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Tratado de Libre Comercio (TLC), Resúmenes de Derecho Internacional

Panamá es un país en crecimiento económico que ofrece múltiples opciones de inversión, ya que cuenta con diferentes legislaciones para las llamadas “ ZONAS ECONÓMICAS ESPECIALES (ZEE)”. En los últimos años, la región a la cual Panamá pertenece, ha incentivado la competitividad en materia comercial, logrando incrementar la inversión extranjera en nuestro suelo.

Tipo: Resúmenes

2021/2022

Subido el 09/03/2022

LizbethCardenas
LizbethCardenas 🇵🇦

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Ministerio De Educación
Universidad Del Istmo
Estudiantes:
Lois Lissette Muñoz Jiménez 8-905-520
Lizbeth Cardenas G. 8-462-622
Nivian Beresford 8-819-1651
Materia:
Derecho Internacional Público
Asignación:
Actividad 2
24 de enero de 2022
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Ministerio De Educación Universidad Del Istmo Estudiantes: Lois Lissette Muñoz Jiménez 8 - 905 - 520 Lizbeth Cardenas G. 8- 462 - 622 Nivian Beresford 8 - 819 - 1651 Materia: Derecho Internacional Público Asignación: Actividad 2 24 de enero de 2022

Índice

  • INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………...…….
    1. TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE PANAMÁ Y CANADÁ
    • En relación a los aranceles
    • De los Impuestos
    1. TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE PANAMÁ Y PERÚ……………....….
    1. TRATADO DE LIBRE COMERCIO CHILE – PANAMÁ…………………..……..7-
    1. CONCLUSIONES…………………………………………………………..……..……
    1. BIBLIOGRAFIA…………………………………………………….…………….……

1. TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE PANAMÁ Y

CANADÁ

Canadá es el segundo país más grande del mundo en territorio, pero tiene una población pequeña y concentrada (40 millones de habitantes, 3.7 hab/km, 10% del tamaño del mercado americano). Canadá es el 11º importador más grande en el mundo. En lo que se refiere a Latinoamérica, ésta representa el 2,6% del total de lo exportado por Canadá y el 8,5% del total importado. Canadá disfruta de un superávit comercial con los EE.UU., que absorbe alrededor de las tres cuartas partes de las exportaciones canadienses al año. Canadá es el mayor proveedor extranjero de los Estados Unidos de la energía, incluyendo petróleo, gas, uranio y energía eléctrica. Este país reconoce el inglés como el idioma de los negocios. La mayoría de las ventas a empresas canadienses se realizan a través de unos pocos intermediarios y, a veces, directamente del fabricante al usuario final, especialmente en el caso de productos industriales. Las negociaciones para la firma de un Tratado de Libre Comercio entre Panamá y Canadá iniciaron en mayo de 2008 y fueron concluidas luego de cuatro (4) rondas. La firma del Tratado de Libre Comercio (TLC) y de los Acuerdos Paralelos en materia laboral y ambiental, se efectuó el 14 de mayo del 2010 en la ciudad de Toronto, Canadá, entre el Ministro de Comercio e Industrias, S.E. Roberto Henríquez y su homólogo canadiense, S.E. Peter Van Loan. Este Tratado fue adoptado por Panamá mediante la Ley 69 de 26 de octubre de 2010. (Intelcom, s.f.) Canadá y Panamá firmaron un Tratado de Libre Comercio (TLC) el 1 de mayo de 2010. El acuerdo entró en vigor el 1 de abril de 2013. El objetivo principal del acuerdo es facilitar el comercio entre los dos países. En el acuerdo, las partes se comprometen a asegurar el acceso a de sus respectivos mercados mediante la supresión total y definitiva, en un plazo determinado, de los derechos de aduana de importación y cualesquiera otros impuestos o tasas, salvo algunos productos que son fuera de acuerdo. Canadá elimina aranceles a más del 99% de las importaciones panameñas. Entre los artículos que entrarán inmediatamente libres de impuestos a Canadá están la carne de cerdo, pescados y mariscos, café, frutas, cosméticos, ropa, muebles y artículos industriales. Para disfrutar de esta ventaja, los productos exportados a Canadá deben cumplir con las reglas de origen establecidas en el TLC.

• En relación a los aranceles

Canadá tiene una tasa general del 35%, que se aplica a los bienes importados de países fuera de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Los países de la OMC están sujetos a aranceles de Nación Más Favorecida (NMF), a menos que existan acuerdos o tratados comerciales, como es el caso de Panamá. Canadá tiene una tasa impositiva especial para los países menos desarrollados (PMA), que pagan cero impuestos sobre todos los productos, excepto la leche, las aves y los huevos. Los impuestos o derechos a pagar sobre los productos exportados de Panamá a Canadá son impuestos establecidos en el Tratado de Libre Comercio. La base imponible es el valor CIF de la mercancía, incluyendo costo, seguro y flete.

• De los Impuestos

Además de los impuestos, se pagan dos tipos de impuestos:

  • Impuesto sobre Bienes y Servicios (GST): impuesto federal sobre bienes y servicios. Este porcentaje es el mismo en todas las provincias y supone el 5%. Se aplica al valor de los bienes y servicios después del pago de todos los derechos e impuestos aduaneros. La mayoría de los artículos básicos de abarrotes, productos agrícolas, mascotas, productos y equipos médicos se incluyen en la categoría de "bienes y servicios de tasa cero", lo que significa que están completamente libres de GST.
  • Impuesto de Servicios Provinciales (PST): Impuesto de Servicios Provinciales. Varía de 0 a 10 dependiendo de la provincia. Al igual que GST, su base imponible es el valor de los bienes y servicios después del pago de todos los impuestos y derechos de aduana. En algunas provincias, en lugar de gravar cada impuesto por separado, se aplica un impuesto combinado, la suma de GST y PST, conocido como el Impuesto de Servicios Armonizados (HST).

con dicho país, ya que es un eje de distribución hacia diversos destinos de exportación. (https://www.mincetur.gob.pe/wp- content/uploads/documentos/comercio_exterior/plan_exportador/Penx_2025/PDM/ Panama/04.html, s.f.)

3. TRATADO DE LIBRE COMERCIO CHILE – PANAMÁ

El tratado establece las herramientas para crear un intercambio sólido de bienes, servicios e inversiones en el marco de un acuerdo balanceado que persigue estimular la expansión y la diversificación del comercio, la eliminación de los obstáculos que lo afectan y la facilitación del mismo Cada parte se compromete a otorgar trato nacional a los productos originarios de la otra Parte, en los mismos términos que estipula el Artículo III del GATT de 1994 o cualquier otro tratado posterior del que los países formen parte. Este tratado se basa en establecer las preferencias que se les otorgan a las mercancías originarias de ambas partes, mediante disposiciones que reglamentan el intercambio comercial a una serie de mercancías, no obstante, respetando las respectivas condiciones que se dispone. Disposiciones como la eliminación arancelaria, exención de aranceles aduaneros, la admisión temporal de mercancías, mercancías reimportadas después de haber sido reparadas o alteradas, importación libre de derechos para muestras comerciales de valor insignificante y materiales de publicidad impresos, son disposiciones que tienen como objetivos facilitar el comercio en general. También se contemplan artículos de restricciones a la importación y a la exportación, cuotas y trámites administrativos, impuestos a la exportación, que comprometen a las partes a evitar distorsiones comerciales que encarezcan y obstaculicen el comercio. También se lista el programa de desgravación arancelaria. Los cuales reflejan una oferta de Chile el cual permite a Panamá un acceso inmediato en un 92.5% de sus líneas arancelarias; permite la apertura en 5 años del 5.8% de las líneas arancelarias; permite la apertura en 10 años del 1.3% de las líneas arancelarias; pero excluyen el 0.4% o 29 líneas arancelarias. En cuanto a Panamá su oferta permite a Chile un acceso inmediato de 68.2% de sus líneas arancelarias; permite la apertura en 5 años del 11.7% de sus líneas arancelarias; permite la apertura en 10 años del 7.3% de sus líneas arancelarias; permite la apertura en 12 años del 0.7% de sus líneas arancelarias; permite la apertura en 15 años del 8.9% de sus líneas arancelarias; pero excluye el 8.9% o 254 líneas arancelarias. Se aplica la implementación de del Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (Acuerdo M SF de la OMC) y la aplicabilidad de los estándares internacionales. Ampliar las op

ortunidades comerciales a través de la facilitación del comercio entre las Partes bu scando resolver las materias de acceso a los mercados, protegiendo la vida y la salud de las personas y los animales o para preservar los vegetales en los territorios de las Partes. Establecer un mecanismo para el fortalec imiento de la transparencia y el reconocimiento de la equivalencia de medidas sani tarias y fitosanitarias y de las prácticas de regionalización mantenidas por las Part es consistentes con la protección de la vida y la salud de las personas y los animal es o para preservar los vegetales. Proporcionar los mecanismos de comunicación y cooperación para resolver los temas sanitarios y fitosanitarios. Como parte de las regulaciones que pretenden generar un impacto positivo en el c lima de intercambio de bienes que se generara con el Acuerdo las Partes incluyero n dentro del Tratado la posibilidad de que por efectos de la reducción o eliminación de un arancel aduanero (o la liberalización comercial) que generase un volumen d e importaciones tales que afecte o amenace una rama de producción nacional, se puedan introducir las llamadas salvaguardias comerciales. Asegurar transparencia y certeza jurídica para los inversionistas de ambas Partes contratantes y garantizar que en la aplicación de cualquier tipo de medidas no hab rá discriminación en perjuicio de los inversionistas ni de las inversiones de ninguna de las Partes.

BIBLIOGRAFIA

1 - https://info.plp.com.pa/blog/tratados-comerciales-en-panama 2 - https://www.mincetur.gob.pe/wpcontent/uploads/documentos/comercio_exte rior/plan_exportador/Penx_2025/PDM/Panama/04.html, s.f. 3 - https://www.ana.gob.pa/w_ana/index.php/about-event/acuerdos-decretos- memorandos-resoluciones/acuerdos-comerciales-internacionales. 4 - Ministerio de Comercio e Industrias. República de Panamá. (2019). TLC Panamá y Nicaragua. Recuperado de: https://www.mici.gob.pa/tratados-comerciales- Vigentes. 5 - Ministerio de Comercio e Industrias. República de Panamá. (2017). TLC Panamá y Chile. Recuperado de: https://www.mici.gob.pa/tratados-comerciales- Vigentes.