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taller procesal administrativo, Ejercicios de Derecho Procesal Administrativo

taller de practica en el area de procesal administrativo acerca de los tipos de derechos de peticion

Tipo: Ejercicios

2020/2021

Subido el 07/07/2021

pc-student.law
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Semestre / Año: 4ºB año
1. Que suerte corre las peticiones incompletas y el desistimiento tácito.
2. Explique en qué consisten las Peticiones irrespetuosas, oscuras o reiterativas.
3. Cuales con los documentos reservados según la Ley 1755 de 2015.
4. Explique mediante un diagrama el trámite de la insistencia en relación a los documentos
en reserva.
5. Explique en que consiste el principio de coordinación en relación con el derecho de
petición.
6. Señale brevemente cuando procede el derecho de petición ante particulares.
7. Cuales con las faltas disciplinarias por la no respuesta al derecho de petición por parte de
entidades públicas.
8. Hasta qué momento puede desistir del derecho de petición.
9. Un extranjero que reside en Colombia puede presentar un derecho de petición ante una
autoridad pública.
10. Un extranjero que no reside en Colombia (turista) puede interponer un derecho de
petición en Colombia.
11. Elabore en derecho de petición de acuerdo con el caso siguiente: El señor LUIS
FONSECA es un oferente dentro del marco de la licitación pública No. 001 de 2021 de
obras de pavimentación de la Calle 21 con Carrera 5 del Municipio de Sincelejo por valor
de 7.000 millones, en el proceso de la referencia (licitación 001-2021) se presentación siete
(7) ofertas. El señor LUIS FONSECA desea obtener copias de las seis (6) ofertas restantes,
para lo cual Usted deberá elaborar un derecho de petición de acuerdo con lo visto y
estudiado en clase y por usted. Tenga en cuenta el artículo 16 de la Ley 1755 de 2021.
-Desarrollo-
1. En el caso de las peticiones incompletas tenemos que la autoridad señalara en el
momento que faltan documentos y esta estará obligada a decir que documentos faltan y si el
peticionario insiste en que se reciba o radique su petición la entidad/autoridad estará
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Semestre / Año: 4ºB año

  1. Que suerte corre las peticiones incompletas y el desistimiento tácito.
  2. Explique en qué consisten las Peticiones irrespetuosas, oscuras o reiterativas.
  3. Cuales con los documentos reservados según la Ley 1755 de 2015.
  4. Explique mediante un diagrama el trámite de la insistencia en relación a los documentos en reserva.
  5. Explique en que consiste el principio de coordinación en relación con el derecho de petición.
  6. Señale brevemente cuando procede el derecho de petición ante particulares.
  7. Cuales con las faltas disciplinarias por la no respuesta al derecho de petición por parte de entidades públicas.
  8. Hasta qué momento puede desistir del derecho de petición.
  9. Un extranjero que reside en Colombia puede presentar un derecho de petición ante una autoridad pública.
  10. Un extranjero que no reside en Colombia (turista) puede interponer un derecho de petición en Colombia.
  11. Elabore en derecho de petición de acuerdo con el caso siguiente: El señor LUIS FONSECA es un oferente dentro del marco de la licitación pública No. 001 de 2021 de obras de pavimentación de la Calle 21 con Carrera 5 del Municipio de Sincelejo por valor de 7.000 millones, en el proceso de la referencia (licitación 001-2021) se presentación siete (7) ofertas. El señor LUIS FONSECA desea obtener copias de las seis (6) ofertas restantes, para lo cual Usted deberá elaborar un derecho de petición de acuerdo con lo visto y estudiado en clase y por usted. Tenga en cuenta el artículo 16 de la Ley 1755 de 2021. -Desarrollo- 1. En el caso de las peticiones incompletas tenemos que la autoridad señalara en el momento que faltan documentos y esta estará obligada a decir que documentos faltan y si el peticionario insiste en que se reciba o radique su petición la entidad/autoridad estará

obligada a recibirlo claro que dejando constancia de los requisitos o documentos faltantes, además, cuando la autoridad constate que una petición ya radicada está incompleta o que el peticionario deba realizar una gestión de trámite a su cargo, necesaria para adoptar una decisión de fondo, y que la actuación pueda continuar sin oponerse a la ley, requerirá al peticionario dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de radicación para que la complete en el término máximo de un (1) mes y a partir del día siguiente en que el interesado aporte los documentos o informes requeridos, se reactivará el término para resolver la petición. Ahora en cuanto al desistimiento tácito se entenderá que el peticionario ha desistido de su solicitud o de la actuación cuando no satisfaga el requerimiento, salvo que antes de vencer el plazo concedido solicite prórroga hasta por un término igual (art 17 ley 1755 de 2015).

2. Según el articulo 19 de la ley 1755 de 2015 que habla sobre las peticiones irrespetuosas, oscura y reiterativas, este articulo establece que todas las peticiones tienen que ser respetuosa, caso contrario esta podría ser rechazada. Solo cuando no se comprenda la finalidad u objeto de la petición esta se devolverá al interesado para que la corrija o aclare dentro de los diez (10) días siguientes. En caso de no corregirse o aclararse, se archivará la petición. En ningún caso se devolverán peticiones que se consideren inadecuadas o incompletas. 3. Los documentos reservados según el artículo 24 de la ley 1755 de 2015 i. los relacionados con la defensa o seguridad nacional ii. Las instrucciones en materia diplomática o sobre negociaciones reservadas iii. Los que involucren derechos a la privacidad e intimidad, incluyendo hojas de vida, historia laboral, expedientes personales y demás registros personales que obren en los archivos de las instituciones públicas o privadas, así como la historia clínica iv. Los relativos a condiciones financieras de las operaciones de crédito público y tesorería que realice la nación, así como a los estudios técnicos de valoración de los activos de la nación. Estos documentos e informaciones estarán sometidos a reserva por un término de seis meses contados a partir de la realización de la respectiva operación v. Los datos referentes a la información financiera y comercial, en los términos de la ley estatutaria 1266 de 2008 vi. Los protegidos por el secreto comercial o industrial, así como los planes estratégicos de las empresas públicas de servicios públicos vii. Los amparados por el secreto profesional. viii. Los datos genéticos humanos

que este derecho no puede implicar una intromisión indiscriminada y arbitraria en el fuero privado de quienes no exponen su actividad.

7. Según el articulo 31 de la ley 1755 de 2015 La falta de atención a las peticiones y a los términos para resolver, la contravención a las prohibiciones y el desconocimiento de los derechos de las personas de que trata esta Parte Primera del Código, constituirán falta para el servidor público y darán lugar a las sanciones correspondientes de acuerdo con el régimen disciplinario. 8. Según el articulo 18 de la ley 1755 de 2015 dice que los interesados podrán desistir en cualquier tiempo de sus peticiones, sin perjuicio de que la respectiva solicitud pueda ser nuevamente presentada con el lleno de los requisitos legales, pero las autoridades podrán continuar de oficio la actuación si la consideran necesaria por razones de interés público; en tal caso expedirán resolución motivada. 9. En respuesta a la pregunta si un extranjero extranjero que reside en Colombia puede presentar un derecho de petición ante una autoridad pública la respuesta es un si ya que el derecho de petición Es un derecho que le asiste a toda persona, tanto natural (cualquier «individuo de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, extirpe o condición»), como jurídica («persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles y de ser representada judicial y extrajudicialmente»). Además, tiene el carácter de derecho fundamenta. 10. En cuanto a la pregunta de si un extranjero que no reside en Colombia (turista) puede interponer un derecho de petición en Colombia la respuesta es que si ya que este es un derecho inherente al hombre. 11. siguiente página…. Sincelejo 29/04/ Señores: Alcaldía del municipio de Sincelejo Asunto: Derecho de petición

Yo, NELSON DANIEL PINEDO CAMPO identificado con cedula 1007661967 expedida en barranquilla, en representación del señor LUIS FONSECA identificado con cédula de ciudadanía número 5605482 expedida en el municipio de Sincelejo y domiciliado en la dirección calle 7 #12-10 de la ciudad de Sincelejo, en ejercicio del derecho de petición que consagra el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y las disposiciones pertinentes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso administrativo, respetuosamente solícito lo siguiente: Obtener las seis (6) ofertas restantes de la licitación publica No. 001 de 2021 de obras de pavimentación de la Calle 21 con Carrera 5 del Municipio de Sincelejo La petición anterior está fundamentada en las siguientes razones: Ya que el señor LUIS FONSECA es un oferente dentro del marco de la licitación pública No. 001 de 2021 de obras de pavimentación de la Calle 21 con Carrera 5 del Municipio de Sincelejo, en el proceso de la referencia (licitación 001-2021) se presentación siete (7) ofertas. Por favor enviar respuesta a este derecho de petición a la dirección que aparece al pie de mi firma ……………. Firma del peticionario Nombre del peticionario: LUIS FONSECA Cédula: 5606482 De Sincelejo Dirección : Calle 7 #12-10 de la ciudad de Sincelejo Teléfono: 3005896785 Correo Electrónico: Luisfonseca22 @gmail.com