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Preguntas cortas consti resueltas
Tipo: Apuntes
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1. Explique algunas fórmulas constitucionales por las que se fueron detrayendo poderes a los monarcas especialmente en el siglo XIX. ¿Por lo general se recogían expresamente en las Constituciones? Monarquía limitada: Monarquías supervivientes a la Revolución Francesa, en ocasiones denominada monarquía constitucional. Basada en el principio monárquico: el Rey es soberano pero autolimita su poder u otorgando una “Constitución” o Carta. Monarquía parlamentaria: Los poderes del Rey son formalmente los que tenía en la monarquía limitada u orleanista pero, en realidad, las decisiones las toma un Gobierno responsable políticamente ante el Parlamento. Aunque nominalmente es titular del poder ejecutivo y comparte el legislativo, es un Jefe del Estado con funciones simbólicas que no puede actuar sin el refrendo del Gobierno.
4. Quiénes pueden refrendar en España. Las personas legitimadas para refrendar los actos del rey en España son, en virtud del art. 64 CE :
lo puede juzgar el TS. Desde 2014, nuestro sistema de distribución de competencias jurisdiccionales prevé, en el artículo 55 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que el rey que hubiere abdicado puede ser juzgado ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Supremo, que conocerá de las acciones civiles y penales que se dirijan contra su persona. A parte de todo ello, D. Juan Carlos de Borbón y Doña Sofía de Grecia continuarán utilizando vitaliciamente y con carácter honorífico los títulos de Rey y Reina.
12. ¿Es inconstitucional la preferencia del varón sobre la mujer en la sucesión a la Corona? Tal y como lo establece el art. 57 CE , la sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura , siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores (descendientes directos) en la misma línea , el grado más próximo al más remoto (los hijos antes que los nietos); en el mismo grado , el varón a la mujer y, en el mismo sexo , la persona de más edad a la de menos. Por tanto, sería inconstitucional la preferencia del varón sobre la mujer si el varón perteneciera a una línea posterior a la mujer, o si, en la misma línea, fuera de grado más lejano al más remoto. 13. Describe los poderes o funciones básicas del Rey. a) Funciones en relación con las Cortes Generales. Art. 62 CE.
Respecto al régimen de voto de los extranjeros, en virtud del art. 175 LO Régimen Electoral General , gozan del derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones MUNICIPALES los residentes extranjeros en España cuyos respectivos países permitan el voto a los españoles en dichas elecciones, en los términos de un tratado. Asimismo, gozan del derecho de sufragio activo en las elecciones municipales todas las personas residentes en España que, sin haber adquirido la nacionalidad española: a) Tengan la condición de ciudadanos de la Unión Europea. b) Reúnan los requisitos para ser elector exigidos para los españoles y hayan manifestado su voluntad de ejercer el derecho de sufragio activo en España. Para el resto de extranjeros dependerá de si España tiene un tratado de reciprocidad que así lo indique
20. Cuál es la situación de los residentes en el extranjero para el voto. Hasta el 2022 los residentes en el extranjero (excepto en elecciones locales) debían realizar una inscripción en el censo de electores residentes-ausentes y solicitar voto en la Delegación provincial “voto rogado”. Actualmente se ha suprimido el voto rogado y los residentes en el extranjero permanentes deben cumplimentar una solicitud y aportar su acreditación; votando por correo o en persona en la embajada. En cuanto a los españoles que se encuentren en el extranjero, estos no podrán participar en las elecciones locales. En el resto, podrán inscribirse en el censo de electores residentes-ausentes y solicitar el voto. Los españoles que viven en el extranjero inscritos en el Censo de los Electores Residentes- Ausentes (C.E.R.A.), pueden ejercer su derecho de sufragio en las elecciones siguientes:
25. Señala el efecto “político” de la circunscripción-sistema mayoritario y de elección al Senado. El art. 69.2 del Reglamento del Senado se remite a la LOREG que establece el sistema mayoritario ( art. 166 LOREG ). Se produce un efecto bipartidista donde, en el caso de España, el partido más votado obtiene tres de los cuatro senadores posibles por provincia y el segundo consigue el cuarto, de modo que provoca una representación de la minoría, una minoría normalmente muy allegada a la ideología del partido vencedor (representación de la minoría: siempre obtiene 1 escaño). Es, por tanto, un sistema mayoritario de voto limitado. 26. Señala cuáles son instituciones y órganos de garantía del sistema electoral.
29. Es preciso el juramento o promesa del cargo para acceder al estatuto de parlamentario en Cortes. Supone algún problema con el régimen europeo. Según el OJ jurídico español para la adquisición plena de la condición de parlamentario es necesario presentar la credencial, cumplimentar declaración de incompatibilidades, actividades económicas y bienes patrimoniales y prestar promesa o juramento a la CE. Esto supone un conflicto con la UE que dictaminó en una sentencia (TJUE) en que solo es necesario ser votado y proclamado ningún otro requisito que no se relacione con el ser votado. Según el TC el juramento no vulnera la libertad ideológica ya que no obliga a una adhesión, pero si a acatarla (da igual que sea “por imperativo legal”). 30. Señala algunos lineamientos del TC sobre acatamiento y promesa de parlamentarios. No vulnera la libertad ideológica, no adhesión ni conformidad con contenido. Pero tienen obligación no sólo de abstenerse de atacar la Constitución, sino de acatarla. Da igual que sea “por imperativo legal” (STC 74/1991). 31. Explique la inviolabilidad del parlamentario. Según el art. 71 CE : “Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad para las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones”. Asimismo, en el art. 66.3 CE se señala que “Las Cortes son inviolables”. Por todo ello, la inviolabilidad del parlamentario engloba la inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones. Todo ello supone una irresponsabilidad jurídica, no hay responsabilidad penal , justificada por la libre formación de la voluntad de la Cámara. La inviolabilidad es perpetua e irrenunciable , lo que supone que los parlamentarios no podrán ser juzgados por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones, una vez hayan dejado de ejercerlas. La inviolabilidad es absoluta hacia el exterior, pero limitada en el interior de la Cámara por la potestad disciplinaria del Presidente (permite imponer sanciones disciplinarias a los Parlamentarios). 32. Explique la inmunidad del parlamentario. Según el art. 71 CE: “Durante el período de su mandato, los Diputados y Senadores gozarán asimismo de inmunidad y solo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito, No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva”. La inmunidad se da durante el período de su mandato (TEMPORAL). Es IRRENUNABLE. à Justificación: Evitar procesamientos por razones políticas que alteren la composición de las Cámaras. SÍ que puede exigirse responsabilidad penal , pero se requiere un procedimiento especial para ello:
Regulación: Título III CE, arts. 66-96. Las Cortes Generales son un órgano complejo, formado por 3 órganos à CD, S y CG.
4. Secreta: Cuando lo exija el Reglamento Parlamentario (elección de personas) o así lo soliciten 2 GP o 1/5 diputados (en ningún caso, en los procedimientos legislativos), electrónica o por papeletas. 42. Indica los requisitos para la creación de un grupo parlamentario en el Congreso.
o El Pleno puede delegar la aprobación en la Comisión, salvo ciertas materias (reforma constitucional, cuestiones internacionales, leyes orgánicas y de bases, Presupuestos Generales del Estado).
1. Para qué se remiten las proposiciones de ley al Gobierno desde las Cortes Generales? Las proposiciones de ley se remiten al gobierno por dos motivos fundamentales; en primer lugar, para que exprese su parecer a cerca de la nueva ley y para que controle si esta afecta a los presupuestos generales del Estado. En virtud del art.66 CE será el Gobierno quien controle los presupuestos del Estado de modo que la tramitación de una ley que afecte a esta competencia se convertiría en una intromisión en las actividades que son dependientes del ejecutivo desvirtuándolas; para ello la CE en su art.134.6 establece que toda proposición que suponga aumento de crédito o disminución de los ingresos requerirá del Gobierno para su tramitación. Para poder ejercer este derecho a veto el TC ha declarado que debe existir una incidencia directa e inmediata en el presupuesto por lo que el gobierno deberá motivar de qué forma y en qué medida afecta la nueva proposición de ley en cuestión. 2. Indique los tipos de enmiendas.