¡Descarga Teoria General del Proceso y más Ejercicios en PDF de Teoría del Derecho solo en Docsity! Defensa y excepción; relación y diferencia de la función jurisdiccional y su límite Cuestionario 1. Conteste y explique: ¿el derecho humano de defensa se observa en todo tipo de proceso? La Doctrina Mexicana ha mencionado que la Defensa en Juicio es una garantía o derecho de audiencia, es parte del grupo de las garantías constitucionales que son aplicables a todo tipo de proceso y las específicas dirigidas a la materia penal .El Derecho de Defensa en Juicio se fundamenta en lo estipulado en el segundo párrafo del Artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al disponer que "Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los Tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho". Los lineamientos esenciales del Derecho de Defensa en Juicio se hallan consagrados en la Constitución, por lo tanto, forman el cúmulo de garantías que las partes tienen al momento de solicitar la prestación jurisdiccional. 2. ¿Por qué la acción pertenece tanto al actor como al demandado? Tanto la parte Actora como el Demandado, exponen sus pretensiones, peticiones o reclamaciones, es importante precisar que la parte demandada ejerce la Acción formulando pretensiones al momento de contrademandar a la parte actora, convirtiéndose la parte demandada en Parte Actora Reconvencional, y del mismo modo la Parte Actora Original adquiere la calidad de parte demandada en la Reconvención. 00 3. Mencione el nombre de tres excepciones procesales y tres excepciones sustanciales: Excepciones Procesales: La Incompetencia del Juez, La Litispendencia y La Conexidad de la Causa. Excepciones Sustanciales: Pago, Prescripción y Nulidad. 4. Explique qué es jurisdicción: Es la Función soberana del Estado que se desarrolla mediante una serie de actos encaminados a solucionar un litigio o controversia, aplicando una Ley General al caso en concreto controvertido para solucionarlo o dirimirlo. 5. Explique cuáles son las diferencias entre función jurisdiccional y administrativa: La Jurisdicción se refiere a la aptitud de "decir el derecho", es una expresión de del Supremo Poder de la Federación, el de las Entidades Federativas y el delos Tribunales de la Ciudad de México, se manifiesta en el proceso de manera dinámica, traduciéndose en varias clases de resoluciones, qué son actos jurisdiccionales con imperio y coerción para hacer efectivas las sentencias que pueden poner fin a un litigio, la jurisdicción es un concepto fundamental o categoría Ponte, del cual se derivan otros como la competencia, qué se conceptualiza como el límite natural, pues dicha jurisdicción se delimita por distintos factores competenciales, por ejemplo la materia, el grado y el territorio, o bien, la recusación y la excusa. Es ejercida por funcionarios a quienes les son aplicables todo género de normas, desde las constitucionales, administrativas o penales, y en la actualidad se da un fenómeno de codificación ética, pues se cuenta con códigos de ética del Poder Judicial, tales como de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, o el del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. 01 10. ¿Qué es la competencia objetiva? Hace alusión al órgano jurisdiccional con abstracción de quien sea su titular en un determinado momento, es el conjunto de normas procesales que se distribuyen de forma jerárquica entre los diversos órganos judiciales de un mismo orden jurisdiccional, así como el conocimiento de la fase declarativa de los objetos procesales 11. ¿Qué es la competencia subjetiva? Se define como la razón o criterio qué determina la potestad jurisdiccional partiendo de las condiciones del juzgador, puede motivar incompetencias que lleven a impedimentos, recusaciones o excusas que el juez tendrá que conocer. Este tipo de competencia no alude al órgano jurisdiccional sino a su titular, a la persona o a las personas físicas que se encargan del desenvolvimiento, así como del desempeño de las funciones del órgano. 12. Enliste los conceptos que el órgano jurisdiccional debe examinar para determinar tanto la competencia objetiva como la competencia subjetiva: Criterios Determinadores de la Competencia Objetiva 1.Competencia en razón de la Materia Litigiosa. Se enfoca a determinar la norma sustantiva que dará resolución al litigio, ya sea civil, mercantil, familiar, fiscal, agrario, y la sentencia estará a cargo de los jueces competentes en dichas materias, de acuerdo con las leyes sustantivas. 2. Competencia en razón de la Cuantía. Determinada por el monto del litigio, respecto a los asuntos de mínima cuantía se han creado juzgados que tramitan el proceso respectivo en un juicio especializado con tendencia a la oralidad son los 04 jueces de mínima cuantía, de oralidad civil y familiar, jueces de delitos no graves. El Consejo de la judicatura de la Ciudad de México se encarga de dejar una cantidad monetaria como límite para la competencia económica de los juzgados anteriormente mencionados, los juicios por delitos no graves se determinan por la naturaleza de la pena, o en su caso por un máximo, de las sanciones privativas de la libertad. La cantidad monetaria es publicada en el mes de noviembre de cada año en el Boletín judicial y en el Diario Oficial de la Federación, para que se aplique el primer día hábil del año siguiente. 3. Competencia por razón de Grado. Podemos identificar que únicamente hay 3 instancias, la primera se inicia con la demanda y termina con la sentencia, la segunda comienza con un recurso de alzada y concluye con la sentencia de segunda instancia, la tercera se desarrolla ante el recurso de casación, que en nuestro sistema es el juicio de amparo. 4. Competencia por Territorio. Observable en los Estados, formando por partidos o distritos judiciales dentro de los cuáles pueden actuar válidamente los juzgados, la competencia de la Suprema Corte De Justicia de la Nación abarca a toda la República, por ser el más alto Tribunal, debemos recordar que la Ciudad de México tiene un único partido judicial. 5. Competencia por Turno. El turno lo determina la oficialía de partes de cada Tribunal o juzgado local o federal, que por riguroso turno asigna el número de expediente, así como el número de juzgado que dará solución al litigio. 6. Competencia por Prevención. Se presenta cuando existen dos o más tribunales juzgados que son competentes para el conocimiento de algún asunto, el Juez o Tribunal que conoce en primer lugar del asunto previene a los otros, determina su competencia, excluyendo a los restantes. En lo que respecta al criterio determinador de la Competencia Subjetiva, el punto de atención es el sujeto que pide justicia, esto es que para fincar la capacidad objetiva del órgano de juzgamiento se debe tener en consideración la calidad o condición personal de las partes involucradas en el pleito, observando alguna relación de amistad, amor, parentesco u odio entre el juez y las partes, situación que puede llevar a reclamar la parcialidad del juez por sostener alguna de estas relaciones. La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación delimita 05 dichas situaciones para aquellos casos en que exista una amistad estrecha o una enemistad manifiesta, en los cuales se verá afectada la imparcialidad del juzgador 13. Mencione las diferencias entre jurisdicción y competencia: La Jurisdicción es la potestad de la que los jueces se revisten para administrar Justicia, y la Competencia es la Facultad que poseen para conocer ciertos negocios, ya sea por la naturaleza misma de las cosas o por razón de las personas Fuentes de consulta: Unidad 6: Defensa, Excepción, Jurisdicción y Competencia, Teoría General del Proceso, Licenciatura en Derecho, UNAM. 2. Fernando Flores García. (2018). "Jurisdicción Contenciosa". https://leyderecho.org/jurisdiccion-contenciosa/ 06