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caso de divorcio exprés y las redes sociales (tema de exposición)
Tipo: Diapositivas
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Causas de disolución del matrimonio , se disuelve por:
Proceso de divorcio
Nulidad de la renuncia. Es nula la renuncia de cualquiera de los cónyuges a la facultad de pedir el divorcio; el pacto o cláusula que restrinja la facultad de solicitarlo se tiene por no escrito.
Legitimación. El divorcio se decreta judicialmente a petición de uno o de ambos cónyuges.
Requisitos y procedimiento del divorcio
Toda petición de divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de dicha separación; la omisión de la propuesta impide dar trámite a la petición. Si el divorcio es peticionado por un solo cónyuge, el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta. Al momento de formular las propuestas, las partes deben acompañar los elementos en que se fundan, el juez puede ordenar de oficio o a petición de las partes, que se incorporen otros elementos que se estiman pertinentes. Las propuestas deben ser evaluadas por el juez, debiendo convocar a los cónyuges a una audiencia. En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Si existe desacuerdo sobre los efectos del divorcio, o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez de conformidad con el procedimiento previsto en la ley local.
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Los requisitos exigidos por la ley civil para tramitar un juicio de divorcio son: la voluntad de uno o de ambos cónyuges de divorciarse. Con la modificación vigente desde el 1 de agosto de 2015, ya no es necesario esperar tres años de matrimonio o que ambos cónyuges estén de acuerdo.
La documentación a presentar para el trámite del juicio de divorcio son:
Convenio regulador
Contiene las cuestiones relativas a la atribución de la vivienda, la distribución de los bienes, y las eventuales compensaciones económicas entre los cónyuges, al ejercicio de la responsabilidad parental, en especial, la prestación alimentaria.
Eficacia y modificación del convenio regulador
El juez puede exigir que el obligado otorgue garantías reales o personales como requisitos para la aprobación del convenio.
Compensación económica
El cónyuge a quien el divorcio produce un desequilibrio manifiesto que signifique el empeoramiento de su situación y que tiene por cusa adecuada el vínculo matrimonial y su ruptura, tiene derecho a una compensación. Esta puede consistir en una prestación única, en una renta por tiempo determinado o, excepcionalmente por plazo indeterminado. Puede pagarse con dinero, con el usufructo de determinados bienes o de cualquier otro modo que determinen las partes o decida el juez.
Fijación judicial de la compensación económica
Caducidad. A falta de acuerdo con los cónyuges en el convenio regulador, el juez debe determinar la procedencia y el monto de la compensación económica sobre la base de diversas circunstancias, entre otras:
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A petición de parte interesada, el juez puede establecer: una renta compensatoria por el uso del inmueble a favor del cónyuge a quien no se le atribuye la vivienda, que el inmueble no sea enajenado sin el acuerdo expreso de ambos; que el inmueble ganancial o propio en condominio de los cónyuges no sea partido liquidado. La decisión produce efectos frente a terceros a partir de su inscripción registral. Si se trata de un inmueble alquilado, el cónyuge no locatario tiene derecho a continuar en la locación hasta el vencimiento del contrato, manteniéndose el obligado al pago y las garantías que primitivamente se constituyeron en el contrato.
Cese
El derecho de uso de la vivienda familiar cesa :
a. Por cumplimiento del plazo fijado por el juez.
b. Por cambios de circunstancias que se tuvieron en cuenta para su fijación.
c. Por las mismas causas de indignidad previstas en materia sucesoria
MATRIMONIO SIN HIJOS MENORES: $18.000 Pesos MATRIMONIO CON HIJOS MENORES: $24.000 Pesos
MATRIMONIO SIN HIJOS MENORES: $18.000 Pesos MATRIMONIO CON HIJOS MENORES: $28.000 Pesos
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