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Reformas Estructurales , Apuntes de Historia

Resumen sobre algunas de las reformas estructurales del subsuelo de la República Méxicana

Tipo: Apuntes

2017/2018

Subido el 02/02/2018

fernanda-rogel
fernanda-rogel 🇲🇽

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Reforma Estructural
REFORMA ENERGÉTICA
La Reforma Constitucional en Materia de Energía aprobada por el Congreso
Constituyente Permanente y promulgada por el Presidente de la República
permitirá dar un paso decidido rumbo a la modernización del sector energético de
nuestro país, sin privatizar a las empresas públicas dedicadas a los hidrocarburos y
a la electricidad1 . Al hacerlo, se propone mantener la rectoría del Estado y ratificar
que la propiedad de los hidrocarburos que se encuentran en el subsuelo seguirá
siendo de la Nación.
La Reforma Energética busca los siguientes objetivos fundamentales: > Mantener
la propiedad de la Nación sobre los hidrocarburos que se encuentran en el subsuelo.
> Modernizar y fortalecer, sin privatizar, a Pemex y a la Comisión Federal de
Electricidad como empresas productivas del Estado 100% mexicanas.
Como resultado de un debate incluyente y abierto, la Reforma Constitucional en
Materia de Energía establece en el Artículo 28, que la exploración y extracción de
petróleo y gas son actividades estratégicas para el país. En este mismo sentido, se
reafirma en el Artículo 27 que, tratándose de petróleo e hidrocarburos sólidos,
líquidos o gaseosos que se encuentren en el subsuelo, la propiedad de la Nación es
inalienable e imprescriptible. Consecuentemente, la reforma mantiene la
prohibición de otorgar concesiones para la explotación de los hidrocarburos de la
Nación.
http://cdn.reformaenergetica.gob.mx/explicacion.pdf
EXPROPIACIÓN PETROLERA
La noche del viernes 18 de marzo de 1938, el general Lázaro
Cárdenas comunicó ante los medios de comunicación la expropiación
petrolera, que consistía básicamente en la apropiación legal del petróleo
que explotaban 17 compañías extranjeras para convertirse en
propiedad de los mexicanos.
75 años después, el tema resurge por la iniciativa de reforma
energética del gobierno federal que pretendería permitir la asociación
de la paraestatal con empresas extranjeras –o nacionales-, e incluso el
regreso de los denominados “contratos de riesgo”.
En aquel histórico decreto del general Cárdenas, se quitó la explotación
del petróleo a compañías como Mexican Petroleum Company of
California, Compañía Mexicana de Petróleo “El Águila” y la Compañía
Exploradora de Petróleo la Imperial SA.
La Expropiación Petrolera marcó la historia de México e inició una
nueva forma de administrar y suministrar el petróleo mexicano.
Sin embargo, después la iniciativa privada ganaría una batalla al ganar
contratos del gobierno.
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Reforma Estructural

  • REFORMA ENERGÉTICA
    • (^) La Reforma Constitucional en Materia de Energía aprobada por el Congreso Constituyente Permanente y promulgada por el Presidente de la República permitirá dar un paso decidido rumbo a la modernización del sector energético de nuestro país, sin privatizar a las empresas públicas dedicadas a los hidrocarburos y a la electricidad1. Al hacerlo, se propone mantener la rectoría del Estado y ratificar que la propiedad de los hidrocarburos que se encuentran en el subsuelo seguirá siendo de la Nación.
    • La Reforma Energética busca los siguientes objetivos fundamentales: > Mantener la propiedad de la Nación sobre los hidrocarburos que se encuentran en el subsuelo.

      Modernizar y fortalecer, sin privatizar, a Pemex y a la Comisión Federal de Electricidad como empresas productivas del Estado 100% mexicanas. - Como resultado de un debate incluyente y abierto, la Reforma Constitucional en Materia de Energía establece en el Artículo 28, que la exploración y extracción de petróleo y gas son actividades estratégicas para el país. En este mismo sentido, se reafirma en el Artículo 27 que, tratándose de petróleo e hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos que se encuentren en el subsuelo, la propiedad de la Nación es inalienable e imprescriptible. Consecuentemente, la reforma mantiene la prohibición de otorgar concesiones para la explotación de los hidrocarburos de la Nación.

http://cdn.reformaenergetica.gob.mx/explicacion.pdf

  • EXPROPIACIÓN PETROLERA
    • La noche del viernes 18 de marzo de 1938, el general Lázaro Cárdenas comunicó ante los medios de comunicación la expropiación petrolera, que consistía básicamente en la apropiación legal del petróleo que explotaban 17 compañías extranjeras para convertirse en propiedad de los mexicanos.
    • 75 años después, el tema resurge por la iniciativa de reforma energética del gobierno federal que pretendería permitir la asociación de la paraestatal con empresas extranjeras –o nacionales-, e incluso el regreso de los denominados “contratos de riesgo”.
    • En aquel histórico decreto del general Cárdenas, se quitó la explotación del petróleo a compañías como Mexican Petroleum Company of California, Compañía Mexicana de Petróleo “El Águila” y la Compañía Exploradora de Petróleo la Imperial SA.
    • La Expropiación Petrolera marcó la historia de México e inició una nueva forma de administrar y suministrar el petróleo mexicano.
    • Sin embargo, después la iniciativa privada ganaría una batalla al ganar contratos del gobierno.
  • En la ley reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, promulgada por Lázaro Cárdenas en 1940, se establece que “podrá (n) celebrarse contratos con los particulares, a fin de que estos lleven a cabo por cuenta del gobierno federal, los trabajos de exploración y explotación, ya sea mediante compensaciones en efectivo o equivalentes a un porcentaje de los productos que obtengan”.
  • Los denominados contratos de riesgo quedaron prohibidos en 1960 y se agregó en la ley reglamentaria la prohibición expresa de los pagos con un porcentaje de la producción.
  • Ante este panorama, el presidente Enrique Peña Nieto argumentaría que en lo que correspondió al ex presidente Lázaro Cardenas del Río, nunca se opuso a la idea de unir fuerzas con el sector privado para extraer hidrocarburos. https://aristeguinoticias.com/0708/mexico/el-decreto-de-expropiacion-petrolera-del- general-cardenas/
  • ART 27
  • La Reforma Agraria de la posrevolución en el siglo XX, permitió que muchos pueblos recuperaran sus territorios, o se les dotara con nuevas tierras. En un principio el artículo 27 no mencionaba en forma expresa a los indios ni sus territorios (ningún artículo de la Constitución de 1917 lo hacía). El artículo 27 vigente establece ahora en su fracción VII que "La ley protegerá la integridad de las tierras de los grupos indígenas" ; sin embargo, el artículo 11 de la Ley Agraria faculta a los ejidatarios para concluir el régimen colectivo (Diario Oficial de la Federación de 26 de febrero de 1992). Resulta contradictoria la declaración de proteger la integridad territorial de los pueblos indígenas (en su totalidad bajo el régimen ejidal) y la concesión facultativa de concluir (entiéndase desintegrar) los ejidos. En los Compromisos por la Paz, el EZLN demanda el respeto al espíritu del artículo 27 : " la tierra es para los indígenas y campesinos que la trabajan".^9
  • El debate sobre la situación de la tenencia de la tierra en México, es un capítulo en el que la sociedad en su totalidad deberá manifestarse. En el proceso de discusión, por una parte, tendrá que asegurarse el reconocimiento y apoyo a territorios indígenas, en ejercicio de su derecho histórico a todo el territorio nacional por ser naciones originarias. Por otra parte, tendrá que revisarse la situación de la pequeña propiedad para detectar las que se encuentren fuera de la ley y brindar seguridad a la legitima. Aunque si las necesidades indígenas lo justifican, ante la falta de tierras qué distribuir, tendrán que revisarse los límites establecidos para la pequeña propiedad por entidad federativa. Con buena fe y responsabilidad histórica de todos se podrán ir sentando las bases de un proceso que asegure la convivencia con dignidad y tranquilidad. http://www.diputados.gob.mx/bibliot/docleg/cuapo/mj-64-00/antece.htm