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Practica IV Derecho, Ejercicios de Derecho

Asignatura: Derecho, Profesor: loqueteuv loqueteuv, Carrera: Economía, Universidad: UC3M

Tipo: Ejercicios

2013/2014

Subido el 14/10/2014

aaroncristobalferrero
aaroncristobalferrero 🇪🇸

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PRÁCTICA EN
GRUPO DE
DERECHO CIVIL
PATRIMONIAL
REALIZADO POR: Santos Álvarez Quintana
Aarón Cristóbal Ferrero
Marta Cuerva Machín
Paloma Caamaño Palomino
Firmado:
III. SESIÓN PRÁCTICA Nº4 (II).
Derecho Civil Patrimonial
Cuaderno de Ejercicios y Materiales
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PRÁCTICA EN

GRUPO DE

DERECHO CIVIL

PATRIMONIAL

REALIZADO POR: Santos Álvarez Quintana Aarón Cristóbal Ferrero Marta Cuerva Machín Paloma Caamaño Palomino

Firmado:

III. SESIÓN PRÁCTICA Nº4 (II).

Cuaderno de Ejercicios y Materiales

Supuesto 1

  1. A su juicio y conforme a los hechos expuestos, interprete cuál es la voluntad contractual de las partes en la adquisición del negocio del bar.

El contrato que nos disponemos a analizar es un contrato compraventa en el que se distinguen dos partes: Por un lado, se encuentra Raúl, dueño del negocio de un bar denominado “Bar Barroja” que, por causas indeterminadas en el supuesto práctico, decide venderlo a cambio de una suma de dinero. Por otra parte, tenemos a Antonio, quién decide comprar el negocio del bar del sujeto anteriormente nombrado. Si nos basamos en la interpretación literal aunque con primacía de la voluntad real de las partes, debemos mencionar que el artículo 1.281 establece que “si los términos de un contrato son claros y no dejan duda sobre la intención de los contratantes, se estará al sentido literal de sus clausulas, salvo que las palabras parezcan contrarias a la intención evidente de los contratantes, en cuyo caso prevalecerá la intención sobre las palabras”. Por lo tanto, como en ninguna parte del contrato aparece que el servicio del establecimiento estaba destinado a un bar musical, la voluntad de ambas partes será por un lado comprar el bar y, por otro, venderlo, bajo las condiciones establecidas en el momento de la compra. Para argumentar esta afirmación, parece necesario subrayar el artículo 1.283 en el cual se enuncia que “cualquiera que fuera la generalidad de los términos de un contrato, no deberán entenderse comprendidos en él cosas distintas y casos diferentes de aquellos sobre los que los interesados se propusieron contratar”. Con ello queremos indicar que no deberíamos suponer que en el contrato de compraventa del negocio se incluía un óptimo sistema de insonorización del local.

  1. ¿Es correcto solicitar la nulidad del contrato como pretende Antonio?

No se puede declarar la nulidad de este contrato ya que no existe ninguna infracción de norma imperativa, se da la existencia de todos los elementos esenciales (Consentimiento, Objetivo y Causa), el objetivo es determinado y lícito, la causa es lícita y, por último, no requiere de ninguna forma ya que se trata de un contrato consensual y no formal.

Cuaderno de Ejercicios y Materiales

  1. ¿Qué acción recomendaría entablar a Catalina? ¿Tiene algún plazo de prescripción dicha acción?

Catalina debería pedir la anulabilidad del contrato ante un tribunal. Así, la anulabilidad es constitutiva, y por ello el contrato será válido hasta que sea declarada dicha anulabilidad. En este sentido, tiene un plazo de prescripción de cuatro años, pero si no pide dicha anulabilidad el contrato pasaría a ser eficaz, es decir, válido.

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