Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Sucesión Testamentaria y Intestada: Legítima y Derechos de Herencia, Exámenes de Derecho Civil

El concepto de sucesión testamentaria y intestada, con énfasis en la legítima y los derechos de herencia. Se abordan casos de distribución de bienes entre herederos y descendientes, incluyendo el derecho de representación y la desheredación. Además, se discuten los conceptos de premoriencia, indignidad y repudiation.

Tipo: Exámenes

2013/2014

Subido el 05/06/2014

sayoko-1
sayoko-1 🇪🇸

3.8

(23)

24 documentos

1 / 2

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
SUCESIÓN TESTADA:
El testador tiene libertad al 100% de distribuir sus bienes. A no ser que haya un
legitimario.
Legitimario descendiente: 2/3 del haber hereditario
La legítima es un lim a la libertad de testar.
El derecho de rep en la legítima: el causante ha hecho testamento, hace testamento a
favor de varios hijos, pero uno ha premuerto, así que la estirpe de ese sujeto premuerto
le representara.
Ej: Abuelo, con 2 hijos300; 2/3 de 300= 200 (Y esto va a los hijos); 200/2=100 (lo que
corresponde a cada hijo, legitima estricta)
Pero si uno de los hijos premuere, no hay preterición de la estirpe, ya que el hijo del
padre se presume que le representa, y ese hijo tiene derecho a la legítima.
Los hijos o descendientes del desheredado también tendrán derecho a la legítima. La
desheredación es una disposición testamentaria en la que el causante puede excluir a un
sujeto como legitimario. La estirpe, sean o no herederos, ocpan su lugar y heredan la
legítima.
Ej:
1/3, estricta; 1/3 mejora; 1/3 dispensa
Estricta y mejora: Legítima larga = 2/3
Estricta: Legítima estricta 1/2
T (herencia de 300) (1/3, estricta; 1/3 mejora; 1/3 dispensa)
Hijo1 (desheredado, no va a recibir nada)
Nieto1 (recibe la legítima, en este caso estricta)
Nieto2 (Recibe la legítima, estricta)
Nieto3 (Recibe la legítima, estricta)
Los nietos reciben la estricta porque el testador ha querido
disponer del resto de su herencia para uno de sus hijos, de
la única parte que no puede disponer libremente es de la
estricta, y por eso es la parte que le toca a los nietos)
Hijo2 (Todos mis bienes a H2, es decir todo menos la legítima que no le
corresponde, recibe la legítima larga, se llama como heredero universal)
Representaciones en la herencia testada, solo descendientes, no colaterales:
Premoriencia
Indignidad
Desheredación
Dº DE ACREECER
SUCESIÓN TESTAMENTARIA: Hay necesidad de pluralidad de herederos.
Requisitos:
Pluralidad de herederos
Uno de los herederos:
Repudia
Premoriencia
Indigno
pf2

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Sucesión Testamentaria y Intestada: Legítima y Derechos de Herencia y más Exámenes en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

SUCESIÓN TESTADA:

El testador tiene libertad al 100% de distribuir sus bienes. A no ser que haya un legitimario. Legitimario descendiente: 2/3 del haber hereditario

La legítima es un lim a la libertad de testar.

El derecho de rep en la legítima: el causante ha hecho testamento, hace testamento a favor de varios hijos, pero uno ha premuerto, así que la estirpe de ese sujeto premuerto le representara. Ej: Abuelo, con 2 hijos300; 2/3 de 300= 200 (Y esto va a los hijos); 200/2=100 (lo que corresponde a cada hijo, legitima estricta) Pero si uno de los hijos premuere, no hay preterición de la estirpe, ya que el hijo del padre se presume que le representa, y ese hijo tiene derecho a la legítima.

Los hijos o descendientes del desheredado también tendrán derecho a la legítima. La desheredación es una disposición testamentaria en la que el causante puede excluir a un sujeto como legitimario. La estirpe, sean o no herederos, ocpan su lugar y heredan la legítima.

Ej:

  • 1/3, estricta; 1/3 mejora; 1/3 dispensa
    • Estricta y mejora: Legítima larga = 2/
    • Estricta: Legítima estricta 1/
  • T (herencia de 300) (1/3, estricta; 1/3 mejora; 1/3 dispensa)
    • Hijo1 (desheredado, no va a recibir nada) ■ Nieto1 (recibe la legítima, en este caso estricta) ■ Nieto2 (Recibe la legítima, estricta) ■ Nieto3 (Recibe la legítima, estricta) - Los nietos reciben la estricta porque el testador ha querido disponer del resto de su herencia para uno de sus hijos, de la única parte que no puede disponer libremente es de la estricta, y por eso es la parte que le toca a los nietos)
    • Hijo2 (Todos mis bienes a H2, es decir todo menos la legítima que no le corresponde, recibe la legítima larga, se llama como heredero universal)

Representaciones en la herencia testada, solo descendientes, no colaterales:

  • Premoriencia
  • Indignidad
  • Desheredación

Dº DE ACREECER

SUCESIÓN TESTAMENTARIA: Hay necesidad de pluralidad de herederos. Requisitos:

  • Pluralidad de herederos
  • Uno de los herederos:
    • Repudia
    • Premoriencia
    • Indigno
  • Aunque el legislador puede prever otros casos, a parte de los supuestos prototípicos.
  • Llamamiento solidario, sin especial atribución de partes.
  • Atribución de cuerpo de bienes separados: heredero de cosas ciertas (no tiene derecho de acrecer porque tiene una atribución de bs separados)
  • Dº de sustitución: Depende, se puede confundir con el drecho de acrecimiento. En caso de que el heredero de cosa cierta repudie se puede considerar la sustitución ya que no se da el acrecimiento en sosa cierta.

SUCESIÓN INTESTADA. Heredero sin testamento que deja pluralidad de hijos.

  • Si todos los hijos son del mismo grado y uno de ellos repudia, los demás acrecientan su parte. No hay derecho de rep de la estirpe porque hay repudiación
  • Si fuera todos los parientes del mismo grado y uno de ellos no pudiera o no quisiera heredar, pero en este caso prima el derecho de representación. (Premuerto, indigno, o desheredado). Si no hay estirpe, hay derecho de acrecer.