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Este documento analiza la posición doctrinal sobre el consentimiento de la víctima mayor de edad en el delito de trata de personas según el Derecho Constitucional, Derecho Internacional de Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, Derecho Internacional Humanitario y Derecho Penal. El autor sostiene que la dignidad humana, como bien no disponible, debe ser considerada irrelevante en el delito de trata de personas. Además, se discute la definición y aplicación de este delito en el Perú y otros países, así como la propuesta de una modificación en el Código Penal Peruano.
Tipo: Ejercicios
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A la Santísima Virgen María, nuestra madre celestial
y a Zósimo Morillo Goicochea y Yolanda Herrada Pimentel, mis padres, cuyo ejemplo de entrega y amor al prójimo ha guiado siempre mi vida.
2.1.2. Teorías sobre el fundamento de los derechos humanos. 28 2.1.3. Dignidad humana y derechos humanos. 29 2.1.3.1. Dificultades de conceptualización de la dignidad humana.
2.1.3.2. Vinculación del concepto de dignidad a los derechos humanos.
2.2. Antecedentes de la investigación. 31
2.3. Marco jurídico. 33
2.3.1. El Derecho Constitucional 33 2.3.1.1. La Constitución Peruana y los derechos fundamentales 34 2.3.1.2. La Constitución Peruana y los tratados de derechos humanos.
2.3.2. El Derecho Internacional de los derechos humanos 37 2.3.2.1. Aspectos generales. 37 2.3.2.2. El individuo como sujeto de derecho internacional. 38 2.3.2.3. Antecedentes históricos de la trata de personas. 39 2.3.2.4. Ius cogens y dignidad humana 41 2.3.2.5. La trata de personas como forma de esclavitud 43 2.3.2.5.1. Aspectos generales 43 2.3.2.5.2. La Convención sobre la Esclavitud de 1926 44
2.3.2.6. La jurisdicción supranacional en materia de derechos Humanos.
2.3.2.7. La trata de personas y el sistema universal de
protección de los derechos humanos.
2.3.2.7.1. Instrumentos jurídicos. 48 2.3.2.7.1.1. La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
2.3.2.7.1.2. El Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños.
2.3.2.7.1.3. El Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire.
2.3.2.7.1.4 Principios y directrices recomendados sobre los derechos humanos y la trata de las personas (Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos).
2.3.2.7.1.5. Otros instrumentos internacionales.
2.3.2.7.1.5.1. En el ámbito de las Naciones Unidas.
2.3.2.7.1.5.2. En el ámbito de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
2.3.3. El Derecho Penal Internacional y el Derecho Internacional Humanitario.
2.3.4. El Derecho Penal Comparado. 83
2.3.5. El Derecho Penal Peruano. 83
2.3.5.1. El Código Penal de 1991. 83 2.3.5.1.1. Aspectos generales. 83 2.3.5.1.2. El delito de trata de personas 85 2.3.5.1.2.1. El tipo penal de trata 85
Cuadro comparativo del tipo penal sobre trata de personas. Artículo 153 del Código Penal Peruano en la Ley 28950 y la Ley 30251.
2.3.5.1.2.2. El bien jurídico protegido. 93 2.3.5.1.2.3. Sujetos del delito. 94 2.3.5.1.2.3.1. Sujeto activo. 94 2.3.5.1.2.3.2. Sujeto pasivo. 95 2.3.5.1.3. Delitos usualmente vinculados a la trata de personas.
2.3.5.1.3.1. El tráfico ilícito de migrantes. 96 2.3.5.1.3.2. “Organización criminal” y “Banda criminal”
2.3.5.1.4. Delitos afines a la trata de personas. 99 2.3.5.1.4.1. Delitos contra la libertad. 100 2.3.5.1.4.1.1. Coacción 100
2.3.5.1.4.1.2. Secuestro 100 2.3.5.1.4.1.3. Esclavitud y otras formas de explotación.
2.3.5.1.4.2. Delitos de violación de la libertad sexual en el Código Penal Peruano.
2.3.5.1.4.2.1. Violación sexual. 102 2.3.5.1.4.2.2. Favorecimiento a la prostitución.
2.3.5.1.4.2.3. Rufianismo. 103 2.3.5.1.4.2.4. Proxenetismo 104 2.3.5.1.4.2.5. Usuario-cliente 104
2.3.5.1.4.2.6. Explotación sexual comercial infantil y adolescente en el ámbito del turismo.
2.3.5.1.4.1.7. Publicación en los medios de comunicación sobre delitos de libertad sexual a menores.
2.3.5.1.4.2.7. Pornografía infantil. 105 2.3.5.1.4.2.8. Diferencias típicas y penalidad en materia de delitos sobre la libertad sexual y trata.
2.3.5.1.4.3. Delitos de violación de la libertad de trabajo en el Código Penal Peruano.
2.3.5.3.3.2. Política Nacional contra la Trata de Personas y sus formas de explotación
2.3.5.3.3.3. Otros planes vinculados a la trata de personas.
2.3.5.4. Jurisprudencia. 117 2.3.5.4.1. Jurisprudencia nacional. 117 2.3.5.4.2. Jurisprudencia internacional. 120 2.3.5.4.2.1. En el Derecho Comparado. 120 2.3.5.4.2.2. En el Derecho Penal Internacional 121
3.1. Derecho Penal Internacional 123 3.1.1. Aspectos generales 123 3.1.2. Los crímenes internacionales: definición y tipología 3.2. Evolución histórica de la responsabilidad penal del individuo. 124 3.2.1. Antecedentes remotos. 125 3.2.2. Los tribunales de Nüremberg y del Lejano Oriente. 125 3.2.3. Los Principios de Nüremberg 126 3.2.4. El Proyecto de Código de Crímenes contra la Paz y la Seguridad de la Humanidad.
3.3. Trata de personas y conflicto armado: los Convenios de Ginebra sobre Derecho Internacional Humanitario.
3.4. El Estatuto de la Corte Penal Internacional. 132 3.4.1. Consideraciones generales. 132 3.4.2.. Competencia de la Corte Penal Internacional 133
3.5. Los crímenes de lesa humanidad 134 3.5.1. El crimen de lesa humanidad en los tribunales penales internacionales ad hoc.
3.5.1.1. El crimen de lesa humanidad en el Acuerdo de Londres 135 3.5.1.2. El crimen de lesa humanidad en el Tribunal Penal Militar Internacional para el Lejano Oriente
3.5.1.1.3. El crimen de lesa humanidad en el Estatuto del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia
3.5.1.1.4. El crimen de lesa humanidad en el Estatuto del Tribunal Penal Internacional para Ruanda
3.5.2. La Corte Penal Internacional y los crímenes de lesa humanidad
3.5.2.1. Aspectos generales 138 3.5.2.2. Los crímenes de lesa humanidad en el documento. “Tribunal Penal Internacional. Los elementos de los crímenes” de 2002.
3.6. La trata de personas como delito internacional 142
3.6.1. La trata de personas y el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
3.6.2. Los crímenes contra la humanidad en el Código Penal Peruano de 1991.
3.6.3. Los crímenes contra la humanidad en el Proyecto de CP. 145
CAPITULO IV: EL CONSENTIMIENTO DE LA VICTIMA EN EL DELITO DE TRATA DE PERSONAS
4.1. Derecho Constitucional y dignidad de la persona humana. 148
4.2. El consentimiento en materia penal. 150
4.2.1. Aspectos generales. 150
5.2. El consentimiento en el contexto de los instrumentos regionales sobre trata de personas
5.3. El consentimiento en el Derecho Penal Internacional. 164
5.4. El consentimiento en el trabajo forzado. 165
5.5. La posición del autor de la tesis. 166
6.1. Razones que justifican la elaboración de un nuevo tipo penal sobre la trata de personas.
6.1.1. Adecuación constitucional. 170 6.1.2. Nueva estructura del delito. 170 6.1.3. Eficacia en la lucha contra la trata de personas. 171 6.1.4. Asistencia y cooperación internacionales. 172
6.2. Propuesta para la solución del problema. 175
6.3. Proyecto de ley- exposición de motivos. 175
6.4. Consecuencias positivas derivadas de las modificaciones propuestas en la tesis.
6.4.1. Una nueva adecuación constitucional del nuevo tipo penal sobre trata de personas.
6.4.2. Mayor eficacia en la lucha contra la trata de personas 180
6.4.3. Asistencia y financiamiento internacionales 181
Anexo 1. Ley 28950, Ley contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes.
Anexo 2. Decreto Supremo 001-201-IN. Reglamento de la Ley n° 28950 – Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes.
Anexo 3. Ley número 30251. Ley que perfecciona la tipificación del delito de trata de personas.
Anexo 4. VII Pleno Jurisdiccional de las Salas Penales Permanente y Transitoria. Acuerdo Plenario número 3-2011/CJ-116.
Anexo 5. Sentencia de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de la República (expediente 05149-2014-PHC/TC).
Anexo 6. Nota de prensa: “Judicatura debe redoblar esfuerzos para enfrentar casos de trata de personas”. Lima, 28.9. 2016.
Anexo 7. Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.
The central problem of the thesis is the following: is the consent of the victim of legal age, as a cause for exemption of criminal liability, as it appears in the criminal type of trafficking in persons in the Peruvian Criminal Code of 1991 and other national laws following the Palermo Protocol’s definition, consistent with the man’s dignity’s character of not available legal interest protected?, and the answer, according to our main hypothesis, is that there is not such consistency, due to the fact that man´s dignity, the legal asset protected in the criminal type of trafficking in persons, is not a negotiable legal asset.
The thesis has the following structure: Chapter I: Methodology; Chapter II: Theoretical frame; Chapter III: Trafficking in and International Criminal Law; Chapter IV: Consent of the victim in the crime of trafficking in persons; Chapter V: The need of a new approach on the consent of the victim in the crime of trafficking in: the author’s position. Chapter VI: Contribution to Law: a new criminal type on trafficking in persons. Conclusions. Bibliography. Attachments.
As a conclusion, based on arguments, based mainly on Constitutional Law, International Human Rights Law, International Humanitarian Law and Criminal Law, I contend that the victim’s consent, under legal or in legal age, should be irrelevant in the elaboration of a criminal legal type about trafficking in persons, due to the character of human dignity as a non negotiable legal asset. In that sense, the thesis concludes with a legislative proposal, with the amendment of article 153 of the Peruvian Criminal Code.
KEYWORDS
Trafficking in persons, international crimes, International Criminal Court (ICC), crimes against humanity, slavery, consent of the victim. Protocol to Prevent, Suppress and Punish Trafficking in Persons (The Palermo Protocol).
La trata de personas es un fenómeno de alcance mundial y un delito que afecta la dignidad, libertad e integridad de las personas, pues entraña la explotación de la víctima, a la que coloca en calidad de objeto. La constatación de este delito en el mundo contemporáneo constituye una evidencia de que persisten graves violaciones a los derechos humanos aún en las sociedades más desarrolladas del planeta, con cifras de víctimas tan altas, que permiten asegurar que en pleno siglo XXI hay tantas personas en situación de esclavitud como en las peores épocas de la historia.^1
Por otra parte, este delito abominable se encuentra muchas veces asociado al crimen organizado, pudiendo rebasar las fronteras de los Estados, lo que dificulta su persecución. Si bien la modalidad más conocida de trata de personas es la realizada con fines de explotación sexual, muchas de las víctimas son objeto de trata con fines de trabajo forzoso, servidumbre doméstica, mendicidad infantil o extracción de órganos.
Tras los consensos alcanzados por la comunidad internacional en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, llevada a cabo del 14 al 25 de junio de 1983 en Viena, la trata de personas es considerada una violación a los derechos fundamentales de las personas, ya que vulnera el derecho a la vida, la libertad, la igualdad, la seguridad personal y, en suma, a la dignidad humana, siendo especialmente grave en los niños, niñas y adolescentes, pues atenta contra su derecho a un desarrollo integral.
En la actualidad, la definición internacional de la trata de personas aparece en el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que complementa la “Convención de las Naciones Unidas contra la
(^1) Brasil. Secretaria Nacional de Justiça, Tráfico de Pessoas. Uma abordagem para os direitos humanos. Brasilia 2013. P. 24.