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Los conceptos clave de la contabilidad financiera ii, incluyendo el precio de adquisición, pérdidas, amortización y valor contable de activos fijos. Aprende cómo se calculan las pérdidas irreversibles y no sistemáticas, el deterioro, la amortización y el valor residual. Además, se abordan los gastos financieros, el fondo de comercio, la concesión administrativa, la propiedad industrial y los derechos de traspaso.
Tipo: Apuntes
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1 .- PRECIO DE ADQUISICIÓN: Precio de la factura + gastos inherentes a la operación + gastos necesarios para acondicionar - descuentos y rebajas y bonificaciones + ampliaciones y mejoras + determinados gastos financieros. El precio de adquisición es el valor por el que inicialmente tenemos que inscribir ese inmovilizado material en la contabillidad.
PÉRDIDAS (67):
DETERIORO: -I.M: (691) si es pérdida, (791) si es exceso → (reversión) → (291) correctora -I.I: (690) si es pérdida, (790) si es exceso → (reversión) → (290) correctora
- Registro no sistemático de las depreciaciones reversibles como consecuencia de las disminución de valor de mercado. EJ: compramos un e.t. por valor de 10.000€ y al final del año el valor de mercado debería ser de 9.000€ pero por circunstancias vale 8.000€, luego tenemos un deterioro de valor de 1.000€.
Se tiene que comparar el valor contable de un elemento de inmovilizado con su importe recuperable que es el mayor entre el valor razonable menos los gastos de venta y el valor en uso.
Deterioro si el V.C < Valor o importe recuperable.
AMORTIZACIÓN: Registro sistemático de la depreciación irreversible por: consumo, uso y obsolescencia. Puede ser lineal, progresivo, degresivo, nº de h. de trabajo, nº de uds. producidas, etc. Se amortiza durante la vida útil del inm. (Si son 10.000€ durante 10 años; 1.000€ por cada año que pase). I.I (680) → (280) I.M (681) → (281)
2.- VALOR CONTABLE: es el precio de adquisición menos las cuentas correctoras.
El. transporte (218) = Saldo deudor y (281) AAIM o (291) Det. valor
IMPORTANTE: Amortizar algo material, en concreto todo el subgrupo 21 entre los años de vida util salvo, * terrenos y bienes naturales (210) que estos no se amortizan.
3.- VALOR RESIDUAL: Es la recuperación de parte del precio de adquisición una vez finalizada la vida útil del bien. EJ: el coche que compramos por 10.000 y amortizable cada año por 1.000 llega a los 10 años y lo vendemos por 500, lo que tenemos es: VC =0 → vida útil finalizada; VR=
A la izquierda la (572) → a la derecha la (771) Beneficios procedentes del inmovilizado material.
4.- INMOVILIZADO INTANGIBLE: constituye las cuentas del subgrupo (20), su amortización es un registro sistemático e irreversible, en función de la vida útil de los bienes y de su valor residual, atiende a
la depreciación que normalmente sufran por su funcionamiento. Se contabiliza de la siguiente forma: (680) → (280)
Para la pérdida absoluta del intangible registro no sistemático e irreversible (670) *Pérdidas procedentes del l.l.
4.1. - GASTO FINANCIERO: (200) investigación y (201) desarrollo: los gastos financieros se contabilizarán en el grupo 6.
El gasto financiero se puede realizar por sus propios medios utilizando las cuentas (602), (628) y (640), etc. Por encargo la empresa se lo encarga a otra → gastos se contabilizan juntos en la (620).
PARA ACTIVAR EL GASTO: Si cumplen 2 condiciones los puedo convertir en activo:
-Que el proyecto esté identificado y sepamos su coste. -Esperamos tener éxito técnico y comercial.
Si no se cumplen las condiciones debemos cancelar el proyecto; pérdida definitiva a la cantidad que corresponda (670). Una vez activado, tenemos que amortizarlo; Máxima amortización en investigación 5 años y en desarrollo en principio 5 ampliables hasta 10.
INVESTIGACIÓN (200), DESARROLLO (201) → TRABAJOS REALIZADOS PARA EL I.I (730)
4.2.- FONDO DE COMERCIO: Cuenta del inmovilizado intangible (204): es el exceso del precio pagado en la compra de una sociedad, en relación a su V.C. → Es el sobreprecio que se paga a consecuencia de todo lo que compone la empresa (cartera de clientes, prestigio de la empresa, etc..)
NO se amortiza pero es necesario siempre al cierre del ejercicio si hay deterioro o no lo hay, en caso de producirse deterioro, éste se considera irreversible.
4.2.1.- Valor contable ajustado: V.C. del Activo actualmente. EJ: El Activo valía 30.000€, se revaloriza y pasa a 40.000€. Tú pagas 60.000€ por la empresa y vale 40.000€. Esos 20.000€ restantes → V.C.Ajustado → FONDO DE COMERCIO.
4.3.- CONCESIÓN ADMINISTRATIVA: Derecho a explotar o prestar un servicio público. Se amortizará según la vida útil (tiempo que dure la concesión) EJ: licencia de un taxi. (202).
4.4.- PROPIEDAD INDUSTRIAL: Patentes, marcas, franquicias, investigaciones que se transforman en propiedad industrial. Vida útil: periodo que dure la concesión. (203) EJ: la empresa adquiere la fórmula del detergente Ariel.
Prudencia. Se deberá ser prudente en las estimaciones y valoraciones a realizar en condiciones de incertidumbre. La prudencia no justifica que la valoración de los elementos patrimoniales no responda a la imagen fiel que deben reflejar las cuentas anuales.
8.- INSTRUMENTO DE PATRIMONIO Y VALORES REPRESENTATIVOS DE DEUDA:
8.1.- VALORES DE R. VARIABLE (ACCIONES) → (250) INV. FINAN. L/P. Y (540) INV. FINAN. C/P:
Se emitirá en la cuenta (100) Cap. Social, pero varía el nº de personas que participen. Al comprar acciones tendremos derechos económicos (dividendos y a participar del resultado de la liquidación), derechos políticos (información sobre las cuentas anuales, participar en las decisiones en las Juntas de Accionistas) y Derecho Mixto (Derecho de suscripción Preferente, Derecho de antiguo accionista sobre la emisión de antiguas acciones).
- Valor Tº del derecho de suscripción preferente: Derecho que se le otorga a los antiguos socios para suscribir acciones nuevas con el fin de no perjudicarles económica y políticamente. Se puede suprimir este derecho por parte de la Junta General de Accionistas en aquellos casos determinados por la ley o que sean necesarios. Actúa compensando el efecto dilución* (punto de vista económico) y permitiendo mantener el porcentaje de participación al socio antiguo (punto de vista político). *Dilución: pérdida que sufren las acciones antiguas al emitir nuevas acciones a la par o sin prima de emisión. El objetivo de los derechos preferentes de suscripción es compensar la pérdida económica de valor que sufren las antiguas acciones de dos formas:
VTº del DPS = N (Cotización antes de ampliación) - Valor de emisión / N + A
- Valor nominal: Valor estampado en el título, corresponde a una parte alícuota del c.social de la
compañía (en el caso de las acciones) o del empréstito en los valores representativo de deuda. No puede faltar al representar las acciones o los VRD. → C.Social = N x VN
- Valor de emisión: Precio de venta de las acciones y/o VRD en el mercado primario. Se pueden emitir de 3 maneras. -- Sobre la par: VE > VN. -- Bajo la par: VE < VN y sólo en caso de VRD, ya que está prohibido en las acciones. -- A la par: VE = VN.
- Valor de cotización (VC): Constituido por el valor que alcanzan los títulos en los mercados secundarios organizados por las actuaciones de la oferta y de la demanda. Las subidas o descensos en las cotizaciones se suelen expresar en enteros o porcentajes sobre el VN. - Valor Tº de las acciones (Vtº) también denominado valor en libros: se obtiene del balance de situación y es el valor del patrimonio de la empresa que pertenece al accionista.
(540) No tiene por qué ser el Valor de Adquisición. La compra de derechos es el único que aumenta el PA de las acciones, cualquier otro gasto del será gasto del ejercicio. El único gasto posible es el de las acciones preferentes.
(540) → (663) ↓VM: Es una pérdida porque las acciones valen menos.
(540) → (763) ↑VM: Es un beneficio porque las acciones valen más.
VM > VC (540) a (763) VM < VC (663) a (540)
(250) Cualquier otro gasto se incluye como valor de esas inversiones, luego aumenta el valor de adquisición. No se cumple el principio de prudencia.
8. 2.- VALORES DE RENTA FIJA (OBLIGACIONES Y BONOS): Son títulos de reconocimiento de deuda. Los titulares de una obligación participan en una deuda contraída por la empresa documentada en títulos-valores. Las características que definen un título de renta fija son: devengan un interés nominal explícito (tipo de interés) que puede ser fijo o variable; devengan un interés implícito que se obtiene por diferencia entre el VN del título y su V.Reem. Está prohibida la emisión de obligaciones por parte de personas físicas, SRL, Sociedades Civiles, Sociedades Colectivas y Sociedades Comanditarias Simples. -V.R.F (251): La valoración inicial incluye los gastos inherentes a la compra -V.Posterior=Coste Amortizado(Valor inicial del Activo Financiero-reembolsos de principal que se hubieran producido +/- parte imputada en la cuenta de pérdidas y ganancias, mediante la utilización del método del tipo de interés efectivo, de la diferencia entre el importe inicial y el valor de reembolso en el vencimiento- cualquier reducción que hubiera sido reconocida ya sea directamente como una disminución del importe del activo o mediante una cuenta correctora de su valor (Esto último solo para el caso de los activos financieros) A C/p cuenta (541) A L/p cuenta (251)