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Prácticas oh y servidumbres, Ejercicios de Derecho Civil

Prácticas servidumbre y propiedad horizontal

Tipo: Ejercicios

2020/2021

Subido el 04/06/2021

ana-crespo-4
ana-crespo-4 🇪🇸

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Caso 1: 396 lph
A) común
B) Elemento común de uso privativo.
C) Elemento común de uso privativo. ** la terraza de la azotea asignada a un comunero
—> elemento común de uso privativo. Se considera elemento común por destino.**
estos elementos crean controversia, los de conservación le corresponden a aquel
sujeto que disfrute del bien; sin embargo, existen otros gastos que pueden ser
gastos que corran de cuenta de la comunidad
D) Común
E) Privativo, si fuera la tubería que aporta agua caliente —> común.
F)
G) Común, satisface a todos los vecinos. Cuando los vecinos quieran disfrutar, se unen
H) Común por destino, los vecinos han decidido darle ese carácter. Los elementos
comunes por destino pueden ser desafectados, lo pueden vender y prescindir de él.
Los comunes por naturaleza, no pueden ser desafectados, por ejemplo, la fachada
no la puede vender.
Caso 2:
A) Artículo 17.4 CC (si no es necesario el arreglo): mayoría de . También se podría
aplicar el 10.1 CC (si es necesario el arreglo): mayoría simple, mayoría de cuotas
(más votos a favor que en contra).
B) Mayoría de de cuotas. Artículo 17.3 CC
C) Artículo 17.7 apartado 20 CC: mayoría simple.
D) -
E) Unanimidad: 17.6 un cambio sustancial del elemento.
F) Artículo 10.1.b, se determina la obligación de abonar en caso de que …. Artículo
17.2, si nos cuesta mas que lo que se estipula en el 10.1.b mayoría simple.
G) Unanimidad: cambio sustancial del elemento.
H) Elemento común de uso privativo. Quien quiere disfrutar de ello, deberá asumir los
gastos
I) Artículo 17.1. 1º: mayoría simple.
CASO 3: supuesto 1.
A) Artículo 16. Al ser extraordinaria, no se necesitan los seis días previos. Se hace a
instancia de 35 propietarios, 25% de los propietarios, se cumple. Si, está bien
convocada.
B) No. Desde el punto de vista de su contenido, no está bien convocada. Deberían
haber catalizado la lista de morosos y avisarles de que no tienen derecho a voto. Si
alguno de los comuneros quiere impugnar, podrían por la participación del moroso.
C) Artículo 16.2 CC, se necesita 30 minutos entre convocatoria y convocatoria. La junta
está bien constituida. El moroso podrá ir, pero no dude votar; es lo que se tendría
que haber matizado en la junta.
D) Artículo 17.3 CC nos dice que se necesita de cuotas de participación. Tenemos 55
votos a favor ( se cuenta la participación del moroso, el voto va siempre con la
mayoría), nos faltan 25 votos. El resto de los votos son de vecinos que no se han
presentado, si en 30 días no se manifiestan, se suman a la mayoría. 80 votos, de
los votos. Se instala el servicio de seguridad.
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Caso 1: 396 lph A) común B) Elemento común de uso privativo. C) Elemento común de uso privativo. ** la terraza de la azotea asignada a un comunero —> elemento común de uso privativo. Se considera elemento común por destino.** estos elementos crean controversia, los de conservación le corresponden a aquel sujeto que disfrute del bien; sin embargo, existen otros gastos que pueden ser gastos que corran de cuenta de la comunidad D) Común E) Privativo, si fuera la tubería que aporta agua caliente —> común. F) G) Común, satisface a todos los vecinos. Cuando los vecinos quieran disfrutar, se unen H) Común por destino, los vecinos han decidido darle ese carácter. Los elementos comunes por destino pueden ser desafectados, lo pueden vender y prescindir de él. Los comunes por naturaleza, no pueden ser desafectados, por ejemplo, la fachada no la puede vender. Caso 2: A) Artículo 17.4 CC (si no es necesario el arreglo): mayoría de ⅗. También se podría aplicar el 10.1 CC (si es necesario el arreglo): mayoría simple, mayoría de cuotas (más votos a favor que en contra). B) Mayoría de ⅗ de cuotas. Artículo 17.3 CC C) Artículo 17.7 apartado 20 CC: mayoría simple. D) - E) Unanimidad: 17.6 un cambio sustancial del elemento. F) Artículo 10.1.b, se determina la obligación de abonar en caso de que …. Artículo 17.2, si nos cuesta mas que lo que se estipula en el 10.1.b mayoría simple. G) Unanimidad: cambio sustancial del elemento. H) Elemento común de uso privativo. Quien quiere disfrutar de ello, deberá asumir los gastos I) Artículo 17.1. 1º: mayoría simple. CASO 3: supuesto 1. A) Artículo 16. Al ser extraordinaria, no se necesitan los seis días previos. Se hace a instancia de 35 propietarios, 25% de los propietarios, se cumple. Si, está bien convocada. B) No. Desde el punto de vista de su contenido, no está bien convocada. Deberían haber catalizado la lista de morosos y avisarles de que no tienen derecho a voto. Si alguno de los comuneros quiere impugnar, podrían por la participación del moroso. C) Artículo 16.2 CC, se necesita 30 minutos entre convocatoria y convocatoria. La junta está bien constituida. El moroso podrá ir, pero no dude votar; es lo que se tendría que haber matizado en la junta. D) Artículo 17.3 CC nos dice que se necesita ⅗ de cuotas de participación. Tenemos 55 votos a favor ( se cuenta la participación del moroso, el voto va siempre con la mayoría), nos faltan 25 votos. El resto de los votos son de vecinos que no se han presentado, si en 30 días no se manifiestan, se suman a la mayoría. 80 votos, ⅗ de los votos. Se instala el servicio de seguridad.

CASO 4: supuesto 2. Se puede subsanar el pago.

  • comunero deudor, no está de acuerdo con las cuotas ni con el dinero que debe. La ley de ph nos dice que hay que impugnar todas las reclamaciones. Impugnar en los tribunales. Un morosos no tiene porque estar a corriente de los pagos para protestar respecto a la liquidación de pagos.
  • Ascensor elemento común.
  • Acción a ejercitar con un plazo general de 5 años, siempre que no tenga un plazo habitual.