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Las normas para el registro y valoración de activos inmovilizados, incluyendo el precio de adquisición o producción, la valoración en permutas y la amortización. Se detalla el cálculo del precio de adquisición, coste de producción y las reglas para permutas comerciales y no comerciales. Además, se aborda la valoración posterior, la amortización y el deterioro del valor, así como la baja de los activos inmovilizados.
Tipo: Ejercicios
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1. Valoración inicial
El inmovilizado material se valorará por el precio de adquisición o el coste de producción.
Los impuestos indirectos de estos bienes sólo se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción cuando no sean recuperables directamente de la Hacienda Pública.
Asimismo, formará parte del valor inicial del inmovilizado material las obligaciones asumidas derivadas del desmantelamiento o retiro y otras asociadas al citado activo.
En los inmovilizados que necesiten un período de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción los gastos financieros que se hayan devengado antes de la puesta en condiciones de funcionamiento y que hayan sido invertidos por el proveedor o correspondan a préstamos u otro tipo de financiación ajena, específica o genérica, directamente atribuible a la adquisición, fabricación o construcción, con el límite del valor razonable del inmovilizado material en el que se integran como mayor valor.
1.1 Precio de adquisición
Este precio incluye el importe facturado por el vendedor después de deducir cualquier descuento o rebaja y todos los gastos adicionales y directamente relacionados que se produzcan hasta su puesta en condiciones de funcionamiento.
1.2 Coste de producción
El coste de producción del inmovilizado material fabricados o construidos por la propia empresa incluye el precio de adquisición de las materias primas y otras materias consumibles, los demás costes directamente imputables a dichos bienes.
Además, se incluye la parte que razonablemente corresponda de los costes indirectamente imputables a los bienes de que se trate en la medida en que tales costes correspondan al período de fabricación o construcción y sean necesarios para la puesta del activo en condiciones operativas.
1.3 Permutas
PERMUTA COMERCIAL (Los flujos generados por los activos no son similares)
El inmovilizado material recibido se valorará por el valor contable del bien entregado más, en su caso, las contrapartidas monetarias que se hubieran entregado a cambio, salvo que se tenga una evidencia más clara del valor razonable del activo recibido y con el límite de este último.
PERMUTA NO COMERCIAL (Los flujos generados por los activos son similares)
El inmovilizado material recibido se valorará por el valor contable del bien entregado más, en su caso, las contrapartidas monetarias que se hubieran entregado a cambio, con el límite, cuando esté disponible, del valor razonable del inmovilizado recibido si éste fuera menor.
1.4 Aportaciones de capital no dinerarias
Los bienes de inmovilizado recibidos en concepto de aportación no dineraria de capital serán valorados por su valor razonable en el momento de la aportación.
2. Valoración posterior
Con posterioridad a su reconocimiento inicial, los elementos del inmovilizado material se valorarán por su precio de adquisición o coste de producción menos la amortización acumulada y, en su caso, el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro reconocidas.
2.1 Amortización
Las amortizaciones se establecerán teniendo en cuenta la vida útil de los bienes y su valor residual, atendiendo a la depreciación que normalmente sufran por su funcionamiento, uso y disfrute, sin perjuicio de considerar también la obsolescencia técnica o comercial que pudiera afectarlos.
En algunos casos, se amortizará independientemente cada parte de un elemento del inmovilizado material cuando tenga un coste significativo y una vida útil distinta del resto del elemento.
2.2 Deterioro del valor
Se produce una pérdida por deterioro del valor de un elemento del inmovilizado material cuando su valor contable supere a su importe recuperable, siendo éste como el mayor importe entre su valor razonable menos los costes de venta y su valor en uso.
Al cierre del ejercicio la empresa evaluará si existen indicios de que algún inmovilizado material pueda estar deteriorado, en cuyo caso, deberá calcular su importe recuperable efectuando las correcciones valorativas que procedan.
Las correcciones valorativas por deterioro de los elementos del inmovilizado material, así como su reversión cuando las circunstancias que las motivaron hubieran dejado de existir, se reconocerán como un gasto o un ingreso, respectivamente, en la cuenta de pérdidas y ganancias. La reversión del deterioro tendrá como límite el valor contable del inmovilizado que estaría reconocido en la fecha de reversión si no se hubiese registrado el deterioro del valor.
3. Baja
La baja de los inmovilizados materiales se presenta cuando existe su enajenación o disposición por otra vía o cuando no se espere obtener beneficios o rendimientos económicos futuros de los mismos.
La diferencia entre el importe que, en su caso, se obtenga de un elemento del inmovilizado material, neto de los gastos inherentes a la operación, y su valor contable, determinará el beneficio o la pérdida surgida al dar de baja dicho elemento, que se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que ésta se produce.