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Práctica de Derecho Administrativo: Reglamentos y Decretos Ley, Ejercicios de Derecho Administrativo

practicas de derecho administrativo Luis Vacas

Tipo: Ejercicios

2022/2023

Subido el 19/09/2023

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Aida Isabel Ramírez Borja
PRÁCTICA 3 - REGLAMENTOS
A) Diferenciar la norma y el acto en el caso. Decir diferencias entre una y otra.
La diferencia entre normativa y acto se debe a que la norma forma parte del
ordenamiento jurídico hasta que se derogue, en cambio un acto administrativo, es una
declaración de voluntad de la administración pública que crea deroga o modifica una
materia. Atendiendo a este caso la norma es meramente el contenido de la normativa
y lo que establece en ella, por ejemplo:
- La inscripción en los Colegios Oficiales de Médicos será obligatoria para todos los
licenciados en Medicina y Cirugía, independientemente de que ejerzan como tales
la profesión o no.
- Establece que la no inscripción llevará aparejada la sanción de 2.000 €.
- Incluye una modificación de un precepto del Código penal, si el que cometiera el
delito fuera médico, que implica una agravación de la pena que lleva aparejado el
delito en cuestión.
Atendiendo al acto administrativo, es la manifestación, es decir, la elaboración del
mismo proyecto de un real decreto sobre las competencias y régimen jurídico de los
colegios oficiales de Médicos.
B) ¿Podría modificar el Real Decreto una norma como es el Código Penal? Razonar la
respuesta
Sí, un real decreto podría modificar a una norma de tipo penal, en este caso, solo
impone una sanción de una cuantía de 2000 euros, conforme a esta, si se paga la
cantidad exigida, disminuirá el rango de ley sobre esta materia en el código penal, por
lo tanto, tendrá más rango el Real Decreto. Otra cuestión importante para destacar es
que si el afectado, no pagase esta sanción y se le arresté por esta razón, podrán
vulnerarse sus derechos fundamentales o cuando se le agravase la pena por cometer
un delito ejerciendo su labor.
C) Qué límites/requisitos de la potestad reglamentaria vulnera la norma?
Vulnera el contenido de la norma penal, en el sentido de la sanción de una cuantía de
2000 euros y el agravante por cometer un delito en el ejercicio de su labor.
D) Decir qué recursos podría interponer D. Salustiano contra el reglamento y contra el
acto.
El recurso que podría interponer D. Salustiano contra el reglamento un recurso indirecto
y contra el acto un recurso directo
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Aida Isabel Ramírez Borja PRÁCTICA 3 - REGLAMENTOS A) Diferenciar la norma y el acto en el caso. Decir diferencias entre una y otra. La diferencia entre normativa y acto se debe a que la norma forma parte del ordenamiento jurídico hasta que se derogue, en cambio un acto administrativo, es una declaración de voluntad de la administración pública que crea deroga o modifica una materia. Atendiendo a este caso la norma es meramente el contenido de la normativa y lo que establece en ella, por ejemplo:

  • La inscripción en los Colegios Oficiales de Médicos será obligatoria para todos los licenciados en Medicina y Cirugía, independientemente de que ejerzan como tales la profesión o no.
  • Establece que la no inscripción llevará aparejada la sanción de 2.000 €.
  • Incluye una modificación de un precepto del Código penal, si el que cometiera el delito fuera médico, que implica una agravación de la pena que lleva aparejado el delito en cuestión. Atendiendo al acto administrativo, es la manifestación, es decir, la elaboración del mismo proyecto de un real decreto sobre las competencias y régimen jurídico de los colegios oficiales de Médicos. B) ¿Podría modificar el Real Decreto una norma como es el Código Penal? Razonar la respuesta Sí, un real decreto podría modificar a una norma de tipo penal, en este caso, solo impone una sanción de una cuantía de 2000 euros, conforme a esta, si se paga la cantidad exigida, disminuirá el rango de ley sobre esta materia en el código penal, por lo tanto, tendrá más rango el Real Decreto. Otra cuestión importante para destacar es que si el afectado, no pagase esta sanción y se le arresté por esta razón, podrán vulnerarse sus derechos fundamentales o cuando se le agravase la pena por cometer un delito ejerciendo su labor. C) Qué límites/requisitos de la potestad reglamentaria vulnera la norma? Vulnera el contenido de la norma penal, en el sentido de la sanción de una cuantía de 2000 euros y el agravante por cometer un delito en el ejercicio de su labor. D) Decir qué recursos podría interponer D. Salustiano contra el reglamento y contra el acto. El recurso que podría interponer D. Salustiano contra el reglamento un recurso indirecto y contra el acto un recurso directo

PRÁCTICA 4 - DECRETO LEY

  1. ¿Es posible la actuación del Gobierno dictando la norma en la materia regulada? (si está o no entre las materias excluidas) Sí, el gobierno podría dicta una norma sobre una materia regulada, puesto que el art 86. de la CE, establece unos límites a esta potestad. “En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general.”
  2. ¿Cuáles son las materias excluidas? Las materias excluidas en la materia regulada son el ordenamiento de las instituciones básicas, los derechos y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I de la Constitución, el régimen de comunidades autónomas y el derecho electoral general.
  3. ¿Se considera que se da el presupuesto que habilita para dictar la norma de referencia? ¿Qué dice el Tribunal Constitucional al respecto? Buscar Sentencias En el recurso de inconstitucionalidad 5099-2014, promovido por más de cincuenta Diputados de los Grupo Parlamentarios Socialista. En la sentencia consultada, la exposición de los motivos del Real Decreto – Ley en el que reproduce en parte los argumentos afirma que “para poder realizar lo antes posible medidas de eficiencia energética al menor coste posible es necesario contar con recursos económicos suficientes en el Fondo Nacional de Eficiencia que permita poner en marcha esas medidas a gran escala. Frente a lo alegado por los recurrentes, el Tribunal Constitucional afirma que existe en este caso una justificación de la existencia del presupuesto habilitante debido al impacto económico de las medidas adoptadas el argumento expresó susceptible de confirmar una necesidad cuta valoración entra dentro del ámbito de atribuciones del Gobierno. Esa valoración es realizada en la memoria y justifica de forma razonada el ahorro económico que, por vía directa o indirecta supondrían las medidas adoptadas. Por tanto, tampoco habría recurso de inconstitucionalidad interpuesto por los cincuenta diputados. El Tribunal Constitucional se refiere a que el presupuesto que debe cumplirse para que se dicte un Decreto-Ley es la extraordinaria y urgente necesidad, y que, además, el Decreto- Ley debe de tener una relación directa con esa situación de urgente y extraordinaria necesidad.
  4. ¿Tiene el Parlamento que intervenir? ¿Solo una de las cámaras? ¿Cuál?