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Título II: La Corona, Apuntes de Derecho Constitucional

Título II de la Constitución Española, La Corona

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 10/12/2020

Carmennube
Carmennube 🇪🇸

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TEMA 2:
LA CORONA: ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS. SUCESIÓN Y REGENCIA. EL
REFRENDO.
Estructura: T. II: La Corona (a. 56-65)
Artículos Contenido
56 Definición Rey/Títulos/Refrendo
57 Sucesión
58 Reina consorte/consorte de la Reina
59 Regencia
60 Tutela
61 Proclamación y Juramentos
62 Funciones
63 Funciones internacionales
64 Refrendo
65 Funciones sin refrendo/Distribución de Presupuestos del Estado.
1. Rey.
a. 56: Rey:
“Rey es Jefe de Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el
funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado en
las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y
ejerce las funciones que le atribuyen la CE y leyes.
Título: Rey de España y los demás de la Corona.
Es inviolable y no está sujeto a responsabilidad. Sus actos están siempre refrendados,
careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo en el a. 65.2. (relevo de los miembros civiles
y militares de su casa)”.
Ley de Enjuiciamiento Criminal: Rey, Reina, sus respectivos consortes, Príncipe heredero y
Regentes: exentos del deber de declarar ante Jueces y Tribunales; mientras que las demás personas
de la Familia Real están exentas de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar, pudiendo
hacerlo por escrito.
RD 1368/1987, 6 noviembre sobre Títulos, Tratamientos y Honores de la Familia Real y de los
Regentes:
Titular de la Corona se denomina Rey o Reina de España y recibe el tratamiento de
Majestad.
Consorte del Rey de España, mientras lo sea o permanezca viuda, recibe la denominación de
Reina y el tratamiento de Majestad.
Consorte de la Reina de España recibe la denominación de Príncipe y el tratamiento de
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TEMA 2:

LA CORONA: ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS. SUCESIÓN Y REGENCIA. EL

REFRENDO.

Estructura: T. II: La Corona (a. 56-65) Artículos Contenido 56 Definición Rey/Títulos/Refrendo 57 Sucesión 58 Reina consorte/consorte de la Reina 59 Regencia 60 Tutela 61 Proclamación y Juramentos 62 Funciones 63 Funciones internacionales 64 Refrendo 65 Funciones sin refrendo/Distribución de Presupuestos del Estado.

  1. Rey. a. 56: Rey:
  • “Rey es Jefe de Estado , símbolo de su unidad y permanencia , arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones , asume la más alta representación del Estado en las relaciones internacionales , especialmente con las naciones de su comunidad histórica , y ejerce las funciones que le atribuyen la CE y leyes.
  • Título: Rey de España y los demás de la Corona.
  • Es inviolable y no está sujeto a responsabilidad. Sus actos están siempre refrendados, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo en el a. 65.2. (relevo de los miembros civiles y militares de su casa)”. Ley de Enjuiciamiento Criminal: Rey, Reina, sus respectivos consortes, Príncipe heredero y Regentes: exentos del deber de declarar ante Jueces y Tribunales; mientras que las demás personas de la Familia Real están exentas de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar, pudiendo hacerlo por escrito. RD 1368/1987, 6 noviembre sobre Títulos, Tratamientos y Honores de la Familia Real y de los Regentes:
  • Titular de la Corona se denomina Rey o Reina de España y recibe el tratamiento de Majestad.
  • Consorte del Rey de España, mientras lo sea o permanezca viuda, recibe la denominación de Reina y el tratamiento de Majestad.
  • Consorte de la Reina de España recibe la denominación de Príncipe y el tratamiento de

Alteza Real.

  1. Sucesión. a. 57: Sucesión:
  • “Corona es hereditaria en los sucesores de S.M. Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. Sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación , siendo preferida siempre:
  • La línea anterior a la posterior.
  • En la misma línea, el grado más próximo al más remoto.
  • En el mismo grado, el varón a la mujer.
  • En el mismo sexo, el de más edad al de menos.
  • Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento , tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados al sucesor de la Corona.
  • Extinguidas todas la líneas en Derecho, las Cortes Generales ( CG ) proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.
  • Aquellas personas que, teniendo derecho a la sucesión en el trono, contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y CG , quedan excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.
  • Abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho se resuelven por LO”. a. 58: Reina consorte o consorte de la Reina:
  • “ Reina consorte o el consorte de la Reina no pueden asumir funciones constitucionales , salvo Regencia”.
  1. Regencia. a. 59: Regencia:
  • “Cuando el Rey sea menor de edad , el padre o madre de Rey y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de minoría de edad del Rey.
  • Si el Rey se inhabilita para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad fuera reconocida por las CG , entrará a ejercer inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero, si fuese mayor de edad. Si no, se procede de la misma forma que en el apartado anterior, hasta que el Príncipe heredero alcance la mayoría de edad.
  • Si no hubiese ninguna persona a quien corresponda la Regencia, ésta será nombrada por las

de CCAA.

  • Príncipe heredero, al alcanzar mayoría de edad, y el Regente /s al hacerse cargo de sus funciones, prestarán el mismo juramento + juramento de fidelidad al Rey ”:
  1. Funciones. a. 62:
  • “Corresponde al Rey:
  • Sancionar y promulgar leyes.
  • Convocar y disolver las CG y convocar elecciones.
  • Convocar a referéndum.
  • Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones.
  • Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente.
  • Expedir Decretos acordados en CM, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones.
  • Ser informado de los asuntos del CM, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente de Gobierno.
  • Mando supremo de las Fuerzas Armadas.
  • Ejercer derecho de gracia, no se puede autorizar indultos generales.
  • Alto Patronazgo de las Reales Academias”. a. 63: Funciones en las relaciones internacionales:
  • “Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos. Los representantes extranjeros en España están acreditados ante él.
  • Le corresponde manifestar el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de Tratados, de conformidad con la CE y las leyes.
  • Le corresponde, previa autorización de las CG , declarar la guerra y hacer la paz ”.
  1. Refrendo. a. 64: Refrendo:
  • “Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el a. 99 , serán refrendados por el Presidente del Congreso.
  • De los actos del Rey serán responsables las personas que lo refrendan”. a. 65: Actuaciones sin refrendo:
  • “Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa Real, y distribuye libremente la misma.
  • Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa”.