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Resumen Capítulo III Bobbio, Resúmenes de Sociología

en este documento encontrara un resumen breve sobre lo tratado por Bobbio en el capitulo 3

Tipo: Resúmenes

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Capítulo III: Estado, Poder y Conflicto
1) Para el estudio del Estado
Las disciplinas históricas
Para el estudio del Estado las dos fuentes principales son la historia de las instituciones políticas y la historia de
las doctrinas políticas. De esta manera, la historia de las instituciones políticas estudia las instituciones que
conforman (o han conformado) a los diferentes Estados (o sistemas de gobiernos, si se le quiere así llamar),
mientras que la historia de las doctrinas políticas es aquella ciencia que estudia las proposiciones ideales de
Estados (ejemplos como Hobbes, Locke, Rousseau, etc.) Ambas ciencias se complementan, debido a que si se
desea conocer a fondo los mecanismos de las relaciones de poder a lo largo de la historia es imposible
conocerlos a fondo utilizando una sola de estas disciplinas. Podemos decir que la historia de las instituciones se
desarrolló después que la historia de las doctrinas, debido a que es mucho más fácil conocer las doctrinas que
recopilar las fuentes que nos sirven para definir una historia de las instituciones. Además, las doctrinas en cierto
modo reconstruyen (o deforman o idealizan) ciertos ordenamientos políticos.
Las primeras de estas fuentes para el estudio autónomo de las instituciones frente a las doctrinas provienen de
los mismos historiadores. Después del estudio de la historia viene el estudio del conjunto de normas del
derecho público. Sin embargo, hoy la historia de las instituciones no solo se ha separado de la historia de las
doctrinas, sino que ha ampliado su campo de estudio.
Filosofía política y ciencia política.
El campo de estudio del Estado se divide convencionalmente entre las disciplinas de la filosofía política y la
ciencia política. En la filosofía política hay tres clases de investigación:
- Sobre la mejor forma de gobierno o la óptima república. No tiene carácter evaluativo.
- Sobre el fundamento del Estado o del poder político. Lo justifica, no lo explica.
- Sobre la esencia de la categoría de lo político, o de la politicidad, con la disputa por la distinción entre ética y
política. No es verdadera ni falsa
La ciencia política, en cambio, investiga los siguientes tópicos:
- El principio de verificación o de falsificación como criterio de aceptabilidad de sus resultados
- El uso de técnicas de la razón que permitan dar una explicación causal en sentido fuerte y en sentido débil del
fenómeno indagado.
- La abstención de juicios de valor (avaluatividad)
Punto de vista sociológico y jurídico.
Jellinek distingue entre una doctrina sociológica y una doctrina jurídica del Estado, distinción que se volvió
necesaria luego de la tecnificación del derecho público y, en consecuencia, la consideración del Estado como
persona jurídica. La tecnificación del derecho público es consecuencia de la concepción del Estado de derecho,
o sea, un órgano de producción jurídica y en su conjunto como ordenamiento jurídico. Así, se distingue el punto
de vista jurídico, para reservarlo a los juristas, y el punto de vista sociológico, en manos de otros científicos
sociales36. Esta distinción no sería concebida de no ser por el advenimiento de la sociología, que engloba la
teoría del Estado.
Para Jellinek, el punto de vista sociológico tiene por contenido la existencia objetiva, histórica y natural del
Estado, mientras que el punto de vista jurídico trata de las normas jurídicas que deben manifestarse, lo que
representa la contraposición entre el ser y el deber ser. Weber afirma que al hablar de derecho deben
distinguirse ambos puntos de vista, distinción que se traduce en la validez ideal, propia de los juristas, y validez
empírica de las normas, de la que se ocupan los sociólogos. Kelsen critica la teoría dual de Jellinek, que afirma
la reducción radical del Estado a ordenamiento jurídico. Finalmente, con el paso del Estado al Estado Social, el
punto de vista jurídico (formalista) ha sido abandonado y han tomado fuerza los estudios sociológicos que
consideran al Estado una forma compleja de organización social.
Funcionalismo y Marxismo
Dentro de las teorías sociológicas del Estado, están la teoría marxista y la teoría funcionalista. Las diferencias
entre ambas se remiten a la concepción de la ciencia en general como en referencia al método, pero la más
importante es la ubicación del Estado en el sistema social.
La concepción marxista supone en toda sociedad histórica dos momentos (que no están al mismo nivel), que
son la base económica (estructura) y la superestructura. El Estado pertenece al segundo momento. La relación
entre ambos momentos es recíproca, peor la base económica es determinante.
La concepción funcionalista concibe al sistema global dividido en cuatro subsistemas, que en conjunto
conservan el equilibrio social: patter-maintenance, goal-attainment, adaptation, integration. El subsistema
político pertenece al goal attainment; esto implica que la función política realizada por las instituciones que
constituyen el Estado es uno de los cuatro pilares del sistema social. No existen diferencias entre las cuatro
funciones (a diferencia del marxismo), pero igual al subsistema económico se le atribuye cierta preponderancia.
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**Capítulo III: Estado, Poder y Conflicto

  1. Para el estudio del Estado**

Las disciplinas históricas Para el estudio del Estado las dos fuentes principales son la historia de las instituciones políticas y la historia de las doctrinas políticas. De esta manera, la historia de las instituciones políticas estudia las instituciones que conforman (o han conformado) a los diferentes Estados (o sistemas de gobiernos, si se le quiere así llamar), mientras que la historia de las doctrinas políticas es aquella ciencia que estudia las proposiciones ideales de Estados (ejemplos como Hobbes, Locke, Rousseau, etc.) Ambas ciencias se complementan, debido a que si se desea conocer a fondo los mecanismos de las relaciones de poder a lo largo de la historia es imposible conocerlos a fondo utilizando una sola de estas disciplinas. Podemos decir que la historia de las instituciones se desarrolló después que la historia de las doctrinas, debido a que es mucho más fácil conocer las doctrinas que recopilar las fuentes que nos sirven para definir una historia de las instituciones. Además, las doctrinas en cierto modo reconstruyen (o deforman o idealizan) ciertos ordenamientos políticos. Las primeras de estas fuentes para el estudio autónomo de las instituciones frente a las doctrinas provienen de los mismos historiadores. Después del estudio de la historia viene el estudio del conjunto de normas del derecho público. Sin embargo, hoy la historia de las instituciones no solo se ha separado de la historia de las doctrinas, sino que ha ampliado su campo de estudio. Filosofía política y ciencia política. El campo de estudio del Estado se divide convencionalmente entre las disciplinas de la filosofía política y la ciencia política. En la filosofía política hay tres clases de investigación:

  • Sobre la mejor forma de gobierno o la óptima república. No tiene carácter evaluativo.
  • Sobre el fundamento del Estado o del poder político. Lo justifica, no lo explica.
  • Sobre la esencia de la categoría de lo político, o de la politicidad, con la disputa por la distinción entre ética y política. No es verdadera ni falsa La ciencia política, en cambio, investiga los siguientes tópicos:
  • El principio de verificación o de falsificación como criterio de aceptabilidad de sus resultados
  • El uso de técnicas de la razón que permitan dar una explicación causal en sentido fuerte y en sentido débil del fenómeno indagado.
  • La abstención de juicios de valor (avaluatividad)

Punto de vista sociológico y jurídico. Jellinek distingue entre una doctrina sociológica y una doctrina jurídica del Estado, distinción que se volvió necesaria luego de la tecnificación del derecho público y, en consecuencia, la consideración del Estado como persona jurídica. La tecnificación del derecho público es consecuencia de la concepción del Estado de derecho, o sea, un órgano de producción jurídica y en su conjunto como ordenamiento jurídico. Así, se distingue el punto de vista jurídico, para reservarlo a los juristas, y el punto de vista sociológico, en manos de otros científicos sociales36. Esta distinción no sería concebida de no ser por el advenimiento de la sociología, que engloba la teoría del Estado. Para Jellinek, el punto de vista sociológico tiene por contenido la existencia objetiva, histórica y natural del Estado, mientras que el punto de vista jurídico trata de las normas jurídicas que deben manifestarse, lo que representa la contraposición entre el ser y el deber ser. Weber afirma que al hablar de derecho deben distinguirse ambos puntos de vista, distinción que se traduce en la validez ideal, propia de los juristas, y validez empírica de las normas, de la que se ocupan los sociólogos. Kelsen critica la teoría dual de Jellinek, que afirma la reducción radical del Estado a ordenamiento jurídico. Finalmente, con el paso del Estado al Estado Social, el punto de vista jurídico (formalista) ha sido abandonado y han tomado fuerza los estudios sociológicos que consideran al Estado una forma compleja de organización social. Funcionalismo y Marxismo Dentro de las teorías sociológicas del Estado, están la teoría marxista y la teoría funcionalista. Las diferencias entre ambas se remiten a la concepción de la ciencia en general como en referencia al método, pero la más importante es la ubicación del Estado en el sistema social. La concepción marxista supone en toda sociedad histórica dos momentos (que no están al mismo nivel), que son la base económica (estructura) y la superestructura. El Estado pertenece al segundo momento. La relación entre ambos momentos es recíproca, peor la base económica es determinante. La concepción funcionalista concibe al sistema global dividido en cuatro subsistemas, que en conjunto conservan el equilibrio social: patter-maintenance, goal-attainment, adaptation, integration. El subsistema político pertenece al goal attainment ; esto implica que la función política realizada por las instituciones que constituyen el Estado es uno de los cuatro pilares del sistema social. No existen diferencias entre las cuatro funciones (a diferencia del marxismo), pero igual al subsistema económico se le atribuye cierta preponderancia.

El funcionalismo se adhiere a la idea hobbesiana del orden, mientras que el marxismo está dominado por la idea del paso de un orden a otro mediante la explosión de contradicciones internas del sistema. Por otra parte, los cambios que estudia el funcionalismo son los que se presentan dentro del sistema, y que éste absorbe mediante ajustes previstos por el mismo sistema. En los últimos años el punto de vista que prevalece en la representación del Estado es el sistémico derivado de la teoría de sistemas. La relación entre las instituciones políticas y el sistema social está representada como una relación demanda-respuesta ( input-output ). De esta forma, las instituciones deben dar respuesta a las demandas del ambiente social, y estas respuestas son decisiones colectivas; ante estas respuestas, pueden surgir nuevas demandas, en un proceso de cambio continuo. Si las instituciones no son capaces de dar respuestas adecuadas a las demandas, se transforman. Esta teoría es perfectamente compatible con las dos anteriores. La representación sistémica del Estado intenta proponer un esquema conceptual para analizar la manera en que las instituciones políticas funcionan, la forma en que cumplen las funciones que les son propias y cual sea su interpretación. Estado y sociedad En la antigüedad no existía la diferencia entre estos dos conceptos. Sin embargo, en las teorías modernas estos conceptos comienzan a desmarcarse; así, esta relación entre la sociedad política y las sociedades particulares es una relación entre el todo y las partes, concepción que se toma en cuenta en todo el estudio de la política, incluso Hegel. Si bien en las concepciones que van de Hobbes a Hegel es el Estado el que tiene mayor preponderancia, en la concepción marxista se torna al revés: una sociedad que se vuelve un todo frente a un Estado que poco a poco se va degradando. Además, curiosamente, aunque en diferentes sentidos, tanto el liberalismo como los socialismos buscan la reducción del Estado a su mínima expresión o a su extinción. Para terminar, hoy se considera al Estado, como sistema político, como un subsistema respecto al sistema social. De parte de los gobernantes o de los gobernados Han existido distintas posiciones que han tomado los escritores con respecto a la relación política fundamental, la de la relación gobernantes-gobernados, soberano-súbditos o Estado-ciudadanos, relación de índole vertical generalmente, salvo en las concepciones que abogan por un autogobierno en donde ambos entes estarían en igualdad de condiciones. Así, el problema del Estado puede ser visto desde alguno de estos dos puntos de vista. De esta manera, una larga tradición de escritores, desde Platón hasta Maquiavelo han tratado el tema desde el punto de vista de los gobernantes, ya sea acerca de cómo deben gobernar, las diversas formas de gobierno, los buenos y malos gobiernos, etc. El gobernante es tratado como sujeto activo de la relación, mientras que el gobernado es el sujeto pasivo. “El descubrimiento de la otra cara de la Luna” se presenta en la época moderna con la doctrina de los derechos naturales del individuo, que son anteriores a la formación de cualquier sociedad política. Así, la sociedad política es entendida como un acuerdo voluntario de los individuos que deciden vivir en sociedad e instituir un gobierno. En cambio, desde un punto de vista aristotélico, el Estado es parte de la naturaleza, por lo tanto no es instituido por los hombres sino inherente a ellos. En las declaraciones de los derechos norteamericanas y francesas, el principio de que el gobierno es para los individuos y no al revés ha influido en la reflexión acerca del Estado. Asimismo, el proceso de cambio, considerado negativo por Aristóteles, adquiere una connotación positiva por los movimientos revolucionarios, que lo ven como el inicio de un nuevo orden. 2) El nombre y la cosa Origen del nombre La palabra “Estado” se difundió con El Príncipe de Maquiavelo, palabra que sustituyó paulatinamente a los términos que en la antigüedad designaban a la máxima organización de un grupo de individuos sobre un territorio en virtud de un poder de mando: “civitas”, que traducía el griego “polis”, y “res pública”, que designaba al conjunto de instituciones políticas en Roma. Pero aún autores como Bodino o Hobbes usarían estos términos antiguos en sus obras en vez de la palabra “Estado”. Pero la palabra “civitas” no se ajustaba a la realidad, por ser contingente a otra realidad histórica, por lo que en Europa el término “Estado” comenzó a masificarse, principalmente desde las pequeñas repúblicas italianas que buscaban un nuevo rótulo a su condición política. Argumentos a favor de la discontinuidad La nueva palabra debe utilizarse debido a que el ordenamiento del Estado moderno es demasiado diferente a la de los ordenamientos anteriores, por lo que es mejor utilizar “Estado” sólo para referirse a estos Estados nacidos de la crisis de la sociedad medieval. La pregunta es: ¿Existió antes alguna sociedad política que pueda llamarse “Estado” antes de los Estados modernos? Esta pregunta suscita el problema del origen del Estado. Los que dicen que el Estado surgió en una época reciente se basa en el proceso de concentración del poder de mandar en un territorio determinado gracias a la monopolización de servicios tales como la producción de derecho mediante la ley, y el aparato coactivo para la aplicación del mismo, así como el cobro de tributos. Así, en una concepción weberiana, el Estado moderno es definido como un órgano que debe preocuparse de la prestación de servicios públicos y del

Esta tipología ha servido para establecer dos formas corruptas de gobierno: el gobierno paternalista, que trata a sus súbditos como a hijos, y el gobierno despótico, que trata a sus súbditos como esclavos. Esta partición, junto con el gobierno civil, ha sido un tema recurrente de la teoría política moderna, que busca diferenciar las dos primeras formas de poder en relación a la tercera. Así, lo que diferencia al poder civil de los otros dos poderes es que está basado en un consenso manifiesto y tácito de quienes son sus destinatarios, a diferencia del paterno que está basado en su derecho por la procreación, y el paternal que castiga con la esclavitud a quien ha hecho un delito grave. Existe otra tipología del poder, originada durante la Edad Media, que se basa en la disputa de poder entre el Estado y la Iglesia. Los defensores del poder temporal atribuyen al Estado la facultad de ejercer el derecho y el poder de un modo exclusivo en un determinado territorio, mientras q la Iglesia debe velar por la educación moral y la enseñanza de la religión verdadera. Así, es el poder político el que detenta “el monopolio de la fuerza”, por ponerlo en términos weberianos. Sin embargo, para definir el poder político el mero uso de la fuerza no es suficiente, si bien es una condición necesaria. También se necesita la exclusividad de este derecho, ya que es soberano sólo aquel que tenga el derecho exclusivo de ejercer la fuerza sobre un determinado territorio en forma absoluta (Bodino). Hobbes continúa con este concepto de Estado como “la exclusividad del uso de la fuerza”, mientras que Hegel ve como aquél ente en el que los hombres “se unen para la defensa común de la propiedad”. Las tres formas de poder Se han distinguido tres clases de poderes:

  • Poder económico : Los que poseen ciertos bienes (principalmente los medios de producción) inducen a los que no los poseen a adoptar ciertas conductas, que consiste en la realización de un trabajo útil. Divide a la sociedad entre ricos y pobres.
  • Poder ideológico : Los que poseen ciertos conocimientos, doctrinas, códigos de conducta, etc., inducen a los miembros a realizar conductas determinadas (especialmente en regímenes ideológicos). Divide a la sociedad entre sabios e ignorantes
  • Poder político : Es el poder que está en posibilidad de recurrir en última instancia a la fuerza (porque detenta el monopolio). De esta manera quien lo detenta consigue los efectos deseados en los demás. Divide a la sociedad en fuertes y débiles. Las tres formas de poder tienen en común que dividen a la sociedad entre superiores e inferiores. Pero el poder político es considerado el poder supremo, ya que el poder coactivo es aquel que necesita la sociedad para defenderse de ataques externos o prevenir disgregaciones internas. Marx otorga gran importancia a esta tricotomía, ya que la base real (estructura) para él se define por el sistema económico, mientras que en la superestructura se encuentran los sistemas ideológico y jurídico-político. Tradición que con ciertas variantes es continuada por Gramsci. Y esto lo diferencia de la teoría tradicional, que distingue al poder ideológico (o espiritual) del poder temporal, que está conformado con el control tanto económico como político. La primacía de la política La primacía del poder político, en relación a los otros dos poderes, es lo que distingue al pensamiento político moderno desde Maquiavelo hasta Hegel. Así, la doctrina de la razón de Estado está vinculada a la idea de la primacía de la política, y esto explica el por qué esta doctrina nace y se desarrolla al lado de la teoría del Estado moderno. Una de las formas en manifestarse esta primacía es la independencia (o superioridad) del juicio político frente al juicio moral54, así como una razón de Estado diferente de la razón de los individuos. La doctrina contraria es la de la religión predominante, que propone la subordinación de la acción política a las leyes de la moral. 4) El fundamento del poder El problema de la legitimidad El problema de la justificación del poder nace de la pregunta: ¿Es suficiente la fuerza para hacerlo aceptar por aquellas personas sobre las cuales se ejerce, para persuadir a sus destinatarios a obedecerlo? A esta pregunta se le pueden dar dos respuestas, según lo que el poder es de hecho o sobre lo que deba ser. La filosofía política clásica se ha inclinado a negar que un poder únicamente fuerte, independiente del hecho de que sea capaz de durar, pueda ser justificado. De aquí la distinción ideológica entre poder legítimo y poder ilegítimo con el argumento ritual de: ¿cómo podemos distinguir al poder político de una banda de ladrones? Esto ha dado origen a la formulación de principios de legitimidad, que otorguen una razón en referencia al gobernante y al gobernado. Los diversos principios de la legitimidad A lo largo de la historia se han planteado al menos seis principios de legitimidad, basados en parejas dicotómicas en base a los principios de la Voluntad, la Naturaleza y la Historia. La Voluntad contiene los siguientes principios:
  • Los gobernantes reciben su poder de la voluntad de Dios.
  • Los gobernantes reciben su poder de la voluntad del pueblo. En contraposición a esto, los principios de la Naturaleza son los siguientes:
  • La naturaleza, como fuerza originaria, crea una relación entre gobernantes y gobernados, por la diferente naturaleza de los seres humanos (Aristóteles)
  • La naturaleza desprendida de la razón justifica al soberano en la medida que éste identifique y aplique las leyes naturales que son las leyes de la razón (iusnaturalistas modernos) Finalmente, los principios derivados de la Historia son los siguientes:
  • Un apelo al pasado; así, los gobernantes se legitiman según la fuerza de la tradición. Este principio justifica el poder constituido.
  • Un apelo al futuro; así, los gobernantes (revolucionarios) se legitiman debido a que justifican su ruptura por el pasado como una nueva etapa en el devenir histórico. Sirve para justificar el poder por constituirse, y está muy relacionado con los movimientos revolucionarios. El problema de la legitimidad está vinculado a la obligación política, ya que la obediencia sólo se le debe al poder legítimamente constituido. Legitimidad y efectividad En resumen, según Bobbio, esto es lo que dice el Kelsen sexy. Con las teorías positivistas se abre paso la tesis de que sólo el poder efectivo es legítimo; dicha efectividad consiste básicamente en la capacidad del gobernante para poner en práctica un ordenamiento coercitivo basado en leyes. Entonces, la legitimidad está condicionada a la eficacia, y en caso de ineficacia se recomienda su remplazo por un ordenamiento alternativo que sea eficaz. Por otra parte, Weber ha descrito las formas históricas de poder legítimo una vez definido el poder legítimo como algo diferente de la mera fuerza. Estos tres tipos puros de poder legítimo son los siguientes:
  • Poder tradicional : el motivo de la obediencia es la creencia en la sacralización de la persona del soberano, la que deriva de la creencia en que como siempre ha sido así no hay motivo para cambiarlo
  • Poder legal-racional : el motivo de la obediencia deriva de la creencia en la racionalidad del comportamiento conforme a las leyes que instituyen una relación impersonal entre gobernante y gobernado.
  • Poder carismático : el motivo de la obediencia deriva de la creencia en características extraordinarias del líder. Obviamente en la vida real estas tres formas de poder se presentan mezcladas entre sí, siempre una con mayor predominancia que la otra. 5) Estado y Derecho Los elementos constitutivos del Estado La doctrina clásica del Estado se ha ocupado del problema de los límites del poder, que generalmente es planteado dentro de las relaciones entre el derecho y el poder (o Estado) En general una definición común es “El estado es un ordenamiento jurídico para los fines generales que ejerce el poder soberano en un territorio determinado al que están subordinados necesariamente los sujetos que pertenecen a él”. Para Kelsen61 el poder soberano se vuelve el poder de crear y aplicar el derecho sobre un territorio y hace un pueblo, derivado de la validez de la NFH y ocupando la fuerza en última instancia. Con esta terminología kelsenlandiATRIANA62 el Estado en cuanto ordenamiento coactivo es una técnica de organización social, o un conjunto de medios para lograr un objetivo. Desde un punto de vista formal e instrumental la condición necesaria y suficiente para que exista un Estado es Que en un territorio determinado haya un poder capaz de tomar decisiones y emitir los mandatos correspondientes obligatorios para todos los que habitan en ese territorio, y obedecidos efectivamente por la gran mayoría de los destinatarios en la mayor parte de los casos en los que se requiere la obediencia, cualquiera que sean las decisiones Pero el poder estatal tiene límites, y Kelsen los reconoce en los límites de validez temporal de la norma y la validez material de la misma63, que básicamente consiste en que hay cosas que no pueden ser ordenadas (como que las vacas vuelen) y además que las reglas no pueden violar los preceptos de la Constitución. El gobierno de las leyes Desde la antigüedad, el problema de la relación entre el derecho y el poder fue planteado en la pregunta “¿Es mejor el gobierno de las leyes o el gobierno de los hombres? Platón se inclina por el gobierno de las leyes, Aristóteles plantea que lo mejor es ser gobernado por el mejor hombre o las mejores leyes, pero a favor de las leyes argumenta que las leyes no tienen pasiones humanas. En la tradición jurídica inglesa el principio de subordinación del rey a la ley ( rule of law ) es el fundamento del Estado de derecho entendido como el Estado cuyos poderes son ejercidos en el ámbito de leyes prestablecidas. Se presenta el problema ¿de dónde provienen las leyes que debe obedecer el gobernante? Las respuestas que se han dado son dos, a saber: por encima de los gobernantes hay otras leyes, leyes naturales, o las leyes cuya fuerza obligatoria proviene del estar arraigadas en la tradición (idea del Gran Legislador). Los límites internos
  • Sistemas con alta diferenciación de los roles y baja autonomía de los subsistemas. Ejemplo: monarquías modernas.
  • Sistemas con alta diferenciación de roles y alta autonomía de los subsistemas. Ejemplo: estados democráticos contemporáneos. El gobierno mixto Para esta teoría, la mejor forma de gobierno es la que resulta de una combinación de las tres (o dos, dependiendo de la tipología) formas de gobierno puras. El primer ejemplo de ellos, resaltado por Aristóteles, es el gobierno de Esparta, que en sus órganos políticos combinaba monarquía, aristocracia y democracia. Pero el principal paradigma clásico es el de la república romana, en donde los cónsules representaban el principio monárquico, el senado el principio aristocrático y los comicios del pueblo el principio democrático. En la época moderna el término “gobierno mixto” se utiliza para alabar a toda forma de gobierno que desee ser alabada, como el sistema inglés, las repúblicas italianas, etc., para constituirlas como una forma ideal de gobierno. Los teóricos del absolutismo, como Hobbes y Bodino, critican esta teoría porque dicen que la distribución de los poderes soberanos lleva a la inestabilidad de la sociedad. Montesquieu, en su idealización de la monarquía inglesa, también sostiene en el fondo una doctrina de gobierno mixto. Hegel, y Schmitt también reconocen en los sistemas políticos contemporáneos (a su época) formas de gobierno mixto. Finalmente, Mosca sostiene que los mejores regímenes en la historia han sido los de gobierno mixto, donde no sólo hay una combinación de distintos principios, sino que además se hallan separados el poder laico del religioso, y el poder económico del político. 7) Las formas de Estado Formas históricas Para diferenciar al Estado existen dos criterios principales: el histórico y el referente a la expansión del Estado con respecto a la sociedad. El primer criterio comprende la siguiente secuencia:
  • Estado feudal : caracterizado por el ejercicio acumulativo de diversas funciones directivas de parte de las mismas personas, y por la disgregación del poder central en pequeños núcleos sociales.
  • Estado estamental : organización política donde se han venido formando órganos colegiados (estamentos), que reúnen a individuos de la misma posición social, con determinados derechos y privilegios que hacen valer frente a los que tienen el poder político, mediante parlamentos o asambleas. Ejemplos: el parlamento inglés (dos asambleas), los Estados Generales franceses (tres cuerpos estamentales diferentes: nobleza, clero y estado llano)
  • Estado absoluto : caracterizado por una progresiva concentración y especialización de las funciones gubernamentales, así como una centralización del poder sobre un determinado territorio, en las manos del Soberano, que puede delegar algunas funciones a los funcionarios, pero siempre conservando él el poder absoluto. Es por ello que se eliminan o se desautorizan toda clase de autoridad inferior, pasando a depender o siendo toleradas sólo por el poder central. El estado representativo. Esta es la cuarta fase de la transformación del Estado (las tres descritas en el tópico anterior también eran fases de evolución), originada mediante distintos procesos históricos en Inglaterra y EE.UU. El inicio de esta clase de Estado se origina en un compromiso entre el poder del príncipe cuyo principio de legitimidad es la tradición, y el poder del pueblo (entendiéndose por “pueblo” a la burguesía). Ahora la representación es de individuos, no de grupos como en los Estados anteriores, y a estos individuos se les reconocen derechos políticos. En el Estado representativo está el descubrimiento y afirmación de los derechos naturales del individuo, que todos tienen por naturaleza y por ley, y que precisamente por esto es que todo individuo puede hacerlos valer contra el Estado, recurriendo incluso a la resistencia y desobediencia civil si el Estado no respeta estos derechos. Algunos de estos principios son: el individuo es primero que el Estado; el individuo no es para el Estado sino que al revés; los individuos se representan individualmente, no por grupos de interés; la igualdad natural de los hombres. Sin embargo, estos principios de la democracia representativa no necesariamente en los Estados representativos han sido reconocidos desde el principio. Es así como gradualmente se van ampliando los derechos políticos, como el sufragio, que causó grandes cambios en el Estado representativo, ya que en los sistemas políticos con sufragio universal se elige más bien a un partido que a una persona, transformándose este Estado representativo en un Estado de partidos, el que los sujetos políticos relevantes ya no son los individuos, sino los partidos políticos. Las decisiones allí se originan más por acuerdos entre grupos que representan fuerzas sociales (sindicatos) y fuerzas políticas (partidos), más que en votaciones en asambleas donde rige la mayoría, las que se hacen para cumplir con el principio constitucional de que los sujetos políticamente relevantes son los individuos y no los grupos.

Para Bobbio, en una deliberación tomada por la mayoría lo que la mayoría gana la minoría pierde, mientras que en una deliberación tomada por las partes todas ganan algo, sin embargo, la principal forma de dar estabilidad a un Estado representativo es dándole a la minoría la posibilidad de convertirse en la mayoría. Los estados Cabe destacar que todas las formas de gobierno, incluyendo regímenes despóticos y dictaduras, rinden pleitesía a la democracia representativa, justificando su sistema como una etapa necesaria para volver a la democracia. Los Estados que no entran en la clasificación de Estados representativos (aunque apliquen mal los principios del constitucionalismo) son los Estados socialistas, partiendo por la Unión Soviética. El sistema de gobierno es básicamente una oligarquía que se va renovando por cooptación, siendo un Estado burocrático; sin embargo, también hay que mencionar que la principal diferencia con las democracias representativas es que en éstas el sistema es multipartidista y en los Estados socialistas hay un sistema monopartidista, si bien pueden presentarse instituciones como el sufragio universal en ambos sistemas. Este sistema monopartidista reintroduce el sistema monocrático de los gobiernos monárquicos, y constituye el verdadero caracterizador de los Estados socialistas, en contraste con los Estados democráticos occidentales. Además, el principio de legitimidad presente del gobierno es de quién interpreta mejor la doctrina marxista, pareciéndose mucho a la legitimidad propia de las iglesias. Es así como a los Estados socialistas se adscriben como Estados totalitarios, al igual que el fascismo, que se caracterizan por la casi disolución del límite entre el Estado y la “Iglesia” (entiéndase como el aspecto espiritual de las personas), y entre el Estado y la sociedad civil, lo que implica el control por parte del Estado de todo el comportamiento humano. Al Estado soviético también se le ha interpretado como un despotismo oriental, como lo entiende Montesquieu. Estado y no-Estado En el Estado totalitario toda la sociedad está resuelta en el Estado, en la organización del poder político (que reúne a los poderes ideológico y económico). El Estado totalitario representa un caso límite frente al concepto de no-Estado, tanto en su esfera religiosa como en la económica. En el Estado de Aristóteles, la actividad económica no pertenece al Estado, así como la vida contemplativa. Hobbes subordina la religión al Estado, pero no así la actividad económica. Hegel sostiene que en su Estado ético se dan las más altas expresiones del espíritu. La presencia del no-Estado siempre se ha constituido como un límite a la expansión del Estado, pudiendo constituir un criterio para la diferenciación de formas históricas del Estado, variando su concepción según el escritor, y según el Estado. Con el advenimiento del cristianismo, el no-Estado (Iglesia) se ve continuamente enfrentada al Estado, proponiendo incluso su superioridad sobre éste, lo que causaría largas pugnas filosóficas y teológicas. Cabe destacar que en una doctrina sobre la primacía del no-Estado, el Estado aplica sus potestades en pos de una potencia aún superior, pasando a ser un Estado instrumental. De esta forma, en la sociedad feudal, poder económico y poder político son inseparables, pero en la sociedad burguesa, el poder económico pretende separarse del poder político, pretendiendo asimismo la superioridad del no-Estado con respecto al Estado. De esta forma, el Estado se transforma en un instrumento al servicio de la clase económica dominante que asegura el ejercicio de sus actividades, idea que es tomada por Marx para su teoría. Estado máximo y Estado mínimo Las relaciones entre Estado y no-Estado dependen del grado de expansión del primero hacia el segundo. Así, tenemos un ejemplo de Estado máximo al Estado confesional, que pretende controlar la esfera religiosa, así como a los Estados intervencionistas que controlan al poder económico. Cada uno de estos Estados controla a uno de los no-Estados, pero deja al otro completamente libre (salvo los Estados totalitarios); además, ambos coinciden con la figura del Estado eudemonológico propia del siglo XVIII, es decir, que propone como fin la felicidad de sus súbditos, tanto en la vida terrenal como en la ultraterrenal (en los Estados confesionales). En contraposición a esto está el Estado liberal, que se abstiene tanto de controlar a la esfera religiosa como a la esfera económica. También es definido como un Estado de Derecho, no teniendo más fin que garantizar el libre ejercicio de las otras dos esferas85. El Estado sólo se reserva el monopolio de la fuerza, para asegurar la circulación libre de ideas, el final de las ortodoxias y la libre circulación de los bienes, y por ende el final de toda forma de proteccionismo. Pero el Estado confesional reaparecería en una nueva forma, el Estado doctrinal, tales como el fascismo o el marxismo, así como el Estado socialista sería una nueva forma de un Estado que interviene en el área económica. Existe una interpretación para juzgar las transformaciones que ha sufrido el Estado liberal, (liberla en lo interior, proteccionista en lo exterior), en oposición a los que las defienden; así, para los críticos de izquierda, el “Estado de justicia social”, que corrigió algunas deformaciones del Estado capitalista en beneficio de las clases menos favorecidas, es sólo una manifestación más de capitalismo, que sirve para que el sistema capitalista continúe prosperando en base a una mayor democratización de las estructuras de poder, ante lo que se oponen los movimientos obreros; sin embargo, estas críticas no han mejorado la situación, sino que sólo han despertado nostalgias y esperanzas neoliberales.