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Una práctica de derecho administrativo relacionada con el procedimiento de recursos contenciosos administrativos en españa. Se detalla un caso en el que un presidente de una asociación de vecinos presenta un recurso contra la administración por la inactividad en la poda de árboles urbanos. Se analizan los artículos 25, 26, 27, 28, 29 y 30 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, que regulan los recursos contenciosos administrativos y sus plazos de presentación.
Tipo: Apuntes
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Artículo 25.
Artículo 26.
Artículo 27.
Artículo 28.
No es admisible el recurso contencioso-administrativo respecto de los actos que sean reproducción de otros anteriores definitivos y firmes y los confirmatorios de actos consentidos por no haber sido recurridos en tiempo y forma.
Artículo 29.
Artículo 30.
En caso de vía de hecho, el interesado podrá formular requerimiento a la Administración actuante, intimando su cesación. Si dicha intimación no hubiere sido formulada o no fuere atendida dentro de los diez días siguientes a la presentación del requerimiento, podrá deducir directamente recurso contencioso-administrativo.