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Este documento analiza un caso judicial relacionado con la promoción de elecciones sindicales en la empresa easyphone, que tiene más de 500 empleados en distintos centros de trabajo en la provincia de madrid. El sindicato ccoo presentó un preaviso de convocatoria de elecciones sindicales en 10 centros de trabajo de la empresa, a la que la misma se opuso. El documento plantea tres preguntas jurídicas: los argumentos legales que justifican la iniciativa sindical y la oposición de la empresa, y si el juez social debe estimar o rechazar la demanda de la empresa. Se hace referencia a la ley de libertad sindical, el estatuto de los trabajadores y el reglamento de elecciones sindicales.
Tipo: Apuntes
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La empresa EasyPhone, tiene en el conjunto del Estado una plantilla que supera los 500 trabajadores distribuidos en más de 80 centros de trabajo, de los cuales 20 centros de trabajo están ubicados en diferentes municipios de la provincia de Madrid, que en total dan ocupación a 102 trabajadores. Agotado el periodo de mandato de los órganos de representación unitaria de la empresa, el sindicato CCOO presentó el 8/10/2014 el correspondiente preaviso de convocatoria de elecciones “sindicales” a iniciar en fecha 13/11/2014, con comunicación a la empresa el 13/10/2014. Dichas elecciones tendrían el carácter de "total" para un conjunto de sólo 10 centros de trabajos de la empresa en la provincia de Madrid, de los cuales siete se encuentran ubicados en Madrid capital, dos en el municipio de Móstoles y el décimo radicado en el municipio de Parla. La plantilla de ninguno de estos diez centros supera la cifra de 10 trabajadores pero en su conjunto están empleados en ellos un total de 67 trabajadores.
La empresa afectada se muestra contraria a la iniciativa sindical y formula ante el juzgado de lo social demanda de conflicto colectivo, solicitando la declaración de nulidad del preaviso de elecciones.
CUESTIONARIO
Fundamente jurídicamente las respuestas con apoyo en preceptos constitucionales y/o legales y la jurisprudencia del TS existente sobre la materia.
Referencias normativas y jurisprudenciales : Título II Estatuto de los Trabajadores (arts. 62 y ss,); arts. 2 y 6 LO Libertad Sindical; Real Decreto 1844/1994 de 9 de septiembre, sobre Reglamento de Elecciones Sindicales; Sentencia TS (Sala Social) de 20/02/2008 (RJ 2008/1901), adjunta.