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Asignatura: derecho procesal 2, Profesor: Carmen Colecha sendra, Carrera: Dret, Universidad: UV
Tipo: Apuntes
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En los recursos extraordinarios se limita las facultades de impugnación de las partes y se acota el ámbito de conocimiento del órgano jurisdiccional que ha de resolverlo. (no son una segunda instancia)
Para que proceda el recurso y se admita debe existir alguno de los motivos legalmente establecidos, tasados y restrictivos
Suelen centrarse en las cuestiones jurídicas y no en los hechos probados.(se mantienen los de la sentencia recurrida)
Se trata de recursos contra las sentencias dictadas en los recursos deSe trata de recursos contra las sentencias dictadas en los recursos de apelación: recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación.
Se regula en los artículos 468 a 476 LEC. (D.F. 16ª LEC) Tiene carácter DEVOLUTIVO Y EXTRAORDINARIO SS e i tinterpone ffrente t a resolucionesl i di t ddictadas por llas A diAudiencias i Provinciales en los recursos de apelación. Tiene como finalidad revisar la aplicación e interpretación de la norma procesal. La competencia para resolverlos es la Sala Civil del Tribunal Supremo. La infracción procesal debe haber sido denunciada en la instancia donde tuvo lugar y reiterada en la posterior.
Si se estima el recurso, la Sala del T.S. casará la resolución recurrida en todo o parte (revocará), entrando a decidir sobre la cuestión litigiosa fijando el criterio jurisprudencial.
Se divide en dos fases: A) Ante el órgano A QUO: - -InterposiciónInterposición deldel recursorecurso anteante lala AudienciaAudiencia ProvincialProvincial - Plazo: 20 días desde la notificación de la sentencia. Se necesita abogado y procurador - Contenido: referencia a la procedencia del recurso con referencia y aportación, en su caso, de la resolución de contraste. Exposición de las razones en que se fundamente el recurso de forma ordenada y separada con cita de las normas infringidas. (primero las procesales y después las materiales). Suplico y peticiones adicionales en su caso. Presentado el escrito se controlará su admisibilidad , Si se admite se remitirán los autos al T.S. con emplazamiento de las partes por término de 30 días.
A) Ante el Tribunal AD QUEM: -Si el recurrente no se persona se considerará desierto el recurso - A pesar del control por el tribunal a quo, el T.S. decidirá sobre su admisión. -Si considera que hay razones para su inadmisión dará audiencia a las partes para que se pronuncien *
-Si el recurso se inadmite, quedará firme la resolución impugnada, -Si el recurso de admite, continuará la tramitación.
-Se dará traslado del recurso a las demás partes para que en el plazo de 20 días contesten (con abogado y procurador) -Transcurrido el plazo, se hayan presentado o no alegaciones, se señalará para votación y fallo (excepcionalmente se celebrará vista) La Sala dictará sentencia irrecurrible. -Si se desestima el recurso se impondrán las costas al recurrente y declarará no haber lugar al recurso. -Si se estima el recurso el tribunal casará la sentencia recurrida resolviendo sobre el fondo del asunto o declarando la nulidad y reposición de actuaciones, según los casos.según los casos.
Su finalidad es conseguir la unidad de doctrina jurisprudencial ante las posible diversidad de interpretación por parte de los distintos Tribunales Superiores de Justicia del territorio nacional al resolver sobre los recursos extraordinarios por infracción procesalrecursos extraordinarios por infracción procesal. No obstante, en la actualidad como la competencia para resolver los recursos extraordinarios por infracción procesal la tiene el T.S. (D.A. 16ª LEC) no cabe esta posible diversidad interpretativa A) CONCEPTO, CARACTERÍSTICAS Y ÓRGANO COMPETENTE No se trata de un verdadero recurso. Se interpone frente a sentencias que ya son firmes y la legitimación no corresponde a la parte gravadaque ya son firmes y la legitimación no corresponde a la parte gravada por la resolución. La competencia corresponde al Tribunal Supremo, Sala de lo Civil.