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REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO, Monografías, Ensayos de Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente

PARA EL ÁREA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Tipo: Monografías, Ensayos

2019/2020

Subido el 16/02/2020

jennyfer-bravo-mejia
jennyfer-bravo-mejia 🇵🇪

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CONSORCIO RIO GRANDE
DIRECCION: MANZANA F1 LOTE 12 URB. SANTA MARIA – SAN JUAN DE LURIGANCHO - LIMA
TELEFONO: 979446951
EMPRESA EJECUTOR
CONSORCIO
RIO GRANDE
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA ACONDICIONAMIENTO DE
LOS AMBIENTES DEL LOCAL F03L01(LA MERCED) DE ACUERDO A
LOS INDICADORES CON FINES DE LICENCIAMIENTO
INSTITUCIONAL DE LA UNDAC”
REGLAMENTO INTERNO DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
Primera Versión
Primera Revisión
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DIRECCION: MANZANA F1 LOTE 12 URB. SANTA MARIA – SAN JUAN DE LURIGANCHO - LIMA CORREO: [email protected]

EMPRESA EJECUTOR

CONSORCIO

RIO GRANDE

“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA ACONDICIONAMIENTO DE

LOS AMBIENTES DEL LOCAL F03L01(LA MERCED) DE ACUERDO A

LOS INDICADORES CON FINES DE LICENCIAMIENTO

INSTITUCIONAL DE LA UNDAC”

REGLAMENTO INTERNO DE

SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

Primera Versión Primera Revisión 1 / 19

DIRECCION: MANZANA F1 LOTE 12 URB. SANTA MARIA – SAN JUAN DE LURIGANCHO - LIMA CORREO: [email protected] AREA DE SEGURIDAD SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE MAYO – 2019 REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Versión 01 ELABORADO POR: SSOMA REVISADO POR: RESIDENTE APROBADO POR: GERENTE GENERAL Fecha 16/05/ Revisión 01 2 / 19

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PRESENTACION

El presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, ha sido elaborado por un equipo técnico de la Oficina Responsable de Seguridad, Salud en el Trabajo y Medio Ambiente de la Obra “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA ACONDICIONAMIENTO DE LOS AMBIENTES DEL LOCAL F03L01(LA MERCED) DE ACUERDO A LOS INDICADORES CON FINES DE LICENCIAMIENTO INSTITUCIONAL DE LA UNDAC” En nuestra organización la seguridad, la salud y el medio ambiente es una pieza fundamental dentro del Sistema de Gestión de Seguridad que el Proyecto “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA ACONDICIONAMIENTO DE LOS AMBIENTES DEL LOCAL F03L01(LA MERCED) DE ACUERDO A LOS INDICADORES CON FINES DE LICENCIAMIENTO INSTITUCIONAL DE LA UNDAC” viene implementando, y como tal está inserta en toda actividad que se realice. Cada trabajador es un líder de la seguridad y por lo tanto todos, empezando por el Representante legal del Proyecto somos responsables por la prevención y control de los riesgos. Todo integrante del Proyecto “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA ACONDICIONAMIENTO DE LOS AMBIENTES DEL LOCAL F03L01(LA MERCED) DE ACUERDO A LOS INDICADORES CON FINES DE LICENCIAMIENTO INSTITUCIONAL DE LA UNDAC” es evaluado de acuerdo al desempeño y aporte que brinda hacia la Seguridad, Salud en el trabajo y Medio Ambiente en cada una de nuestras actividades. Es compromiso del Proyecto “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA ACONDICIONAMIENTO DE LOS AMBIENTES DEL LOCAL F03L01(LA MERCED) DE ACUERDO A LOS INDICADORES CON FINES DE LICENCIAMIENTO INSTITUCIONAL DE LA UNDAC” el acondicionar un lugar seguro y saludable y es responsabilidad de cada uno de sus miembros el mantenerlo así. Creemos firmemente en llegar a tener “CERO ACCIDENTES” para lo cual estamos comprometidos todos a través de la comunicación, participación, la pro actividad y la perseverancia para conseguir nuestra meta. INTRODUCCIÓN El objetivo del presente Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, es informar las reglas de conducta y procedimiento establecidas para proteger el bienestar físico y mental de nuestros trabajadores, de acuerdo con la política adoptada por la empresa. El conocimiento de este Reglamento nos familiarizará con la regla de seguridad y salud en el trabajo; vigentes en las diferentes áreas de trabajo, por lo tanto, deben ser cumplidas fielmente. Las aplicaciones de los artículos que a continuación se describen, le servirán como soporte adicional, en su labor como medio para evitar incidentes y/o accidentes, por lo que todos los trabajadores al servicio de la empresa deben cumplir en forma estricta estas Normas que se desarrollan a través de artículos, llevándolo a Ud. y a sus compañeros a trabajar seguros. 4 / 19

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LEA DETENIDAMENTE EL PRESENTE REGLAMENTO

- Asegúrese de comprender perfectamente su contenido, si hay alguna duda pregunte al personal de seguridad. - Pregunte todo lo que necesite: Su pregunta puede evitar un incidente y/o accidente. - Nos importa la Seguridad: Su compromiso sumado a nuestro apoyo permitirá alcanzar estos objetivos para bien de todos y el suyo propio. - Si tiene cualquier duda, al respecto de alguna actividad que realizara, consulte al encargado del área de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente (SSOMA), o en su defecto con el personal Técnico; ellos lo ayudaran para que usted pueda completar su jornada de trabajo preservando su integridad física y regresar a casa en las mismas condiciones en que ingreso a trabajar. I. OBJETIVOS Y ALCANCES Y BASE LEGAL A. OBJETIVOS Articulo N.º 1.- El presente reglamento tiene como objetivos: a) Garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida, la integridad física y bienestar de los trabajadores, mediante la prevención de accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales. b) Promover una cultura de prevención de los riesgos laborales en los trabajadores, contratistas, proveedores y todos aquéllos que presten servicios con el fin de prevenir accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales. c) Establecer los lineamientos de seguridad y salud dentro de la empresa y velar por su cumplimiento, propiciando la mejora continua de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. d) Estimular y fomentar el liderazgo, compromiso, participación y trabajo en equipo de toda la empresa en materia de seguridad y salud en el trabajo. B. ALCANCE Articulo N.º 2.- La aplicación del presente reglamento alcanza a toda persona natural o jurídica, trabajadores, clientes, proveedores y visitantes que realicen actividades dentro y fuera de las instalaciones de las Obras ejecutadas por el CONSORCIO RIO GRANDE. C. BASE LEGAL Articulo N.º 3.- La base legal que sustenta el presente reglamento es la siguiente: a) Ley 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. b) Reglamento de la Ley N.º 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo D.S. Nº 005- 2012-TR. c) Norma Técnica De Edificación G.050 Seguridad Durante La Construcción. d) Otras normativas vigentes. 5 / 19

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  1. Identificar, evaluar y controlar continuamente los riesgos y aspectos ambientales en todas nuestras actividades con el objetivo de garantizar la seguridad, salud de los colaboradores y la prevención de daños del entorno, proponiendo soluciones para que no se repitan las acciones que las hubiese afectado. III. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES EN TEMAS DE SEGURIDAD, SALUD Y MEDIO AMBIENTE A) FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES 1. DEL INGENIERO RESIDENTE Articulo N.º 6.- Tiene las siguientes funciones y atribuciones  Presidir las reuniones mensuales con el supervisor de SST.  Disponer la implementación del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como de establecer los mecanismos de supervisión y control para garantizar su cumplimiento en su totalidad en todas las etapas de ejecución del proyecto.  Ser responsable del cumplimiento del Plan de Seguridad, Salud y Medio Ambiente en el trabajo y del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, él es quién delegará al ingeniero de campo, maestro de obra y capataces, la implementación del mismo.  Dar las facilidades de implementación de herramientas de seguridad en el proyecto.  Reportar e investigar los accidentes e incidentes ocurridos en el proyecto. 2. DEL JEFE DE SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Articulo N.º 7.- Tiene las siguientes funciones y atribuciones:  Conocer los alcances y características de la obra, así como también las obligaciones legales y contractuales de la empresa.  Capacitar al personal.  Ejecutar el Plan de Capacitación y Sensibilización de Personal.  Supervisar que las medidas de seguridad y salud ocupacional se cumplan.  Realizar Inspecciones Internas.  Hacer cumplir el reglamento interno de SST.  Remitir papeletas y memorándum a los que infrinjan las medidas de seguridad y salud en el trabajo.  Sancionar a los trabajadores que incumplan con las medidas de seguridad y salud en el trabajo, previa coordinación con el residente de obra. 3. DEL ADMINISTRADOR / RR. HH Articulo N.º 8.- Tiene las siguientes funciones y atribuciones:  Garantizar el proceso formal de contratación del personal de obra (incluido subcontratistas y proveedores) en estricto cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, en especial en lo referente al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. 7 / 19

DIRECCION: MANZANA F1 LOTE 12 URB. SANTA MARIA – SAN JUAN DE LURIGANCHO - LIMA CORREO: [email protected]  Comunicar de manera oportuna al Jefe de Seguridad y Medio Ambiente el ingreso de personal nuevo, para efectos de que reciban la Capacitación de Inducción y firmen su Compromiso de Cumplimiento, antes del inicio de sus labores en obra.  Garantizar el abastecimiento oportuno de los EPP y sistemas de protección colectiva requeridos para el desarrollo de las actividades de la obra.

4. DEL ALMACENERO Articulo N.º 9.- Tiene las siguientes funciones y atribuciones:  Verificar que las herramientas, materiales y equipos de protección personal, estén en buen estado, antes de entregarlos al trabajador que lo solicite.  Tramitar de forma oportuna los requerimientos de compra de equipos de protección personal y sistemas de protección colectiva, y mantener un stock mínimo que asegure el abastecimiento permanente y reemplazo inmediato en caso de deterioro, durante el transcurso de la obra.  Mantener un registro de los equipos de protección personal entregados al personal de obra en el cual se indiquen: Nombres, Apellidos, DNI del trabajador, EPP entregado y firma en señal de conformidad. Así como también registrar la fecha en el cual se entregan los equipos de protección personal con el fin de estimar el tiempo de vida promedio de cada EPP para llevar un mejor control de los implementos de seguridad requeridos en obra. 5. DEL CAPATAZ / MAESTRO DE OBRA Articulo N.º 10.- Tiene las siguientes funciones y atribuciones:  Verificar que los trabajadores a su cargo hayan recibido la "Inducción para Personal Nuevo" y firmado el "Compromiso de seguridad", requisitos indispensables para iniciar sus labores en obra  Realizar previamente a la ejecución del proyecto la identificación de las zonas críticas para considerarlo en la matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos en conjunto con la línea de mando, para que se implementen las acciones preventivas.  Instruir a su personal respecto a los procedimientos de trabajo de prevención de riesgos y verificar el cumplimiento de los mismos durante el desarrollo de los trabajos.  Solicitar oportunamente al almacén de obra, los equipos de protección personal y sistemas de protección colectiva requeridos para el desarrollo de los trabajos que le han sido asignados.  Velar por el orden, la limpieza y la preservación del ambiente en su área de trabajo.  Reportar de inmediato al ingeniero residente y al Jefe de Seguridad y Medio Ambiente algún incidente o accidente en su frente de trabajo que ocurriese, asimismo brindará información detallada de lo ocurrido durante el proceso de investigación de incidentes/accidentes.  Participar en los programas de capacitación y de inspecciones. 6. DE LOS TRABAJADORES 8 / 19

DIRECCION: MANZANA F1 LOTE 12 URB. SANTA MARIA – SAN JUAN DE LURIGANCHO - LIMA CORREO: [email protected] Articulo N.º 17.- Está estrictamente prohibido efectuar las tareas sin usar los equipos de protección personal que se exigen para cada tipo de trabajo. Articulo N.º 18.- Está estrictamente prohibido llevar drogas, bebidas alcohólicas o similares al lugar de trabajo. Asimismo, no está permitido el ingreso al trabajo de personas bajo influencia de licor, tóxicos, o en mal estado de salud que interfiera con su actividad laboral, se encuentren desveladas o presenten evidentes signos de cansancio.

9. INFRACCIONES Y SANCIONES Articulo N.º 19.- Los Supervisores Obra y responsable del área de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente, tienen autoridad para paralizar los trabajos y retirar al personal que por negligencia incurra en violaciones a las Normas Básicas de Seguridad; estas acciones serán informadas en el acto al Jefe de Obra y a la Administración y se actuará de acuerdo a lo establecido en nuestro Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (RISST). Articulo N.º 20.- Constituye política de la empresa darle la oportunidad a sus colaboradores para que enmienden su conducta laboral en general y en particular su actitud hacia la seguridad, preservación de salud, conservación del medio ambiente y responsabilidad social la cual es una condición de empleo. Articulo N.º 21.- Con el objeto de disuadir a los colaboradores de infringir las normas de conducta preventiva contenidas en el presente reglamento y en las disposiciones laborales vigentes en el país relacionado con la seguridad e higiene ocupacional, se establecen las siguientes medidas disciplinarias: **1. Amonestación verbal

  1. Amonestación escrita
  2. Suspensión de uno a tres días sin goce de haber
  3. Despido.** Las medidas disciplinarias registradas en el presente artículo serán ingresadas al récord personal del trabajador. El orden de enumeración de estas sanciones no significa ni tampoco obliga a la Empresa a una aplicación correlativa o sucesiva de dichas sanciones. Toda sanción ha de adecuarse a la naturaleza y gravedad de la falta y a los antecedentes personales del trabajador. Articulo N.º 22.- Dependiendo de factores como intencionalidad, reiteración, gravedad de las consecuencias para los casos de incumplimiento o violación de las Normas de Seguridad establecidas, se tomarán, a modo referencial, la siguiente tabla de sanciones para el personal. 10 / 19

DIRECCION: MANZANA F1 LOTE 12 URB. SANTA MARIA – SAN JUAN DE LURIGANCHO - LIMA CORREO: [email protected] Cuadro 01. Tabla de sanciones para el personal de obra Conducta o lenguaje agresivo entre compañeros de trabajo y supervisores, así como agresión física. Primera infracción suspensión; Segunda infracción despido. Maltratar equipos de la empresa. Despido Mentir, falsificar. Despido Insubordinación; desacato. Despido Generar accidente por negligencia. Despido Poseer o usar alcohol o drogas en la obra Despido Ser detectado drogado o en estado alcohólico en el periodo de trabajo. Despido Vandalismo; destrucción de propiedad, robo de objetos y/o sabotaje. Despido y denuncia No usar los EPP necesarios Primera infracción amonestación. Segunda infracción suspensión de 1 a 3 días. Tercera infracción despido. No informar oportunamente de la ocurrencia de un accidente, ocultar o distorsionar información sobre algún incidente. Despido No asistir a una charla diaria o capacitación. Primera infracción amonestación. Segunda infracción suspensión de 1 a 3 días. Tercera infracción despido. NOTA: Cualquier otra infracción o falta no contemplada en el listado precedente se evaluará en lo que a potencialidad, severidad, frecuencia y circunstancias se han producido para aplicar la sanción correspondiente; sirviendo como base referencial lo aplicado en el listado desarrollado.

10. REGLAS DEL TRABAJADOR

  • No se puede abandonar las áreas de trabajo sin una autorización de su Jefe inmediato. 11 / 19

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  • Nunca aceptar realizar tareas inseguras.
  • Reportar todo incidente, ocurridos que provocaron o pudieron provocar lesiones, daños materiales o al medio ambiente; comunicar el hecho inmediato maestro de obra/Supervisor.
  • Todo trabajador deberá asistir a las capacitaciones y cursos de seguridad que sean citados por el responsable de Seguridad.
  • Está prohibido jugar, pelear, reñir, corregir o discutir en horas y lugares de trabajo.
  • Solicitar autorización a su Supervisor antes de alterar, cambiar, repara o accionar instalaciones, equipos, mecanismo, sistemas eléctricos o herramientas.
  • No arroje residuos donde no corresponde, mantenga en todo momento la zona de trabajo y área en perfecto estado de orden y limpieza. 13. RESPONSABILIDADES Y SANCIONES De las responsabilidades
  • Las responsabilidades por incumplimiento de las disposiciones establecidas en el Reglamento interno y demás disposiciones complementarias, corresponden a todas las personas naturales y jurídicas, que realizan actividades en forma permanente o eventual en la empresa. Sanciones
  • Los trabajadores de la empresa, en caso de incumplimiento de lo prescrito en el Reglamento interno, serán sancionados por la Empresa, de acuerdo con el reglamento de trabajo y legislación vigente del país. B) SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ELEGIDO POR LOS TRABAJADORES Articulo N.º 23.- El Supervisor Seguridad y Salud en el Trabajo es la persona elegida por los trabajadores del CONSORCIO RIO GRANDE (menos de 20) destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones en materia de prevención de riesgos derivados del trabajo. 1. AMBITO TERRITORIAL DE LAS ACTUACIONES DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALD EN EL TRABAJO Articulo N.º 24.- Las actuaciones del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo estarán comprendidas en todas las áreas de trabajo de la obra: “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA ACONDICIONAMIENTO DE LOS AMBIENTES DEL LOCAL F03L01(LA MERCED) DE ACUERDO A LOS INDICADORES CON FINES DE LICENCIAMIENTO INSTITUCIONAL DE LA UNDAC”. 2. COMPOSICIÓN Articulo N.º 25.- El Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo estará integrado por el trabajador elegido mediante las elecciones internas del CONSORCIO RIO GRANDE. 13 / 19

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3. COMPETENCIAS Y FACULTADES

Artículo N.°26.- El Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo tendrá las siguientes competencias y facultades: a) Asegurar que todos los trabajadores conozcan los reglamentos oficiales o internos de seguridad y salud en el trabajo de la empresa. b) Vigilar el cumplimiento del reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo de la empresa. c) Investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y de las enfermedades ocupacionales que ocurran en el centro de trabajo, emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar la recepción de las mismas. d) Hacer recomendaciones para el mejoramiento de las condiciones relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo y verificar que se lleven a efecto las medidas acordadas y evaluar su eficiencia. e) Promover la participación de todos los trabajadores en la prevención de los riesgos del trabajo, mediante la comunicación eficaz, la participación de los trabajadores en la solución de los problemas de seguridad, la inducción, la capacitación, el entrenamiento, concursos, simulacros, etc. f) Asegurar que todos los trabajadores reciban una adecuada formación sobre seguridad y salud en el trabajo g) Colaborar con los servicios médicos y primeros auxilios. h) Aprobar el reglamento interno de seguridad y salud de la empresa.

4. DE LAS ACTUACIONES DEL SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. Artículo 27.- El Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo podrá reunirse una vez al mes con el Residente de Obra, el Supervisor de Obra y el encargado de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente para tratar temas relacionados al área e investigar los accidentes en caso se suscitarán. 5. DE LAS SANCIONES Artículo 28.- Será objeto de sanción a los trabajadores que incurran en las siguientes faltas: a. Asistir al trabajo en estado de ebriedad. b. No usar el uniforme y equipos de protección personal proporcionados. c. No respetar las normas de seguridad y de prevención impuesto por el encargado del área de Seguridad y Medio Ambiente y/o Supervisor de Seguridad y Salud en el trabajo. d. No respetar la señalización. e. Causar desorden y conflictos dentro del área de trabajo. f. Faltar el respeto a sus compañeros y sus superiores. 14 / 19

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2. Operaciones de Excavación Articulo N.º 32.- Para realizarse los trabajos en excavación se considerará lo siguiente:  El ingeniero responsable deberá tratar de obtener toda la información referente a la ubicación de instalaciones subterráneas (cables eléctricos, tuberías de agua. desagüe, combustible, gas, líneas de fibra óptica. etc.) en la zona de trabajo. Así mismo deberá evaluar la clase de material que conforma el terreno con el fin de adoptar el tipo de protección conveniente y solicitar Permiso de Excavación de requerirse.  Se deberá realizar inspeccionar en forma continua las excavaciones, cuando el personal trabaje dentro de ellas para colocar protecciones. La inspección estará orientada a detectar fisuras, grietas, ablandamiento, humedad, vibraciones y otros factores que pueden afectar la estabilidad de los taludes o paredes de la excavación.  El material extraído de las excavaciones deberá depositarse a no menos de 0.60 m. del borde de las mismas. Para excavaciones de profundidad mayor a 1,20 m, la distancia para el material extraído será la mitad de la profundidad de la excavación. Se deberá proveer de protección contra caída de material cuando se efectúe excavación manual. **B) EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS

  1. Orden y Limpieza Articulo N.º 33.-** Para realizarse las tareas de orden y limpieza se considerará lo siguiente:  Todo el personal debe mantener limpia y ordenada en forma permanente su área de trabajo. Deberán disponer todo residuo de obra (retazos de alambre, tubería, trapos, clavos, etc.) en los recipientes destinados para tal fin.  No está permitida la existencia de madera con clavos expuestos en las áreas de trabajo y circulación. Cuando se efectúen operaciones de desencofrado la zona donde se tenga la madera con clavos deberá acordonarse y señalizarse.  El almacenamiento de materiales, equipos y herramientas deberá efectuarse en forma adecuada, de tal manera que no se obstaculicen las vías de circulación o evacuación. 2. Uso de herramientas, equipos y prendas de protección personal Articulo N.º 34.- Para realizarse el uso de las herramientas, equipos y prendas de protección personal se considerará lo siguiente:  El encargado del almacén de obra es el responsable de verificar el buen estado de herramientas, equipos y prendas de protección antes de entregarlos al trabajador.  Antes de utilizar herramientas manuales el trabajador deberá verificar su buen estado. V. PREPARACIÓN Y RESPUESTA A EMERGENCIA 16 / 19

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A) PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

1. PREVENCIÓN DE INCENDIOS

Articulo N.º 35.- Todos los locales deben estar provistos de suficientes equipos para la extinción de incendios que se adapten a los riesgos particulares que estos presentan. Las personas entrenadas en el uso correcto de estos equipos se harán presentes durante todos los periodos normales de trabajo. Articulo N.º 36.- Los equipos y las instalaciones que presenten grandes riesgos de incendios deben ser construidas e instaladas, siempre que sea factible, de manera que sea fácil aislarlos en caso de incendio.

2. PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS 2.1. Condiciones Generales Articulo N.º 37.- El fuego es una oxidación rápida de un material combustible, que produce desprendimiento de luz y calor, pudiendo iniciarse por la interacción de 3 elementos: oxigeno, combustible y calor. La ausencia de uno de los elementos mencionados evitará que se inicie el fuego. Los incendios se clasifican, de acuerdo con el tipo de material combustible que arde, en: INCENDIO CLASE A: Son fuegos que se producen en materiales combustibles sólidos, tales como: madera, papel, cartón, tela, etc. INCENDIO CLASE B: Son fuegos producidos por líquidos inflamables tales como: gasolina, aceite, pintura, solvente, etc. INCENDIO CLASE C: Son fuegos producidos en equipos eléctricos como: motores, interruptores, reóstatos, etc. Articulo N.º 38.- Consideraciones generales importantes: a) La mejor forma de combatir incendios es evitando que estos se produzcan. b) Mantengan su área de trabajo limpio, ordenado y en lo posible libre de materiales combustibles y líquidos inflamables. c) La operación de emplear un extintor dura muy poco tiempo. Por consiguiente, utilícelo bien, acérquese lo más que pueda, dirija el chorro a la base de las llamas, no desperdicie su contenido. 3. SEÑALES DE SEGURIDAD 17 / 19

DIRECCION: MANZANA F1 LOTE 12 URB. SANTA MARIA – SAN JUAN DE LURIGANCHO - LIMA CORREO: [email protected] 4.3. Botiquín de Primeros Auxilios Articulo N.º 46.- CONSORCIO RIO GRANDE abastecerá de manera que haya siempre un stock permanente de medicamentos y materiales en el Botiquín según requerido por las normas sectoriales. 19 / 19 ENTRADA EN VIGOR Y VIGENCIA El presente reglamento será de aplicación a partir del siguiente día hábil después de la fecha de su promulgación y su vigencia se mantendrá mientras no sea modificado o derogado por otro posterior. DISPOSICIONES FINALES El presente reglamento podrá ser modificado por la empresa, cuando las circunstancias lo requieran.