Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad


Derechos Reales vs Derechos de Obligación: Características, Sujetos y Eficacia, Resúmenes de Derecho Romano

Una comparativa entre derechos reales y derechos de obligación, explicando sus objetos, sujetos, eficacia y diferencias en materia de protección. Los derechos reales, también llamados derechos sobre cosas o ius in rem, son aquellos que se proyectan directamente sobre cosas y implican un deber de abstención. Por otro lado, los derechos de obligación, basados en un vínculo personal, surgen de la relación acreedor-deudor y solo son ejercitables frente al sujeto pasivo. El documento detalla las diferencias en materia de sujeto, eficacia y protección de cada tipo de derecho.

Tipo: Resúmenes

2020/2021

Subido el 04/11/2021

andrea-sanchez-perea
andrea-sanchez-perea 🇪🇸

4.6

(7)

24 documentos

1 / 2

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
DERECHOS REALES VS DERECHOS DE OBLIGACIÓN
DERECHO REAL
DERECHO DE OBLIGACIÓN
OBJETO
Se proyectan directamente sobre COSAS, propias o
ajenas, sin necesidad de intermediario. Tienen por
objeto un conjunto de facultades sobre las cosas.
Son derechos relativos, y se basan en un vínculo PERSONAL,
procedente de la celebración de un contrato o en la comisión de
un acto ilícito; surge de la relación acreedor-deudor. Tiene por
objeto la conducta o prestación exigible al sujeto obligado. Hay
un sujeto activo-acreedor, un sujeto pasivo-deudor, y la conducta
u objeto (prestación). Se hace valer directamente sobre personas.
SUJETOS
No hay un sujeto pasivo predeterminado (sino un
“deber general” de abstención).
El sujeto pasivo es el DEUDOR, previa y específicamente
determinado
EFICACIA
Son ejercitables ERGA OMNES (frente a cualquiera que
obstaculice ilegítimamente su ejercicio).
Solo son ejercitables frente al sujeto pasivo, DEUDOR.
CONTENIDO
PROTECCIÓN
Implican en general un deber de abstención: conducta
NEGATIVA (tolerar o dejar hacer; pati/non facere).
Son típicos, porque constituyen un numerus clausus
(lista cerrada): no hay más derechos reales que los
previstos por la ley.
Se defienden mediante actiones in rem.
Implican una conducta de cooperación por parte del obligado,
normalmente POSTITIVA.
Número ilimitado, creado por voluntad de las partes.
Se protegen mediante actiones in personam.
pf2

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Derechos Reales vs Derechos de Obligación: Características, Sujetos y Eficacia y más Resúmenes en PDF de Derecho Romano solo en Docsity!

DERECHOS REALES VS DERECHOS DE OBLIGACIÓN

DERECHO REAL DERECHO DE OBLIGACIÓN

OBJETO

● Se proyectan directamente sobre COSAS , propias o ajenas, sin necesidad de intermediario. Tienen por objeto un conjunto de facultades sobre las cosas. ● Son derechos relativos, y se basan en un vínculo PERSONAL, procedente de la celebración de un contrato o en la comisión de un acto ilícito; surge de la relación acreedor-deudor. Tiene por objeto la conducta o prestación exigible al sujeto obligado. Hay un sujeto activo-acreedor, un sujeto pasivo-deudor, y la conducta u objeto (prestación). Se hace valer directamente sobre personas.

SUJETOS ●^ No hay un sujeto pasivo predeterminado^ (sino un

“deber general” de abstención). ● El sujeto pasivo es el DEUDOR , previa y específicamente determinado

EFICACIA ●^ Son^ ejercitables ERGA OMNES^ (frente a cualquiera que

obstaculice ilegítimamente su ejercicio). ● Solo son ejercitables frente al sujeto pasivo , DEUDOR.

CONTENIDO

PROTECCIÓN

● Implican en general un deber de abstención: conducta NEGATIVA (tolerar o dejar hacer; pati/non facere ). ● Son típicos, porque constituyen un numerus clausus (lista cerrada): no hay más derechos reales que los previstos por la ley. Se defienden mediante actiones in rem****. ● Implican una conducta de cooperación por parte del obligado, normalmente POSTITIVA. ● Número ilimitado, creado por voluntad de las partes. Se protegen mediante actiones in personam****.

DERECHOS REALES VS DERECHOS DE OBLIGACIÓN

CLASIFICACIÓN DERECHOS REALES (Derechos sobre cosas o “ ius in rem ”)

Sub-categoría Denominación

  1. Sobre cosa PROPIA ● Propiedad: quiritaria, bonitaria y provincial. ● Condominio 2.1. Derechos reales de GOCE/DISFRUTE ● Servidumbres prediales: rústicas y urbanas. ● Servidumbres personales: Usufructo *Hay otros (uso, habitación, enfiteusis y superficies)
  2. Sobre cosa AJENA (“ iura in re aliena ”) ● Fiducia ● Prenda (“ pignus datum ”) ● Hipoteca (“ pignus conventum ”) 2.2. Derechos reales de GARANTÍA