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Resumen de las Cortes de Cádiz: Orígenes, Ideología y Reformas - Prof. Rubio, Ejercicios de Derecho Constitucional

La documentación ofrece un breve pero detallado resumen de las cortes de cádiz, una asamblea constituyente que tuvo lugar en 1810 durante la guerra de independencia. Se trató de una reunión histórica que marcó el comienzo de la transición de españa del antiguo régimen al sistema político moderno. El texto explica la convocatoria, la composición social, la ideología y la labor legislativa de las cortes, incluyendo la creación de la constitución española de 1812, la primera monarquía constitucional en la historia del país.

Tipo: Ejercicios

2013/2014

Subido el 03/02/2014

fernandolopezpa
fernandolopezpa 🇪🇸

3.4

(57)

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LECTURA COMENTADA DE LAS CORTES DE CADIZ
Breve resumen de las cortes de Cádiz:
La convocatoria de las Cortes de Cádiz se dio en 1810 durante la guerra de Independencia. Esta
guerra provoco en España una situación política bastante pésima. Se dio un vacío de poder durante
la guerra que fue cubierto por las juntas provinciales. En 1808 la junta central suprema fue elegida
como depositaria de todo el poder en ausencia del rey. Esta junta central propuso la formación de un
nuevo ejército o la convocatoria de cortes generales.
En 1809 se hizo una consulta al pueblo que consideró la necesidad de cambiar el sistema político
del Antiguo Régimen. Para algunos esto significaba el comienzo de un proceso revolucionario, para
otros, era tan sólo reformar algunas leyes sin alterar la soberanía del rey.
Convocatoria electoral de Cortes en 1810. El lugar de reunión iba a ser la ciudad de Cádiz, libre del
dominio francés, centro comercial y de ambiente cosmopolita.
Ideología de sus miembros.- La composición social de las Cortes estaba marcada por la fuerte
presencia del clero (un tercio del total), seguida de funcionarios y militares, así como de abogados.
Los diputados no formaban partidos políticos, si no que cada uno adoptaba personalmente su
posición. A pesar de esto pronto se formó un grupo de diputados liberales y otro grupo de
absolutistas opuesto a las reformas.
La obra legislativa.- El primer decreto de las Cortes (24-09-1810) ya significó una ruptura con el
Antiguo Régimen y con la monarquía absolutista, al afirmar la soberanía nacional de la cual los
diputados eran los depositarios. También proclamaron la separación de poderes y no reconocieron
las abdicaciones de Bayona.
La labor más importante de las Cortes fue la creación de la constitución de 1812, que establece por
primera vez en la historia española una monarquía constitucional.
Los diputados elaboraron numerosos decretos y leyes con la intención de reformar la sociedad y la
política para preparar un nuevo régimen político.
Se abolieron los derechos feudales, la inquisición, la mesta y la tortura. Se proclamó la libertad de
prensa y la de trabajo, lo que fulminó a los gremios. Se suprimieron también las pruebas de nobleza
y de limpieza de sangre.
También se inició una primera desamortización de los bienes del clero, se trasformaron en
propiedad privada los bienes de propios, realengos y baldíos de propiedad municipal. Todas estas
medidas irritaron a la iglesia a pesar de que parte del clero las apoyaba. Todas estas reformas fueron
suprimidas cuando Fernando VII abolió esta obra legislativa a su regreso a España.
El texto definitivo de la constitución fue aprobado el 19 de marzo de 1812 y constaba de 384
artículos de los que la tercera parte estaban dedicados a regular el poder legislativo.

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LECTURA COMENTADA DE LAS CORTES DE CADIZ

Breve resumen de las cortes de Cádiz:

La convocatoria de las Cortes de Cádiz se dio en 1810 durante la guerra de Independencia. Esta guerra provoco en España una situación política bastante pésima. Se dio un vacío de poder durante la guerra que fue cubierto por las juntas provinciales. En 1808 la junta central suprema fue elegida como depositaria de todo el poder en ausencia del rey. Esta junta central propuso la formación de un nuevo ejército o la convocatoria de cortes generales. En 1809 se hizo una consulta al pueblo que consideró la necesidad de cambiar el sistema político del Antiguo Régimen. Para algunos esto significaba el comienzo de un proceso revolucionario, para otros, era tan sólo reformar algunas leyes sin alterar la soberanía del rey. Convocatoria electoral de Cortes en 1810. El lugar de reunión iba a ser la ciudad de Cádiz, libre del dominio francés, centro comercial y de ambiente cosmopolita. Ideología de sus miembros.- La composición social de las Cortes estaba marcada por la fuerte presencia del clero (un tercio del total), seguida de funcionarios y militares, así como de abogados. Los diputados no formaban partidos políticos, si no que cada uno adoptaba personalmente su posición. A pesar de esto pronto se formó un grupo de diputados liberales y otro grupo de absolutistas opuesto a las reformas. La obra legislativa.- El primer decreto de las Cortes (24-09-1810) ya significó una ruptura con el Antiguo Régimen y con la monarquía absolutista, al afirmar la soberanía nacional de la cual los diputados eran los depositarios. También proclamaron la separación de poderes y no reconocieron las abdicaciones de Bayona. La labor más importante de las Cortes fue la creación de la constitución de 1812, que establece por primera vez en la historia española una monarquía constitucional. Los diputados elaboraron numerosos decretos y leyes con la intención de reformar la sociedad y la política para preparar un nuevo régimen político. Se abolieron los derechos feudales, la inquisición, la mesta y la tortura. Se proclamó la libertad de prensa y la de trabajo, lo que fulminó a los gremios. Se suprimieron también las pruebas de nobleza y de limpieza de sangre. También se inició una primera desamortización de los bienes del clero, se trasformaron en propiedad privada los bienes de propios, realengos y baldíos de propiedad municipal. Todas estas medidas irritaron a la iglesia a pesar de que parte del clero las apoyaba. Todas estas reformas fueron suprimidas cuando Fernando VII abolió esta obra legislativa a su regreso a España. El texto definitivo de la constitución fue aprobado el 19 de marzo de 1812 y constaba de 384 artículos de los que la tercera parte estaban dedicados a regular el poder legislativo.