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Competencias UE: Reparto de Poderes y Competencias Exclusivas, Compartidas y Coordinadas, Apuntes de Derecho Común

El sistema de competencias de la unión europea, su relación con los estados miembros y el reparto de poderes entre ellas. Se detalla el proceso de cesión de competencias soberanas, las competencias exclusivas, compartidas y de coordinación, y la base jurídica de cada una. Además, se presentan las políticas de la unión y sus competencias asociadas.

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 09/03/2021

alejandro-saez
alejandro-saez 🇪🇸

4.1

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TEMA 4:
¿Qué puede hacer la Unión?
Esta ligado a las competencias de la unión
Reparto de poder entre la unión y los Estados.
Hacen una cesión de competencias soberanas. Al hacerlo, la unión puede adoptar decisiones
obligatorias en contra de la voluntad del destinatario. La unión ha recibido unas competencias
limitadas para tareas limitadas. Todo lo de la unión, es que tiene el poder que le otorgan los estados.
No puede hacer otras cosas. (Principio de Atribución).
A partir de aquí, la unión opera bajo un sistema de reparto de poderes. Sistema parecido al español.
Proceso típico de sistema federal. Es un sistema de “devolución”. En la unión, viene en el tratado (art.
1 y 2 TFUE. Algo más complejo que el español.
Las competencias de la unión, barajar dos elementos:
1. La materia en la que va a actuar la unión
2. La competencia que tiene la unión.
3. Saber la base jurídica.
La materia: la unión actúa mediante políticas, (Parte tercera del TFUE). Donde puede intervenir la
unión.
La competencia: que competencia tiene la unión en la política previa. Lo que puede o no puede hacer
la unión bajo la política que cae en esa competencia.
1. Exclusivas
2. Compartidas
3. Coordinación, complemento y apoyo.
Después de asignarlo, habrá que ver la base jurídica. Cada una tiene su propia base jurídica. (Ej:
Sanidad)
Base jurídica: cómo actuar en esas competencias previas.
LAS COMPETENCIAS:
1. Exclusivas : Solo la puede ejercer la unión. No pueden hacer nada los Estados. Si la unión aún
no ha actuado, los Estados no pueden actuar aun así. Salvo que la unión autorice los poderes a
los Estados. Cuando los estados implementan las competencias exclusivas. Ej: política
monetaria, es exclusiva. Falsificar monedas de €. Los estados pueden adoptar medidas.
- Política monetaria
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TEMA 4:

¿Qué puede hacer la Unión? Esta ligado a las competencias de la unión Reparto de poder entre la unión y los Estados. Hacen una cesión de competencias soberanas. Al hacerlo, la unión puede adoptar decisiones obligatorias en contra de la voluntad del destinatario. La unión ha recibido unas competencias limitadas para tareas limitadas. Todo lo de la unión, es que tiene el poder que le otorgan los estados. No puede hacer otras cosas. (Principio de Atribución). A partir de aquí, la unión opera bajo un sistema de reparto de poderes. Sistema parecido al español. Proceso típico de sistema federal. Es un sistema de “devolución”. En la unión, viene en el tratado (art. 1 y 2 TFUE. Algo más complejo que el español. Las competencias de la unión, barajar dos elementos:

  1. La materia en la que va a actuar la unión
  2. La competencia que tiene la unión.
  3. Saber la base jurídica. La materia : la unión actúa mediante políticas, (Parte tercera del TFUE). Donde puede intervenir la unión. La competencia : que competencia tiene la unión en la política previa. Lo que puede o no puede hacer la unión bajo la política que cae en esa competencia.
  4. Exclusivas
  5. Compartidas
  6. Coordinación, complemento y apoyo. Después de asignarlo, habrá que ver la base jurídica. Cada una tiene su propia base jurídica. (Ej: Sanidad) Base jurídica : cómo actuar en esas competencias previas. LAS COMPETENCIAS :
  7. Exclusivas : Solo la puede ejercer la unión. No pueden hacer nada los Estados. Si la unión aún no ha actuado, los Estados no pueden actuar aun así. Salvo que la unión autorice los poderes a los Estados. Cuando los estados implementan las competencias exclusivas. Ej: política monetaria, es exclusiva. Falsificar monedas de €. Los estados pueden adoptar medidas.
  • Política monetaria
  • Política comercial común (política de comercio internacional, entre la unión y el resto del mundo). La unión es el mercado más grande del mundo.
  • Arancel Común: misma frontera para todos los estados, respecto a los países externos a la unión. Entre los miembros de la unión, no hay frontera.
  • Política de Competencia: competencia entre empresas en el mercado. Garantiza el buen comportamiento de las empresas en el mercado. (dentro del mercado europeo). Prohíben:

o Aquellas competencias que falsean (pactos entre empresas).

o Empresas que son dominantes y abusan en la unión. (Google o Amazon).

o Competencia menor que abarca los Recursos marinos.

2. Compartidas : Los estados tienen la competencia en aquellas políticas de competencia compartida, hasta que la unión decide ejercerla, entonces los Estados la pierden. Ej: Medio Ambiente. (Madrid Central). Las más importantes:

o Mercado Interno

o Salud pública

o Medio Ambiente

o Transporte

o Energía

o Agricultura y Pesca

o Libertad, seguridad y justicia

o Consumo

  1. Coordinación/complemento/apoyo : Solo puede coordinar, complementar y apoyar la unión. No puede dar órdenes ( legislar ) las actividades de cada uno de los miembros, no les dice como llevarlas a cabo. No establece regulación de competencias de los Estados miembros. Tipos:

o Apoyo a los jóvenes (políticas culturales).

o Educación (Erasmus).

o Cultura

o Turismo

o Industria

o Protección Civil

o Deportes

Todas las políticas de la unión caen en una de estas 3. Dos excepciones para dos políticas (TFUE).

  • Políticas económicas
  • Política exterior de seguridad común y defensa. (muy importante). PESCD. Cada política tiene una competencia y su propia base jurídica. Hay que ver la motivación para saber si es competencia o no que la unión puede controlar. La lista de las políticas Art. 3, 4 y 6 TFUE. Tras saber las políticas, se ve la competencia, se va a la lista y luego a la base jurídica (3ª parte del TFUE). Tiene su complicación elegir la política correcta. Entran un tipo de competencias, las Generales. No afectan a una sola política. Puede abordar medidas en terrenos en los que la unión no tiene competencias. Tres tipos: