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Casos Prácticos sobre Estado de Derecho: Registro de Partidos Políticos y Financiación, Ejercicios de Derecho Constitucional

Este documento analiza dos casos prácticos relacionados con el estado de derecho en españa. El primero trata sobre el proceso de constitución de un partido político y la denegación de su registro. El segundo caso se refiere a las donaciones y contrataciones ilegales que recibió un partido ecologista. Se abordan las cuestiones legales de cada caso, incluyendo la licitud de las donaciones, la contratación de empresas, la condonación de deudas y las consecuencias legales.

Tipo: Ejercicios

2021/2022

Subido el 01/03/2022

Meeryyc
Meeryyc 🇪🇸

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CASOS PRÁCTICOS SOBRE ESTADO DEMOCRÁTICO DE DERECHO
-I-
Una asociación de ideario independista decide constituirse en partido político y presenta
la documentación ante el organismo correspondiente. Después de 30 días de recibida la
solicitud de registro, la autoridad competente comunica la no inscripción del partido, al
entender que pretende suceder en la actividad de otro partido ya disuelto, porque no
condena la violencia. Los promotores del partido recurren la decisión argumentando que
no es exigible una declaración de condena de la violencia y que, aunque no la
condenasen, no les convierte en promotores de una asociación identificada con otros
partidos ya disueltos.
Cuestiones:
1. Describir los pasos a seguir por la asociación para constituirse en partido.
La asociación debe presentar un escrito de solicitud de inscripción en el registro de
partidos políticos del Ministerio del Interior junto con el acuerdo de constitución
que contiene: el nombre de los promotores del partido (no podrá incluir términos o
expresiones que induzcan a error o confusión sobre su identidad o que sean
contrarias a las leyes o los derechos fundamentales de las personas; además de no
poder coincidir o asemejarse con ningún otro partido previamente inscrito en el
Registro) , los integrantes de los órganos directivos, el domicilio social del partido y
los estatutos por los que se regirá dicho partido.
2. Argumentar si la denegación de la inscripción es ajustada a la ley.
Según el art 4.2 de la Ley Orgánica 6/2002 de 27 de Junio, el Ministerio del Interior
dispone de veinte días después de la presentación de la documentación completa en
el Registro de Partidos Políticos para tomar una decisión sobre su inscripción.
Art 4.3: Transcurridos 20 días sin respuesta, se entenderá producida la inscripción.
3. Señalar el órgano al que se debe recurrir
Según el Art.5º.5 de la Ley Orgánica 6/2002 de 27 de Junio, las actuaciones
administrativas relacionadas con la inscripción del partido político podrán recurrirse
ante la jurisdicción contencioso-administrativa conforme a las previsiones de la Ley
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4. Argumentar si el recurso está bien o mal fundado
Para que un recurso sea admitido primero debe estar bien formulado y expresar
obligatoriamente una serie de datos como: nombre y apellidos del recurrente; el acto
que se recurre y la razón de su impugnación; lugar, fecha, firma del recurrente,
identificación del medio y del lugar que se señale a efectos de notificaciones y órgano al
que se dirige.
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CASOS PRÁCTICOS SOBRE ESTADO DEMOCRÁTICO DE DERECHO

-I-

Una asociación de ideario independista decide constituirse en partido político y presenta la documentación ante el organismo correspondiente. Después de 30 días de recibida la solicitud de registro, la autoridad competente comunica la no inscripción del partido, al entender que pretende suceder en la actividad de otro partido ya disuelto, porque no condena la violencia. Los promotores del partido recurren la decisión argumentando que no es exigible una declaración de condena de la violencia y que, aunque no la condenasen, no les convierte en promotores de una asociación identificada con otros partidos ya disueltos. Cuestiones:

  1. Describir los pasos a seguir por la asociación para constituirse en partido. La asociación debe presentar un escrito de solicitud de inscripción en el registro de partidos políticos del Ministerio del Interior junto con el acuerdo de constitución que contiene: el nombre de los promotores del partido (no podrá incluir términos o expresiones que induzcan a error o confusión sobre su identidad o que sean contrarias a las leyes o los derechos fundamentales de las personas; además de no poder coincidir o asemejarse con ningún otro partido previamente inscrito en el Registro) , los integrantes de los órganos directivos, el domicilio social del partido y los estatutos por los que se regirá dicho partido.
  2. Argumentar si la denegación de la inscripción es ajustada a la ley. Según el art 4.2 de la Ley Orgánica 6/2002 de 27 de Junio, el Ministerio del Interior dispone de veinte días después de la presentación de la documentación completa en el Registro de Partidos Políticos para tomar una decisión sobre su inscripción. Art 4.3: Transcurridos 20 días sin respuesta, se entenderá producida la inscripción.
  3. Señalar el órgano al que se debe recurrir Según el Art.5º.5 de la Ley Orgánica 6/2002 de 27 de Junio, las actuaciones administrativas relacionadas con la inscripción del partido político podrán recurrirse ante la jurisdicción contencioso-administrativa conforme a las previsiones de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  4. Argumentar si el recurso está bien o mal fundado Para que un recurso sea admitido primero debe estar bien formulado y expresar obligatoriamente una serie de datos como: nombre y apellidos del recurrente; el acto que se recurre y la razón de su impugnación; lugar, fecha, firma del recurrente, identificación del medio y del lugar que se señale a efectos de notificaciones y órgano al que se dirige.

Además, en el caso de que se presente a través del representante, hay que atender a los requisitos exigidos para que dicha representación sea válida ya que si no fuera así el recurso podría no admitirse.

  1. Si la asociación independentista llega a convertirse en partido y su funcionamiento externo no es democrático, ¿qué vías jurídicas habría para ilegalizarlo? ¿Quién podría solicitar su ilegalización? Según el Art. 10 de la Ley Orgánica además de por decisión de sus miembros acordada por las causas y por los procedimientos previstos en sus estatutos, procederá la disolución de un partido político, o en su caso, su suspensión por decisión de la autoridad judicial competente y en los términos previstos en los apartados 2 y 3. La disolución surtirá efectos desde su anotación en el Registro de Partidos Políticos, previa notificación del propio partido o del órgano judicial que decreta la disolución. La disolución judicial de un partido político será acordada por el órgano jurisdiccional competente en los siguiente casos: b) cuando vulnere de forma continuada, reiterada y grave la exigencia de una estructura interna y un funcionamiento democráticos, conforme a lo previsto en los artículos 7 y 8 de la presente Ley Orgánica. Según el Art. 11 de la Ley Orgánica, están legitimados para instar la declaración de ilegalidad de un partido político y su consecuente disolución, el Gobierno y el Ministerio Fiscal.
  2. Si la asociación independentista llega a convertirse en partido y su estructura y funcionamiento interno no son democráticos ¿qué vías jurídicas habría para ilegalizarlo? ¿Quién podría solicitar su ilegalización? Según el artículo 9 de la Ley Orgánica un partido político será declarado ilegal cuando su actividad vulnere los principios democráticos, particularmente cuando con la misma persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades o imposibilitar o eliminar el sistema democrático mediante alguna de las siguientes conductas, realizadas de forma reiterada y grave: b) fomentar propiciar o legitimar la violencia como método para la consecución de objetivos políticos o para hacer desaparecer las condiciones precisas para el ejercicio de la democracia cómo del pluralismo y de las libertades políticas. Según el artículo 9 bis los partidos políticos deberían adoptar en sus normas internas un sistema de prevención de conductas contrarias al ordenamiento jurídico y de supervisión.
  3. Qué consecuencias tendría su ilegalización. Según el artículo 12 a) tras la notificación de la sentencia en la que se acuerda la disolución, procederá el cese inmediato de toda la actividad del partido político disuelto. El incumplimiento de esta disposición dará lugar a responsabilidad, conforme a lo establecido en el Código Penal.

En el art.4.3, se cita que los partidos políticos no podrán aceptar que terceras personas se hagan cargo de forma afectiva del coste de sus adquisiciones, bienes o servicios o gastos que genere su actividad, por lo tanto es ilícito que la empresa se haga cargo de los gastos ocasionados por desastres medioambientales en la costa española.

  1. Analizar las consecuencias de la contratación de la empresa en relación con las donaciones previamente entregadas. Se califica como infracción por grave del art.17,2,a), recoge el artículo 4 y 7 de esta ley. Se le impondrá una sanción cuyo importe irá del doble al quíntuplo de la cantidad que exceda del límite legalmente permitido, de la cantidad asumida por el tercero..., recogido en el art.17 bis,a).
  2. Analizar la condonación de la deuda del partido por el banco. Según el art.4, de acuerdo sobre condonaciones de deuda. “las entidades de crédito no podrán efectuar donaciones totales o parciales de deuda a los partidos políticos punto a estos efectos se entiende por condonación la cancelación total o parcial del principal del crédito o de los intereses vencidos o la renegociación del tipo de interés por debajo de los aplicados en condiciones de mercado.” Materiales: Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos