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Asignatura: Derecho Internacional Público, Profesor: , Carrera: Derecho, Universidad: UC3M
Tipo: Apuntes
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Internacionalización
de la vida política,
jurídica, económica,
social...
Acuerdos suscritos
diversos Estados:
entre sí
con organizaciones
supranacionales
Influencia
en la
organización
política
interna
Art. 10.2 CE: “Las normas relativas a los derechos
fundamentales y a las libertades que la
Constitución reconoce se interpretarán de
conformidad con la Declaración Universal de
Derechos Humanos y los Tratados y acuerdos
internacionales sobre las mismas materias
ratificados por España.”
Art. 96 CE: “Los Tratados
internacionales válidamente
celebrados, una vez
publicados oficialmente en
España, formarán parte del
ordenamiento interno. Sus
disposiciones solo podrán ser
derogadas, modificadas o
suspendidas en la forma
prevista en los propios
Tratados o de acuerdo con
las normas generales del
Derecho Internacional.”
Comúnmente los Tratados
internacionales guardan una
relación de inferioridad
jerárquica con la
Art. 95 CE: “La celebración de
un Tratado internacional que
contenga estipulaciones
contrarias a la Constitución
exigirá la previa revisión
constitucional.
El Gobierno o cualquiera de las
Cámaras puede requerir al
Tribunal Constitucional para que
declare si existe o no esa
contradicción”
Los Tratados internacionales
guardan una relación de
inferioridad jerárquica con la
Constitución.
Exigencia de un control
1)Control previo de
constitucionalidad (preservar
Constitución y equilibrios
internacionales)
Sólo algunos tratados pueden modificar una ley
ordinaria ya existente, es decir, los que han sido
aprobados por las CC. GG. (art. 94.1.e CE).
Todos los tratados internacionales suscritos por el
Estado español gozan de resistencia respecto a la
ley, siendo inderogables por ella.
T. que conllevan la
cesión de ejercicio de
competencias
constitucionales.
T. autorizados con
carácter previo por las
T. que no necesitan
autorización previa por
las CC. GG.
Art. 94 CE: La prestación del consentimiento del Estado
para obligarse por medio de Tratados o convenios requerirá
la previa autorización de las Cortes Generales, en los
siguientes casos:
carácter político.
carácter militar.
integridad
territorial
territorial del Estado o a los derechos y deberes
derechos y deberes
fundamentales
fundamentales establecidos en el Título primero.
obligaciones
financieras
financieras para la Hacienda Pública.
modificación
modificación
o derogación de alguna Ley
o derogación de alguna Ley o exijan medidas legislativas
para su ejecución.
ejecución.
Previa autorización de las Cortes
Generales
El Gobierno solicita la autorización:
Remite al parlamento texto, memoria, reservas
y declaraciones propias.
Congreso y Senado debaten.
Enmiendas a la
totalidad:
denegación,
aplazamientos,
Enmiendas
parciales: supresión,
adición,
modificación a las