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Análisis de las instituciones de la UE: BCE, BEI, CESE y Comité de Regiones - Prof. Molina, Apuntes de Instituciones de la Unión Europea

Este documento proporciona una visión general de cuatro instituciones clave de la unión europea: el banco central europeo (bce), el banco europeo de inversiones (bei), el comité económico y social europeo (cese) y el comité de las regiones. Se detallan sus orígenes, estructuras, funciones y roles en la respuesta a crisis como la de 2008. el análisis incluye la toma de decisiones en el bce, la financiación del bei y las funciones consultivas del cese y el comité de las regiones. es un recurso valioso para comprender el funcionamiento de la ue.

Tipo: Apuntes

2023/2024

Subido el 08/05/2025

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OTRAS INSTITUCIONES
1. BANCO CENTRAL EUROPEO
1.1 Origen y funciones
El Banco Central Europeo, creado en 1998 en Frankfurt con la Unión Económica y
Monetaria, tiene como objetivo principal mantener la estabilidad de precios con
una inflación del 2% (Artículo 127 TFUE). Sus funciones básicas son:
Definir y ejecutar la política monetaria (establecer tipos de interés, emisión
de billetes).
Gestionar las operaciones de divisas.
Supervisar los bancos de la zona euro.
1.2 Estructura
El Banco Central Europeo (BCE) y los bancos centrales nacionales forman el Sistema
Europeo de Bancos Centrales (SEBC). El Banco Central Europeo y los bancos
centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro constituyen
el Eurosistema.
Sus principales órganos de gobierno son:
El Comité Ejecutivo: Con presidente, vicepresidente y cuatro miembros
designados por el Consejo Europeo por ocho años no renovables. Ejecuta la
política monetaria y tareas delegadas.
El Consejo de Gobierno: Compuesto por el Comité Ejecutivo y los
gobernadores de los bancos centrales nacionales del euro. Es el principal
órgano de decisión, formula la política monetaria y establece directrices
para el BCE.
El Consejo General del BCE: Incluye al presidente, vicepresidente y
gobernadores de los bancos centrales de la UE. Tiene funciones consultivas
y de coordinación.
El Consejo de Supervisión: Con presidente, vicepresidente, cuatro
representantes del BCE y supervisores nacionales, se encarga de la
supervisión de las entidades de crédito.
1.3 Toma de decisiones
En el Consejo de Gobierno del BCE, cada miembro tiene un voto y las decisiones se
toman, en su mayoría, por mayoría simple. Sin embargo, asuntos como patrimonio,
capital o reservas de divisas requieren mayoría cualificada, ponderando los votos
de los participantes según la participación en el capital del BCE.
La regla de “un miembro, un voto” puede generar desequilibrios si los ciclos
económicos son desiguales, permitiendo que pequeñas economías formen
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¡Descarga Análisis de las instituciones de la UE: BCE, BEI, CESE y Comité de Regiones - Prof. Molina y más Apuntes en PDF de Instituciones de la Unión Europea solo en Docsity!

OTRAS INSTITUCIONES

1. BANCO CENTRAL EUROPEO

1.1 Origen y funciones El Banco Central Europeo, creado en 1998 en Frankfurt con la Unión Económica y Monetaria, tiene como objetivo principal mantener la estabilidad de precios con una inflación del 2% (Artículo 127 TFUE). Sus funciones básicas son:  Definir y ejecutar la política monetaria (establecer tipos de interés, emisión de billetes).  Gestionar las operaciones de divisas.  Supervisar los bancos de la zona euro. 1.2 Estructura El Banco Central Europeo (BCE) y los bancos centrales nacionales forman el Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC). El Banco Central Europeo y los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro constituyen el Eurosistema. Sus principales órganos de gobierno son:  El Comité Ejecutivo: Con presidente, vicepresidente y cuatro miembros designados por el Consejo Europeo por ocho años no renovables. Ejecuta la política monetaria y tareas delegadas.  El Consejo de Gobierno: Compuesto por el Comité Ejecutivo y los gobernadores de los bancos centrales nacionales del euro. Es el principal órgano de decisión, formula la política monetaria y establece directrices para el BCE.  El Consejo General del BCE: Incluye al presidente, vicepresidente y gobernadores de los bancos centrales de la UE. Tiene funciones consultivas y de coordinación.  El Consejo de Supervisión: Con presidente, vicepresidente, cuatro representantes del BCE y supervisores nacionales, se encarga de la supervisión de las entidades de crédito. 1.3 Toma de decisiones En el Consejo de Gobierno del BCE, cada miembro tiene un voto y las decisiones se toman, en su mayoría, por mayoría simple. Sin embargo, asuntos como patrimonio, capital o reservas de divisas requieren mayoría cualificada, ponderando los votos de los participantes según la participación en el capital del BCE. La regla de “un miembro, un voto” puede generar desequilibrios si los ciclos económicos son desiguales, permitiendo que pequeñas economías formen

coaliciones frente a grandes. Tras la ampliación de 2004 y la adhesión de Lituania en 2015, se reformó el sistema de votación:  Sistema de rotación: Solo 15 gobernadores pueden votar, mientras que los 6 miembros del Comité Ejecutivo mantienen su voto.  Distribución: Los 5 mayores Estados (Alemania, Francia, Italia, España y Países Bajos) tienen 4 votos rotatorios, y el resto, 11 votos rotando entre ellos.  Periodicidad: Los votos rotan mensualmente. Este sistema puede ser controvertido, ya que el peso económico no siempre refleja el peso poblacional, afectando la percepción de legitimidad en grandes Estados. 1.4 Respuesta a la crisis de 2008 En julio de 2012, en plena crisis de deuda en la eurozona, el entonces presidente del Banco Central Europeo (BCE), Mario Draghi, pronunció su famosa frase “Whatever it takes” (“Lo que sea necesario”) para garantizar la estabilidad del euro, respaldando la compra de deuda pública en mercados secundarios y exigiendo reformas para recibir crédito. La crisis de 2008 llevó a la creación de la Unión Bancaria, con el Mecanismo Único de Supervisión, gestionado por el BCE y autoridades nacionales.

2. BANCO EUROPEO DE INVERSIONES 2.1 Origenes Creado en 1958 con los Tratados de Roma y ubicado en Luxemburgo, el BEI es propiedad de todos los países de la UE. Forma el Grupo BEI junto con el Fondo Europeo de Inversiones (1994), donde es el principal accionista, seguido por la CE y facilita financiación a pymes a través de intermediarios financieros. 2.2 Estructura El Banco Europeo de Inversiones (BEI) tiene cuatro órganos principales:  Consejo de Gobernadores: Define las directrices generales y nombra a los miembros del Consejo de Administración y del Comité de Dirección. Está compuesto por un ministro de cada Estado miembro, generalmente de Economía y Finanzas. La Presidencia se rota entre los Estados, y los ministros eligen al presidente del BEI. Las decisiones se toman por mayoría del 45% del capital o, en algunos casos, por unanimidad.  Consejo de Administración: Aprueba las operaciones de préstamo. Tiene 28 miembros elegidos por cinco años renovables, uno por cada Estado y otro por la Comisión Europea. Presidido por el presidente del BEI, toma

El Comité Económico y Social Europeo cuenta con 329 miembros, propuestos por los gobiernos nacionales y nombrados por el Consejo por cinco años renovables. Son elegidos por sus capacidades personales, no como delegados de sus organizaciones, y no pueden superar los 350 miembros. 3.3 Organización El Comité Económico y Social Europeo se organiza en tres grupos: Empresarios, Trabajadores y Otros grupos (consumidores, agricultores, etc.). La Mesa está compuesta por un presidente, dos vicepresidentes y 36 miembros, elegidos por dos años y medio. La presidencia rota entre los tres grupos, mientras los otros ocupan las vicepresidencias. El presidente dirige el CESE y lo representa. La Mesa orienta y coordina los trabajos, organizados en secciones especializadas como UEM, mercado único o agricultura, que nombran rapporteurs. Las sesiones plenarias se realizan en Bruselas, donde se debaten los informes. 3.4 Funciones La principal función del Comité Económico y Social Europeo (CESE) es emitir opiniones sobre asuntos de la UE y mantener contacto con otras instituciones. Puede ser consultado por el Parlamento Europeo, el Consejo o la Comisión, o emitir dictámenes por iniciativa propia. Su influencia es limitada por  la división sectorial desactualizada.  Presiones de los grupos de interés.  Es un órgano carácter consultivo.  Sus miembros actúan a título personal sin representar sectores específicos.  Existen otras fuentes consultivas.

4. COMITÉ DE LAS REGIONES 4.1 Origenes Las cuestiones regionales han sido clave desde el inicio:  Debido a las disparidades de riqueza entre regiones y su papel proactivo en atraer fondos europeos.  Por el papel proactivo para la atracción de fondos europeos.  Asociacionismo entre regiones europeas En 1988, la Comisión modificó la política regional, otorgando a las regiones un papel activo en la gestión de fondos, creando el Consejo Consultivo de Autoridades Locales y Regionales. Durante la CIG del Tratado de Maastricht, algunos países como Bélgica y Alemania presionaron para crear un órgano más fuerte, mientras que otros, como Francia, España y Reino Unido, eran reacios. Así nació el Comité de las Regiones.

4.2 Miembros El Comité de las Regiones es una asamblea política de 329 miembros, elegidos a nivel local o regional, como alcaldes o presidentes de región. Son propuestos por los Estados y son nombrados formalmente por el Consejo por periodos de cinco años renovables. 4.3 Organización El Comité de las Regiones se organiza en grupos políticos y comisiones especializadas en áreas temáticas. Su Mesa está compuesta por el presidente, el vicepresidente primero, 27 vicepresidentes (uno por Estado miembro), 26 miembros más y los presidentes de los grupos políticos, con un mandato de dos años y medio. La Mesa establece las prioridades y coordina el trabajo. La Conferencia de presidentes, formada por el presidente, vicepresidente primero y presidentes de grupos, prepara los trabajos y busca consenso. Se reúne en Bruselas seis veces al año, y cuenta con una Secretaría General. 4.4 Funciones El Comité de las Regiones tiene como función principal emitir dictámenes sobre propuestas legislativas y Su influencia es similar a la del Comité Económico y Social Europeo (CESE). Funciones particulares  Es consultado por el Parlamento Europeo, el Consejo o la Comisión en casos previstos por los Tratados o cuando se traten cuestiones relacionadas con la cooperación transfronteriza.  Cuando el CESE sea consultado, el CdR debe ser informado y podrá emitir un dictamen si hay intereses regionales específicos.  Puede emitir dictámenes cuando considere que hay intereses regionales específicos y por iniciativa propia.

5. TRIBUNAL DE CUENTAS 5.1 Organización El Tribunal de Cuentas Europeo está compuesto por un miembro nacional de cada Estado miembro, con la obligación de actuar con independencia y deben tener experiencia en control externo o estar cualificados para ello. Son nombrados por seis años renovables, tras previa consulta al Parlamento Europeo. Eligen a su presidente por tres años renovables. Estando su sede está en Luxemburgo. 5.2 Funciones