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lineamientos para la titulación
Tipo: Apuntes
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Lineamientos para organizar el proceso de titulación fue elaborado por la Subsecretaría de Educación Superior, de la Secretaría de Educación Pública.
D.R. Secretaría de Educación Pública, 2014 Argentina 28, Colonia Centro, D. F. 06020, México,
En este documento se dan a conocer las responsabilidades y funciones de las instancias encargadas de atender el proceso de titulación en la escuela normal. Tiene como finalidad dirigir, acompañar y garantizar la titulación de los estudiantes que cursaron satisfactoriamente las Licenciaturas en Educación Primaria, en Educación Preescolar, en Educación Primaria Intercultural Bilingüe y en Educación Preescolar Intercultural Bilingüe, Plan de estudios
Su aplicación es obligatoria para todos los planteles, públicos y privados que ofrecen estas licenciaturas, conforme a lo dispuesto por la Ley General de Educación y los Acuerdos Secretariales 649, 650, 651 y 652. Corresponde a cada entidad o escuela normal, según lo determine la autoridad educativa estatal, elaborar el Reglamento respectivo, apegado a lo que se establece en este documento.
Los lineamientos para organizar el proceso de titulación se fundamentan en los siguientes documentos normativos: Acuerdos Secretariales 649, 650, 651 y 652; Normas de Control Escolar relativas a la selección, inscripción, reinscripción, acreditación, regularización, certificación y titulación de las licenciaturas para la formación de docentes de educación básica, en la modalidad escolarizada (Plan 2012), y; Orientaciones académicas para la elaboración del trabajo de titulación. Plan de estudios 2012.
base en sus experiencias en la práctica profesional o en las problemáticas que haya detectado en los diferentes cursos del plan de estudios. El futuro docente es acompañado, orientado y apoyado por un profesor-investigador de la escuela normal que fungirá como su asesor. Presentará, además, el examen profesional correspondiente en el que defienda la tesis de investigación.
Las características generales para la elaboración de cada modalidad se expresan en el documento Orientaciones académicas para la elaboración del trabajo de titulación.
En este apartado se establecen las funciones que deben realizar los responsables de atender el proceso de titulación:
Es la persona designada para coordinar las acciones inherentes a la organización y funcionamiento de la vida institucional de un plantel normalista, que ofrece la Licenciatura en Educación Primaria, Licenciatura en Educación Preescolar, Licenciatura en Educación Primaria Intercultural Bilingüe y Licenciatura en Educación Preescolar Intercultural Bilingüe, Plan de estudios 2012.
Corresponde al director del plantel:
a) Difundir entre estudiantes, personal académico y administrativo del plantel, el presente documento y el Reglamento respectivo con la finalidad de informar y operar adecuadamente el proceso de titulación. b) Cumplir y hacer cumplir los presentes lineamientos y el Reglamento respectivo. c) Acordar con el subdirector académico del plantel, o con quien realice funciones análogas, la conformación de la Comisión de Titulación de cada licenciatura. d) Dar a conocer a la autoridad estatal quienes conforman la Comisión de Titulación de cada licenciatura. e) Firmar y expedir los títulos y vigilar su entrega oportuna. f) Atender cualquier acción no prevista referida al proceso de titulación.
Integración de la Comisión de titulación^1
La Comisión de Titulación, es el órgano colegiado responsable de velar por el cumplimiento de las disposiciones académicas referidas al proceso de titulación. Se constituirá al inicio del ciclo escolar y estará conformada de la siguiente manera:
(^1) En el caso de que las escuelas normales tengan otra figura ex profeso, se sugiere que para el Plan de Estudios 2012, estos lineamientos sean atendidos por la Comisión de Titulación.
iii. Dominio metodológico y técnico para analizar la información (especialidad, cursos). iv. Tener experiencia previa en dirección de tesis (para el caso del asesor de tesis de investigación), en elaboración de portafolios y/o de informes de prácticas profesionales. De no cumplir con estos requisitos, deberá capacitarse en la materia y obtener documento probatorio. v. Tener grado académico de maestría. vi. Ostentar plaza de medio tiempo, tres cuartos o tiempo completo (equivalente en horas de contratación). De no contar con estos perfiles en la planta académica, la Comisión podrá recurrir a un asesor externo que cubra los requisitos del 2 al 5, que conozca las orientaciones curriculares del Plan de estudios 2012 y que labore en una Institución de Educación Superior (IES) que tenga convenio de colaboración con la Escuela Normal del estudiante.
c) Asignar el asesor del trabajo de titulación a cada estudiante de acuerdo con la modalidad y tema seleccionado. d) Registrar los proyectos de titulación de los estudiantes, identificando principalmente su modalidad, título y temática. e) Asegurar que los asesores tengan un máximo de cinco asesorados. f) Programar las reuniones que se realizarán en el ciclo escolar con los asesores del trabajo de titulación de los estudiantes, para dar seguimiento a los avances de su elaboración, e identificar y atender las necesidades que se presenten, de acuerdo a las Orientaciones académica para la elaboración del trabajo de titulación. g) Designar a los integrantes del jurado para cada examen profesional, haciéndoles la entrega oportuna de los trabajos de titulación con la finalidad de analizarlo bajo instrumentos de valoración diseñados por la propia Comisión de Titulación (rúbrica, escala, etc.), en función de la modalidad escogida por el estudiante. h) Verificar que los integrantes del jurado cumplan con las funciones asignadas. i) Establecer y calendarizar, de acuerdo con las Normas de Control Escolar (Plan 2012) el periodo de exámenes profesionales. Programar un periodo extraordinario dentro de los seis meses siguientes para los alumnos que se hubiesen rezagado en la sustentación o aprobación de su examen profesional. j) Establecer estrategias para dictaminar los trabajos concluidos y aprobados por el asesor académico, apegándose a lo establecido para la modalidad seleccionada.
Para realizar el examen profesional cada estudiante deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Cubrir en su totalidad los créditos que establece el plan de estudios de la licenciatura. b) Haber cumplido el servicio social reglamentario a través de las actividades realizadas en los espacios curriculares correspondientes a las prácticas profesionales efectuadas durante los últimos tres semestres de la licenciatura, de acuerdo al Plan de estudios
c) Entregar a la Comisión el trabajo de titulación aprobado por su asesor. d) Presentarse el día, hora y lugar señalados por la Comisión de Titulación para sustentar el examen profesional.
Es responsable de llevar a cabo las siguientes funciones en la escuela normal:
a) Vigilar que el sustentante ha cumplido el servicio social y ha acreditado totalmente la carrera conforme al Plan de Estudios 2012. b) Asegurar que el estudiante ha obtenido la aprobación del documento para el trabajo de titulación. c) Integrar los expedientes académicos de los estudiantes para proporcionarlos a la Comisión de Titulación. d) Verificar que sean correctos los datos personales de cada sustentante que se asienten en el acta y demás documentos del examen profesional. e) Elaborar el acta de examen profesional de cada alumno, recabar las firmas y sellos reglamentarios. f) Tramitar la expedición de los títulos y realizar su entrega oportuna a los egresados.
El examen profesional se llevará a cabo en los siguientes momentos:
a) Exposición por parte del sustentante de su trabajo de titulación considerando las características de la opción elegida en la que destaque el interés por la elección del tema; su tratamiento, las situaciones que desde su punto de vista fueron relevantes (porque resultaron difíciles o exitosas) durante el desarrollo de sus competencias profesionales; su incidencia en el aula de educación básica, así como los resultados, conclusiones y recomendaciones que propone. b) Intervención de cada uno de los sinodales respecto a lo expuesto por el sustentante y a la revisión del trabajo presentado, mediante preguntas elaboradas con base en la modalidad de titulación. c) Respuestas del sustentante a las preguntas de los sinodales y reflexión final por parte del presidente del jurado. d) Deliberación sobre el veredicto por parte de los sinodales. e) Emisión del veredicto, firma del acta de examen profesional en el caso de que resulte favorable o, en caso contrario, presentación de las recomendaciones para su reelaboración.
El examen profesional será público. Excepcionalmente podrá ser privado, a solicitud escrita y justificada del sustentante y previa aprobación de la Comisión de Titulación.
2.1 El veredicto del examen profesional
Al finalizar la réplica, el jurado deliberará en privado para emitir su veredicto, el cual será inapelable y se emitirá bajo la siguiente clasificación:
Se otorgará mención honorífica al sustentante si, además de ser aprobado por unanimidad :
Demuestra amplio dominio y movilización de los conocimientos, las habilidades, las actitudes y los valores propios de las competencias genéricas y profesionales de un docente. Demuestra capacidad para argumentar sus reflexiones y para sustentar las respuestas a las preguntas del jurado, y Aprobó regularmente los cursos que integran el plan de estudios y obtuvo un promedio general de aprovechamiento mínimo de 9.5 (nueve enteros y cinco décimas) y su equivalente en el nivel de desempeño.
Se otorgará felicitación al sustentante, si además de ser aprobada por unanimidad :
Demuestra amplio dominio y movilización de los conocimientos, las habilidades, las actitudes y los valores propios de las competencias genéricas y profesionales de un docente. Demuestra capacidad para argumentar sus reflexiones y para sustentar las respuestas a las preguntas del jurado, y Aprobó regularmente los cursos que integran el plan de estudios y obtuvo un promedio general de aprovechamiento mínimo de 9.0 (nueve enteros) y su equivalente en el nivel de desempeño.
El otorgamiento de la mención honorífica o la felicitación se efectuará siempre y cuando exista consenso de los tres miembros del jurado, considerando como elemento de juicio el trabajo de titulación y el desempeño académico del sustentante.