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Orientación Universidad
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practica abuso del derecho, Ejercicios de Derecho

Asignatura: fuentes II, Profesor: , Carrera: Dret (Mallorca), Universidad: UIB

Tipo: Ejercicios

2017/2018

Subido el 19/06/2018

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usuario desconocido 🇪🇸

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Supuestos prácticos temas 1, 2 y 3
Belén Ferrer
1.- La aplicación de la norma no se realiza a partir de una sola norma, ni procede de lo particular
a lo particular, sino a partir de un conjunto de normas de las que se trata de inducir un
mecanismo de obtención y de aplicación de los principios generales del Derecho.
Hace referencia a:
la equidad
la jurisprudencia
la analogía iuris
la interpretación sistemática
2.- Procede la aplicación analógica de las normas cuando.
el sentido de la norma no es claro
es preciso aplicar la norma atendiendo a la singularidad del caso.
hay una ausencia de norma específica legal
ninguna de las anteriores es correcta
3.- Los principios generales del Derecho son:
junto con la jurisprudencia la norma de cierre del ordenamiento jurídico
una fuente del Derecho
un complemento del ordenamiento jurídico
una técnica empleada para interpretar las leyes
4.- Juan y Catalina, de vecindad civil balear, han contraído matrimonio bajo el rito balinés. Es
Derecho aplicable a este matrimonio es:
1. el balear que reconoce el matrimonio balinés, no porque el derecho civil balear no tiene
competencias para determinar las formas del matrimonio, porque eso es competencia
exclusiva del Estado.
2. el estatal que reconoce el matrimonio civil y el eclesiástico, no porque se casan según
matrimonio balines, nuestro Cc solo concibe casarse de modo civil o eclesiástico.
3. el estatal porque es Derecho supletorio, no porque el estatal no contiene normas que
regule esto porque no se prevé esta opción.
4. ninguna de las anteriores respuestas es válida
5.- Una costumbre contraria a una ley supone:
Que la costumbre deroga a la ley
Que la ley deroga a la costumbre
Que la costumbre deja de aplicarse
Que la ley deja de aplicarse
6.- Mismo supuesto anterior, pero se trata de aplicar el Derecho foral navarro en el que la
costumbre es la primera fuente del Derecho.
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Supuestos prácticos temas 1, 2 y 3 Belén Ferrer 1.- La aplicación de la norma no se realiza a partir de una sola norma, ni procede de lo particular a lo particular, sino a partir de un conjunto de normas de las que se trata de inducir un mecanismo de obtención y de aplicación de los principios generales del Derecho. Hace referencia a:

  • la equidad
  • la jurisprudencia
  • la analogía iuris
  • la interpretación sistemática 2.- Procede la aplicación analógica de las normas cuando.
  • el sentido de la norma no es claro
  • es preciso aplicar la norma atendiendo a la singularidad del caso.
  • hay una ausencia de norma específica legal
  • ninguna de las anteriores es correcta 3.- Los principios generales del Derecho son:
  • junto con la jurisprudencia la norma de cierre del ordenamiento jurídico
  • una fuente del Derecho
  • un complemento del ordenamiento jurídico
  • una técnica empleada para interpretar las leyes 4.- Juan y Catalina, de vecindad civil balear, han contraído matrimonio bajo el rito balinés. Es Derecho aplicable a este matrimonio es:
  1. el balear que reconoce el matrimonio balinés, no porque el derecho civil balear no tiene competencias para determinar las formas del matrimonio, porque eso es competencia exclusiva del Estado.
  2. el estatal que reconoce el matrimonio civil y el eclesiástico, no porque se casan según matrimonio balines, nuestro Cc solo concibe casarse de modo civil o eclesiástico.
  3. el estatal porque es Derecho supletorio, no porque el estatal no contiene normas que regule esto porque no se prevé esta opción.
  4. ninguna de las anteriores respuestas es válida 5.- Una costumbre contraria a una ley supone:
  • Que la costumbre deroga a la ley
  • Que la ley deroga a la costumbre
  • Que la costumbre deja de aplicarse
  • Que la ley deja de aplicarse 6.- Mismo supuesto anterior, pero se trata de aplicar el Derecho foral navarro en el que la costumbre es la primera fuente del Derecho.

Que la ley deje de aplicarse, porque la primera fuente es la costumbre, y si hay costumbre se deja de aplicar la ley porque la ley es la segunda fuente del Derecho. 7.- El Código civil es supletorio del Derecho foral balear,

  • sí, porque el artículo 1 de la CDCB establece la preferencia del Derecho civil balear frente al Código civil y demás leyes estatales
  • no, porque según el artículo 149.1.8ª de la Constitución española hay determinadas materias que son competencia exclusiva del Estado
  • sí, porque el Derecho foral balear es incompleto, y además el Cc se aplica de modo complementário.
  • Ninguna de las tres anteriores es correcta

8.- Explique el significado de lo siguiente:

  1. Artículo 1287 Cc establece “El uso o la costumbre del país se tendrán en cuenta para interpretar las ambigüedades de los contratos, supliendo en éstos la omisión de cláusulas que de ordinario sueles establecerse”. INTERPRETACIÓN DE CONTRATOS-COSTUMBRE, SEGUNDA FUENTE DEL DERECHO. Donde falte algo acordado, donde no haya pacto en los contratos, se aplicará la costumbre; o en aquellos contratos donde haya ambigüedades, se tendrá en cuenta la costumbre del país.
  2. “… Aún cuando el supuesto de hecho no coincide con el tenor literal del precepto, sí lo hace con el espíritu y finalidad de la norma…”. Se aplicará la consecuencia jurídica que prevea la norma, se trata de la interpretación teológica.
  3. “El artículo 3.1 del Código civil dispone que el intérprete atienda al sentido propio de las palabras, y, seguidamente, manda que lo relacione con el contexto”. Hay que partir de la interpretación literal de la norma y luego contraria con la interpretación sistemática.
  4. La sentencia recurrida, habida cuenta de la insuficiencia del artículo 9.3 de la Ley de propiedad horizontal ha acudido para fundamentar su fallo a la aplicación analógica del artículo 569 del Código civil.
  5. “El artículo 281.1 de la Ley de enjuiciamiento civil exceptúa a la costumbre y al Derecho extranjero del principio iura novit curia”. Que los jueces no tienen obligación de conocer la costumbre ni el derecho extranjero.
  6. Los principios generales del Derecho al igual que la costumbre no se publican, no se derogan, no son normas escritas, no requieren de ningún formalismo, pero no son costumbre”.