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Resumen de artículo 22, Resúmenes de Derecho Documental

Derecho año 2026 Dr Luis Barrios

Tipo: Resúmenes

2025/2026

Subido el 22/04/2026

barbara-gonzalez-75
barbara-gonzalez-75 🇻🇪

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Manejo de Información y Certificaciones (Págs. 29-33)
Historias Médicas Computarizadas: El manejo de datos en sistemas informáticos
debe estar bajo el mismo control y reglamentación ética que las historias en
papel.
Certificados Médicos: Se definen como documentos para acreditar nacimientos,
actos médicos, estado de salud o fallecimientos. Su emisión conlleva
responsabilidad legal y moral, exigiendo veracidad, claridad y precisión.
Prohibiciones en Certificación: Es una falta ética expedir certificados sin examen
previo, certificar falsamente (vacunaciones, diagnósticos mentales o nacimientos)
o divulgar su contenido una vez entregado al interesado.
2. Medicina Forense y Honorarios Profesionales (Págs. 33-35)
Medicina Forense: Se enfoca en el peritaje y asesoramiento para la administración
de justicia.
Honorarios: En casos de colaboración entre varios médicos, se debe especificar el
monto correspondiente a cada uno.
Dicotomía: Queda estrictamente prohibida la partición de honorarios (dicotomía)
entre médicos o con personal auxiliar, así como recibir comisiones por
prescripción de medicamentos o aparatos.
3. Docencia Médica (Págs. 36-37)
Responsabilidad Docente: Los profesores deben poseer rectitud, moral
irreprochable y capacidad para inculcar valores humanísticos y científicos.
Supervisión de Estudiantes: Se prohíbe que los estudiantes realicen guardias o
actos médicos sin la supervisión directa de sus docentes.
4. Publicaciones e Investigación (Págs. 41-43)
Derecho de Autor: El autor de un libro médico debe cumplir con el depósito legal
de tres ejemplares para salvaguardar sus derechos.
Investigación en Humanos: Debe basarse en principios éticos elevados, estar
precedida de pruebas en animales y ser supervisada por personal calificado. Solo
es lícita si el objetivo justifica los riesgos para el sujeto.
5. Trasplantes y Normas Disciplinarias (Págs. 46-48)
Trasplantes: Se debe mantener la confidencialidad de la identidad del donante y
receptor. El tráfico de órganos con fines de lucro se considera una falta gravísima.
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Manejo de Información y Certificaciones (Págs. 29-33) Historias Médicas Computarizadas: El manejo de datos en sistemas informáticos debe estar bajo el mismo control y reglamentación ética que las historias en papel. Certificados Médicos: Se definen como documentos para acreditar nacimientos, actos médicos, estado de salud o fallecimientos. Su emisión conlleva responsabilidad legal y moral, exigiendo veracidad, claridad y precisión. Prohibiciones en Certificación: Es una falta ética expedir certificados sin examen previo, certificar falsamente (vacunaciones, diagnósticos mentales o nacimientos) o divulgar su contenido una vez entregado al interesado.

  1. Medicina Forense y Honorarios Profesionales (Págs. 33-35) Medicina Forense: Se enfoca en el peritaje y asesoramiento para la administración de justicia. Honorarios: En casos de colaboración entre varios médicos, se debe especificar el monto correspondiente a cada uno. Dicotomía: Queda estrictamente prohibida la partición de honorarios (dicotomía) entre médicos o con personal auxiliar, así como recibir comisiones por prescripción de medicamentos o aparatos.
  2. Docencia Médica (Págs. 36-37) Responsabilidad Docente: Los profesores deben poseer rectitud, moral irreprochable y capacidad para inculcar valores humanísticos y científicos. Supervisión de Estudiantes: Se prohíbe que los estudiantes realicen guardias o actos médicos sin la supervisión directa de sus docentes.
  3. Publicaciones e Investigación (Págs. 41-43) Derecho de Autor: El autor de un libro médico debe cumplir con el depósito legal de tres ejemplares para salvaguardar sus derechos. Investigación en Humanos: Debe basarse en principios éticos elevados, estar precedida de pruebas en animales y ser supervisada por personal calificado. Solo es lícita si el objetivo justifica los riesgos para el sujeto.
  4. Trasplantes y Normas Disciplinarias (Págs. 46-48) Trasplantes: Se debe mantener la confidencialidad de la identidad del donante y receptor. El tráfico de órganos con fines de lucro se considera una falta gravísima.

Sanciones: El incumplimiento del código por ignorancia, negligencia o mala fe será sancionado por los Tribunales Disciplinarios de los Colegios de Médicos y de la Federación Médica Venezolana. Infracciones Graves: Incluyen ejercer con títulos extranjeros no revalidados o no estar matriculado en el Colegio de Médicos correspondiente.