

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Tarea número 2 de introducción al derecho mercantil
Tipo: Ejercicios
1 / 2
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!


Preguntas teórico-prácticas a resolver:
1. Relacione las competencias de los Juzgados de lo Mercantil. Artículo 86.2 TER: “Los juzgados de lo mercantil conocerán DE MATERIA CONCURSAL y, asimismo, de cuantas cuestiones sean de la competencia del orden jurisdiccional civil, respecto de: A) Las demandas en las que se ejerciten acciones relativas a competencia desleal, propiedad industrial, propiedad intelectual y publicidad, así como todas aquellas cuestiones que dentro de este orden jurisdiccional se promuevan al amparo de la normativa reguladora de las sociedades mercantiles y cooperativas. B) Las pretensiones que se promuevan al amparo de la normativa en materia de transportes, nacional o internacional. C) Aquellas pretensiones relativas a la aplicación del Derecho Marítimo. D) Las acciones relativas a condiciones generales de la contratación en los casos previstos en la legislación sobre esta materia. E) Los recursos contra las resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado en materia de recurso contra la calificación del Registrador Mercantil, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Hipotecaria para este procedimiento. F) De los procedimientos de aplicación de los artículos 81 y 82 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y su derecho derivado, así como los procedimientos de aplicación de los artículos que determine la Ley de Defensa de la Competencia. Además, los Juzgados de lo Mercantil tendrán competencia para el reconocimiento y ejecución de sentencias y demás resoluciones judiciales extranjeras, cuando éstas versen sobre materias de su competencia, a no ser que, con arreglo a lo acordado en los tratados y otras normas internacionales, corresponda su conocimiento a otro Juzgado o Tribunal.” 2. Concrete las competencias los Juzgados de lo Mercantil de Alicante. Artículo 86.4 BIS: “Los juzgados de lo mercantil de Alicante tendrán competencia, además, para conocer, en primera instancia y de forma exclusiva, de todos aquellos litigios que se promuevan al amparo de lo previsto en los Reglamentos números 40/94, del Consejo de la Unión Europea, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria, y 6/2002, del Consejo de la Unión Europea, de 12 de diciembre de 2001, sobre los dibujos y modelos comunitarios. En el ejercicio de esta competencia dichos Juzgados 1
extenderán su jurisdicción a todo el territorio nacional, y a estos solos efectos se denominarán Juzgados de Marca Comunitaria.”
3. Juzgados de lo Mercantil especializados en materia de propiedad industrial. La especialización de los Juzgados de lo mercantil en materia de propiedad industrial empezó en diciembre de 2016 y, posteriormente, en febrero de 2017, cuando el CGPJ acordó atribuir en exclusiva el conocimiento de estos asuntos a varios juzgados en Cataluña, Madrid y Comunidad Valenciana. La atribución de los litigios en materia de propiedad industrial a los Juzgados de lo mercantil está prevista en la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes. Dicha norma atribuye la competencia territorial para conocer de aquellos asuntos en materia de patentes, marcas y diseño industrial de ámbito nacional, a los Juzgado de lo mercantil con sede en la ciudad del Tribunal Superior de Justicia. Los juzgados competentes en exclusiva en materia de propiedad industrial son los siguientes:
ADRIANA SEBASTIÁN YAGÜES 48686546P 2