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vistos buenos de una empresa para importacion y exportacion
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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Código: ASS-RSA-FM008 Versión: 03 Fecha de Emisión: 13/11/ FORMATO ÚNICO PARA NOTIFICACION ELECTRONICA DE SOLICITUDES DE EXPEDICIÓN O RENOVACIÓN DE REGISTRO SANITARIO PARA BEBIDAS ALCOHÓLICAS
Yo mayor de edad, identificado con C.C. N° en calidad de Representante Legal o Apoderado trámite de la Dirección Relacionado con el producto: con número de expediente (opcional) “Los datos personales suministrados en el presente formulario serán tratados conforme a la “política de tratamiento y protección de datos personales GDI-DIE-PL018" Respetado Usuario: La Notificación es el medio a través del cual se ponen en conocimiento del interesado los actos de carácter particular. Tiene como finalidad garantizar el conocimiento de las actuaciones administrativas y de su desarrollo de tal forma que se garanticen los principios de publicidad y contradicción La ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, en su artículo 56 señala que las autoridades podrán notificar sus actos a través de medios electrónicos, siempre que el administrado haya aceptado este medio de notificación, agregando, que la notificación quedará surtida a partir de la fecha y hora en que el administrado acceda al acto administrativo, fecha y hora que deberá certificar la administración. Por otra parte, a través del Decreto 2693 de 2012 "Por el cual se establecen los lineamientos generales de la estrategia de Gobierno en línea de la República de Colombia, se reglamentan parcialmente las Leyes 1341 de 2009 y 1450 de 2011, y se dictan otras disposiciones" se busca el máximo aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el fin de contribuir con la construcción de un Estado más eficiente, más transparente y participativo y que preste mejores servicios con la colaboración de toda la sociedad. Con el propósito de efectivizar este mandato legal y dar cumplimiento a las normativas señaladas, el Invima viene implementando el sistema de notificación electrónica de los actos administrativos, a través del cual se pretende agilizar el trámite de las actuaciones administrativas, prestando de esta manera un mejor y más eficiente servicio a los usuarios, en la medida que no tienen que desplazarse hasta la entidad a conocer las decisiones que se adelantan dentro del trámite. Términos y condiciones de uso de la notificación electrónica: Si usted en calidad de usuario suscribe el presente documento aceptando ser notificado a través de correo electrónico, conoce y acepta además las siguientes condiciones de uso:
ante el Invima , al correo electrónico
Código: ASS-RSA-FM008 Versión: 03 Fecha de Emisión: 13/11/
Señor(a) Usuario(a):
El diligenciamiento de los formatos es muy sencillo, los campos a llenar son precisos y no tendrá mayores inconvenientes al hacerlo.
Cualquier petición que se enmarque dentro de lo establecido en el presente formato, deberá ir acompañada de la documentación soporte que se relacione. Los documentos soporte así como los formatos son una herramienta que no solo busca la facilidad del usuario para completar la documentación necesaria para el estudio de trámite mediante el autochequeo (si está el documento, si no está y en qué folio). El perfeccionamiento del formato se genera al ser suscrito por el representante legal o el apoderado que sea declarado en el formato de información básica. El formato de Información básica fue diseñado con el fin de hacer más eficaz la comunización con el interesado: Por esto, cada procedimiento relacionado con las BEBIDAS ALCOHÓLICAS está enlistado y genera un vínculo con el formato específico que debe direccionarse. Toda documentación a radicar debe estar foliada (numerado). Es de anotarse que si su solicitud corresponde a la petición de un registro sanitario debe legajar toda la documentación y presentarla en una carpeta. Para dar mayor claridad sobre los trámites que efectúa la Dirección de Alimentos y Bebidas para las BEBIDAS ALCOHOLICAS, a continuación se definen éstos: REGISTRO SANITARIO NUEVO O RENOVACION: Como su nombre lo indica, es el trámite que debe seguir si lo deseado es la obtención de un registro sanitario nuevo, o la renovacion de un registro con expediente estando dentro de los términos que el Decreto 1686 de 2012 en su Artículo 65. REGISTRO SANITARIO PARA MICROEMPRESARIOS: Acto administrativo mediante el cual se autoriza a un microempresario para elaborar, hidratar, envasar, exportar y vender, bebidas alcohólicas que cumplan con las características de composición, requisitos físicos, químicos y microbiológicos y que sean aptas para el consumo humano en el territorio nacional. MODIFICACION: Es el trámite por medio del cual se actualiza la información consignada en el registro sanitario. Por ejemplo: un cambio de titular, una adición de importador, entre otros. CERTIFICACION NO REQUIERE (SIN REGISTRO SANITARIO): Documento emitido que certifica que el producto no requiere registro sanitario, conforme con lo establecido en el Decreto 1686 de 2012. Son de control PREVIO CERTIFICACION DE VENTA LIBRE (CON REGISTRO SANITARIO): Documento que hace constar que el producto se comercializa en el territorio colombiano y es apto para el consumo humano. en ellas se certifica la información básica del registro sanitario. Son AUTOMATICAS. AUTORIZACION CON O SIN REGISTRO SANITARIO: Las que cuentan con registro sanitario, buscan autorizar el uso de un rotulado, una presentación comercial o un agotamiento a una bebida alcohólica. DESGLOSE: Mecanismo por medio del cual, el interesado solicita que le sean devueltos los documentos radicados cuando el trámite ha sido desistido, negado u objetado. CANCELACION (PÉRDIDA DE FUERZA EJECUTORIA): Para el caso de bebidas alcohólicas, se habla de Pérdida de Fuerza Ejecutoria. Esta situación se presenta cuando a petición del titular del registro sanitario (tenedor del derecho), se solicita la declaración DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE ELABORACIÓN, HIDRATACIÓN O ENVASAMIENTO:: descripción del conjunto de actividades y operaciones realizadas para la obtención del producto final, bien sea en forma descriptiva o a través de un diagrama de flujo. COMPOSICIÓN CUALI-CUANTITATIVA: listado de las materias primas empleadas en la elaboración del producto junto con sus respectivas cantidades porcentuales. CONSTANTES ANALÍTICAS Y TÉCNICAS DE ANÁLISIS: reporte de las características fisicoquímicas del producto final y los métodos analíticos empleados en la determinación de dichas características. ADVERTENCIA: El presentar todos los documentos es constancia del cumplimiento de los requisitos para radicación, más no compromete la decisión que la Administración derive del estudio a fondo de la misma.
Código: ASS-RSA-FM008 Versión: 03 Fecha de Emisión: 13/11/ MICROEMPRESARIOS (Decreto 1366 de 2020)
2. DATOS DEL REGISTRO SANITARIO 2.1 TIPO DE TRÁMITE (Seleccione el tipo de trámite a solicitar) SOLICITUD DE REGISTRO SANITARIO NUEVO RENOVACIÓN Si es renovación, debe diligenciar la siguiente información: EXPEDIENTE VIGENCIA 2.2 MODALIDAD DEL REGISTRO SANITARIO (Seleccione según sea el caso) ELABORAR Y VENDER HIDRATAR Y VENDER ELABORAR Y EXPORTAR ENVASAR Y VENDER FABRICANTE / HIDRATADOR DIRECCIÓN ENVASADOR DIRECCIÓN EXPORTADOR DIRECCIÓN Escoja una opción **MARCA:
Poder debidamente otorgado a un abogado solamente, si el titular actúa mediante apoderado. ASPECTOS LEGALES Inscripción del titular ante la Camara de Comercio indicando el número de identificación (NIT) ASPECTOS TECNICOS Etiquetas o sus bocetos finales por triplicado. FIRMA VoBo. Legal: Código Fecha: NOMBRE VoBo.Técnico: Código Fecha: FORMATO ÚNICO PARA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE EXPEDICIÓN O RENOVACIÓN DE REGISTRO SANITARIO PARA BEBIDAS ALCOHOLICAS No. REGISTRO SANITARIO 2.3 TIPO DE BEBIDA ALCOHOLICA (Seleccione la naturaleza de la bebida alcoholica a registrar) GRADO ALCOHOLICO(%Vol) AVISO IMPORTANTE: TENGA PRESENTE QUE SI LA CELDA ESTÁ SOMBREADA, ES PORQUE TAL DOCUMENTO NO LE APLICA A ESA MODALIDAD, POR TANTO DEBE APORTAR LOS DOCUMENTOS SEGÚN CORRESPONDA A LA MODALIDAD. (En l os espacios vacíos, que indican los documentos requeridos para la modalidad escriba el número de folio para su ubicación) ELABORAR Y VENDER ELABORAR Y EXPORTAR Pago a la tarifa 2018-1; 2018-2; 2018-3 (Según corresponda) Formulario de información básica (Formato oficial adoptado por la Entidad debidamente diligenciado) Inscripción del fabricante o Envasador o hidratador ante la Camara de Comercio ) indicando el número de identificación (NIT). (Aplica si es diferente al titular). Certificado en el cual conste que la marca está registrada a nombre del interesado o que éste ha solicitado su registro y que se encuentra en trámite. En caso, para la bebida alcohólica a granel sin marca, no se exige tal documento. Articulo 61 numeral 6 Autorización de uso de marca. (Si la marca adjunta pertenece a un tercero) Articulo 61 numeral 6 Contrato de Elaboración, Hidratación o Envasado, según sea el caso (En caso que el fabricante sea una empresa distinta al titular) Copia del concepto sanitario de favorabilidad de producción de bebidas alcohólicas únicamente expedida por INVIMA mientras se adecúe las condiciones técnicas – sanitarias para la obtención de la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (solo para fabricante nacional, envasador o hidratador). Descripción del Proceso de Elaboración, Hidratación o Envasamiento, composición cualicuantitativa, Constantes Analíticas del producto y Técnicas de Análisis empleadas, debidamente avaladas por el Director Técnico Responsable Articulo 61, 62 Decreto 1686 de 2012 Información acerca de la forma en la cual, el fabricante identifica el número de lote de producción. Articulo 61 Numeral 1, Decreto 1686 de 2012 Información que sustente la vida útil del producto (Aplica para productos con componentes orgánicos) Articulo 61 Numeral 1,5, Decreto 1686 de 2012. Número de expediente bajo el cual se otorgó el registro sanitario de la bebida alcohólica a granel (Si aplica)
Código: ASS-RSA-FM008 Versión: 03 Fecha de Emisión: 13/11/
**8. ADICIÓN O CAMBIO DE EXPORTADOR (Solo para modalidad ELABORAR Y EXPORTAR)
Código: ASS-RSA-FM008 Versión: 03 Fecha de Emisión: 13/11/ Requisitos según establece el Decreto 1686 de 2012 para las modalidades de IMPORTAR Y VENDER, E IMPORTAR (Artículos 61 y 64). FIRMA VoBo. Legal: Código Fecha: NOMBRE VoBo.Técnico: Código Fecha: BAJO INSISTENCIA Por qué? Información acerca de la forma en la cual, el fabricante identifica el número de lote de producción. Autorización del fabricante al importador para importar, distribuir y comercializar el producto XXX, en la República de Colombia, o si es el caso, para hidratar o envasar una bebida alcohólica a granel Autorización expresa del fabricante del producto donde conste la cesión del derecho de la titularidad del registro, en caso en que éste decida no ser el titular del registro sanitario. Certificado de venta libre, expedido por autoridad sanitaria del país de origen, en el cual conste que el producto se vende libremente en ese país, que el producto es apto para el consumo humano y que el fabricante cumple con las normas sanitarias exigida Certificación del titular indicando quienes son los importadores autorizados de sus productos y en caso que el titular delegue esta facultad en un distribuidor, debe allegar declaración formal en la que se describa tal situación. Descripción del Proceso de Elaboración, Composición cualitativa - cuantitativa expedida por el fabricante, Técnicas de Análisis empleadas expedida por el fabricante o la autoridad sanitaria del país de origen, y el Certificado de análisis del producto expedido por el laboratorio oficial del país de origen del mismo (autoridad sanitaria del país de origen). Cite el número de expediente bajo el cual se otorgó el registro sanitario de la bebida alcohólica a granel *Los documentos públicos provenientes del exterior deben venir con sello de apostille o con sello de consularización (se hace en el país de origen en el exterior) y legalización (se hace en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Colombia)
Código: ASS-RSA-FM008 Versión: 03 Fecha de Emisión: 13/11/
**8. ADICIÓN O CAMBIO DE EXPORTADOR (Solo para modalidad ELABORAR Y EXPORTAR)
Código: ASS-RSA-FM008 Versión: 03 Fecha de Emisión: 13/11/ Requisitos según establece el Parágrafo del Artículo 65 del Decreto 1686 de 2012.
(A diligenciar por el personal de INVIMA)
Especifique la petición:
Código: ASS-RSA-FM008 Versión: 03 Fecha de Emisión: 13/11/
Código: ASS-RSA-FM008 Versión: 03 Fecha de Emisión: 13/11/ FORMATO ÚNICO PARA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE MODIFICACIÓN DE REGISTRO SANITARIO PARA BEBIDAS ALCOHÓLICAS
SI NO FOLIO Recibo de pago o constancia de la consignación (código 4001)
Recibo de pago o constancia de la consignación (código 4001)
VoBo. Legal: Fecha de revisión: BAJO INSISTENC Por qué?
(A diligenciar por el personal de INVIMA)^ VERIFICACION Memorial de solicitud (Formato oficial adoptado por la Entidad debidamente diligenciado) Certificado en el cual conste que la marca está registrada a nombre del interesado o que éste ha solicitado su registro y que se encuentra en trámite. Justificar el cambio de nombre del producto que no es una expresión marcaria, debidamente avaladas por el Director Técnico Responsable Autorización de uso de marca. (Si la marca adjunta pertenece a un tercero) (A diligenciar por el personal de INVIMA)^ VERIFICACION Memorial de solicitud (Formato oficial adoptado por la Entidad debidamente diligenciado) Certificado de venta libre, expedido por autoridad sanitaria del país de origen, en el cual conste que el producto (CON SU NUEVA MARCA) se vende libremente en ese país, que el(los) producto(s) es apto para el consumo humano y que el fabricante cumple con
Código: ASS-RSA-FM008 Versión: 03 Fecha de Emisión: 13/11/
SI NO FOLIO
VERIFICACION (A diligenciar por el personal de INVIMA)
Código: ASS-RSA-FM008 Versión: 03 Fecha de Emisión: 13/11/ FORMATO ÚNICO PARA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE MODIFICACIÓN DE REGISTRO SANITARIO PARA BEBIDAS ALCOHÓLICAS
Marque con una (X) la Entidad que efectuó su última visita de inspección sanitaria INVIMA SI NO FOLIO Contrato de Elaboración, Envase o Hidratación, según sea el ca NOTA:
NOTA IMPORTANTE: De acuerdo con el Artículo 70 del Decreto 1686 de 2012, en este tipo de productos, el titular es el fabricante en el exterior. SI NO FOLIO (A diligenciar por el personal de INVIMA)^ VERIFICACION Recibo de pago o constancia de la consignación (código
Memorial de solicitud (Formato oficial adoptado por la Entidad debidamente diligenciado) Documento que respalde la cesión (contrato de cesión y/o compraventa de registo sanitario) en el cual se debe indicar, el número de expediente, el número de registro sanitario y el nombre del producto, y si se autoriza el uso de la marca, si no es del nuevo. Certificado de existencia y representación legal del cesionario (vigente no mayor a 90 días). si podría anexar o indicar el NIT. Es opcional aportarlo o ver la indicación descrita abajo del presente formulario. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 019 de 2012, el Certificado de Existencia y Representación legal será admitido, siempre y cuando, esté registrado en la Cámara de Comercio correspondiente, indicando el NIT. Especifique su petición: (A diligenciar por el personal de INVIMA)^ VERIFICACION Recibo de pago o constancia de la consignación (código
Memorial de solicitud (Formato oficial adoptado por la Entidad debidamente diligenciado) Documento que respalde la cesión (contrato de cesión y/o compraventa de registo sanitario) en el cual se debe indicar, el número de expediente, el número de registro sanitario y el nombre del producto, y si se autoriza el uso de la marca, si no es del nuevo. Certificado de existencia y representación legal del cesionario (vigente no mayor a 90 días). Es opcional aportarlo o ver la indicación descrita abajo del presente formulario.
Código: ASS-RSA-FM008 Versión: 03 Fecha de Emisión: 13/11/
VoBo. Legal: Fecha de revisión: BAJO INSISTENCIA Por qué? *Los documentos públicos provenientes del exterior deben venir con sello de apostille o con sello de consularización (se hace en el país de origen en el exterior) y legalización (se hace De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 019 de 2012, el Certificado de Existencia y Representación legal será admitido, siempre y cuando, esté registrado en la Cámara de Comercio correspondiente, indicando el NIT.
Código: ASS-RSA-FM008 Versión: 03 Fecha de Emisión: 13/11/ FORMATO ÚNICO PARA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE MODIFICACIÓN DE REGISTRO SANITARIO PARA BEBIDAS ALCOHÓLICAS
SI NO FOLIO Nota:
SI NO FOLIO
(No aplica Decreto 1366 de 2020) (A diligenciar por el personal de INVIMA)^ VERIFICACION Recibo de pago o constancia de la consignación (código
Memorial de solicitud (Formato oficial adoptado por la Entidad debidamente diligenciado) Certificado de existencia y representación legal de la sociedad en el cual conste el cambio de razón social del rol modificado (vigente no mayor a 90 días). Es opcional aportarlo o ver la indicación descrita abajo del presente formulario. EN CAMBIO DE DOMICILIO O DIRECCIÓN : Adjunte la copia del concepto sanitario de favorabilidad de producción de bebidas alcohólicas únicamente expedida por INVIMA mientras se adecúe las condiciones técnicas – sanitarias para la obtención de la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (solo para fabricante nacional, envasador o hidratador). De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 019 de 2012, el Certificado de Existencia y Representación legal será admitido, siempre y cuando, esté registrado en la Cámara de Comercio correspondiente, indicando el NIT Especifique su petición: VERIFICACION (A diligenciar por el personal de INVIMA) Recibo de pago o constancia de la consignación (código
Memorial de solicitud (Formato oficial adoptado por la Entidad debidamente diligenciado) Certificado de existencia y representación legal en el que se contemple la nueva razón social. Si quien cambia la razón social no es el fabricante, pero sí es el titular del registro sanitario domiciliado en el exterior, deberá adjuntar el documento que evidencia la modificación.
Código: ASS-RSA-FM008 Versión: 03 Fecha de Emisión: 13/11/
VoBo. Legal: Fecha de revisión: BAJO INSISTENCIA Por qué? *Todos los documentos públicos provenientes del exterior deben venir con sello de apostille o con sello de consularización (se hace en el país de origen en el exterior) y legalización (se hace en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Colombia)