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Practica 5 derecho comunitario, Apuntes de Comunicación Política

Practica 5 derecho comunitario Jose Maria Coello de Portugal

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 24/11/2019

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PRÁCTICA DE LA LECCIÓN 5
La práctica consiste en:
PRIMERA PARTE:
1º.- Documéntese sobre las funciones de las Presidencias de algunas de las más
importantes instituciones de la Unión Europea en el siguiente recurso:
https://europa.eu/european-union/about-eu/presidents_es
Parlamento Europeo:
Presidente del Parlamento Europeo: David-Maria Sassoli.
Mandato: julio 2019 - diciembre 2021.
Elegido por: los diputados del Parlamento Europeo.
Cometidos:
1. Garantizar que se sigan correctamente los trámites parlamentarios.
2. Supervisar las diversas actividades y comisiones parlamentarias.
3. Representar al Parlamento en todas las cuestiones jurídicas y en sus relaciones
internacionales
4. Dar la aprobación definitiva al presupuesto de la UE.
Otros cometidos específicos:
1. Es responsable de la aplicación del Reglamento de la Institución y, como tal, dirige las
actividades del PE y de sus órganos.
2. Puede presidir el Comité de Conciliación en el marco del procedimiento legislativo.
3. Puede participar en las reuniones de los representantes de los gobiernos en el marco de
las Conferencias Intergubernamentales encargado de la reforma de los Tratados.
4. Preside el Pleno, la Conferencia de los Grupos Políticos y la Mesa del Parlamento
Europeo.
5. Toma la palabra ante el Consejo Europeo antes de cada reunión. En estas
intervenciones, expone el punto de vista del Parlamento Europeo sobre los asuntos que
figuran en el orden del día en el marco de un debate con los Jefes de Estado y de
Gobierno.
6. El Presidente, en el marco de la codecisión Parlamento Europeo/Consejo de Ministros,
puede presidir el Comité de Conciliación PE/Consejo y, junto con el Presidente del
Consejo, firma todos los actos legislativos adoptados en codecisión.
7. Participa en las reuniones de los representantes de los Gobiernos que se celebran a nivel
ministerial.
Comisión Europea:
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¡Descarga Practica 5 derecho comunitario y más Apuntes en PDF de Comunicación Política solo en Docsity!

PRÁCTICA DE LA LECCIÓN 5

La práctica consiste en:

PRIMERA PARTE:

1º.- Documéntese sobre las funciones de las Presidencias de algunas de las más

importantes instituciones de la Unión Europea en el siguiente recurso:

https://europa.eu/european-union/about-eu/presidents_es

• Parlamento Europeo:

Presidente del Parlamento Europeo: David-Maria Sassoli.

Mandato: julio 2019 - diciembre 2021.

Elegido por: los diputados del Parlamento Europeo.

Cometidos:

1. Garantizar que se sigan correctamente los trámites parlamentarios.

2. Supervisar las diversas actividades y comisiones parlamentarias.

3. Representar al Parlamento en todas las cuestiones jurídicas y en sus relaciones

internacionales

4. Dar la aprobación definitiva al presupuesto de la UE.

Otros cometidos específicos:

1. Es responsable de la aplicación del Reglamento de la Institución y, como tal, dirige las

actividades del PE y de sus órganos.

2. Puede presidir el Comité de Conciliación en el marco del procedimiento legislativo.

3. Puede participar en las reuniones de los representantes de los gobiernos en el marco de

las Conferencias Intergubernamentales encargado de la reforma de los Tratados.

4. Preside el Pleno, la Conferencia de los Grupos Políticos y la Mesa del Parlamento

Europeo.

5. Toma la palabra ante el Consejo Europeo antes de cada reunión. En estas

intervenciones, expone el punto de vista del Parlamento Europeo sobre los asuntos que figuran en el orden del día en el marco de un debate con los Jefes de Estado y de Gobierno.

6. El Presidente, en el marco de la codecisión Parlamento Europeo/Consejo de Ministros,

puede presidir el Comité de Conciliación PE/Consejo y, junto con el Presidente del Consejo, firma todos los actos legislativos adoptados en codecisión.

7. Participa en las reuniones de los representantes de los Gobiernos que se celebran a nivel

ministerial.

• Comisión Europea:

Presidente de la Comisión Europea: Jean-Claude Juncker.

Mandato: noviembre de 2014 - octubre de 2019.

Elegido por: los líderes nacionales (Jefes de Estado o de Gobierno de los países de la UE), con la aprobación del Parlamento Europeo.

Cometidos:

1. Contribuir a los grandes debates tanto n el Parlamento Europeo como entre los

Gobiernos de la UE reunidos en el Consejo de la UE.

2. Dirigir los trabajos de la Comisión a la hora de aplicar las políticas d la UE.

3. Dar orientación política a la Comisión.

4. Convocar y presidir las reuniones del Colegio de Comisarios.

5. Participar en las reuniones del G7.

Otros cometidos específicos:

1. Representa a la Comisión en reuniones del Consejo Europeo, cumbres del G7 Y G20,

cumbres bilaterales con terceros países y debates importantes en el Parlamento Europeo y en el Consejo.

2. Decide sobre la organización de la Comisión.

3. Determina la agenda política de la Comisión.

4. Preside las reuniones semanales de la Comisión.

• Consejo Europeo:

Presidente del Consejo Europeo: Donald Tusk.

Mandato: junio 2017 - noviembre 2019.

Elegidos por: los líderes nacionales (los Jefes de Estado o de Gobierno de los países de la UE).

Cometidos:

1. Dirigir la labor del Consejo Europeo a la hora de fijar el rumbo y las prioridades

generales de la UE (en cooperación con la Comisión)

2. Representar a la UE en el exterior para cuestiones de política exterior y de seguridad.

3. Impulsar la cohesión y el consenso en el Consejo Europeo.

Otros cometidos específicos:

1. Presidir las reuniones del Consejo Europeo e impulsar sus trabajos.

2. Presentar un informe al Parlamento Europeo después de cada reunión del Consejo

Europeo.

3. Ayudar a facilitar la cohesión y el consenso en el seno del Consejo Europeo.

• Mantener la paz, prevenir los conflictos y fortalecer la seguridad internacional, conforme a los propósitos

y principios de la Carta de las Naciones Unidas, así como a los principios del Acta Final de Helsinki y a los objetivos de la Carta de París, incluidos los relacionados con las fronteras exteriores.

• Apoyar el desarrollo sostenible en los planos económico, social y medioambiental de los países en

desarrollo, con el objetivo fundamental de erradicar la pobreza.

• Fomentar la integración de todos los países en la economía mundial, entre otras cosas mediante la

supresión progresiva de los obstáculos al comercio internacional.

• Contribuir a elaborar medidas internacionales de protección y mejora de la calidad del medio ambiente y

de la gestión sostenible de los recursos naturales mundiales, para lograr el desarrollo sostenible.

• Ayudar a las poblaciones, países y regiones que se enfrenten a catástrofes naturales o de origen humano.

• Promover un sistema internacional basado en una cooperación multilateral sólida y en una buena

gobernanza mundial.

La intervención de la Unión Europea en política interior:

• Mercado Interior.

• Empleo y Política Social.

• Agricultura.

• Pesca.

• Medio Ambiente y Clima.

• Protección de los Consumidores.

• Transportes.

• Energía.

• Redes Transeuropeas.

• Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia.

• Protección y mejora de la Salud Humana.

• Industria.

• Turismo.

• Cultura.

• Educación, Formación Profesional, Juventud y Deporte.

Considero que sería raro que se produjese un solapamiento entre las diversas competencias ya que la UE dispone de un complejo de disposiciones recogidas en los Tratados, así como en acuerdos u otros mecanismos, que recogen de una manera más que efectiva las competencias de la UE, y por ende sus instituciones, así como los órganos internos de los Estados miembros que la conforman.

SEGUNDA PARTE:

1º.- Leer atentamente los títulos I, II y III del Tratado de la Unión Europea, con especial

atención a los artículos 10 y 14 del citado texto.

Articulo 10 TUE: “1. El funcionamiento de la Unión se basa en la democracia representativa.

2. Los ciudadanos estarán directamente representados en la Unión a través del Parlamento Europeo.

Los Estados miembros estarán representados en el Consejo Europeo por su Jefe de Estado o de Gobierno y en el Consejo por sus Gobiernos, que serán democráticamente responsables, bien ante sus Parlamentos nacionales, bien ante sus ciudadanos.

_3. Todo ciudadano tiene derecho a participar en la vida democrática de la Unión. Las decisiones serán tomadas de la forma más abierta y próxima posible a los ciudadanos.

  1. Los partidos políticos a escala europea contribuirán a formar la conciencia política europea y a expresar la voluntad de los ciudadanos de la Unión.”_

Articulo 14 TUE : “El Parlamento Europeo ejercerá conjuntamente con el Consejo la función legislativa y la función presupuestaria. Ejercerá funciones de control político y consultivas, en las condiciones establecidas en los Tratados. Elegirá al Presidente de la Comisión.

2. El Parlamento Europeo estará compuesto por representantes de los ciudadanos de la Unión. Su número no excederá de setecientos cincuenta, más el Presidente. La representación de los ciudadanos será decrecientemente proporcional, con un mínimo de seis diputados por Estado miembro. No se asignará a ningún Estado miembro más de noventa y seis escaños.

El Consejo Europeo adoptará por unanimidad, a iniciativa del Parlamento Europeo y con su aprobación, una decisión por la que se fije la composición del Parlamento Europeo conforme a los principios a que se refiere el párrafo primero.

_3. Los diputados al Parlamento Europeo serán elegidos por sufragio universal directo, libre y secreto, para un mandato de cinco años.

  1. El Parlamento Europeo elegirá a su Presidente y a la Mesa de entre sus diputados.”_

2º.- Leer la información oficial del resumen de actividades del Parlamento Europeo de la

pasada semana, disponible en los Archivos del Parlamento Europeo publicados online. El

recurso web es:

http://www.europarl.europa.eu/plenary/es/agendas.html

Actividad del Parlamento Europeo miércoles 13 de noviembre de 2019 - Jueves 14 de noviembre de 2019

Miércoles 13 de noviembre de 2019:

1. Reanudación del período de sesiones

  1. º aniversario de la caída del Muro de Berlín

[2019/2827(RSP)].

En presencia de Wolfgang Schäuble, presidente del Bundestag alemán.

2. Orden de los trabajos

3. Actividades de perforación de Turquía en aguas de la Unión en el Mediterráneo oriental.

4. Declaración de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos

Exteriores y Política de Seguridad

4. Movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización - EGF/2019/001 BE/

Carrefour - Bélgica

Informe: José Manuel Fernandes (A9-0021/2019)

[COM (2019)0442 - C9-0127/2019 - 2019/2114(BUD)]

Comisión de Presupuestos

5. Oposición con arreglo al artículo 112 del Reglamento interno: algodón modificado

genéticamente LLCotton25 (ACS-GHØØ1-3)

Propuesta de Resolución

[2019/2856(RSP)]

B9-0170/

6. Oposición con arreglo al artículo 112 del Reglamento interno: soja modificada genéticamente

MON 89788 (MON-89788-1)

Propuesta de Resolución

[2019/2857(RSP)]

B9-0169/

7. Oposición con arreglo al artículo 112 del Reglamento interno: renovación de la autorización de

comercialización de productos que contienen colza modificada genéticamente T45 o están producidos a partir de la misma tras la comercialización de colza en terceros países hasta 2005

Propuesta de Resolución

[2019/2858(RSP)]

8. Oposición con arreglo al artículo 112 del Reglamento interno: maíz modificado genéticamente

MON 89034 × 1507 × NK603 × DAS-40278-9 y subcombinaciones MON 89034 × NK603 × DAS-40278-9, 1507 × NK603 × DAS-40278-9 y NK603 × DAS-40278-

Propuesta de Resolución

[2019/2859(RSP)]

B9-0171/

9. Oposición con arreglo al artículo 112 del Reglamento interno: maíz modificado genéticamente

Bt11 × MIR162 × MIR604 × 1507 × 5307 × GA21 y maíces modificados genéticamente que combinan dos, tres, cuatro o cinco de los eventos Bt11, MIR162, MIR604, 1507, 5307 y GA

Propuesta de Resolución

[2019/2860(RSP)]

B9-0172/

10. Criminalización de la educación sexual en Polonia

Propuestas de Resolución

[2019/2891(RSP)]

B9-0166/2019, B9-0167/2019, B9-0168/

Debate: Lunes 21 de octubre de 2019

El recurso web dentro de la página es "La semana de un vistazo"

3º.- A la vista de los mismos determinar razonadamente si, en su opinión, el Parlamento

Europeo cumple o no adecuadamente con los fines previstos en los tratados.

Según el artículo 14 TUE, El Parlamento Europeo ejercerá conjuntamente con el Consejo la función legislativa y la función presupuestaria. Ejercerá funciones de controles políticos y consultivos, en las condiciones establecidas en los Tratados.

El Parlamento Europeo puede participar en las reuniones de los representantes de los gobiernos en el marco de las Conferencias Intergubernamentales encargado de la reforma de los Tratados.

También puede investigar las infracciones o las gestiones en el ámbito de la UE creando comisiones de investigación, por ejemplo, en el caso del medioambiente.

El Parlamento Europeo previa aprobación podrá constatar la existencia de una violación grave y persistente por parte de un Estado miembro de los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías (art 7 TUE).

También como expresa el artículo del TFUE, existen materias sujetas a la previa aprobación del Parlamento Europeo:

• Lucha contra la discriminación por motivos de sexo, de origen racial o étnico, religión o

convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y la defensa de los derechos de la ciudadanía (arts. 19.1 y 25 TFUE)

• Adopción de las normas mínimas (art 82.2 D TFUE).

• Determinar otros ámbitos delictivos (art 83.1)

• Fiscalía Europea (art 86 TFUE)

• Disposiciones necesarias por unanimidad con arreglo a un procedimiento

Legislativo especial (art 223.1 TFUE)

• Marco Financiero plurianual (arts. 311. 4 y 312 TFUE)

• llevar a cabo una cooperación reforzada entre los Estados miembros (art 329.1 TFUE)

• Disposiciones adecuadas por unanimidad en el ámbito de las políticas definidas en los Tratados

para alcanzar uno de los objetivos fijados por éstos. (art 352.1 TFUE)

Por último, Con excepción de los acuerdos que se refieran exclusivamente a la política exterior y de seguridad, el Parlamento se encarga de aprobar los siguientes casos (art 218.6 TFUE):

• acuerdos de asociación.

• acuerdo de adhesión de la Unión al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos

• Finlandia->1.07% de población.

• Francia->13.10% de población.

• Alemania->16.12% de población.

• Grecia->2.09% de población.

• Hungría->1.91% de población.

• Irlanda->0.94% de población.

• Italia->11.92% de población.

• Letonia->0.38% de población.

• Lituania->0.55% de población.

• Luxemburgo->0.12% de población.

• Malta->0.09% de población.

• Países Bajos->3.37% de población.

• Polonia->7.40% de población.

• Portugal->2.00% de población.

• Rumanía->3.80% de población.

• Eslovaquia->1.06% de población.

• Eslovenia->0.40% de población.

• España->9.09% de población.

• Suecia->1.98% de población.

• Reino Unido->12.90% de población.

2º.- A la vista del mismo realice un comentario personal sobre la distribución del poder en

el seno de este órgano de la Unión, así como sus reflexiones sobre el mismo.

Según el tema que se trate el Consejo tomará sus decisiones por mayoría simple, mayoría cualificada o bien unanimidad.

La mayoría simple es la modalidad de voto que se utiliza por defecto, es decir, si el tratado no indica lo contrario el Consejo tomará sus decisiones por mayoría simple. En la práctica, esta modalidad se utiliza en contadas ocasiones como en las cuestiones de procedimiento. Requiere el voto de 15 a 28 Estados miembros en votaciones no legislativas.

La mayoría cualificada (artículo 16, apartado 3, del TUE) es la modalidad que más se utiliza. En ella, los Estados tienen un número de votos asignado de manera ponderada teniendo en cuenta aspectos de población, poder económico, político etc.

La mayoría cualificada se utiliza en cuestiones relacionadas con el Mercado Único, Competencia, Agricultura, Transportes, Medio Ambiente etc. Requiere el 55 %de votos favorables de los Estados miembros que representen como mínimo el 65 % de la población total de la UE (artículo 16, apartado 4, del TUE), por lo que según el Tratado de Lisboa, para conseguir la mayoría cualifica deben coincidir dos factores:

  • Que la mitad de los Estados voten a favor;
  • Que esos Estados contengan al 65% de la población europea.

Otro tipo de decisiones se toman por unanimidad como la fiscalidad, ciertos aspectos de la seguridad social etc. También se utiliza para realizar cualquier cambio en la propuesta de la Comisión. La utilización de la unanimidad implica la posibilidad de veto, cosa que ralentiza el proceso de toma de decisiones.

Al observar el calculador de votos del Consejo de la Unión Europea podemos destacar 4 Estados miembros de la UE con gran influencia en las decisiones que se tomen con respecto a dicha comunidad política de derecho, estos son:

• Francia: 13.10%

• Alemania: 16.12%

• Italia: 11.92%

• Reino Unido: 12.90%

Si se da la situación de que se impide la adopción de decisiones por culpa de un grupo minoritario de países que constan con una gran numero de población, se prevé una minoría de bloqueo que debe estar formada, como mínimo, por cuatro Estados miembros que representen por lo menos el 35 % de la población de la UE

A estos 4 países miembros de la Unión Europea le siguen otros con menor influencia en la toma de decisiones llevadas a cabo en la Unión Europea, pero que pueden ser claves en ciertas tomas de decisiones en la Unión Europea si se unen a los estados miembros más influyentes, estos son:

• Polonia: 7.40% de población

• España: 9.09% de población.

Aunque Polonia es un país con menos peso económico y demográfico que España, tiene más influencia, por su cercanía con Alemania y por ser uno de los pilares clave del llamado Grupo de Visegrado al que pertenece también España, este ha cobrado una notable influencia en la Unión Europea, mientras que España ha ido perdiendo influencia por su errática política exterior del país y un desinterés durante los últimos años en la política comunitaria.

A este grupo visegrado le siguen los siguientes países con una influencia menor al tener un porcentaje más bajo de población, algunos de estos son:

• Países Bajos: 3.37% de población.

• Grecia: 2.09% de población.

• Portugal: 2.00% de población.

• Finlandia->1.07% de población.

bioeconomía, así como medidas relacionadas con el clima, además de apoyar al mayor numero

posible de países de la UE.

También permitiría recibir a los sectores de regiones menos desarrollas el apoyo del Banco

Europeo de Inversiones.

El Tratado Transatlántico de Comercio e Inversiones. Es un tratado de libre comercio que

está siendo negociado entre la Unión Europea y EEUU desde junio de 2013. El acuerdo busca

bajar los aranceles, aunque éstos ya son bajos de por sí, liberalizar nuevos mercados y

armonizar la legislación entre ambas potencias.

La creación de este El Tratado Transatlántico de Comercio e Inversiones también supone una

buena creación porque permite bajar los aranceles, liberalizar nuevos mercados y armonizar la

legislación entre ambas potencias, apoya el empleo, ayuda a la empresas a exporta y competir,

promueve la calidad en el trabajo y la protección ambiental y permite una oferta variada de

productos y servicios.

El Tratado además prevé la protección de las inversiones extranjeras mediante la inclusión del

mecanismo de Solución de Controversias entre Inversores y Estados, que otorga el derecho

exclusivo a los inversores extranjeros de demandar a un estado, ante tribunales privados poco

transparentes, por promover políticas laborales o ambientales que choquen con los intereses de

las empresas.

Pero este Tratado Transatlántico de Comercio e Inversiones también tiene cosas negativas, estas

son:

• Falta de transparencia en las negociaciones.

• Pérdida de empleos.

• Aumento de las privatizaciones.

• Pérdida de derechos sociales, laborales y ambientales.

• Mayor control de la ciudadanía.

• Degradación de la democracia.

BIBLIOGRAFIA:

https://www.europarl.europa.eu/former_ep_presidents/president-cox/functions/es/default.htm

https://www.consilium.europa.eu/es/european-council/president/role/

https://www.consilium.europa.eu/es/council-eu/presidency-council-eu/

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/tue.cpt3.html#cpa

https://www.boe.es/doue/2010/083/Z00013-00046.pdf

https://www.boe.es/doue/2010/083/Z00047-00199.pdf

http://www.exteriores.gob.es/RepresentacionesPermanentes/EspanaUE/es/quees2/Paginas/El-

proceso-de-toma-de-decisiones.aspx

https://op.europa.eu/webpub/com/abc-of-eu-law/es/

http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/Documents/

2019-06-21_CUARDENOS_SANTACRUZ-1.pdf

https://elordenmundial.com/mapas/los-paises-mas-influyentes-union-europea/

https://ec.europa.eu/commission/priorities/jobs-growth-and-investment/investment-plan-europe-

juncker-plan/what-investment-plan-europe_es

http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/PoliticaExteriorCooperacion/UnionEuropea/Paginas/

Pol%C3%ADticas-comunes-de-la-Uni%C3%B3n-Europea.aspx