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Derecho Romano: Conceptos Básicos sobre la Persona, Ciudadanía y Esclavitud, Apuntes de Derecho Romano

Este documento pertenece a un trabajo de la materia de derecho romano, realizado por la alumna elvira lauragarza tavico durante el tercermestre sep-dic 2019. Se trata de una actividad semanal sobre la redacción de parrafos de conceptos, donde se abordan los temas clave de la persona, la ciudadanía y la esclavitud en el derecho romano. Se explica cómo el derecho nace de las creencias y las costumbres, y cómo se distingue entre personas libres y esclavos, ciudadanos y no ciudadanos, y personas aliení juris y sui juris. Se detalla la importancia de la capacidad jurídica y la diferencia entre personas en la familia y en la sociedad romana. Además, se explora la adquisición y pérdida de la ciudadanía, así como la concepción del derecho de ciudadanía a lo largo de la historia del imperio romano.

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 23/10/2019

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Materia: DERECHO ROMANO
Alumna: ELVIRA LAURAGARZA TAVICO
Grupo 1. DERECHO MIXTO
Tetramestre: SEP-DIC 2019
Maestro: LIC. CRISTIAN DE JSEUS MARTINEZ MARTINEZ
Trabajo: ACTIVIDAD 2 SEMANA 4
*REDACCION DE PARRAFO DE CONCEPTOS.
Montemorelos Nuevo León a 30 Septiembre 2019
EL DERECHO
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¡Descarga Derecho Romano: Conceptos Básicos sobre la Persona, Ciudadanía y Esclavitud y más Apuntes en PDF de Derecho Romano solo en Docsity!

Materia: DERECHO ROMANO

Alumna: ELVIRA LAURAGARZA TAVICO

Grupo 1. DERECHO MIXTO

Tetramestre: SEP-DIC 2019

Maestro: LIC. CRISTIAN DE JSEUS MARTINEZ MARTINEZ

Trabajo: ACTIVIDAD 2 SEMANA 4

*REDACCION DE PARRAFO DE CONCEPTOS.

Montemorelos Nuevo León a 30 Septiembre 2019

EL DERECHO

Nace: 1ro. - Por el uso y conforma el derecho consuetudinario que es obra de las

creencias, de la vida de un pueblo, de las costumbres. Nace de la convicción y

obliga porque brota de la conciencia del mismo pueblo, o

2do .- Por la creación de la norma legislativa. Es la obra consciente y voluntaria

del Estado. Se presenta por medio de la sanción de la autoridad y de la

correspondiente publicación. Se conoce como Derecho Legislativo.

PERSONA

Persona (derecho), desde el punto de vista jurídico, en sentido estricto es el ser

humano, en cuanto se considera la dignidad jurídica que como tal merece. La

palabra persona designaba, en el sentido propio, la máscara de la cual se

servían en escena los actores romanos dando amplitud a su voz (personare).

De ahí que se la empleara en el sentido figurado para expresar el papel que un

individuo pueda estar llamado a representar en sociedad; por ejemplo, la

persona del jefe de familia, la persona del tutor. Consustancial con la persona es

la capacidad jurídica, entendida como aptitud para ser titular de derechos y

obligaciones.

Los jurisconsultos distinguen dos divisiones de las personas:

1ra .- Es la más extensa, distingue los esclavos y las personas libres. Aparte de

algunas diferencias en detalle, los esclavos tienen en derecho, sobre poco más

o menos, la misma condición. Las personas libres, por el contrario, se

subdividen, por una parte, en ciudadanos y no ciudadanos, y por otra, en

ingenuos y libertos.

2da. - Se aplica a las personas consideradas en la familia. Las unas son alieni

Juris, o sometidas a la potestad de un jefe; las otras, sui Juris, no dependen más

que de sí mismas. Siguiendo estas divisiones, vamos a estudiar las personas y

los diferentes papeles que pueden desempeñar en la sociedad y en la familia

romana.

CIUDADANIA

Los Ciudadanos: Es el ciudadano romano a quien no afecta incapacidad particular alguna, goza de todas las prerrogativas que constituyen el Jus civitatis; es decir, participa de todas las instituciones del derecho civil romano, público y privado.

A).- Por las causas de reducción a la esclavitud, la pérdida de la libertad lleva consigo la pérdida de la ciudadanía.

B).- Por efecto de ciertas condenas como la interdicción del agua y del fuego, y la deportación, que la reemplazó bajo Tiberio. Y

C).- Y en fin, dicatione, cuando abandonaba por su voluntad la patria para hacerse ciudadano de una ciudad extranjera.

Concepción del derecho de ciudadanía:

Los emperadores prodigaron el derecho de ciudadanía. Claudio y Marco Aurelio hicieron amplias concesiones. Antonio Caracalla, tomó una medida más radical. Por un edicto del año 212 de nuestra era, concedió la calidad de ciudadanos romanos a todos los habitantes del Imperio.

Fué un interés fiscal lo que a ello lo determinó. Había elevado del décimo al vigésimo el impuesto que gravaba las manumisiones y las sucesiones de los ciudadanos: la extensión del derecho de ciudadanía fué destinada a hacer más productivo aquel impuesto.

La concepción del derecho de ciudadanía subsistió para todos los súbditos del Imperio. Desde entonces no hubo más peregrino que los condenados a penas que importaran la pérdida del derecho de ciudadanía, los libertos dedicticios y los bárbaros que servían en los ejércitos romanos: ya no hubo más latinos que los libertos latino-junianos.

ESCLAVITUD

Esclavitud, estado social definido por la ley y las costumbres como la forma

involuntaria de servidumbre humana más absoluta. Un esclavo se caracteriza

porque su trabajo o sus servicios se obtienen por la fuerza y su persona física es

considerada como propiedad de su dueño, que dispone de él a su voluntad.

La Esclavitud es la condición de las personas que están bajo la propiedad de un

amo. Se puede nacer esclavo, o llegar a serlo por algunas causas posterior al

nacimiento. Los hijos de una mujer esclava nacen esclavos. Una mujer esclava

no puede contraer matrimonio legítimo, y es una ley natural que los hijos nacidos

fuera del matrimonio siguen la condición de la madre.

En principio toman la condición que tiene la madre en el momento en que

adquieren una existencia distinta, es decir, cuando se produce el nacimiento.

Pero, pronto se admite, en bien de la libertad que si la madre concibe libre y

alumbra esclava, el hijo nace libre. Se concluye por decidir que es suficiente para

que el hijo nazca libre que la madre lo haya sido en cualquier momento del

período de gestación.

Se deviene esclavo según el derecho de gentes, por la cautividad; o según el

derecho civil, impone la esclavitud como una pena, por un delito cometido. En

vigor en todos los pueblos antiguos, fue en ellos considerada esta institución

como derecho de gentes.

Era un elemento esencial de las sociedades antiguas, y se ve con sorpresa que

los más grandes filósofos aceptasen este principio como necesario y natural.

Desde los tiempos más remotos, el esclavo se definía legalmente como una

mercancía que el dueño podía vender, comprar, regalar o cambiar por una

deuda, sin que el esclavo pudiera ejercer ningún derecho u objeción personal o

legal.

La mayoría de las veces existen diferencias étnicas entre el tratante de esclavos

y el esclavo, ya que la esclavitud suele estar basada en un fuerte prejuicio racial,

según el cual la etnia a la que pertenece el tratante es considerada superior a la

de los esclavos. La práctica de la esclavitud data de épocas prehistóricas,

aunque su institucionalización probablemente se produjo cuando los avances

agrícolas hicieron posible sociedades más organizadas que requerían de

esclavos para determinadas funciones.

Para obtenerlos se conquistaban otros pueblos; sin embargo, algunos individuos

se vendían a sí mismos o vendían a miembros de su familia para pagar deudas

pendientes; la esclavitud era también el castigo para aquellas personas que

cometían algún delito.