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La sociedad anonima es una de las sociedades de constitucion de las sociedades
Tipo: Diapositivas
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La constitución de una sociedad anónima debe hacerse mediante escritura pública siguiendo lo recogido en el código de comercio. La sociedad anónima (S.A.) es una forma de organización de tipo capitalista muy utilizada entre las grandes compañías. Todo el capital se encuentra dividido en acciones, que representan la participación de cada socio en el capital de la compañía. La característica fundamental de la sociedad anónima es que el socio solo aporta el capital y no responde de forma personal las deudas sociales, arriesgando únicamente el aporte de las acciones suscritas sin comprometer su patrimonio social. Esto quiere decir que las obligaciones sociales están garantizadas por un capital determinado y los socios están obligados por el monto de su acción. Las acciones otorgan derechos económicos y políticos dentro de la empresa a los accionistas, quienes se diferencian unos de otros por el valor nominal de las acciones o los tipos de derechos que concede cada acción. Además, al contrario de una sociedad personalista, la S.A. como sociedad capitalista es una estructura orgánica personal. Esto significa que una S.A. puede actuar como persona jurídica. La fundación de una Sociedad Anónima requiere un capital mínimo bastante alto. En España, la Ley de Sociedades Anónimas define un capital social mínimo de 60.101,21€.
En prácticamente todas las legislaciones del mundo, una S.A. requiere dos o tres órganos obligatorios. La Junta General de Accionistas (o Asamblea) es el órgano en el que se reúnen todos los accionistas. Uno de sus cargos es la elección de los administradores de la compañía. Los administradores de la sociedad son los gerentes que forman la ejecutiva y al mismo tiempo son el órgano representativo. El tercer órgano, que no existe en todos los países, es el consejo de vigilancia. Sus miembros tienen la tarea de supervisar a los administradores.
La junta general de accionistas o asamblea general de socios es el órgano de administración y fiscalización de la sociedad anónima. La junta se celebra de forma ordinaria o extraordinaria. Las juntas ordinarias son realizadas una vez al año para tratar temas financieros, distribución de dividendos, nombramiento de nuevos directores, entre otros puntos; las juntas extraordinarias se efectúan con carácter de urgencia cuando la junta o socios lo solicitan para tratar sobre temas que justifiquen los intereses y porvenir de la sociedad.
La administración de la sociedad es el órgano representativo de la misma y se encargan de la parte ejecutiva de la compañía.
El Consejo de Vigilancia es el ente responsable de supervisar a los administradores. Vea también: Sociedad mercantil. Razón social.
La sociedad anónima es una de las formas de constituir una empresa ya que existen otras como la sociedad de responsabilidad limitada o sociedad cooperativa, cada una con sus ventajas o desventajas. Algunas de las ventajas de la sociedad anónima son: la responsabilidad de los socios está limitada por sus aportaciones; los acreedores tienen derecho sobre los activos de la corporación y no de los bienes personales de los accionistas; la transferencia de las acciones puede hacerse mediante la venta sin necesidad de disolver la sociedad constituida; no contempla un número máximo de socios. Desventajas de una sociedad anónima De igual manera, se puede observar como desventajas de la sociedad anónima los siguientes aspectos: trámites engorrosos; altos costos para su constitución;