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Practica expropiación, Ejercicios de Derecho Administrativo

Practica sobre el vídeo de expropiación forzosa

Tipo: Ejercicios

2023/2024

Subido el 28/10/2024

rocio-porcel-bello-1
rocio-porcel-bello-1 🇪🇸

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PRÁCTICA DE LA EXPROPIACIÓN FORZOSA
1. Analiza el caso de expropiación forzosa que recoge el vídeo
El caso de expropiación legislativa que cabe resaltar es el caso RUMASA, el cual mediante un decreto
ley se dispuso la expropiación de un grupo empresarial. Esto supuso que en la sentencia del Tribunal
Constitucional que consideró que era constitucional la expropiación legislativa sin que sea
previamente determinado el justiprecio sino que se podía acudir al pago posterior cuando se cometía
la decisión mediante un decreto ley que por razones de urgente necesidad. Esta figura legal, utilizada
para situaciones de extrema urgencia, permitió al Ejecutivo actuar de forma inmediata sin tener que
pasar por el largo proceso legislativo tradicional.
2. Cuáles son los efectos de la expropiación forzosa
Los efectos de la expropiación forzosa son múltiples y afectan tanto al expropiado como a la
administración. Entre los cuáles se incluye: la pérdida de la propiedad, donde el expropiado pierde la
titularidad del bien o derecho expropiado, que pasa a ser propiedad de la administración que lo
requiere para un fin de interés general. En segundo lugar, la compensación económica (justiprecio)
para expropiado que tiene derecho a recibir una indemnización justa, el justiprecio, que representa el
valor real del bien. En muchos casos, se incluye además un premio de afección como compensación
por las molestias causadas. En tercer lugar, la transmisión de derechos asociados al bien expropiado se
extinguen, salvo aquellos que se establezcan de manera explícita en la ley o que la administración
decida mantener. El expropiado queda liberado de cualquier gravamen o carga que afectara al bien. En
cuarto lugar, la ocupación material ya que resuelta la expropiación y pagado el justiprecio, la
administración toma posesión del bien. En quinto lugar, la indemnización por demora donde la
administración no paga el justiprecio dentro del plazo legal establecido, el expropiado tiene derecho a
recibir intereses de demora, que se generan desde el momento en que debió haberse pagado hasta que
se haga efectivo. Y por último, la extinción de la expropiación si no se utiliza el bien para el fin
previsto donde el expropiado tiene derecho a solicitar la reversión del bien, recuperando la propiedad
o su equivalente económico.
En resumen, la expropiación forzosa implica la pérdida de la propiedad, pero garantiza al expropiado
una compensación económica adecuada y ciertos derechos de protección, como el derecho a recibir
intereses por demora o la posibilidad de reclamar ante los tribunales.
3. ¿Qué es el premio de afección?
El premio de afección es una compensación adicional que se concede en los procesos de expropiación
forzosa para resarcir al propietario por el impacto emocional o personal que supone la pérdida de su
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PRÁCTICA DE LA EXPROPIACIÓN FORZOSA

  1. Analiza el caso de expropiación forzosa que recoge el vídeo El caso de expropiación legislativa que cabe resaltar es el caso RUMASA, el cual mediante un decreto ley se dispuso la expropiación de un grupo empresarial. Esto supuso que en la sentencia del Tribunal Constitucional que consideró que era constitucional la expropiación legislativa sin que sea previamente determinado el justiprecio sino que se podía acudir al pago posterior cuando se cometía la decisión mediante un decreto ley que por razones de urgente necesidad. Esta figura legal, utilizada para situaciones de extrema urgencia, permitió al Ejecutivo actuar de forma inmediata sin tener que pasar por el largo proceso legislativo tradicional.
  2. Cuáles son los efectos de la expropiación forzosa Los efectos de la expropiación forzosa son múltiples y afectan tanto al expropiado como a la administración. Entre los cuáles se incluye: la pérdida de la propiedad, donde el expropiado pierde la titularidad del bien o derecho expropiado, que pasa a ser propiedad de la administración que lo requiere para un fin de interés general. En segundo lugar, la compensación económica (justiprecio) para expropiado que tiene derecho a recibir una indemnización justa, el justiprecio, que representa el valor real del bien. En muchos casos, se incluye además un premio de afección como compensación por las molestias causadas. En tercer lugar, la transmisión de derechos asociados al bien expropiado se extinguen, salvo aquellos que se establezcan de manera explícita en la ley o que la administración decida mantener. El expropiado queda liberado de cualquier gravamen o carga que afectara al bien. En cuarto lugar, la ocupación material ya que resuelta la expropiación y pagado el justiprecio, la administración toma posesión del bien. En quinto lugar, la indemnización por demora donde la administración no paga el justiprecio dentro del plazo legal establecido, el expropiado tiene derecho a recibir intereses de demora, que se generan desde el momento en que debió haberse pagado hasta que se haga efectivo. Y por último, la extinción de la expropiación si no se utiliza el bien para el fin previsto donde el expropiado tiene derecho a solicitar la reversión del bien, recuperando la propiedad o su equivalente económico. En resumen, la expropiación forzosa implica la pérdida de la propiedad, pero garantiza al expropiado una compensación económica adecuada y ciertos derechos de protección, como el derecho a recibir intereses por demora o la posibilidad de reclamar ante los tribunales.
  3. ¿Qué es el premio de afección? El premio de afección es una compensación adicional que se concede en los procesos de expropiación forzosa para resarcir al propietario por el impacto emocional o personal que supone la pérdida de su

bien. Este premio se otorga junto con el justiprecio, que es el valor económico que se fija para indemnizar al propietario por el bien expropiado, y suele representar un 5% del justiprecio. Su finalidad es compensar el desarraigo o la especial vinculación emocional que el propietario pueda tener con el bien, como en casos de expropiación de residencias familiares o propiedades con valor sentimental. Aunque la expropiación responde a razones de interés público, este premio intenta mitigar el perjuicio adicional que no se refleja únicamente en términos económicos.

  1. ¿Cómo se determina el precio justo o justiprecio? El proceso de determinación del justiprecio en una expropiación comienza con una fase transaccional, donde se busca un acuerdo informal entre el particular y la administración. Si se alcanza un consenso, este se formaliza en un documento y se concluye la pieza de determinación del justiprecio. En esta negociación, el particular presenta una hoja de apreciodentro de un plazo de 20 días, que la administración puede aceptar o rechazar. Si la administración la rechaza, las actuaciones se trasladan a un Jurado de Expropiación, un órgano colegiado compuesto por especialistas que representan los intereses públicos y privados. El Jurado, imparcial y especializado, se encarga de fijar el justiprecio. Para establecer el justiprecio, el Jurado sigue ciertos criterios: en primer lugar, toma como referencia el momento en que la administración solicita al particular que proponga un precio. Una vez fijado el precio, el legislador otorga un premio de afección del 5% para compensar las molestias causadas al expropiado. Si el pago no se realiza en un plazo de 6 meses, se generan intereses de demora hasta que se efectúe el pago. Si el justiprecio determinado no satisface al particular, la disputa se lleva ante los tribunales de lo contencioso-administrativo, donde se debe presentar un informe pericial. El tribunal puede solicitar una pericial judicial independiente o aplicar la resolución de otro caso similar, siempre dando audiencia a las partes. El proceso se rige por el principio de vinculación, es decir, la valoración oscilará entre lo decidido por el tribunal y la propuesta del particular, respetando los informes periciales. En el caso de suelos urbanizados, la competencia recae en el Estado, y se usa el valor residual (valor de mercado descontando los costes) si es superior al de la tasación conjunta del suelo y la edificación existente. Este valor puede determinarse mediante el método residual estático (valor presente) o dinámico (valor futuro). Y por último para suelos no urbanizados, se toma en cuenta la renta potencial, es decir, la rentabilidad futura del terreno considerando sus características, o la renta real, eligiéndose siempre el valor más alto. En la determinación del justiprecio también se consideran factores objetivos como la localización.