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== GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY MINISTERIO DE EDUCACIÓN 2020”AÑO DEL BICENTENARIO DEL FALLECIMIENTO DEL GENERAL MANUEL JOSÉ JOAQUÍN DEL CORAZÓN DE JESÚS BELGRANO" 14509 5 EXPTE, 1057-444/20.- RESOLUCIÓN N* ¡OJYA -E- AH. SAN SALVADOR DE JUJUY 4 3 HATO 202 VISTO: Las medidas adoptadas en el ámbito del territorio provincial con motivo de la emergencia sanitaria y epidemiológica declarada por la Pandemia COVID-19 (coronavirus) Decreto N* 696-S-2020 y la Resolución N* 11157-E/18, que aprueba el Anuario Escolar de la Provincia de Jujuy para el Término Lectivo 2019-2020; y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto N* 696-S-2020 y siguientes el Poder Ejecutivo de la Provincia dispuso con carácter preventivo la suspensión de actividades escolares en las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades, sean de gestión estatal, privada, social o cooperativa, a partir del 16 de Marzo del corriente año, a fin de evitar la propagación del virus Covid-19 en el territorio de la provincia; Que, por Decreto N” 297/2020 y sus sucesivas prórrogas el Presidente de la Nación en acuerdo general de Ministros, dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio y la prohibición de circular a toda persona que habite el país o se encuentre en el en forma transitoria; Que, a través de la Resolución N” 2020-108-APN-ME el Ministro de Educación de la Nación en acuerdo con el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN y en coordinación con los organismos competentes de todas las jurisdicciones, dispuso la suspensión del dictado de clases presenciales en los niveles de educación inicial, primario, secundario en todas sus modalidades, e Institutos de Educación Superior; Que, mediante Resolución N” 1082-E/20 y Resolución N* 1114-E/20 se dispuso el cierre de los edificios escolares en el ámbito del territorio provincial y la continuidad del ciclo lectivo con acciones que se llevaran adelante sin asistencia a la escuelas de estudiantes ni personal docentes frente a alumnos ; Que, las mesas de exámenes previstas en Resolución N” 14000 - E-19 que aprueba el Anuario Escolar de la Provincia de Jujuy para el período 2020, Resolución 320- DES/14, Resolución N” 1675-DES/15 y Resolución N” 811-E/20 que establecen fechas para Exámenes extraordinarios y ordinarios para los meses de Marzo y Mayo, no pudieron desarrollarse habiendo sido suspendidas por Resolución N* 1067-E-20 en el contexto de emergencia sanitaria y epidemiológica; Que, a los efectos de brindar la oportunidad a los estudiantes que adeuden unidades/espacios curriculares de carreras de Formación Docente y Técnica Superior de continuar sus trayectoria académica y/o concluir sus estudios, se prevé el desarrollo de exámenes virtuales teniendo en cuenta la necesidad de generar estrategias que permitan distanciarse físicamente respetando el aislamiento social preventivo y obligatorio decretado por el poder ejecutivo nacional y provincial; Que, por la situación epidemiológica y mientras dure el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, es necesario adoptar una medida de excepción a las disposiciones establecidas en los capítulos V y VI de la Resolución N? 6815-E/11 en lo que respecta al régimen de cursado y acreditación y exámenes finales, para que los Institutos de Educación Superior puedan desarrollar las mesas de exámenes finales mediante la utilización de entornos virtuales;