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Un acuerdo entre francisco javier y renault financiaciones s.a. En el que francisco javier entrega su coche a la empresa para cancelar una deuda. El coche se vendió por 9.750 €, y francisco javier argumentó que la deuda estaba cancelada debido a que el precio de venta superaba la deuda. Sin embargo, renault financiaciones s.a. Reclamó el resto de la deuda. La documento discute las figuras jurídicas que pueden aplicarse a este acuerdo y cuál de ellas es la correcta.
Tipo: Ejercicios
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Práctica 4
Francisco Javier compró un coche marca Renault Laguna por valor de 11.500 € gracias a la financiación que obtuvo de Renault Financiaciones S.A. En concreto, Renault Financiaciones S.A. y Francisco Javier celebraron un contrato de préstamo financiero para adquisición de vehículo en virtud del cual Renault Financiaciones S.A. le facilitó la cantidad necesaria para adquirir el coche con un interés mensual del 2%.
Francisco Javier debía devolver dicho préstamo con sus intereses en un año por cuotas mensuales. Pagó sólo parte de la primera cuota y de la segunda (entre las dos un total de 525 €) y dejó de pagar a Renault Financiaciones S.A. en los siguientes meses. Por este motivo, la empresa y Francisco Javier llegaron a un acuerdo en virtud del cual Francisco Javier le entregó su coche a Renault Financiaciones manifestando “ mi total conformidad en que se aplique el importe de la venta hasta donde alcance a la deuda que mantengo con Renault Financiaciones”.
El vehículo se vendió por 9.750 €. Renault Financiaciones S.A. reclamó a Francisco Javier el resto de la deuda, pero Francisco Javier argumentó: que él había entregado su coche en pago de la deuda, que el precio de venta del automóvil había sido 11.500 € y por tanto él había entregado un bien que superaba la deuda pendiente y la deuda estaba extinguida, y que si Renault Financiaciones había decidido posteriormente venderlo y el precio de la segunda venta había sido inferior, era una decisión que afectaba a la empresa y no a él.
Dación en pago ya que él considera que transmite la propiedad del coche para así cubrir la deuda.
Pago por cesión de bienes, Renault considera que Francisco Javier les ha cedido su coche para que lo vendan y con eso cubran la deuda hasta donde dé el importe que obtienen vendiéndolo.
Teniendo en cuenta la declaración de voluntad de Francisco J, considero que la posición correcta es la de Renault Financiaciones S.A ya que bien dice el deudor que la venta del coche cubre hasta donde alcance de la deuda, por lo que entiendo que el cede su coche para que lo vendan y que ellos mismo cobren hasta donde llegue.