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administracion publica, Apuntes de Administración de Empresas

Asignatura: vae, Profesor: Blanca Castillo Gutiérrez Maturana, Carrera: Administración y dirección de empresas, Universidad: URJC

Tipo: Apuntes

2014/2015

Subido el 01/05/2015

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3.5

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¡No te pierdas las partes importantes!

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4.1 EL derecho a la autonomía
La constitución regula las Administraciones autonómica y local e en el
título VIII, bajo la lubrica “De la organización territorial del Estado”.
Dicho título esta dividido en tres capítulos:
1. Indica en que Títulos, Capítulos y artículos se regulan la
organización territorial del Estado:
Capitulo I: Principios Generales
Capitulo II: De la Administración local
Capitulo III: De las comunidades autónomas
Art. 137: “El Estado se organizará territorialmente en municipios, en
provincias y en las comunidades autónomas que se constituyan.
Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus
respectivos intereses”.
Las comunidades autónomas son entes públicos territoriales con
facultades de autogobierno y autonomía política.
El Derecho de la autonomía se ha de basar en el principio de
solidaridad entre comunidades autónomas.
En España existen 17 comunidades autónomas y dos ciudades
autónomas.
4.2 Los estatutos de Autonomía
2. Los estatutos de autonomía tienen rango de:
Ley ordinaria
Constitución autonómica
Ley orgánica
Tratado
Los Estatutos son la noma institucional básica de cada comunidad
autónoma. Son normas estatales con rango de leyes orgánicas y
pueden considerarse como una peculiar “Constitución” de cada
comunidad autónoma a la que están subordinadas las restantes
normas jurídicas de la comunidad.
Los estatutos deberán tener el siguiente contenido mínimo:
a) La denominación de la comunidad que mejor responda a su
identidad histórica.
b) La denominación del territorio
c) La denominación, organización y sede de las instituciones
autonómicas propias.
d) Las competencias asumidas y las bases para el traspaso de los
servicios correspondientes a las mismas.
3. Indica cual es el contenido mínimo que ha de tener un
Estatuto de autonomía.
Este contenido tiene carácter mínimo, ya que hay otras disposiciones
constitucionales que se reeren a aspectos tales como la lengua, la
bandera, la elección de senadores y representantes de la comunidad,
ema 4: Las Comunidades Autonomas
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4.1 EL derecho a la autonomía

La constitución regula las Administraciones autonómica y local e en el título VIII, bajo la lubrica “De la organización territorial del Estado”. Dicho título esta dividido en tres capítulos:

1. Indica en que Títulos, Capítulos y artículos se regulan la organización territorial del Estado: Capitulo I: Principios Generales Capitulo II: De la Administración local Capitulo III: De las comunidades autónomas

Art. 137: “El Estado se organizará territorialmente en municipios, en provincias y en las comunidades autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses”.

Las comunidades autónomas son entes públicos territoriales con facultades de autogobierno y autonomía política. El Derecho de la autonomía se ha de basar en el principio de solidaridad entre comunidades autónomas. En España existen 17 comunidades autónomas y dos ciudades autónomas.

4.2 Los estatutos de Autonomía

2. Los estatutos de autonomía tienen rango de: - Ley ordinaria - Constitución autonómica - Ley orgánica - Tratado Los Estatutos son la noma institucional básica de cada comunidad autónoma. Son normas estatales con rango de leyes orgánicas y pueden considerarse como una peculiar “Constitución” de cada comunidad autónoma a la que están subordinadas las restantes normas jurídicas de la comunidad.

Los estatutos deberán tener el siguiente contenido mínimo: a) La denominación de la comunidad que mejor responda a su identidad histórica. b) La denominación del territorio c) La denominación, organización y sede de las instituciones autonómicas propias. d) Las competencias asumidas y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas.

3. Indica cual es el contenido mínimo que ha de tener un Estatuto de autonomía. Este contenido tiene carácter mínimo, ya que hay otras disposiciones constitucionales que se refieren a aspectos tales como la lengua, la bandera, la elección de senadores y representantes de la comunidad,

la iniciativa legislativa, la autonomía financiera y los recursos económicos.

4.3 Las Instituciones autonómicas

La Constitución en el Art. 152 establece que la organización institucional autonómica se basará en una Asamblea legislativa, un Consejo de Gobierno será políticamente responsable antes la Asamblea legislativa.

4. No son instituci ones autonóm icas… a) Las delegacio nes del Gobierno b) Los consejos de gobierno c) Las asambleas legislativas d) Los tribunales superiores de justicia.

A. La Asamblea legislativa

Se trata de un órgano unicameral que puede denominarse también:

  • Parlamento,
  • Diputación general,
  • Junta o
  • Cortes. La Asamblea se elige cada 4 años por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, con arreglo a un sistema que asegure la representación de las diversas zonas del territorio de la comunidad autónoma.

Principales funciones de la Asamblea son las siguientes: a) Ejercer el poder legislativo b) Controlar la acción del Consejo de Gobierno mediante interpelaciones y preguntas. También puede interponer la cuestión de confianza y la moción de censura. c) Interponer recursos de inconstitucionalidad contra leyes estatales. d) Designar a los senadores autonómicos. e) Elegir al Defensor del Pueblo de la comunidad.

B. El Consejo de Gobierno

Las resoluciones de estos tribunales agotan la vía judicial ordinaria impidiendo, salvo excepciones, recursos de casación ante el Tribunal Supremo.

D. Otros Órganos institucionales

Las comunidades autónomas pueden dotarse de otos órganos institucionales, como son los equivalentes al:

  • Defensor del Pueblo de una comunidad autónoma defiende los derechos y libertades de los ciudadanos frente a los posibles abusos de la Administración de la comunidad. El Defensor del pueblo tiene diferentes nombres en las comunidades, así en Andalucía se denomina Defensor del pueblo Andaluz; en Aragón, Justicia de Argón…
  • El tribunal o Cámara de Cuentas de cada comunidad autónoma controla y revisa el gasto público y la contabilidad de la comunidad autónoma.
  • El Consejo Consultivo , cuya misión es informar, con carácter no vinculante, sobre determinadas actuaciones de la Administración autonómica, a semejanza del Consejo de Estado.

4.4 Las competencias y su distribución

La autonomía implica la potestad atribuida a la comunidad autonomía de regular y gestionar determinadas materias.

La distribución de las competencias entre el Estado y las comunidades autónomas está contenida básicamente en los Art. 148 y 149. El 148 se refiere a las competencias que pueden asumir las comunidades autónomas y el 149 se refiere a las competencias exclusivas del Estado. En el anexo de final de la Unidad aparecen ambos artículos.

7. Explica cuál es la diferencia entre materias y competencias, ejemplo.

A. Clases de competencias

Para su estudio se clasifican las competen cias en exclusiva s, comparti das y concurren tes.

8. Las competencias pueden ser: a) Excluyentes b) Comparativas c) Concurrentes d) conjuntivas

)a Competencias exclusivas: son aquellas competencias legislativas y ejecutivas sobre materias que corresponden en su totalidad al Estado o a la comunidad autónoma.

a) Competencias exclusivas del Estado : no se prevé intervención por parte de las comunidades autónomas. Estas competencias responden a funciones tradicionalmente soberanas como, justicia, defensa, fronteras o hacienda General. El estado también ejerce las competencias que no hayan sido asumidas por éstas en sus Estatutos de Autonomía.

b) Competencias exclusivas de las comunidades autónomas: no se prevé intervención del Estado y siempre que estén asumidas en sus Estatutos por las comunidades autónomas.

)b Competencias compartidas : Surgen cuando el Estado y las comunidades autónomas se comparte una misma materia y se reparten diferentes competencias, asumiéndose funciones distintas sobre las que no se admiten injerencias. Se trata del desarrollo o la ejecución por parte de las comunidades autónomas de la legislación básica y de la

)b Sus propios impuestos, tasas y contribución. Son establecidos por las comunidades autónomas, como es el caso de las tasas sobre el juego.

)c Transferencias de un Fondo de Compensación Interrritorial, y otras asignaciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. El fondo de Compensación ha sido creado para corregir los desequilibrios económicos interrritoriales y sus recursos se destinan a la realización de inversiones en las comunidades con una renta per cápita inferior al 75 % de la media nacional. Las asignaciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado se otorgan a las comunidades que no pueden asegurar un nivel mínimo de prestación de los servicios públicos fundamentales que hayan asumido. )d Rendimientos procedentes de su patrimonio e ingresos de derecho Privado. )e El producto de las operaciones de crédito. La comunidad podrá acudir al crédito realizando operaciones como persona privada ante bancos, cajas de ahorro u otras entidades financieras.

4.6 Las normas de las comunidades autónomas.

Las normas de las comunidades autónomas son de igual jerarquía que las del Estado, pero no interfieren entre si, por que las comunidades autónomas solo pueden dictar normas sobre materias en aquellas competencias que figuren en sus Estatutos de autonomía, o que hayan sido trasferidas.

13. Los titulares del órgano encargada de administrar las competencias transferidas se denominan… DUDA

a) Competentes b) Concejales c) Consejeros d) Ministros

La Constitución dispone que, en caso de conflicto, las normas del Estado prevalecen sobre las de las demás comunidades autónomas en todo lo que no este atribuido a la exclusiva competencia de éstas.

El ordenamiento estatal sigue aplicándose en las comunidades que no han asumido las competencias correspondientes o no han creado el Derecho que pueda sustituir al estatal.