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Las normas y procedimientos tributarios relacionados con el Impuesto a las Ventas (IVA) en Colombia. Se definen conceptos básicos como sujeto activo, sujeto pasivo, hecho generador, sujetos del impuesto y determinación del impuesto. Además, se explica el procedimiento para la declaración y pago del IVA, así como los periodos gravables para efectos de la declaración.
Tipo: Apuntes
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Presentado por: Jhon Afanador Luis Barraza Marleing Collado Raisa Jimenez
IMPUESTO A LAS VENTAS
SUJETO ACTIVO: Es aquel que tiene la facultad de exigir el pago del impuesto y el cumplimiento de las obligaciones inherentes al mismo. SUJETO PASIVO: Son las personas naturales, jurídicas y/o asimiladas que recaudan el impuesto y que por lo tanto asumen obligaciones con la DIAN, a quienes en el caso del IVA se le ha catalogado como responsables. HECHO GENERADOR: Son aquellas situaciones previstas en la ley, que al realizarse generan el impuesto SUJETOS DEL IMPUESTO
IMPUESTO A LAS VENTAS
Ejemplo: Si usted compra una camisa en $100 para luego venderla en $200 pasa lo siguiente: -Compra $100 + $19 de IVA, para un total de $119. -Vende a $200 + $38 de IVA, para un total de $238. Cuando se declara el impuesto, se declara que cobró $38 de IVA pero como usted ya pagó $19, por lo tanto, únicamente le pagará a la Dian la diferencia, equivalente a $19, que resulta de restar $38 - $19 = $19. DETERMINACION DEL IMPUESTO
IMPUESTO A LAS VENTAS
IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
IMPUESTO A LAS VENTAS
Periodo gravable para efectos de la declaración del Iva. Las declaraciones de Iva se realizan según el periodo fiscal o periodo gravable del impuesto a las ventas, que tiene dos periodos: Periodo bimestral - Periodo cuatrimestral. Declaración de IVA Bimestral: El periodo bimestral aplica para los contribuyentes o responsables que sean grades contribuyentes, y para las personas naturales o jurídicas que a 31 de diciembre del IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS
IMPUESTO A LAS VENTAS
Declaración de IVA Cuatrimestral: El periodo cuatrimestral de Iva aplica para las personas naturales o jurídicas responsables del régimen común que, en el año anterior, a 31 de diciembre hubieren tenido ingresos menores a 92.000 Uvt. IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS