curva de carga horaria para un periodo concreto, se facturará en base al perfil medio publicado por Red Eléctrica de España (REE). La energía se facturará como el producto del término de energía por el consumo efectuado en el periodo. La facturación de potencia será el sumatorio resultante de multiplicar la potencia contratada en cada período horario por el precio del término de potencia correspondiente. Se prorrateará por el número de días que comprende el periodo de facturación. Los excesos de potencia, si corresponde, se facturarán según lo establecido en el artículo 9.4 de la Circular 3/2020. Iberdrola Clientes, S.A.U. – domicilio fiscal C/ Tomás Redondo 1, 28033 Madrid, domicilio social Plaza Euskadi 5, 48009 Bilbao;

La facturación de energía reactiva, si corresponde, se aplicará el precio del término de facturación de dicha energía según lo establecido en la Circular 3/2020. La contratación del Plan está condicionada a tener activada la suscripción a Factura Electrónica durante toda la duración del contrato. Si el Plan contratado no se adapta bien a tus necesidades, puedes cambiarte a un nuevo Plan cuando quieras. En caso de estar acogido a la modalidad de Autoconsumo con compensación simplificada a través de su Distribuidora correspondiente, Iberdrola Clientes compensará la energía excedentaria de cada período de facturación de acuerdo al PVPC medio publicado en la web de REE conforme a lo estipulado en el RD 244/2019. Adicionalmente, le recordamos ha contratado energía con certificación de Garantía de Origen de la Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC), que proviene exclusivamente de fuentes de energía certificadas 100% renovables que evitan las emisiones de CO2. PRECIO DE ALQUILER DEL CONTADOR El precio mensual del alquiler del contador de electricidad será el fijado en cada momento por el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital para la tarifa de acceso correspondiente y que cobre la Empresa Distribuidora, al que se le incorporará el I.V.A. (**)^ y será indicado en las facturas que se emitan al Cliente. El Cliente podrá consultar en todo momento los precios vigentes en www.iberdrola.es/. DURACIÓN DEL CONTRATO La duración del presente contrato es de 12 meses desde la fecha de inicio del suministro. La fecha de inicio del suministro será posterior a la de aceptación de este contrato y quedará condicionada a la existencia de un contrato de acceso con la Empresa Distribuidora, a la disponibilidad de la energía y a la actuación sobre las instalaciones cuando esto fuera necesario, y se corresponderá con la fecha del primer día del periodo de lectura establecido que se indique en la primera factura. El Contrato se podrá prorrogar por anualidades sucesivas de acuerdo con las Condiciones Generales. Para los suministros con una potencia contratada mayor a 10kW, en caso de terminación del Contrato antes de los 12 primeros meses, por desistimiento unilateral de cualquiera de las partes, la parte que desista deberá abonar a la otra una penalización por importe equivalente al 5% del precio del Contrato por la energía estimada pendiente de suministro, sin perjuicio de la facultad del Cliente de reclamar los daños y perjuicios que acredite haber sufrido como consecuencia directa del desistimiento de IBERDROLA. Si el desistimiento se produjera después del primer año no se aplicará penalización alguna, salvo que la parte que desista no notifique a la otra su voluntad con, al menos, de 15 días de antelación a la baja efectiva del suministro. En caso de estar previamente acogido al PVPC con un Comercializador de Referencia, no percibiendo el bono social, le informamos de que si cumpliera los requisitos para acogerse al mismo, la suscripción del nuevo contrato impedirá su aplicación. Iberdrola Clientes, S.A.U. – domicilio fiscal C/ Tomás Redondo 1, 28033 Madrid, domicilio social Plaza Euskadi 5, 48009 Bilbao;